RESOLUCIÓN de 8 de enero de 2025, del Director de HABE, por la que se realiza la convocatoria abierta de 2025 para la acreditación de los niveles B1, B2, C1 y C2 de competencia comunicativa en euskera, definidos en el Currículo Básico para la Enseñanza del Euskera a Personas Adultas (HEOC).
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RESOLUCIÓN de 8 de enero de 2025, del Director de HABE, por la que se realiza la convocatoria abierta de 2025 para la acreditación de los niveles B1, B2, C1 y C2 de competencia comunicativa en euskera, definidos en el Currículo Básico para la Enseñanza del Euskera a Personas Adultas (HEOC).
Al amparo de lo dispuesto en los Decretos 179/2003 y 166/2019 y en la Orden de 9 de septiembre de 2020 del Consejero de Cultura y Política Lingüística, HABE puede realizar convocatorias de acreditación de los niveles de competencia comunicativa en euskera establecidos en el HEOC, para las personas que estén interesadas en las mismas.
Por otro lado, la Consejera de Cultura y Política Lingüística aprobó la estructura y la descripción del HEOC, en el marco de su ordenamiento académico, mediante Orden de 22 de julio de 2015, por la que se conformó un proceso de aprendizaje definido en seis niveles (A1: usuario inicial; A2: usuario básico; B1: usuario independiente; B2: usuario avanzado; C1: usuario competente; C2: usuario experto), articulado en base a la interacción socio discursiva, basado en un enfoque comunicativo definido mediante acciones comunicativas, en función de las características propias del euskera y que toma en consideración la situación sociolingüística del contexto de aprendizaje. Desde dicho enfoque y visión, la citada Orden define los contenidos (contexto sociolingüístico, temas, géneros textuales, funciones, exponentes textuales, exponentes lingüísticos, estrategias...), las orientaciones metodológicas y los criterios de evaluación.
Así mismo, esta convocatoria de 2025 contempla, para las personas sordas con discapacidad auditiva severa, la posibilidad de evaluar y acreditar parcialmente las destrezas lingüísticas de comprensión y expresión escrita de los niveles de competencia comunicativa de los niveles B1 y B2 definidos en el HEOC, de acuerdo con el artículo 13 de la Orden de 9 de septiembre de 2020, del Consejero de Cultura y Política Lingüística.
Por todo ello,
RESUELVO:
Primero.- Realizar la convocatoria abierta de 2025 para la acreditación de los niveles B1, B2, C1 y C2 de competencia comunicativa en euskera definidos en el HEOC, de acuerdo con las bases y criterios que figuran en los Anexos I y II de esta Resolución.
Segundo.- Efectuar dos procesos de acreditación en la convocatoria abierta de los niveles B1, B2, C1 y C2 en el ejercicio 2025.
Tercero.- Comunicar a las personas interesadas que contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Cultura y Política Lingüística, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En San Sebastián, a 8 de enero de 2025.
El Director de HABE,
JOKIN AZKUE ARRASTOA.
ANEXO I
BASES DE LA CONVOCATORIA ABIERTA DE EXAMEN PARA LA ACREDITACIÓN DE LOS NIVELES DE COMPETENCIA COMUNICATIVA B1, B2, C1 Y C2
Base 1.- Objeto.
Es objeto de estas bases establecer las especificaciones necesarias para los dos periodos de exámenes previstos en la convocatoria abierta de 2025 de cara a la acreditación de la competencia comunicativa de euskara en los niveles B1, B2, C1 y C2 establecidos en el HEOC por parte de las personas matriculadas, conforme a la Orden del Consejero de Cultura y Política Lingüística de 9 de septiembre de 2020.
Base 2.- Marco básico de la convocatoria.
El HEOC y el Marco Común Europeo de Referencia de las lenguas (MCER) constituirán, respectivamente, el fundamento y el ámbito de referencia para la acreditación del nivel de competencia de las personas examinandas.
En dicho contexto, las pruebas de competencia dirigidas a la obtención de los certificados correspondientes a los niveles determinados en el HEOC se regirán por los contenidos y las características recogidas en el Anexo II.
Base 3.- Requisitos para la participación en esta convocatoria.
Para poder matricularse en esta convocatoria, las personas interesadas deben cumplir las condiciones que se especifican a continuación:
a) Tener cumplidos 16 años o cumplirlos en el año natural en que se formalice la matrícula.
b) Formalizar debidamente la matrícula y el abono de esta en el plazo establecido.
Base 4.- Calendario de la convocatoria.
1.- La convocatoria de 2025 se estructurará en dos períodos de exámenes para la acreditación de los niveles B1, B2, C1 y C2 del HEOC.
2.- Los plazos de inscripción para tomar parte en estos dos períodos de exámenes son los siguientes: a) del 24 al 31 de marzo de 2025, ambos inclusive, para la matriculación en el primer período de exámenes, y b) del 8 al 14 septiembre de 2025, ambos inclusive, para la matriculación en el segundo período de exámenes.
En un plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de estas bases en el Boletín Oficial del País Vasco, HABE publicará en la página o portal web www.habe.euskadi.eus los calendarios previstos para los procesos de acreditación del 2025 fecha de publicación del acuerdo para dar a conocer el estado de la matrícula, fechas y lugares para la realización de las pruebas, y fechas de comunicación de los resultados.
3.- HABE se reserva el derecho a cambiar las fechas previstas en el calendario con motivo de las incidencias que puedan producirse en la gestión de la convocatoria, a excepción de las fechas de matriculación para los exámenes.
4.- Una vez formalizada la matrícula, si la persona examinanda no se presenta en el lugar del examen en el día establecido en el calendario de exámenes publicado en la página web de HABE, a dicha persona se le considerará como no presentada, y perderá la posibilidad de examinarse, salvo en las siguientes circunstancias excepcionales, que acarrearán las consecuencias seguidamente mencionadas:
a) Si la circunstancia que ha impedido a la persona examinanda realizar la prueba en el día establecido en el calendario se deriva de una causa sobrevenida y de fuerza mayor o se deriva de una situación amparada por una norma con rango de ley, se podrá modificar el día de la prueba o del examen, y trasladarlo a otro día excepcional establecido en el calendario, siempre y cuando se cumplan las siguientes condiciones:
La persona examinanda dispondrá de tres días hábiles a partir del día siguiente al de la realización de la prueba para presentar en la sede de HABE mediante correo electrónico el correspondiente documento justificativo sobre la imposibilidad de acudir el día fijado para la realización de la prueba y cinco días hábiles desde la fecha de realización de la prueba para presentar la compulsa del documento en alguna de las sedes de HABE. La causa expuesta en dicho documento deberá justificarse mediante el informe o documento inequívoco correspondiente.
De esta opción se podrá valer una sola vez.
b) Si la circunstancia que le ha impedido a la persona examinanda realizar la prueba en el día establecido en el calendario se deriva de una situación amparada por una norma con rango de ley, y dicha persona no ha podido hacer uso del día excepcional para realizar la prueba, se guardarán para el siguiente período de exámenes tanto los derechos de examen, como las calificaciones que, en su caso, haya obtenido en un periodo concreto, incluso entre el segundo período de exámenes de esta convocatoria y el primer período de exámenes de la convocatoria del año siguiente.
