ORDEN de 16 de junio de 2025, de la consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico, por la que se aprueba el Manual de Procedimientos para la gestión de fondos del PRTR y el Plan de Control de gestión de fondos del PRTR del Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico.

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ORDEN de 16 de junio de 2025, de la consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico, por la que se aprueba el Manual de Procedimientos para la gestión de fondos del PRTR y el Plan de Control de gestión de fondos del PRTR del Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico.

La pandemia provocada por la COVID-19 supuso una crisis económica, social y sanitaria sin precedentes. Para dar respuesta a dicha crisis, se puso en marcha un ambicioso Fondo de Recuperación para contribuir al proceso de reconstrucción de las economías en el mundo post-COVID-19, a partir de 2021.

Con fecha 31 de diciembre de 2020 se publicó el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprobaron medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Por su parte, en cumplimiento del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se estableció el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), el Consejo de ministros, en su reunión de 27 de abril de 2021, aprobó el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España (PRTR).

El Plan fue objeto de evaluación positiva por la Comisión europea el 16 de junio de 2021 y aprobado por el Consejo europeo el 13 de julio de 2021.

En línea con las directrices del MRR, el PRTR incluye, entre otras, las siguientes Líneas de Inversión en las cuales se integran los subproyectos en los que el Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico.

Dada la extensa documentación que se precisa aportar para la justificación de los expedientes financiados con cargo al PRTR y la dificultad de la misma, se ha elaborado un Manual de Procedimientos para la Gestión de Fondos del PRTR del Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico, así como un Manual para la elaboración del control de la gestión como herramientas metodológicas idóneas para la identificación de todas las especificaciones de la gestión de los fondos y demás requerimientos exigidos a los Órganos Gestores de los mismo, así como de instrumento formativo para su utilización por todos los participantes en la ejecución de los Subproyectos integrados en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

El Manual persigue facilitar la aplicación de este nuevo sistema de gestión y seguimiento, para lograr la mayor eficacia, eficiencia, excelencia y rigor en la aplicación de las Medidas del PRTR, con el objetivo de que el potencial transformador de estos fondos comunitarios de recuperación llegue al mayor número de personas, operadores públicos y privados, y en general al conjunto de la ciudadanía. A estos efectos, el Manual pretende recoger las particularidades de la gestión del PRTR, evitar disfuncionalidades y facilitar el seguimiento metódico de la ejecución de los fondos, encomendando funciones específicas a los servicios funcionales y transversales implicados en su ejecución y gestión.

En la reunión celebrada el 31 de marzo de 2023, la Comisión Interdepartamental para la Información y Seguimiento del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia recomendó la aprobación por cada departamento del Gobierno Vasco de su manual de procedimientos para la gestión de fondos PRTR mediante Orden de su consejero/a.

El Decreto 320/2024, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico, creó y estableció la estructura del Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico. Si bien, hasta ahora, se ha empleado el Manual de Gestión y el Plan de Control aprobado para el extinto departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, resulta necesario, aprobar un Manual de Gestión y un Plan de Control específico para el Departamento.

La presente Orden constituye un acto administrativo que desarrolla las previsiones contenidas en la Orden HFP 1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En la reunión celebrada el 12 de mayo de 2023, la Comisión interdepartamental para Información y Seguimiento del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia aprobó la guía para el Plan de Control de la Gestión de Fondos del Plan de Recuperación y Resiliencia y determinó la función de aprobar o no el Plan de Control de la Gestión de Fondos del Plan de Recuperación y Resiliencia a los respectivos departamentos, a través de orden de la consejera o consejero.

La propuesta de Orden que obra en el expediente se ajusta a lo regulado en la Orden HFP 1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y en la Orden HFP 1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

El departamento, a través de la dirección de Servicios, será responsable de su Manual de Procedimientos para la gestión de fondos PRTR, siendo el competente para adaptarlo, revisarlo y actualizarlo. Como documento de trabajo que es, se recomienda que esas revisiones en el Manual se produzcan anualmente y que se informe de las mismas a la Dirección de Política de Cohesión y Fondos Europeos. En lo que respecta al procedimiento de revisión del Manual de Procedimientos o del Plan de Control de Gestión indicar que, la revisión del Manual de Procedimientos para la Gestión de Fondos del PRTR y del Plan de Control de Gestión de Fondos del PRTR del departamento corresponde a la consejera.

La Comisión Interdepartamental para la Información y Seguimiento del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia recomendó delegar las modificaciones no sustantivas del Plan en la dirección de servicios. Se ha de considerar que dicha delegación tendrá validez de un año desde la fecha de la Orden de Aprobación.

Todos los cambios introducidos tanto el en Manual de Procedimiento como en el Plan de Control de Gestión de fondos PRTR serán marcados de tal forma que se identifique intuitivamente lo actualizado; y se rellenará la correspondiente tabla de control de cambios.

En su virtud, y en el ejercicio de la competencia que me otorga el artículo 26. 4.º de la Ley 7/1981, de 30 de junio, sobre Ley de Gobierno, el Decreto 11/2021, de 19 de enero, el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021, el Real Decreto Ley 36/2020, de 30 de diciembre, la Orden HFP 1030/2021, de 29 de septiembre, la Orden HFP 1031/2021, de 29 de septiembre,

RESUELVO:

Primero.- Aprobar el Manual de Procedimientos para la Gestión de Fondos del PRTR del Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico que figura como Anexo III.

Segundo.- Aprobar el Plan de Control para la Gestión de Fondos del PRTR del Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico que figura como Anexo I.

Tercero.- Delegar en la Dirección de Servicios del Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico la realización de los cambios en el Manual de Procedimientos y en Plan de Control para la Gestión de Fondos del PRTR que no tengan carácter sustantivo.

Cuarto.- Ordenar que se dé publicidad a esta Orden a través de los medios oficiales que procedan y, en todo caso, mediante su inserción en el espacio que corresponde al Departamento Bienestar, Juventud y Reto Demográfico en la web www.euskadi.eus

En Vitoria-Gasteiz, a 16 de junio de 2025.

La consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico,

NEREA MELGOSA VEGA.
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