RESOLUCIÓN 705/2025, de 8 de mayo, de la directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud, de corrección de errores de la Resolución 541/2025, de 27 de marzo, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo, por el sistema de concurso, para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de médico/a (puesto funcional de médico/a de familia) del grupo profesional de facultativos/as, médicos/as y técnicos/as con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en su versión en euskera.
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RESOLUCIÓN 705/2025, de 8 de mayo, de la directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud, de corrección de errores de la Resolución 541/2025, de 27 de marzo, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo, por el sistema de concurso, para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de médico/a (puesto funcional de médico/a de familia) del grupo profesional de facultativos/as, médicos/as y técnicos/as con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en su versión en euskera.
El artículo 18.2.c) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el Boletín Oficial del País Vasco, establece que los errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango.
Advertido un error de dicha índole en la página 12/7 de la citada Resolución en su versión euskera, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco de 3 de abril de 2025, se procede a su corrección, de forma que:
Donde dice:
«III. ERANSKINA
MEREZIMENDUEN BAREMOA FAKULTATIBO MEDIKOAK ETA TEKNIKOAK LANBIDE-TALDEKO MEDIKUA KATEGORIARAKO (FAMILIAKO MEDIKUA LANPOSTU FUNTZIONALA), OSAKIDETZA-EUSKAL OSASUN ZERBITZUKO ZERBITZU SANITARIOETAKO ERAKUNDEETAKO DESTINOETARAKO
2) Prestakuntza, irakaskuntza eta ikerketa (gehienez, 20 puntu).
g) Hizkuntzak (gehienez, 3 puntu).
II) Hizkuntzen Europako Erreferentzia Marko Bateratuaren eta baliokideen B2 eta C1 mailetako tituluengatik 1 puntu emango da.»
Debe decir:
«III. ERANSKINA
MEREZIMENDUEN BAREMOA FAKULTATIBO MEDIKOAK ETA TEKNIKOAK LANBIDE-TALDEKO MEDIKUA KATEGORIARAKO (FAMILIAKO MEDIKUA LANPOSTU FUNTZIONALA), OSAKIDETZA-EUSKAL OSASUN ZERBITZUKO ZERBITZU SANITARIOETAKO ERAKUNDEETAKO DESTINOETARAKO
2) Prestakuntza, irakaskuntza eta ikerketa (gehienez, 20 puntu).
g) Hizkuntzak (gehienez, 3 puntu).
II) Hizkuntzen Europako Erreferentzia Marko Bateratuaren eta baliokideen B2 mailetako tituluengatik 1 puntu emango da.»
Se ordena la publicación de la presente Resolución 705/2025, de 8 de mayo, de la directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 8 de mayo de 2025.
La directora general de Osakidetza-Servicio vasco de salud,