Las personas examinandas que presenten solicitudes de modificación transcurrido el plazo señalado de tres días hábiles, serán consideradas como «no presentadas» a dicho período de exámenes.
Respecto a la modificación de fecha y hora de las pruebas de expresión oral, las personas examinandas podrán solicitar cambios puntuales dentro del territorio por el que optaron en la matrícula para la realización de la prueba, y HABE, si lo considera viable, lo autorizará en los plazos y procedimientos establecidos.
5.- La solicitud de cambio del lugar del examen se realizará siguiendo los procedimientos establecidos en la página web o portal www.habe.euskadi.eus, indicando los motivos de dicha solicitud y, en todo caso, dentro de los plazos establecidos en el calendario de la convocatoria.
Base 5.- Inscripción, precio y abono de la matrícula.
1.- La inscripción para las pruebas de acreditación de los niveles de competencia B1, B2, C1 y C2 se realizará en la página o portal web www.habe.euskadi.eus, con la cumplimentación de la hoja de matrícula, en el plazo fijado al efecto. En el caso del nivel C2, la persona examinanda deberá consignar en la hoja de matrícula la especialidad académica o técnica en la que es experta.
2.- El abono de la matrícula deberá realizarse en el plazo fijado para efectuar la matrícula, por Internet, o en su caso, mediante pago en entidades bancarias que ofrezcan dicho servicio (Kutxabank, Sabadell, Laboral Kutxa, Bankoa, BBVA, Banco Santander, CaixaBank, Banco Popular, Caja Rural de Navarra), utilizando para ello el impreso que se obtendrá al inscribirse.
3.- Se entenderá que el proceso de matriculación ha sido debidamente formalizado en el plazo fijado al efecto, cuando ambos trámites -inscripción y abono de la matrícula- hayan sido realizados en plazo. El incumplimiento de alguno de los trámites indicados en el plazo establecido conllevará la exclusión del proceso de acreditación.
4.- Una vez abonados los derechos de matrícula, no se devolverá el importe de la misma, salvo: a) en el caso de haber abonado erróneamente la matrícula dos veces para un mismo nivel; b) en los casos en que el nivel o convocatoria para el que se ha abonado la matrícula sea erróneo, siempre que la solicitud de devolución se realice dentro del plazo de matrícula; c) si el director general de HABE ha estimado el recurso de alzada interpuesto por un examinando o examinanda a una convocatoria anterior y, en consecuencia, ha anulado la matrícula de referencia; d) en el caso de fallecimiento de la persona matriculada antes del día de realización de la prueba.
5.- Respecto al precio de matrícula a abonar, se aplicarán los precios públicos fijados para la prestación de los servicios que HABE ofrece, a cuyo efecto se estará a los precios que en cada período de matriculación se encuentren en vigor de conformidad con la normativa vigente en cada momento. En todo caso, HABE dará a conocer a través de la página o portal web www.habe.euskadi.eus los importes referidos a cada período.
Quienes estén exentos de realizar una prueba de destreza (conforme a la base 8.3) en un período de examen, también deberán abonar la cantidad establecida en concepto de matrícula.
6.- La persona examinanda se podrá matricular en un solo nivel de competencia comunicativa de euskera en cada periodo de examen de la convocatoria abierta.
7.- La persona examinanda que se matricule en la convocatoria abierta no podrá formalizar matrícula alguna en cualquier otra convocatoria de HABE correspondiente a dicho período.
8.- Al formalizar la matrícula, la persona examinanda acepta explícitamente y se compromete voluntariamente al cumplimiento de los criterios y procedimientos establecidos en estas bases.
Base 6.- Situación de la matrícula.
Una vez finalizado el plazo de matriculación, se publicará en la página web www.habe.euskadi.eus el acuerdo para dar a conocer el estado de la matrícula. Cada persona matriculada podrá acceder a esta información utilizando su contraseña personal y podrá ver el estado de su matrícula (si ha sido aceptada o no).
Base 7.- Situaciones específicas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Orden del Consejero de Cultura y Política Lingüística de 9 de septiembre de 2020, en los casos en que deseando participar en las pruebas de competencia se requiera de algún tipo de adaptación específica, HABE adoptará las medidas oportunas a fin de garantizar que las personas examinandas que presenten algún tipo de discapacidad puedan realizar las pruebas en las debidas condiciones de igualdad, siempre que con ello no se desvirtúe el contenido de la prueba o se reduzca o menoscabe el nivel de competencia comunicativa exigible al mismo.
A fin de llevar a cabo las adaptaciones necesarias, la persona interesada deberá presentar su solicitud a la persona designada como responsable territorial correspondiente de HABE, en el momento de realizar la matrícula de examen, acreditando la discapacidad alegada mediante informe oficial emitido por la institución pública competente en dicho ámbito, e indicando la adaptación solicitada (silla, mesa u ordenador especiales, auriculares, sistema braille, etc.), conforme al modelo organizativo establecido. Asimismo, deberá presentar la compulsa de la documentación en HABE en el plazo de siete días naturales desde el día siguiente a la finalización del plazo de matrícula.
A la vista de las solicitudes presentadas, HABE adecuará los medios materiales, así como la duración de las pruebas a las personas que así lo hayan solicitado, de conformidad con lo dispuesto en la Orden del Consejero de Cultura y Política Lingüística de 9 de septiembre de 2020 o en la normativa aplicable en el momento de realización de las pruebas.
Las personas que acrediten una limitación relevante y permanente en la capacidad auditiva y expresiva con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % podrán optar en el momento de realizar la matrícula por la acreditación parcial de las destrezas lingüísticas de comprensión y expresión escrita de los niveles de competencia comunicativa de los niveles B1 y B2 con la reducción del precio de matrícula del 50 %. Para superar la prueba de competencia parcial será necesario obtener las calificaciones mínimas establecidas para la superación de dichas destrezas.
Base 8.- Características, organización, criterios de evaluación y calificaciones de los distintos apartados de las pruebas de competencia.
1.- Las pruebas de acreditación diseñadas para la evaluación de los niveles de competencia evaluarán la competencia comunicativa en euskera de cada persona examinanda: su destreza para comprender lo escuchado y asimilar lo leído y su destreza para expresar tanto oralmente como por escrito lo que desea comunicar.
2.- La Sección de Evaluación y Acreditación del Servicio de Didáctica de la Lengua elaborará las pruebas de expresión escrita y oral, de conformidad con lo establecido en el Anexo II.
3.- En cuanto a la aplicación de las pruebas, el Servicio de Didáctica de la Lengua de HABE aplicará las pruebas de las cuatro destrezas comunicativas, por territorios, agrupadas en un ámbito único por cada territorio.
A la persona examinanda que haya superado las pruebas de comprensión y expresión escrita de los niveles B1, B2, C1 y C2 en uno de los periodos de exámenes de 2025, se le guardarán los resultados para el siguiente periodo y solo tendrá que realizar las pruebas de comprensión y expresión oral en ese segundo periodo. Asimismo, a quien haya superado las pruebas de comprensión y expresión escrita en un período de exámenes de 2024, se le guardarán los resultados en los dos periodos de la convocatoria de 2025, y, consecuentemente, solo tendrá que realizar las pruebas de comprensión y expresión oral.
