DECRETO 122/2025, de 10 de junio, de declaración de compatibilidad de cargo público.
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DECRETO 122/2025, de 10 de junio, de declaración de compatibilidad de cargo público.
El consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, Juan Ignacio Perez Iglesias, ha presentado solicitud de autorización de compatibilidad para poder llevar a cabo las dos actividades privadas que se detallan a continuación:
1.- Participar como conferenciante en el evento «Naukas» organizado por la cátedra de cultura científica de la UPV/EHU. La participación de Juan Ignacio Perez Iglesias tendrá una duración total de una hora.
2.- Publicar el libro titulado «la vida en la frontera», que versará sobre biología humana.
La Ley 1/2014, de 26 de junio, Reguladora del Código de Conducta y de los Conflictos de Intereses de los Cargos Públicos (en adelante, Ley 1/2014), regula en su Capítulo III (artículos 12 a 19) el régimen de incompatibilidades al que quedan sujetas las personas cargos públicos.
El artículo 14.1.b) de la Ley 1/2014 dispone que el ejercicio del cargo público será compatible con la actividad privada consistente en «la participación ocasional en congresos, jornadas, seminarios, cursos y conferencias [...]» siempre que esta actividad privada no comprometa la imparcialidad o independencia de la persona cargo público en el ejercicio de sus funciones, no perjudique el interés público y, además, no sea consecuencia de una relación de trabajo o de un contrato de prestación de servicios.
Asimismo, el artículo 14.1.c) de la citada Ley dispone que el ejercicio del cargo público será compatible con la actividad privada consistente en la «comercialización y publicación de producción y creación literaria, artística, científica o técnica [...]» siempre que esta actividad privada no comprometa la imparcialidad o independencia de la persona cargo público en el ejercicio de sus funciones, no perjudique el interés público y, además, no traiga causa de una relación de trabajo o de un contrato de prestación de servicios.
En atención a lo dispuesto en el artículo 14.1, letras b), de la Ley 1/2014, Juan Ignacio Perez Iglesias ha presentado una declaración responsable en la que manifiesta que la conferencia que pretende impartir no es consecuencia de una relación de trabajo o de un contrato de prestación de servicios.
En el mismo sentido, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 14.1, letra c), del mismo cuerpo normativo, Juan Ignacio Perez Iglesias ha presentado una segunda declaración responsable dejando constancia que el libro que pretende publicar no trae causa de una de una relación de trabajo o de un contrato de prestación de servicios.
Por último, cabe aclarar que no se ha apreciado ningún indicio razonable que haga sospechar que las actividades privadas descritas perjudiquen el interés público y/o puedan comprometer la imparcialidad o independencia de Juan Ignacio Perez Iglesias en el ejercicio de su cargo de consejero de Ciencia, Universidades e Innovación.
Sin perjuicio de lo anterior, el artículo 19.3, letra a), de la Ley 1/2014 dispone que, previo informe del titular del departamento del que dependa la materia de función pública corresponderá al Consejo de Gobierno autorizar o denegar la compatibilidad de los miembros de gobierno. El informe referido en el citado artículo fue emitido con fecha 28 de mayo de 2025 por la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno arrojando una conclusión favorable a la autorización de compatibilidad solicitada.
En virtud de todo lo expuesto, habiéndose analizado en el cuerpo de del presente Decreto las actividades privadas objeto de autorización a la luz del régimen de incompatibilidades previsto en la Ley 1/2014, y habiéndose cumplido con todos los trámites procedimentales regulados en la citada norma, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 10 de junio de 2025
DISPONGO:
Artículo único.- Estimar la solicitud presentada por Juan Ignacio Perez Iglesias, y declarar la compatibilidad de las actividades privadas objeto de autorización con el cargo de consejero de Ciencia, Universidades e Innovación.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia País Vasco, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la notificación.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
El presente Decreto surtirá efectos desde el día de su notificación a la persona interesada.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 10 de junio de 2025.
El lehendakari,
IMANOL PRADALES GIL.
La consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno,