Autoridad de transporte metropolitano de valència - Actos administrativos (DOGV 2023-9524)

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CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Autoritat de Transport Metropolità de València, por la que se aprueba la actualización del proyecto de servicio público CV-106 (València Metropolitana Oest). [2023/955]
  • Análisis jurídico

  • Análisis documental

    Origen disposición: Autoridad de Transporte Metropolitano de València
    Grupo Temático: Autorizaciones administrativas
    Descriptores:
      Temáticos: autorización de transporte
  • Antecedentes

    1. Mediante Resolución de fecha 31 de julio de 2018, la Dirección General de Obras Públicas, Transporte y Movilidad, en virtud de la delegación de la de la consellera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio (apartado 5.4 de la Resolución de 02.07.2018), aprobó inicialmente el proyecto de servicio público de transporte CV-106, València Metropolitana Oest, que fue sometido a información pública de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 6/2011, de 1 de abril, de movilidad de la Comunitat Valenciana (Anuncio DOGV núm. 8354 – 03.08.2018).

    2. Analizadas las alegaciones, y en virtud de la delegación de la consellera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio (apartado 5.4 de la Resolución de 02.07.2018), el director general de Obras Públicas, Transporte y Movilidad dictó resolución con fecha 29 de marzo de 2019, elevando a definitiva la aprobación el proyecto de servicio público de transporte CV-106, València Metropolitana Oest, de marzo de 2019 (DOGV núm. 8522 de 04.04.2019).

    3. ATMV tiene atribuidas las competencias sobre la ordenación y gestión del transporte público regular de viajeros de la Generalitat en el ámbito territorial del Área Metropolitana de València según lo previsto en el artículo 90.1 de la Ley 13/2016, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat, sin perjuicio de lo cual la asunción completa de la competencia se produjo por acuerdo de su Consejo de Administración de fecha 31 de julio de 2020.

    En base a dicho marco competencial corresponde a ATMV la gestión del Proyecto de servicio público (PSP) «CV-106, València Metropolitana Oest».

    4. Asimismo, con las competencias ya asumidas por ATMV, se pone en servicio en febrero de 2021 la concesión «CVV-250: Área Metropolitana de València Oest» que venía a sustituir a la anterior concesión «CVV-250. València-Alaquàs-Aldaia con prolongación a Torrent y Manises», de conformidad con lo establecido en el apartado 5 del artículo 5 del Reglamento (CE) Núm. 1370/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2007 sobre los servicios públicos de transporte de viajeros por ferrocarril y carretera y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) no 1191/69 y (CEE) no 1107/70 del Consejo, que contempla la adopción de medidas excepcionales y de emergencia en forma de adjudicación directa del contrato por un plazo máximo de dos años. Posibilidad asimismo contemplada en la normativa sectorial nacional y autonómica, en los artículos 85 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, ordenación de los transportes terrestres y 31.4 de la Ley 6/2011, de 1 de abril, de la Generalitat, de movilidad de la Comunitat Valenciana.

    5. El tiempo transcurrido desde la redacción y la aprobación del proyecto servicio público, así como la asunción de competencias de ATMV, justifican la necesidad de actualización del PSP CV-106, València Metropolitana Oest de cara a su posterior licitación o encargo.

    6. El 19 de septiembre de 2022 se aprueba la actualización del proyecto actualizado de servicio público de transporte CV-106, València Metropolitana Oest, redactado en agosto de 2022, publicándose en el DOGV núm. 9440 el 3 de octubre de 2022.

    7. Advertidos errores en el proyecto actualizado de servicio público de transporte CV-106, València Metropolitana Oest aprobado por la Resolución de 19 de septiembre de 2022, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones.

    Fundamentos de Derecho

    1. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 8.1 b) del Decreto 81/2017, de 23 de junio, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de la Autoridad de Transporte Metropolitano de València, es competencia del consejo de administración de ATMV la aprobación de la planificación de las redes y servicios de transporte público regular de viajeros.

    2. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

    Previo acuerdo del consejo de administración de ATMV, de fecha 25 de enero de 2023, resuelvo:

    Primero

    Aprobar la corrección de errores de la actualización del proyecto de servicio público de transporte CV-106, València Metropolitana Oest, redactado en agosto de 2022, aprobado por la Resolución de 19 de septiembre de 2022 y publicado en el DOGV núm. 9440 el 3 de octubre de 2022.

    Segundo

    Publicar la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. La corrección de errores del proyecto definitivo actualizado estará disponible en la página web de la ATMV en el siguiente enlace:

    https://atmv.gva.es/va/projectes-definitius-autobus

    Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 114.c de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo de las administraciones públicas, las personas interesadas podrán interponer los recursos siguientes:

    a) Potestativamente, recurso de reposición ante el Consejo de Administración de la ATMV, en el plazo de un mes a contar del día siguiente de la publicación de esta resolución, de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo de las administraciones públicas, y el artículo 22.3 del Decreto 81/2017, de 23 de junio, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de la Autoridad de Transporte Metropolitano de València.

    b) Directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución, de conformidad con lo que disponen los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

    València, 26 de enero de 2023.– La presidenta del Consejo de Administración de la Autoritat de Transport Metropolità de València: Rebeca Torró Soler.

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