4.- Las pruebas correspondientes a un nivel sumarán un total de 100 puntos, y para darlas por superadas la persona examinanda deberá obtener un mínimo de 50 puntos conforme al sistema de puntuación establecido en el Anexo II. El segundo descriptor de la escala de valoración de criterios de evaluación, del capítulo «Criterios de evaluación y escalas» por niveles y destrezas del HEOC, indica cuál es el nivel de competencia a alcanzar por la persona examinanda. Para superar un nivel deberá superar las pruebas de cada una de las cuatro destrezas, conforme a los criterios establecidos en dicho anexo.
No obstante, la persona examinanda que no llegando en la prueba de expresión escrita al mínimo de 15 puntos en los niveles B1, B2 y C1, obtenga al menos 14 puntos, podrá compensar esta carencia de puntos con los puntos que logre en la prueba de expresión oral, siempre y cuando haya alcanzado 17 puntos en dicha prueba de expresión oral. En cualquier caso, será imprescindible obtener una calificación de 14 puntos para poder presentarse a la prueba de expresión oral.
En cuanto al nivel C2, deberán superarse los dos ejercicios de la prueba de expresión escrita (al menos 4 puntos de 8 en el ejercicio de mediación, y al menos 11 puntos de 22 en el segundo ejercicio; 15 puntos en total). No obstante, la persona examinanda que, no llegando en el primer ejercicio al mínimo de 4 puntos, obtenga 3 puntos, podrá compensar esta carencia de puntos con los que logre en el segundo ejercicio, siempre y cuando haya obtenido al menos 12 puntos.
5.- Las actividades de acreditación se realizarán sin conexión a Internet ni acceso a contenidos que puedan ofrecer algunos dispositivos electrónicos (teléfono, ordenador, cámara de fotos, grabadores de sonido, auriculares inalámbricos, relojes con aparatos de lectura y gafas que ofrecen acceso a contenidos audiovisuales...).
6.- La escritura tendrá que ser legible y la caligrafía comprensible en las pruebas escritas. La dicción clara y la pronunciación correcta en las pruebas orales.
7.- Para la realización de las pruebas de expresión escrita y expresión oral, la persona examinanda deberá cumplir correcta y adecuadamente las instrucciones comunicadas.
Base 9.- Proceso de corrección de las pruebas de competencia.
1.- Normas lingüísticas y dialectos.
Las pruebas realizadas en las cuatro destrezas lingüísticas deberán cumplir las normas en vigor aprobadas por Euskaltzaindia.
En las pruebas de expresión oral, la persona examinanda podrá demostrar su capacitación y fluidez en el uso de su dialecto, siempre que así lo requiera la tarea encomendada. En estos casos, las personas examinadoras considerarán debidamente estos usos y los valorarán en la calificación final del ejercicio.
2.- Anonimato.
Las personas examinadoras, tutoras o evaluadoras peritas corregirán los exámenes sin conocer la autoría del ejercicio, con el objetivo de garantizar una corrección anónima. Las personas examinadoras no podrán corregir las pruebas de acreditación de alguien que haya pertenecido a su alumnado en los últimos dos años. En el caso de que concurriera tal circunstancia, las propias personas examinadoras deberán presentar su abstención en el momento de la organización del ejercicio.
Las pruebas de expresión oral las aplicarán personas examinadoras que no hayan sido profesores o profesoras de la persona que se examina. En el caso de que se den circunstancias extraordinarias inevitables que requieran la presencia del profesor o de la profesora como persona examinadora en el tribunal, se comunicará a la persona examinanda que otra persona examinadora será quien proceda a la calificación de dicha prueba.
3.- Corrección de las pruebas de comprensión escrita y comprensión oral.
La lectura y corrección de los resultados de las pruebas de comprensión escrita y comprensión oral se realizará mediante lectura óptica, o será corregida por las personas examinadoras junto con la prueba de expresión escrita (en cuyo caso se nombrarán al efecto, conforme a los criterios establecidos en el Anexo II de esta Resolución, y reflejarán en acta las calificaciones otorgadas con carácter de propuesta). Es requisito indispensable superar la prueba de comprensión escrita para que la prueba de expresión escrita sea corregida.
Corresponderá al Servicio de Didáctica de la Lengua de HABE la guarda y custodia de las pruebas realizadas.
4.- Corrección de la prueba de expresión escrita.
a) Cada prueba de expresión escrita será corregida al menos por dos personas examinadoras, que emitirán en la ficha de calificación un dictamen razonado a fin de facilitar a la persona examinanda la comprensión precisa y rigurosa de la evaluación de su prueba.
b) En relación con la cantidad mínima de palabras exigidas para cada nivel, la persona examinadora se ajustará a los siguientes criterios al otorgar la correspondiente calificación:
- Si la persona examinanda hubiera escrito la cantidad mínima de palabras exigida y cumpliera los criterios mínimos de valoración correspondientes a su nivel, el ejercicio se valorará con una puntuación de entre 15 y 30 puntos.
- A la hora de valorar los ejercicios que no lleguen al número mínimo de palabras exigido (debe tenerse en cuenta que en el nivel C2 únicamente se exigirá un número mínimo de palabras en el segundo ejercicio), a la redacción que le falten menos del 20 % para llegar al mínimo estipulado, se le restará en la puntuación general, según estos parámetros:
(Véase el .PDF)
La calificación de la prueba a la que le falten más del 20 % de palabras exigidas será:
(Véase el .PDF)
c) La prueba de expresión escrita se pondrá a disposición de quienes realicen las tareas de examinación, aporten experiencia y realicen tareas de tutoría en soporte digital a través de una aplicación informática específica.
d) Procedimiento de corrección de la prueba de expresión escrita:
Se facilitará la validación de la corrección de forma anónima, mediante una doble corrección en sistema de doble ciego en todas las actuaciones, hecha de forma independiente por dos personas evaluadoras que reciben la prueba a través de un reparto aleatorio realizado entre las personas designadas como evaluadoras, atendiendo a los criterios singulares de valoración de la prueba de expresión escrita establecidos por el director general de HABE en el Anexo II de esta Resolución, de forma que se garantice suficientemente la objetividad de la evaluación de dicha prueba.
El proceso de calificación se llevará a cabo según las siguientes instrucciones:
- Si las dos personas evaluadoras califican el ejercicio como «Apto», se calificará la prueba de expresión escrita como «Apto».
- Si las dos personas evaluadoras califican dicha prueba como «No apto», se procederá a calificar la misma como «No apto».
- En caso de que una de las personas evaluadoras califique la prueba como «Apto» y la otra como «No apto», la prueba se someterá al juicio de personas tutoras o evaluadoras peritas.
5.- Corrección de la prueba de expresión oral.
a) La prueba de expresión oral será realizada y corregida por dos personas examinadoras, que emitirán su dictamen razonado en una única ficha de calificación. Las observaciones propias de la corrección se recogerán en dicha ficha a fin de facilitar a la persona examinanda la comprensión precisa y rigurosa de la calificación de su prueba.
b) Si ambas personas examinadoras discrepan en su valoración sobre si la prueba cumple o no con los mínimos exigidos para su superación, se procederá a una segunda corrección a cargo de una persona designada como tutora o evaluadora perita, que evaluará la prueba de oficio y elevará su dictamen razonado al tribunal correspondiente.
c) Todas las pruebas de expresión oral serán grabadas, como soporte del proceso de corrección, y con la finalidad de fomentar la investigación y la formación de las personas examinadoras.
