Presidencia de la generalitat - Autoridades y personal (DOGV 2023-9523)

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RESOLUCIÓN de 23 de enero de 2023, de la Presidencia de la Generalitat, por la que se suprime el puesto de jefe de Oficina OFISAM. Clase 3ª, en Onda, de la Diputación Provincial de Castellón [2023/654]
  • Análisis documental

    Origen disposición: Presidencia de la Generalitat
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: Diputación Provincial de Castellón
  • La Diputación Provincial de Castellón, en sesión extraordinaria del Pleno celebrada el día 13 de diciembre de 2022, aprobó inicialmente la plantilla de personal y relación de puestos de trabajo del personal de la Diputación Provincial de Castellón y de sus organismos autónomos locales, para el ejercicio 2023. Dicha plantilla y relación de puestos de trabajo, fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón núm. 105 de 15 de diciembre de 2022, a efectos de interposición de reclamaciones. Finalizado el periodo de exposición al público, y no habiéndose presentado reclamación alguna, de conformidad con el informe del Registro General de la Diputación, se considera definitivamente aprobada la plantilla y relación de puestos de trabajo de personal de la Diputación Provincial de Castellón y de sus organismos autónomos locales, para el ejercicio 2023, en la propia forma en que aparece publicada en el citado boletín teniendo cuenta la subsanación del error material indicado en el punto primero del anuncio de la aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón número 5 de 12 de enero de 2023.

    En dicha plantilla se incluye la supresión del puesto de secretario interventor denominado oficialmente en el Registro Integrado de Habilitados Nacionales como jefe de Oficina OFISAM. Clase 3ª, en Onda (Castellón), conforme a la propuesta de la Mesa General de Negociación de esta Corporación, de modificación de plantilla y relación de puestos de trabajo de la Diputación Provincial de Castellón y de sus organismos autónomos locales para el ejercicio 2023, y por el diputado delegado de Recursos Humanos, en fecha 24 de noviembre de 2022, se resuelve amortizar la plaza de secretario interventor jefe Zona Sur, subgrupo: A1/A, Escala: habilitado nacional, subescala: Secretaría Intervención.

    Vistos los antecedentes indicados, y en virtud de lo dispuesto en los artículos 7 y 8 del Real decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, así como en los artículos 2 y 6 del Decreto 92/2021, de 9 de julio, del Consell, de regulación del personal funcionario con habilitación de carácter nacional, y de conformidad con la Resolución de 17 de febrero de 2022, del president de la Generalitat, por la que se delegan determinadas atribuciones en distintos órganos de la Administración de la Generalitat (DOGV 21.02.2022), se propone resolver:

    Suprimir el puesto de jefe de Oficina OFISAM. Clase 3ª, en Onda (Castellón), de la Diputación Provincial de Castellón.

    Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.c de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las personas interesadas podrán interponer los siguientes recursos:

    a) Directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de València o ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción tenga la persona demandante su domicilio, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

    b) Potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, teniendo en cuenta que no es posible simultanear el recurso contencioso-administrativo y el potestativo de reposición.

    c) En el caso de que la persona interesada sea una administración pública, no cabe interponer recurso en vía administrativa, y ello sin perjuicio de la posibilidad de efectuar el requerimiento al que se refiere el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

    Todo ello sin perjuicio de que las personas interesadas puedan hacer uso de cualquier otra vía que estimen oportuna.

    València, 23 de enero de 2023.– El president de la Generalitat, p. d. (R 17.02.2022, DOGV 21.02.2022), la secretaria autonómica de Cohesión Territorial y Políticas contra la Despoblación: Elena Cebrián Calvo.

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