Presidencia de la generalitat - Autoridades y personal (DOGV 2023-9560)

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RESOLUCIÓN de 9 de marzo de 2023, de la Presidencia de la Generalitat, por la que se da publicidad a las bases y convocatoria para la provisión, mediante el sistema de libre designación, del puesto de interventor o interventora de la Diputación Provincial de Castellón. [2023/2666]

Mediante Decreto núm. 2023/0678, de la Presidencia de la Diputación Provincial de Castellón, se aprobaron las bases y convocatoria específica para la provisión del puesto de trabajo de Interventor de la Diputación Provincial de Castellón, mediante el procedimiento de libre designación, reservado a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.

Según el artículo 46 del RD 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional la convocatoria corresponde al presidente de la Corporación, quien la remitirá al órgano competente de la comunidad autónoma para su publicación en el diario oficial correspondiente y remisión al Ministerio de Hacienda y Función Pública.

Vistos los antecedentes indicados, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 46 del RD 128/2018, de 16 de marzo por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional así como el artículo 39 del Decreto 92/2021, de 9 de julio, del Consell, de regulación del personal funcionario con habilitación de carácter nacional, y de conformidad con la Resolución de 17 de febrero de 2022, del president de la Generalitat, por la que se delegan determinadas atribuciones en distintos órganos de la Presidencia (DOGV, 21.02.2022), se eleva la siguiente propuesta de resolución:

1º. Dar publicidad a las bases y convocatoria para la provisión, mediante el sistema de libre designación, del puesto de interventor de la Diputación Provincial de Castellón.

«Bases y convocatoria específica para la provisión del puesto de trabajo de interventor de la Diputación Provincial de Castellón, mediante el procedimiento de libre designación, reservado a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional

Primera. Objeto de la convocatoria

Es objeto de las presentes bases y convocatoria específica regular el procedimiento de libre designación para la provisión del siguiente puesto de trabajo vacante en la vigente relación de puestos de trabajo de la Diputación provincial de Castellón, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón número 150, de fecha 15 de diciembre de 2022:

– Interventor de la Diputación Provincial de Castellón, reservado a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, subescala intervención-tesorería, categoría superior, clase 1ª.

Todo ello de acuerdo con lo previsto en el apartado 6 del artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local y en los términos que establecen los artículos 45 y siguientes del Real decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, así como en los artículo 38 y siguientes del Decreto 92/2021, de 9 de julio, del Consell, de regulación del personal funcionario con habilitación de carácter nacional en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.

Segunda. Características del puesto

El puesto a cubrir se encuentra incluido en la vigente relación de puestos de trabajo de esta Diputación, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón número 150, de fecha 15 de diciembre de 2022, reservado a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, para su provisión por el procedimiento de libre designación, siendo sus características las siguientes:

Núm. de puesto: 112

Denominación: interventor

Subgrupo: A1

Complemento de destino: 30

Complemento especifico anual: 36.561,93 €

Forma de provisión: libre designación.

Tercera. Requisitos

Podrán participar en esta convocatoria pública los funcionarios de Administración local, con habilitación de carácter nacional que reúnan los siguientes requisitos:

Ser funcionario de Administración local, con habilitación de carácter nacional perteneciente a la Subescala de Intervención Tesorería, categoría superior, clase 1ª.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 36.2 del Real decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, no podrán concurrir a la presente convocatoria quienes se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

a) Los funcionarios inhabilitados y los suspensos en virtud de sentencia o resolución administrativa firme, si no hubiera transcurrido el tiempo señalado en ellas de suspensión.

b) Los funcionarios destituidos, a puestos de la Corporación donde se produjo la sanción, si no hubiera transcurrido el plazo establecido en la misma.

c) Los funcionarios en las situaciones de excedencia voluntaria a que se refiere el artículo 89.1.a y b del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, si no hubiera transcurrido el plazo de dos años desde el pase a las mismas.

d) Los funcionarios que no lleven dos años en el último destino obtenido con carácter definitivo en cualquier Administración pública, salvo que lo hagan a puestos reservados a su subescala y categoría en la misma corporación.

Cuarto. Convocatoria

La convocatoria será aprobada por el órgano competente y remitida a la Presidencia de la Generalitat, Dirección General de Administración Local, para su íntegra publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y remisión al Ministerio de Política Territorial y Función Pública, quien dispondrá la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Quinto. Solicitudes

1. Las solicitudes se dirigirán la presidencia de la Diputación Provincial de Castellón dentro de los quince días hábiles siguientes al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

2. Además del contenido mínimo previsto en el artículo 66.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en la solicitud deberá indicarse el número de registro personal, la situación administrativa en que se encuentre el mismo solicitante, así como su destino.

3. Los aspirantes adjuntarán a la solicitud curriculum vitae en el cual figure:

a) Acreditación de la condición de funcionario/a de Administración local con habilitación de carácter nacional.

b) Años de servicio.

c) Puestos de trabajo desempeñados en las Administraciones Públicas.

d) Títulos académicos, estudios, cursos, formación y especialización realizada.

e) Cualquier otro mérito que consideren oportuno destacar en relación con las funciones atribuidas al puesto solicitado.

Las circunstancias detalladas en la solicitud y los méritos alegados en el currículum se acreditarán fehacientemente por el candidato que resulte elegido, mediante la presentación de los documentos originales en el Servicio de Personal de la Diputación Provincial de Castellón, con carácter previo a la designación, a efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria y de los méritos alegados en el currículum.