6.- Sesiones de unificación.
HABE organizará sesiones para la unificación de los criterios de evaluación conforme a lo establecido en el HEOC, con el fin de ampliar y reforzar el nivel de competencia de las personas evaluadoras, y de aplicar criterios objetivos e iguales, de forma que se garantice la precisión y adecuación del proceso de evaluación. Las personas examinadoras que vayan a tomar parte en las pruebas de acreditación de HABE de 2025 deberán tomar parte en estas sesiones de unificación de criterios.
Las sesiones de unificación de criterios de los niveles B1, B2, C1 y C2, se organizarán por niveles y podrán ser presenciales o realizarse mediante tecnologías online.
Base 10.- Aprobación de resultados del proceso de acreditación.
Los Tribunales de cada nivel analizarán las valoraciones realizadas por las personas designadas como examinadoras, tutoras o evaluadoras peritas, y aceptarán, si procede, los resultados de las pruebas y las remitirán a la Comisión de Exámenes.
A continuación, la Comisión de Exámenes elevará los resultados de todos los niveles al director general de HABE, en base a lo establecido en el artículo 36 de la Orden de 9 de septiembre de 2020 del Consejero de Cultura y Política Lingüística.
Base 11.- Publicación de los resultados.
La Comisión de Exámenes insertará en la página o portal web de HABE www.habe.euskadi.eus el acuerdo de publicación de los resultados en las fechas que se determinen en el calendario. Además, se mostrarán los resultados por cada nivel y por destrezas. Cada persona examinanda podrá acceder a esta información utilizando su contraseña personal desde la página o portal web de HABE donde tendrá visibles los resultados que le correspondan.
Base 12.- Certificados.
Quien haya superado las pruebas de competencia y haya acreditado algún nivel, podrá obtener el certificado correspondiente en la página o portal web www.habe.euskadi.eus, a través de su acceso individual, mediante la opción «Certificados».
La eficacia de los certificados de nivel B1 y nivel B2 obtenidos por acreditación parcial quedará supeditada, tanto a efectos de acceso a los puestos de trabajo de las Administraciones Públicas, como en relación con su nivel de equivalencia y su inscripción en el Registro Unificado de Títulos y Certificados de Euskera, a lo que establezcan al respecto las normativas correspondientes.
Base 13.- Reclamaciones, solicitudes de revisión de calificaciones y recursos de alzada.
Las reclamaciones y las solicitudes de revisión de la calificación serán tramitadas de acuerdo con el artículo 17 de la Orden de 9 de septiembre de 2020, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, y se tramitarán siempre y cuando se haga constar en las mismas los siguientes datos y se adjunten los siguientes documentos:
- Nombre y apellidos de quien reclama o presenta la solicitud, y su dirección postal y una dirección de correo electrónico a efectos de notificación.
- Número del documento de identidad.
- Solicitud o reclamación que presenta para la revisión de su calificación.
- Documentos o pruebas que sostengan lo expuesto o muestren el error citado.
- Territorio, lugar, fecha y nivel de acreditación.
- Firma de la persona solicitante.
Las reclamaciones y solicitudes de revisión de las calificaciones deberán presentarse en un plazo de tres días hábiles, contado desde el día siguiente a la publicación en la página o portal web www.habe.eus del acuerdo de aprobación de la relación de personas admitidas, de la realización de la prueba o del día del examen, o de los resultados de las pruebas.
El acuerdo de contestación a las reclamaciones y/o solicitudes de revisión de la calificación se publicará en la página o portal web www.habe.euskadi.eus.
Las reclamaciones, las solicitudes de revisión de la calificación y recursos de alzada no interrumpirán, en ningún caso, la tramitación de los procedimientos y calendarios establecidos en la convocatoria.
1.- Reclamaciones.
La persona interesada en el proceso de acreditación de esta convocatoria podrá presentar reclamación ante HABE si estima que se ha producido algún error en los procedimientos de organización de las pruebas organizadas por HABE.
Además, la persona examinanda también podrá interponer una reclamación si considera que el estado de la matrícula no es el adecuado.
Esta reclamación se podrá presentar tanto en papel -directamente en el punto de atención Zuzenean, por correo postal o en las sedes de HABE- como por vía telemática (en la sede electrónica del Gobierno Vasco, mediante el sistema de identificación correspondiente, es decir, mediante BakQ o el DNI electrónico). Preferentemente se priorizará la vía telemática.
2.- Solicitudes de revisión de calificaciones.
La persona examinanda podrá solicitar en HABE la revisión de la calificación obtenida en las pruebas organizadas por HABE, motivando sus solicitudes, dentro de los plazos establecidos en cada fase de examen y ajustándose a las instrucciones establecidas. Las solicitudes de revisión deben estar suficientemente fundamentadas, es decir, expresarán y argumentarán los motivos por los que solicitan la revisión en cada destreza.
3.- Recursos de alzada.
Las personas interesadas podrán presentar recurso de alzada ante el director general de HABE, en el plazo de un mes desde la publicación del anterior acuerdo de contestación. Los resultados definitivos serán los correspondientes a las pruebas finales.
A efectos de su resolución, el director general de HABE podrá requerir de la persona responsable territorial o del presidente o presidenta del Tribunal del nivel correspondiente, así como del presidente o presidenta de la Comisión de Exámenes, la emisión de un informe sobre el fondo de la cuestión.
Asimismo, podrá solicitar la valoración de alguna persona experta no participante en la convocatoria.
Base 14.- Información, tramitación online y consultas.
Las publicaciones y notificaciones derivadas de los procedimientos correspondientes a esta convocatoria se realizarán a través de la página o portal web www.habe.euskadi.eus, salvo las relativas a las reclamaciones, las solicitudes de revisión de la calificación y la resolución de recursos administrativos.
Igualmente, la persona examinanda formalizará en la página o portal web www.habe.euskadi.eus los trámites establecidos en estas bases, y tendrá a su disposición la dirección de correo electrónico egiaztatzegintza@habe.eus para efectuar cualquier consulta relacionada con las bases y procedimientos de esta convocatoria.
Base 15.- Acceso a los expedientes.
La persona examinanda podrá consultar, en la página o portal web www.habe.euskadi.eus, las hojas de calificación correspondientes a las pruebas de expresión escrita y expresión oral, y podrá acceder a las pruebas de comprensión escrita, de comprensión oral, de expresión escrita (digitalizadas) y a la grabación de la prueba de expresión oral.
Base 16.- Protección de datos de carácter personal.
Los datos de carácter personal manifestados en esta convocatoria de acreditación, así como los que se produzcan a lo largo del procedimiento de acreditación, serán incorporados a las actividades de tratamiento correspondientes en el Registro de Actividades de Tratamiento (RAT) denominadas «Convocatorias abiertas para la acreditación de niveles de euskera», «Subvenciones para el alumnado» y «Adecuaciones solicitadas para la realización de las pruebas de acreditación» o en las que las sustituyan, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en el Reglamento 2016/679 de la Comisión Europea y del Parlamento Europeo, sobre Protección de Datos, para los objetivos que se especifican a continuación:
- La gestión de los procedimientos previstos en esta convocatoria.
