RESOLUCIÓN de 3 de abril de 2025, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, por la que se aprueba nuevamente el Proyecto constructivo de supresión de los pasos a nivel de Illumbe y Torrekua en Usurbil.
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RESOLUCIÓN de 3 de abril de 2025, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, por la que se aprueba nuevamente el Proyecto constructivo de supresión de los pasos a nivel de Illumbe y Torrekua en Usurbil.
El objeto del presente documento es proyectar las actuaciones del «Proyecto constructivo de supresión de los pasos a nivel de Illumbe y Torrekua en Usurbil».
También es objeto del presente proyecto, el generar la documentación requerida a nivel de proyecto para definir y formalizar una servidumbre de paso en una finca particular y comprendida en la franja entre el dominio viario y el dominio ferroviario, y que sirva para acceder a la plataforma ferroviaria, situada en el PK 99+410 de la línea Bilbao-Donostia.
Los pasos a nivel de Illumbe (PK96+609) y de Torrekua (PK 96+873) pertenecientes a la línea Bilbao-Donostia de ETS son pasos a nivel de clase A, con protección únicamente a través de señales verticales de paso a nivel. Son pasos para el acceso a las zonas agrícolas adyacentes.
El paso a nivel de Aguinaga (PK 96+971) es el principal de la zona y sirve de acceso al barrio de Aguinaga desde la C.N. 634. Es un paso tipo C, dotado de barreras automáticas y sonería y señales luminosas a carretera.
Para mejorar las condiciones de explotación y la seguridad de la línea Bilbao-Donostia de ETS, se plantea la supresión de los dos primeros pasos a nivel (Torrekua e Illumbe) y concentrar los tres pasos existentes en el actual paso a nivel de Aginaga.
Para ello es necesario realizar un camino de acceso paralelo a la actual traza ferroviaria de 2,5 m. de ancho, que conecte y de continuidad a la red de caminos existente.
El nuevo camino comienza en las proximidades del paso a nivel de Illumbe, después del paso existente sobre un arroyo, y cruza una zona agrícola próxima a unos invernaderos. A continuación, discurre por una zona de vegetación frondosa, muy próximo a un arroyo. El tramo final del camino se realiza en una zona agrícola y finaliza en el parking situado junto al paso a nivel de Aguinaga.
Para resolver la problemática existente se proyectan las siguientes actuaciones:
• Nuevo camino de 2,5 m de ancho formado por 50 cm de zahorra artificial y 10 cm de pavimento de terrizo de arena caliza.
• Desmantelamiento de las instalaciones de los pasos a nivel de Illumbe y Torrekua y establecimiento de señalización ferroviaria de la situación definitiva con los dos mencionados pasos a nivel cerrados.
• Nuevo cerramiento de vía entre los pasos a nivel cerrados, según se indica en los Planos del proyecto.
• Disposición de una servidumbre de paso que aplica a los nuevos caminos proyectados.
El proyecto original se aprobó, mediante Resolución de la Directora de Infraestructuras del Transporte, el 11 de marzo del 2025, y fue publicado en el Boletín Oficial del País Vasco el 31 de marzo del 2025.
La causa de la nueva aprobación es una corrección en el presupuesto, dado que en el proyecto original no se había destinado suficiente dinero al desbroce y tala de árboles de una masa de arbolado frondosa que afectamos con la actuación. Se han incluido varias unidades de obra nuevas de tala de arbolado y se aumentado el importe de la unidad del desbroce manual de arbustos (tanto en precio como en medición). Esto ha supuesto un aumento del presupuesto en la partida de «Trabajos fuera de la plataforma ferroviaria».
El Proyecto tiene un presupuesto de ejecución material que asciende ciento noventa y tres mil seiscientos euros con treinta y un céntimos (193.600,31), que significa un presupuesto base de licitación con IVA de doscientos setenta y ocho mil setecientos sesenta y cinco euros con nueve céntimos (278.765,09).
El plazo de ejecución estimado para las obras es de dos meses y medio (2,5).
Los Servicios Técnicos de Euskal Trenbide Sarea (ETS) han verificado que este proyecto responde a su objeto y cumple los requisitos exigidos por la Ley de Contratos del Sector Público y por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, por cuanto recoge los aspectos suficientes y necesarios para su ejecución por contrata; así mismo han revisado el proyecto a nivel formal y ratifica que cumple con lo estipulado en la Ley de Contratos del Sector Público y el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en cuanto a la inclusión de los documentos necesarios y la normativa vigente en relación a su contenido, las firmas y aspectos formales, las bases e hipótesis de cálculo necesarias y el contenido relacionado en el artículo 233.1 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Este órgano es competente para la aprobación de los proyectos de la red ferroviaria vasca, según lo dispuesto en el artículo 11.2.b) del Decreto 382/2024, de 19 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Movilidad Sostenible.
Vistas las disposiciones citadas, y demás concordantes y de general aplicación,
RESUELVO:
Primero.- Aprobar nuevamente el «Proyecto constructivo de supresión de los pasos a nivel de Illumbe y Torrekua en Usurbil» con un presupuesto base de licitación, IVA incluido, de doscientos setenta y ocho mil setecientos sesenta y cinco euros con nueve céntimos (278.765,09), y con un plazo de ejecución estimado para las obras de dos meses y medio (2,5).
Segundo.- La aprobación de este proyecto Constructivo conlleva la declaración de utilidad pública o interés social de las obras, la necesidad de ocupación y la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados relacionados en el anexo correspondiente del propio Proyecto Constructivo.
Esta resolución no es definitiva en vía administrativa y contra ella los interesados pueden interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Infraestructuras y Movilidad Sostenible, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, dirigiendo el escrito de interposición bien a este órgano, bien al Viceconsejero de Infraestructuras y Movilidad Sostenible.
Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Vitoria-Gasteiz, a 3 de abril de 2025.
La Directora de Infraestructuras del Transporte,
MARÍA DOLORES DE JUAN DE MIGUEL.