Sexto. Tribunal de valoración

Estará integrado por los siguientes miembros:

Titulares:

– Presidente: un funcionario de carrera perteneciente al grupo A1 o un funcionario de carrera con habilitación de carácter nacional de igual o superior categoría que la del puesto convocado, designado por el Presidente:

Enrique Pellicer Batiste, jefe Servicio Jurídico Diputación de Castellón.

– Vocales:

Vocal 1: un funcionario de carrera con habilitación de carácter nacional perteneciente a la misma subescala y de igual o superior categoría que la del puesto convocado, designado por el presidente: Juan Enrique Andrés Morella, interventor del Ayuntamiento de Villarreal.

Vocal 2: un funcionario de carrera con habilitación de carácter nacional de igual o superior categoría que la del puesto convocado, designado igualmente por el presidente:

Manuel Pesudo Esteve, secretario general Diputación de Castellón.

Vocal 3: un funcionario de carrera perteneciente al grupo A1 o un funcionario de carrera con habilitación de carácter nacional de igual o superior categoría que la del puesto convocado, designado igualmente por el presidente:

Mónica Marí Torán, jefa Servicio Recursos Humanos Diputación de Castellón.

Vocal 4: un funcionario de carrera perteneciente al grupo A1 o un funcionario de carrera con habilitación de carácter nacional de igual o superior categoría que la del puesto convocado, designado igualmente por el presidente:

José Antonio Sales Puig, jefe del SAT Diputación de Castellón.

Suplentes:

– Presidente: un funcionario de carrera perteneciente al grupo A1 o un funcionario de carrera con habilitación de carácter nacional de igual o superior categoría que la del puesto convocado, designado por el presidente: Elena Peña Martí, asesora jurídica Diputación de Castellón.

– Vocales:

Vocal 1: un funcionario de carrera con habilitación de carácter nacional perteneciente a la misma subescala y de igual o superior categoría que la del puesto convocado, designado por el presidente: Valeria Ortega Plasencia, viceinterventora Ayuntamiento de Villarreal.

Vocal 2: un funcionario de carrera con habilitación de carácter nacional de igual o superior categoría que la del puesto convocado, designado igualmente por el presidente:

Ramón López Sales, secretario Ayuntamiento Vila-real.

Vocal 3: un funcionario de carrera perteneciente al grupo A1 o un funcionario de carrera con habilitación de carácter nacional de igual o superior categoría que la del puesto convocado, designado igualmente por el presidente:

Rocío Arquimbau Llorens, jefa Servicio Oficina Presupuestaria Diputación de Castellón.

Vocal 4: un funcionario de carrera perteneciente al grupo A1 o un funcionario de carrera con habilitación de carácter nacional de igual o superior categoría que la del puesto convocado, designado igualmente por el presidente: Vanessa González Vidal, secretaria interventora jefa Zona Norte Diputación de Castellón.

Séptimo. Nombramiento

1. Concluido el plazo de presentación de solicitudes, el órgano competente procederá, en su caso, y previa constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos en estas bases, a dictar la resolución correspondiente en el plazo de un mes.

2. La resolución será suficientemente motivada recogiendo, en todo caso, la concurrencia de los requisitos exigidos, así como los criterios aplicados sobre la idoneidad del aspirante nombrado. Del referido acuerdo se dará traslado a la Dirección General de Administración Local de la Generalitat y órgano competente del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, órgano al que corresponderá la anotación en el Registro correspondiente y su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Octavo. Toma de posesión

Los plazos posesorios serán los mismos que los establecidos para los funcionarios con habilitación de carácter nacional nombrados en virtud del procedimiento de concurso.

Noveno. Normativa supletoria

En lo no previsto por las presentes bases, será de aplicación el artículo 46 del Real decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, el Decreto 92/2021, de 9 de julio, del Consell, de regulación del personal funcionario con habilitación de carácter nacional en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana y las prescripciones correspondientes del Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración general del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración general del Estado, aprobado por Real decreto 364/95, de 10 de marzo.

Décimo. Impugnación

Contra las presentes bases, que son definitivas en vía administrativa, y de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y en la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, podrán los interesados interponer uno de los siguientes recursos:

A) Con carácter potestativo, recurso de reposición, ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que este haya sido resuelto, se podrá entender que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo competente, en el plazo de seis meses.

B) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo competente, dentro del plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE.

C) En el caso de que la persona interesada sea una administración pública no cabe interponer recurso en vía administrativa, y ello sin perjuicio de la posibilidad de efectuar el requerimiento al que se refiere el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE.

Todo ello, sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso o acción que se estime procedente..»

2º. Ordenar la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.c de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las personas interesadas podrán interponer los siguientes recursos:

a) Directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de València o ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción tenga la persona demandante su domicilio, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

b) Potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, teniendo en cuenta que no es posible simultanear el recurso contencioso-administrativo y el potestativo de reposición.

c) En el caso de que la persona interesada sea una administración pública, no cabe interponer recurso en vía administrativa, y ello sin perjuicio de la posibilidad de efectuar el requerimiento al que se refiere el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Todo ello sin perjuicio de que las personas interesadas puedan hacer uso de cualquier otra vía que estimen oportuna.

València, 9 de marzo de 2023.– El president de la Generalitat, p. d. (R 17.02.2022, DOGV 21.02.2022), la secretaria autonómica de Cohesión Territorial y Políticas contra la Despoblación: Elena Cebrián Calvo.

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