- Inscripción en el registro de HABE de certificados de acreditación de competencia comunicativa en euskera, conforme a lo estipulado en el artículo 48 de la Orden de 9 de septiembre de 2020, del Consejero de Cultura y Política Lingüística.
- La remisión de los certificados emitidos al Registro Unificado de Títulos y Certificados de Euskera, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 222/2012, de 16 de octubre, de todas aquellas personas que en esta convocatoria acrediten su nivel de competencia. La persona responsable del tratamiento de los datos personales incluidos en dicho Registro es la titular de la Dirección de Normalización Lingüística de las Administraciones Públicas. Los derechos sobre los datos personales incluidos en la misma se materializarán ante la Dirección de Servicios del Departamento de Cultura y Política Lingüística.
El director general de HABE será el órgano administrativo responsable del tratamiento.
El tratamiento resulta necesario para el cumplimiento de obligaciones legales (Ley 29/1983, de 25 de noviembre, de creación de HABE y regulación de los euskaltegis) así como para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento (Ley General de Subvenciones y de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco).
Las personas interesadas podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación y supresión de sus datos, así como de limitación u oposición a su tratamiento, en los términos señalados en la información complementaria.
Asimismo, podrán obtener información complementaria sobre el tratamiento de sus datos en la siguiente dirección: https://www.habe.euskadi.eus/proteccion-datos-personales-habe/s23-edukiak/es/
Después del proceso de acreditación, las pruebas realizadas para la evaluación de las cuatro destrezas lingüísticas podrán ser utilizadas para fines formativos o para trabajos de investigación o estadística, una vez finalizado el procedimiento de acreditación y tras la correspondiente disociación de los datos personales que, en su caso, tengan incorporados, tal y como ordena la legislación vigente.
Base 17.- Obligación de guardar secreto sobre las actuaciones.
Es obligación de las personas designadas como examinadoras, tutoras, evaluadoras peritas, de las personas integrantes de los Tribunales de cada nivel y de las personas integrantes de las Comisiones Territoriales o de la Comisión de Exámenes, así como del personal administrativo que tome parte en el desarrollo de esta convocatoria, guardar secreto sobre hechos, documentos, propuestas de calificación, deliberaciones y situaciones relacionadas con las partes intervinientes de los que hubiesen tenido conocimiento por razón del ejercicio de su función en el proceso de acreditación.
ANEXO II
CONVOCATORIA ABIERTA DEL AÑO 2025 PARA LA ACREDITACIÓN DE LOS NIVELES B1, B2, C1 Y C2: CRITERIOS DE EVALUACIÓN, CARACTERÍSTICAS DE LAS PRUEBAS, MODELO ORGANIZATIVO Y CALIFICACIONES POR DESTREZAS
1.- Criterios de evaluación.
Los criterios y escalas de evaluación definidos en la Orden de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura, de 22 de julio de 2015, que establece el HEOC, en su apartado referido a la «Evaluación», constituirán la base de la evaluación final aplicada en el marco de las pruebas diseñadas para la acreditación de los niveles B1, B2, C1 y C2.
2.- Características, modelo organizativo y calificaciones correspondientes a cada nivel.
Nivel B1: usuario independiente.
Prueba de comprensión oral:
Tras escuchar la grabación de un texto relacionado con temas cotidianos o de interés general, la persona examinanda deberá demostrar la comprensión de dicho texto realizando las tareas que se le planteen: diferenciar la información relevante, resaltar determinados matices... El texto podrá ser un texto extenso o varios breves. Antes de escuchar la grabación, dispondrá de un tiempo tasado para leer las preguntas, y, en función del tipo de texto, se le ofrecerá la posibilidad de escuchar la grabación una o dos veces.
Los textos se ajustarán a las características de las acciones comunicativas fijadas para este nivel, bien en forma de conversaciones presenciales (diálogos simples, cuentos, sucesos, recetas...), o como grabaciones de medios de comunicación (noticias breves, previsiones meteorológicas, relatos, anuncios...), elaborados con los contenidos fijados en el HEOC para el nivel B1.
Se presentará a la persona examinanda una serie de preguntas sobre uno o varios textos orales, para evaluar su nivel de comprensión. A tal efecto, se utilizarán las siguientes técnicas: a) Ítems de respuesta cerrada (de respuesta alternativa, de respuesta múltiple, relacionar o formar parejas, recolocación de un fragmento dentro del texto o transferencia de información) y b) Ítems de respuesta guiada (completar espacios en blanco, test de cloze y corrección de errores).
Este apartado tendrá una puntuación máxima de 20 puntos y será necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo. No se restarán puntos por las respuestas incorrectas.
La duración de la prueba se determinará por la estimación realizada para el correcto cumplimiento de la tarea solicitada y será de 25 minutos aproximadamente.
Prueba de expresión oral:
La prueba constará de tres partes:
a) Al inicio, la persona examinanda mantendrá una conversación con la persona examinadora y responderá a preguntas relativas a distintos temas (características personales, familia, aficiones, trabajo, viajes...).
b) A continuación, se le solicitará llevar a cabo una acción comunicativa sobre un tema previamente elaborado. El enunciado presentará con claridad las características de la acción comunicativa solicitada: el género textual (explicación, declaración razonada, quejas o reclamaciones, narraciones de sucesos, anécdotas divertidas...) y una situación o contexto propio del nivel de competencia comunicativa B1 (ámbito de uso, rol de la persona enunciadora, rol de la persona receptora y el objetivo o la finalidad comunicativa).
La persona examinanda dispondrá de 10 minutos para preparar el tema a exponer, que deberá desarrollar ante las personas examinadoras durante 2 minutos como mínimo.
Para exponer el tema ante las personas examinadoras podrá valerse de un guion, pero no podrá leer un texto previamente preparado. Asimismo, deberá responder a las preguntas que pudieran realizarle las personas examinadoras en torno al tema asignado.
c) Para finalizar, mantendrá una conversación interactuando con la persona examinadora o con su compañero o compañera de prueba sobre un tema propuesto en una o varias fotografías. La conversación tendrá una duración estimada de cinco minutos, dos minutos y medio por parte de cada persona examinanda.
La evaluación de la prueba de expresión oral se realizará conforme a los siguientes criterios: 1) grado de adecuación de la exposición al texto y al contexto; 2) coherencia, cohesión y concisión manifestada tanto en la exposición como en la interacción; 3) fluidez y corrección en la pronunciación; 4) riqueza y 5) corrección en la utilización de los exponentes lingüísticos.
La puntuación máxima de este apartado será de 30 puntos y será necesario obtener 15 puntos para superarlo.
Prueba de comprensión escrita:
A partir de la lectura del texto o textos propuestos, la persona que se examina de este nivel deberá realizar las tareas que se le planteen. Se le solicitará la obtención de información a partir del texto propuesto y se evaluará la comprensión global o parcial de este. Todos los textos presentados se ajustarán a las características de las acciones comunicativas fijadas para este nivel (cartas entre amigos, recetas, cuentos y narraciones sencillas, textos descriptivos...), elaborados con los contenidos fijados en el HEOC para este nivel B1.
