ORDEN de 3 de marzo de 2025, de la Consejera de Educación, por la que se da publicidad a la composición del Tribunal que ha de actuar en el concurso-oposición para el acceso al Cuerpo de Inspectores e Inspectoras de Educación de la Comunidad Autónoma del País Vasco, convocado por Orden de 27 de noviembre de 2024.
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ORDEN de 3 de marzo de 2025, de la Consejera de Educación, por la que se da publicidad a la composición del Tribunal que ha de actuar en el concurso-oposición para el acceso al Cuerpo de Inspectores e Inspectoras de Educación de la Comunidad Autónoma del País Vasco, convocado por Orden de 27 de noviembre de 2024.
La base 5.1 de la Orden de 27 de noviembre de 2024, de la Consejera de Educación (BOPV de 13 de diciembre de 2024), por la que se convoca concurso-oposición para el acceso al Cuerpo de Inspectores e Inspectoras de Educación de la Comunidad Autónoma del País Vasco, dispone que la selección de quienes participan en el procedimiento selectivo será realizada por el tribunal, nombrado mediante Orden de la Consejera de Educación.
Conforme a la base 5.2 de la citada Orden de 27 de noviembre de 2024, la Consejera de Educación designa libremente a la Presidenta o Presidente; las cuatro personas que han de ser designadas como vocales, lo serán por sorteo entre las personas funcionarias de carrera en activo del Cuerpo de inspectores e inspectoras de Educación del País Vasco.
El día 28 de febrero de 2025 se ha llevado a cabo el sorteo para designar a los vocales del Tribunal.
Por consiguiente,
RESUELVO:
Primero.- Dar publicidad en el anexo de la presente Orden a la composición del Tribunal que ha de actuar en el concurso-oposición convocado por Orden de 27 de noviembre de 2024, de la Consejera de Educación, para el acceso al Cuerpo de Inspectores e Inspectoras de Educación de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Segundo.- En caso de ser necesaria la sustitución de alguno de los miembros del Tribunal, cada vocal titular será sustituido por el vocal suplente correspondiente según el orden en el que figuran en el anexo, y si no fuera posible, por el siguiente vocal suplente, siguiendo el orden en el que figura.
Tercero.- Si en cualquiera de los miembros del Tribunal, concurre alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público o hubiesen realizado tareas de preparación de personas aspirantes a pruebas selectivas del Cuerpo de Inspectores e Inspectoras de Educación en los cinco años anteriores a la publicación de la presente convocatoria, deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento, notificándolo, con la debida justificación documental, al Director de Gestión de Personal.
Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros de los órganos de selección cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Cuarto.- Contra la presente Orden podrá interponerse recurso de reposición ante la Consejera de Educación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar igualmente desde esa misma fecha.
En Vitoria-Gasteiz, a 3 de marzo de 2025.