Abierto el plazo para solicitar el voto por correo hasta el 11 de abril
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Existen tres grupos de personas que pueden votar por correo en las próximas elecciones del 21 de abril:
Residentes en Euskadi o temporales en el Estado
Este colectivo puede ya solicitar el voto por correo hasta el 11 de abril:
Una vez solicitado, recibirá la documentación y las papeletas en el lugar indicado entre el 01 y el 14 de abril. Con esa documentación podrá, ya, emitir su voto por correo certificado de manera presencial y previa identificación oficial válida en cualquier oficina de Correos. El último día será el 17 de abril.
Residentes temporalmente en el extranjero
Estas personas pueden, ya, inscribirse como "no residente" en el Registro de Matrícula Consular. El plazo de inscripción finaliza el 23 de marzo. Una vez realizada la inscripción, la persona residente puede recoger el impreso de solicitud de voto por correo en el Consulado, descargárselo de la web del Gobierno Vasco https://euskadi.eus o de la del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
Una vez realizada la solicitud, la oficina del Censo Electoral remitirá la documentación y las papeletas electoral por correo certificado para que el elector o electora las envía, también por correo certificado a su mesa electoral en Euskadi, entre el 26 de marzo al 17 de abril.
Residentes permanentes en el extranjero
Por primera vez en las elecciones vascas y fruto de la modificación del artículo 75 de la LOREG (voto rogado),
quienes residen de manera permanente en el extranjero y estén inscritas en el censo CERA de residentes ausentes, recibirán automáticamente la documentación en su domicilio sin tener que solicitarlo:
Más información en el portal Irekia (Se abrirá en nueva ventana)