La puntuación máxima de este apartado será de 20 puntos y será necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo. Las respuestas incorrectas no restarán puntos.
La duración de la prueba se determinará por la estimación realizada para el correcto cumplimiento de la tarea solicitada y será de 35 minutos aproximadamente.
Prueba de expresión escrita:
La persona que se examina de este nivel deberá redactar un texto de 140 palabras como mínimo, o dos textos de aproximadamente 100 palabras, para llevar a cabo una acción comunicativa determinada. El enunciado de la prueba presentará con claridad las características de la acción comunicativa solicitada: el género textual (mensajes sencillos, descripciones breves de personas, lugares y cosas, cartas personales, narraciones breves, cartas de solicitud, consejo o recomendaciones, curriculum vitae...) en una situación y contexto correspondiente al nivel de competencia B1 (ámbito de uso, rol de la persona enunciadora, rol de la persona receptora, y el objetivo o finalidad comunicativa).
Con relación al número mínimo de palabras solicitadas en la prueba de expresión escrita, la persona examinadora tendrá en cuenta los siguientes criterios para emitir sus calificaciones:
- Si la persona examinanda ha escrito el número mínimo de palabras exigido y cumple con los criterios mínimos requeridos para el nivel, el ejercicio se valorará con una puntuación de entre 15 y 30 puntos.
- En la calificación de los ejercicios que no lleguen al número mínimo de palabras exigido por menos de un 20 %, se deducirá de la puntuación general obtenida la puntuación especificada en la siguiente tabla:
(Véase el .PDF)
La calificación de la prueba a la que le falten más del 20 % de palabras será:
(Véase el .PDF)
La evaluación de la prueba de expresión escrita se realizará conforme a los siguientes criterios: 1) adecuación del texto al contexto comunicativo; 2) coherencia; 3) cohesión; 4) riqueza y 5) corrección de los exponentes lingüísticos utilizados.
La puntuación máxima de este apartado será de 30 puntos y será necesario obtener un mínimo de 15 puntos para superarlo.
La duración de la prueba será de 60 minutos aproximadamente.
Para contabilizar el número de palabras se utilizarán los siguientes criterios:
- No se tendrá en cuenta el título del texto.
- En los textos de tipo carta o formulario (notas, e-mails, solicitudes...) se contarán las palabras desde el saludo inicial hasta la despedida. Por lo tanto, no se tendrán en cuenta los datos relativos a la persona emisora y a la receptora (nombre, apellidos, dirección...). Respecto a las fechas, se contabilizarán cuatro palabras como máximo.
- Se analizará únicamente el texto elaborado, de manera que no se considerarán las frases tomadas literalmente de la situación comunicativa propuesta.
Además:
- Las palabras compuestas se contabilizarán según las instrucciones del Área de Evaluación y Acreditación de HABE, aplicando los criterios establecidos por Euskaltzaindia.
- Las palabras escritas que no se avengan a norma se contabilizarán como fueran correctas.
- Los números contarán como una palabra.
Organización:
Las pruebas de acreditación en esta convocatoria abierta se organizarán por territorios en un ámbito único por cada territorio, y se realizarán en dos días: un día las pruebas de comprensión y expresión escritas, y otro las pruebas de comprensión y expresión orales.
Calificaciones, ponderación y resultados:
a) Las calificaciones de las pruebas del nivel B1 se otorgarán de la siguiente manera:
(Véase el .PDF)
b) Ponderación:
Los 30 puntos correspondientes a la prueba de expresión escrita se valorarán conforme a la siguiente tabla de ponderación: adecuación, 10 %; coherencia, 25 %; cohesión, 15 %; riqueza, 20 % y corrección, 30 %.
Los 30 puntos correspondientes a la prueba de expresión oral se valorarán conforme a la siguiente tabla de ponderación: adecuación, 10 %; coherencia y cohesión, 20 %; fluidez, 25 %; riqueza, 20 % y corrección, 25 %.
c) Resultados:
Prueba de comprensión escrita: Apto / No apto.
Expresión escrita: Apto / No apto.
Comprensión oral: Apto / No apto.
Expresión oral: Apto / No apto.
Total: Apto / No apto.
Nivel B2: usuario avanzado.
Prueba de comprensión oral:
Tras escuchar la grabación de un texto relacionado con temas cotidianos o de interés general, la persona examinanda deberá demostrar la comprensión de dicho texto realizando las tareas que se le planteen. Deberá captar la idea principal del texto y distinguir la información principal o algunas particularidades de este. Deberá demostrar asimismo ser capaz de captar la actitud del autor o de la autora, de distinguir la información y de extraer conclusiones. El texto podrá ser un texto extenso o varios breves. Antes de escuchar la grabación, dispondrá de un tiempo tasado para leer las preguntas, y, en función del tipo de texto, se le ofrecerá la posibilidad de escuchar la grabación una o dos veces.
Los textos presentados se ajustarán a las características de las acciones comunicativas fijadas para este nivel, en algunos casos recogidos de coloquios presenciales (sucesos, crónicas, explicaciones didácticas, descripción de procesos...), y en otros, grabados de los medios de comunicación (noticias, entrevistas, documentales...), elaborados con los contenidos fijados en el HEOC para el nivel B2.
Se presentará a la persona examinanda una serie de preguntas sobre uno o varios textos orales, para evaluar su nivel de comprensión. A tal efecto, se utilizarán las siguientes técnicas: a) Ítems de respuesta cerrada (del tipo verdadero/falso, de respuesta alternativa, de respuesta múltiple, relacionar o formar parejas, recolocación de un fragmento dentro del texto o transferencia de información) y b) Ítems de respuesta guiada (completar espacios en blanco, test de cloze y corrección de errores).
La puntuación máxima de este apartado será de 20 puntos y será necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo. No se restarán puntos por las respuestas incorrectas.
La duración de la prueba se determinará por la estimación realizada para el correcto cumplimiento de la tarea solicitada y será de 25 minutos aproximadamente.
Prueba de expresión oral:
La prueba constará de tres partes:
a) Al inicio, la persona examinanda sostendrá una breve conversación con la persona examinadora y responderá a preguntas relativas a distintos temas (características personales, familia, aficiones, trabajo, viajes...).
b) A continuación se le solicitará llevar a cabo una acción comunicativa sobre un tema previamente elaborado. El enunciado presentará con claridad las características de la acción comunicativa solicitada: el género textual (exposición, explicación argumentada, queja o reclamación, narración de un suceso, anécdotas divertidas...) y una situación o contexto propio del nivel de competencia comunicativa B2 (ámbito de uso, rol de la persona enunciadora, rol de la persona receptora y el objetivo o finalidad comunicativa).
La persona examinanda dispondrá de 10 minutos para preparar el tema a exponer, que deberá desarrollar ante las personas examinadoras durante 2 minutos como mínimo.
Para exponer el tema ante las personas examinadoras podrá valerse de un guion, pero no podrá leer un texto previamente preparado. Asimismo, deberá responder a las preguntas que pudieran realizarle las personas examinadoras en torno al tema asignado.
c) Para finalizar, mantendrá una conversación interactuando con la persona examinadora o con su compañero o compañera de prueba sobre un tema propuesto en una fotografía. La conversación tendrá una duración estimada de cinco minutos, dos minutos y medio por parte de cada persona examinanda.
