RESOLUCIÓN de 29 de abril de 2025, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, por la que se aprueba el «Proyecto de Electrificación de la variante de Altzola».

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RESOLUCIÓN de 29 de abril de 2025, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, por la que se aprueba el «Proyecto de Electrificación de la variante de Altzola».

El proyecto que se aprueba mediante la presente Resolución se redacta para definir técnica y económicamente las actuaciones a realizar correspondientes al «Proyecto de electrificación de la variante de Altzola». El proyecto está enmarcado en la línea Bilbao-Donostia de ancho métrico en el entorno situado entre Elgoibar y Mendaro. En el alcance del proyecto está contemplada la electrificación del tramo entre la salida del túnel de Karkizano con el nacimiento de la vía doble inmediatamente después, el nuevo túnel de vía doble de Altzola y el enlace con la vía actual en el entorno del PK 58+111.

La catenaria prevista para el proyecto es la variante de la CA-160 para ancho métrico estándar en ETS, alimentada en 1,5 kVcc.

El objeto del proyecto es definir técnica y económicamente las actuaciones y requisitos, tanto funcionales como operacionales, para la realización de los trabajos de electrificación de la nueva variante de Altzola perteneciente a la línea Bilbao-Donostia.

Las instalaciones desarrolladas en el presente proyecto son las siguientes:

• Línea aérea de contacto tipo CA-160 adaptada por ETS.

• Telemando de los nuevos seccionadores.

No es objeto del presente proyecto la reposición de servicios afectados. El desmontaje de la línea de Media Tensión existente sí se contempla en este proyecto.

La plataforma e infraestructura en la actualidad está compuesta por vía única electrificada a cielo abierto pasando por el apeadero de Altzola en ancho métrico.

La situación de partida del presente proyecto será la situación resultante tras la ejecución del proyecto previo de infraestructura y construcción del nuevo túnel de Altzola.

En el proyecto de obra civil, se contempla el desdoblamiento de la vía actual, desde la salida del túnel de Karkizano hasta el entronque con la vía actual existente en el lado Donostia tras la salida del túnel de Altzola de nueva construcción.

La situación de partida contará con la electrificación de la vía izquierda adaptada tras el ripado necesario para la introducción de la segunda vía (derecha en sentido Donostia). De este replanteo nuevo, se conservarán cinco postes como se pueden observar en el plano de situación futura del Documento 2 Planos del presente proyecto. Estos postes a mantener están representados en azul.

También en la situación de partida estarán ejecutadas todas las cimentaciones necesarias para la instalación de postes contemplados en este proyecto de electrificación. La información de la tipología de cimentaciones y su ubicación se ha adelantado a los proyectistas del proyecto de obra civil previamente.

También se encontrarán ejecutadas las canalizaciones necesarias para los tendidos de cableado de telemando de seccionadores y los cruces de vía necesarios.

A nivel de electrificación, en el proyecto de obra civil se contempla la instalación de dos zonas neutras (ejecutadas mediante aisladores de sección) a la salida del túnel de Karkizano y en la vía actual, en la zona de curva posterior a la nueva entrada del túnel de Altzola tal y como se muestra en la figura anterior (ZN-1 y ZN-2). Estas zonas neutras se desmontarán en el presente proyecto de electrificación.

El proyecto contempla entre sus actuaciones las siguientes actividades:

• Instalación de la línea aérea de contacto tipo CA-160 adaptada por ETS para ancho métrico, en sistema de electrificación 1,5 kV cc con carril a tierra.

• Instalación de 4 seccionadores de puenteo motorizados y telemandados.

• Cableado de telemando hasta el nuevo PLO situado en las inmediaciones de la boca norte del túnel.

• Desmontaje de los equipos de catenaria actual en el entorno del apeadero de Altzola indicados en el «Plano de planta desmontajes». Desmontaje de la línea de media tensión existente.

Queda fuera del alcance de este proyecto la reposición de los servicios afectados. En el presente proyecto no se han previsto expropiaciones.

El Proyecto tiene un presupuesto de ejecución material que asciende quinientos setenta y un mil quinientos ochenta y dos euros con cincuenta y ocho céntimos (571.582,58), que significa un presupuesto base de licitación con IVA de ochocientos veintitrés mil veintiún euros con setenta y seis céntimos (823.021,76), y un presupuesto para conocimiento de la Administración sin IVA de seiscientos ochenta mil ciento ochenta y tres euros con veintisiete céntimos (680.183,27).

El plazo de ejecución estimado para las obras es de seis (6) meses.

Los Servicios Técnicos de Euskal Trenbide Sarea (ETS) han verificado que este proyecto responde a su objeto y cumple los requisitos exigidos por la Ley de Contratos del Sector Público y por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, por cuanto recoge los aspectos suficientes y necesarios para su ejecución por contrata; así mismo han revisado el proyecto a nivel formal y ratifica que cumple con lo estipulado en la Ley de Contratos del Sector Público y el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en cuanto a la inclusión de los documentos necesarios y la normativa vigente en relación a su contenido, las firmas y aspectos formales, las bases e hipótesis de cálculo necesarias y el contenido relacionado en el artículo 233.1 de la Ley de Contratos del Sector Público.

Este órgano es competente para la aprobación de los proyectos de la red ferroviaria vasca, según lo dispuesto en el artículo 11.2.b) del Decreto 382/2024, de 19 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Movilidad Sostenible.

Vistas las disposiciones citadas, y demás concordantes y de general aplicación,

RESUELVO:

Primero.- Aprobar el «Proyecto de Electrificación de la variante de Altzola» con un presupuesto base de licitación, IVA incluido, de ochocientos veintitrés mil veintiún euros con setenta y seis céntimos (823.021,76), y con un plazo de ejecución estimado para las obras de seis (6) meses.

Segundo.- La aprobación de este proyecto Constructivo conlleva la declaración de utilidad pública o interés social de las obras, la necesidad de ocupación y la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados relacionados en el anexo correspondiente del propio Proyecto Constructivo.

Esta resolución no es definitiva en vía administrativa y contra ella los interesados pueden interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Infraestructuras y Movilidad Sostenible, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, dirigiendo el escrito de interposición bien a este órgano, bien al Viceconsejero de Infraestructuras y Movilidad Sostenible.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

En Vitoria-Gasteiz, a 29 de abril de 2025.

La Directora de Infraestructuras del Transporte,

MARÍA DOLORES DE JUAN DE MIGUEL.

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