El Consejo de Gobierno da su visto bueno a la creación del Órgano Estadístico del Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca (Consejo de Gobierno 28-08-2025)
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El Consejo de Gobierno ha dado su visto bueno a la creación del Órgano Estadístico Específico del Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca estableciendo su organización y funcionamiento. Según detalla la Consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, Amaia Barredo, "tras la creación el pasado año del nuevo Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, éste requería la creación de un Órgano Estadístico Específico (OEE) así como la regulación de su organización y funcionamiento".
Con tal objeto, el Decreto hoy aprobado establece la organización y funcionamiento, en lo que respecta a las materias que han pasado a ser competencia del actual Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca garantizando la continuidad de las actuaciones estadísticas que se vienen realizando.
En lo que al procedimiento se refiere, se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en la Ley del Procedimiento de Elaboración de las Disposiciones de Carácter General, recabándose, además, el informe preceptivo de la Euskal Estatistika Batzordea/Comisión Vasca de Estadística.
El Órgano Estadístico Específico del Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca se configura con carácter de individualización orgánica propia, unipersonal y dependencia directa de persona titular de la dirección competente en materia de servicios.
A efectos de sus competencias se encargará de: a) la Elaboración del plan estadístico departamental que sirva de base al Proyecto del Plan Vasco de Estadística. b) Colaboración con el Eustat-Instituto Vasco de Estadística en la elaboración del Plan Vasco de Estadística y de los Programas Estadísticos Anuales. c) Elaboración de estadísticas incluidas en los Programas Estadísticos Anuales, en los términos que en los mismos se determinen. d) Elaboración de estadísticas propias, no incluidas en el Plan Vasco de Estadística ni en los Programas Estadísticos Anuales, e) Relación con otros organismos f) Obtención de información para la realización de las estadísticas de su competencia, g) Publicación y difusión de los resultados de las estadísticas h) Participación en la elaboración y actualización de los ficheros directorios estadísticos de su ámbito sectorial; e i) Realización de los proyectos que se consideren de interés por parte del Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, especialmente servicios, estudios y análisis de tipo sectorial y sub sectorial.
El órgano estadístico específico del Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca ejercerá sus competencias tanto respecto a las necesidades estadísticas de los órganos de dicho Departamento como de los entes institucionales que, al margen del Eustat-Instituto Vasco de Estadística, el mismo tenga adscritos, y con independencia de que las estadísticas hayan de elaborarse a partir de datos estadísticos o de datos administrativos.