La evaluación de la prueba de expresión oral se realizará conforme a los siguientes criterios: 1) grado de adecuación de la exposición al texto y al contexto; 2) coherencia, cohesión y concisión manifestada tanto en la exposición como en la interacción; 3) fluidez y corrección en la pronunciación; 4) riqueza y 5) corrección en la utilización de los exponentes lingüísticos.
La puntuación máxima de este apartado será de 30 puntos y será necesario obtener 15 puntos para superarlo.
Prueba de comprensión escrita:
A partir de la lectura del texto o textos propuestos, la persona que se examina de este nivel deberá realizar las tareas que se le planteen. Se le solicitará la obtención de información a partir del texto propuesto y se evaluará la comprensión global o parcial de este. Todos los textos presentados se ajustarán a las características de las acciones comunicativas fijadas para este nivel (informaciones o instrucciones de establecimientos públicos, resumen de una conferencia, catálogos, prospectos y documentos oficiales, escritos administrativos, actas de reuniones, reportajes de prensa, proyectos laborales...), elaborados con los contenidos fijados en el HEOC para este nivel B2.
La puntuación máxima de este apartado será de 20 puntos y será necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo. Las respuestas incorrectas no restarán puntos.
La duración de la prueba se determinará por la estimación realizada para el correcto cumplimiento de la tarea solicitada y será de 45 minutos aproximadamente.
Prueba de expresión escrita:
La persona que se examina de este nivel deberá redactar un texto de 200 palabras como mínimo, o dos textos de aproximadamente 150 palabras, para llevar a cabo una acción comunicativa determinada. El enunciado de la prueba presentará con claridad las características de la acción comunicativa solicitada: género textual (textos de la administración, cartas de notificación, resumen de un reportaje o de una noticia, textos argumentativos breves, biografías...) en una situación o contexto correspondiente al nivel de competencia B2 (ámbito de uso, rol de la persona enunciadora, rol de la persona receptora, y el objetivo o finalidad comunicativa).
Con relación al número mínimo de palabras solicitadas en la prueba de expresión escrita, la persona examinadora tendrá en cuenta los siguientes criterios para emitir sus calificaciones:
- Si la persona examinanda ha escrito el número mínimo de palabras exigido y cumple con los criterios mínimos requeridos para el nivel, el ejercicio se valorará con una puntuación de entre 15 y 30 puntos.
- En la calificación de los ejercicios que no lleguen al número mínimo de palabras exigido por menos de un 20 %, se deducirá de la puntuación general obtenida la puntuación especificada en la siguiente tabla:
(Véase el .PDF)
La calificación de la prueba a la que le falten más del 20 % de palabras será:
(Véase el .PDF)
La evaluación de la prueba de expresión escrita se realizará conforme a los siguientes criterios: 1) adecuación del texto al contexto comunicativo; 2) coherencia; 3) cohesión; 4) riqueza y 5) corrección de los exponentes lingüísticos utilizados.
La puntuación máxima de este apartado será de 30 puntos y será necesario obtener un mínimo de 15 puntos para superarlo.
La duración de la prueba será de 75 minutos aproximadamente.
Para contabilizar el número de palabras se utilizarán los siguientes criterios:
- No se tendrá en cuenta el título del texto.
- En los textos de tipo carta o formulario (notas, e-mails, solicitudes...) se contarán las palabras desde el saludo inicial hasta la despedida. Por lo tanto, no se tendrán en cuenta los datos relativos a la persona emisora y a la receptora (nombre, apellidos, dirección...). Respecto a las fechas, se contabilizarán cuatro palabras como máximo.
- Se analizará únicamente el texto elaborado, de manera que no se considerarán las frases tomadas literalmente de la situación comunicativa propuesta.
Además:
- Las palabras compuestas se contabilizarán según las instrucciones del Área de Evaluación y Acreditación de HABE, aplicando los criterios establecidos por Euskaltzaindia.
- Las palabras escritas que no se avengan a norma se contabilizarán como fueran correctas.
- Los números contarán como una palabra.
Organización:
Las pruebas de acreditación en esta convocatoria abierta se organizarán por territorios en un ámbito único por cada territorio, y se realizarán en dos días: un día las pruebas de comprensión y expresión escritas, y otro las pruebas de comprensión y expresión orales.
Calificaciones, ponderación y resultados:
a) Las calificaciones de las pruebas del nivel B2 se otorgarán de la siguiente manera:
(Véase el .PDF)
b) Ponderación:
Los 30 puntos correspondientes a la prueba de expresión escrita se valorarán conforme a la siguiente tabla de ponderación: adecuación, 13 %; coherencia, 24 %; cohesión, 17 %; riqueza, 20 % y corrección, 26 %.
Los 30 puntos correspondientes a la prueba de expresión oral se valorarán conforme a la siguiente tabla de ponderación: adecuación, 10 %; coherencia y cohesión, 20 %; fluidez, 25 %; riqueza, 20 % y corrección, 25 %.
c) Resultados:
Prueba de comprensión escrita: Apto / No apto.
Expresión escrita: Apto / No apto.
Comprensión oral: Apto / No apto.
Expresión oral: Apto / No apto.
Total: Apto / No apto.
Nivel C1: usuario competente.
Prueba de comprensión oral:
Tras escuchar la grabación de uno o varios textos relacionados con temas del ámbito de la amistad, el entorno laboral o medios de comunicación, la persona examinanda deberá mostrar la comprensión de dichos textos, realizando las tareas que se le planteen: deberá captar la idea principal del texto y distinguir la información principal o algunas particularidades del mismo... Deberá mostrar asimismo que es capaz de distinguir información y opinión, así como de extraer conclusiones. Antes de escuchar la grabación, dispondrá de un tiempo tasado para leer las preguntas, y, en función del tipo de texto, se le ofrecerá la posibilidad de escuchar la grabación una o dos veces.
Los textos se ajustarán a las características de las acciones comunicativas fijadas para este nivel (procedimientos de trabajo, anuncios, cantos y versos, reportajes, comentarios de los medios de comunicación, debates, sketch, teatro...), elaborados con los contenidos fijados en el HEOC para el nivel C1.
Se presentará a la persona examinanda una serie de preguntas sobre uno o varios textos orales, para evaluar su nivel de comprensión. A tal efecto, se utilizarán las siguientes técnicas: a) Ítems de respuesta cerrada (del tipo verdadero/falso, de respuesta alternativa, de respuesta múltiple, relacionar o formar parejas, recolocación de un fragmento dentro del texto o transferencia de información) y b) Ítems de respuesta guiada (completar espacios en blanco, test de cloze y corrección de errores).
La puntuación máxima de este apartado será de 20 puntos y será necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo. No se restarán puntos por las respuestas incorrectas.
La duración de la prueba se determinará por la estimación realizada para el correcto cumplimiento de la tarea solicitada y será de 30 minutos aproximadamente.
Prueba de expresión oral:
Este apartado constará de dos ejercicios:
a) Al inicio, la persona examinanda llevará a cabo una acción comunicativa sobre un tema preparado previamente. El enunciado presentará con claridad las características de la acción comunicativa solicitada: género textual (descripciones de situaciones psicológicas, formas de ser o sentimientos, comentarios, comunicaciones públicas, resúmenes, consejos, informaciones y procedimientos, validaciones y quejas, debates, encuestas...) y una situación o contexto propio del nivel de competencia C1 (ámbito de uso, rol de la persona enunciadora, rol de la persona receptora, y el objetivo o finalidad comunicativa). Para preparar esta comunicación se podrán poner a disposición de la persona examinanda textos de referencia, elementos gráficos o imágenes.
La persona examinanda dispondrá de 20 minutos para preparar el tema a exponer, que deberá desarrollar ante las personas examinadoras durante 5 minutos como mínimo.
Para exponer el tema ante las personas examinadoras podrá valerse de un guion, pero no podrá leer un texto previamente preparado. Asimismo, deberá responder a las preguntas que, intercaladamente, pudieran realizarle las personas examinadoras en torno al tema asignado.
b) Mantendrá una conversación, bien con las personas examinadoras o con el otro interlocutor u otra interlocutora, basándose en fotografías u otros elementos gráficos. Esta conversación improvisada tendrá una duración aproximada de diez minutos (cinco minutos por cada persona examinanda).
La evaluación de la prueba de expresión oral se realizará conforme a los siguientes criterios: 1) grado de adecuación de la exposición al texto y al contexto; 2) coherencia, cohesión y concisión manifestada tanto en la exposición como en la interacción; 3) fluidez y corrección en la pronunciación; 4) riqueza y 5) corrección en la utilización de los exponentes lingüísticos.
La puntuación máxima de este apartado será de 30 puntos y será necesario obtener 15 puntos para superarlo.
Prueba de comprensión escrita:
A partir de la lectura del texto o textos propuestos, la persona que se examina de este nivel deberá realizar las tareas que se le planteen. Deberá mostrar la comprensión global y parcial del texto, así como de las ideas secundarias y de las no expresadas explícitamente en el mismo, es decir, el objetivo comunicativo, la intención, el punto de vista o la opinión del autor o de la autora, etc. A dicho efecto, se le formularán distintos tipos de ejercicios: responder a preguntas de elección múltiple o de respuestas breves, del tipo verdadero/falso; elegir ideas correspondientes a fragmentos textuales; buscar correspondencias apropiadas; ordenar el texto, resumirlo o relacionar ideas o párrafos. Todos los textos presentados se ajustarán a las características de las acciones comunicativas fijadas para este nivel (artículos de divulgación, fábulas e historias, editoriales, proyectos de trabajo, convenios laborales, artículos de opinión...), elaborados con los contenidos fijados en el HEOC para este nivel C1.
Además, se recurrirá a distintos textos para evaluar la utilización que hace de la sintaxis y del léxico. Para ello, se le formularán diversos tipos de ejercicios: colocar en el texto sinónimos de las palabras marcadas, elegir el léxico adecuado mediante la técnica de elección múltiple, reescribir el texto usando palabras derivadas y compuestas, completar la estructura sintáctica mediante la técnica de elección múltiple, crear frases equivalentes a las propuestas o elegir estructuras coherentes para completar el texto.
La puntuación máxima de este apartado será de 20 puntos y será necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo. Las respuestas incorrectas no restarán puntos.
La duración de la prueba se determinará por la estimación realizada para el correcto cumplimiento de la tarea solicitada y será de 60 minutos aproximadamente.
Prueba de expresión escrita:
La persona que se examina de este nivel deberá redactar un texto de 300 palabras como mínimo, o dos textos de aproximadamente 150 palabras, para llevar a cabo una acción comunicativa determinada. El enunciado de la prueba presentará con claridad las características de la acción comunicativa solicitada: género textual (artículos de divulgación, actas de reuniones, guías de utilización, artículos de opinión, narraciones y cuentos, propuestas de trabajo, resúmenes de reportajes o noticias...) en una situación y contexto correspondiente al nivel de competencia C1 (ámbito de uso, rol de la persona enunciadora, rol de la persona receptora, y el objetivo o finalidad comunicativa).
Con relación al número mínimo de palabras solicitadas en la prueba de expresión escrita, la persona examinadora tendrá en cuenta los siguientes criterios para emitir sus calificaciones:
- Si la persona examinanda ha escrito el número mínimo de palabras exigido y cumple con los criterios mínimos requeridos para el nivel, el ejercicio se valorará con una puntuación de entre 15 y 30 puntos.
- En la calificación de los ejercicios que no lleguen al número mínimo de palabras exigido por menos de un 20 %, se deducirá de la puntuación general obtenida la puntuación especificada en la siguiente tabla:
(Véase el .PDF)
La calificación de la prueba a la que le falten más del 20 % de palabras será:
(Véase el .PDF)
La evaluación de la prueba de expresión escrita se realizará conforme a los siguientes criterios: 1) adecuación del texto al contexto comunicativo; 2) coherencia; 3) cohesión; 4) riqueza y 5) corrección de los exponentes lingüísticos utilizados.
La puntuación máxima de este apartado será de 30 puntos y será necesario obtener un mínimo de 15 puntos para superarlo.
La duración de la prueba será de 90 minutos aproximadamente.
Para contabilizar el número de palabras se utilizarán los siguientes criterios:
- No se tendrá en cuenta el título del texto.
- En los textos de tipo carta o formulario (notas, e-mails, solicitudes...) se contarán las palabras desde el saludo inicial hasta la despedida. Por lo tanto, no se tendrán en cuenta los datos relativos a la persona emisora y a la receptora (nombre, apellidos, dirección...). Respecto a las fechas, se contabilizarán cuatro palabras como máximo.
- Se analizará únicamente el texto elaborado, de manera que no se considerarán las frases tomadas literalmente de la situación comunicativa propuesta.
Además:
- Las palabras compuestas se contabilizarán según las instrucciones del Área de Evaluación y Acreditación de HABE, aplicando los criterios establecidos por Euskaltzaindia.
- Las palabras escritas que no se avengan a norma se contabilizarán como fueran correctas.
- Los números contarán como una palabra.
Organización:
Las pruebas de acreditación en esta convocatoria abierta se organizarán por territorios en un ámbito único por cada territorio, y se realizarán en dos días: un día las pruebas de comprensión y expresión escritas, y otro las pruebas de comprensión y expresión orales.
Calificaciones, ponderación y resultados:
a) Las calificaciones de las pruebas del nivel C1 se otorgarán de la siguiente manera:
(Véase el .PDF)
b) Ponderación:
Los 30 puntos correspondientes a la prueba de expresión escrita se valorarán conforme a la siguiente tabla de ponderación: adecuación, 13 %; coherencia, 24 %; cohesión, 17 %; riqueza, 20 % y corrección, 26 %.
Los 30 puntos correspondientes a la prueba de expresión oral se valorarán conforme a la siguiente tabla de ponderación: adecuación, 10 %; coherencia y cohesión, 20 %; fluidez, 25 %; riqueza, 20 % y corrección, 25 %.
c) Resultados:
Prueba de comprensión escrita: Apto / No apto.
Expresión escrita: Apto / No apto.
Comprensión oral: Apto / No apto.
Expresión oral: Apto / No apto.
Total: Apto / No apto.
Nivel C2: usuario experto.
Prueba de comprensión oral:
Tras escuchar dos veces la grabación de un texto de interés general grabado en euskera estándar o en una versión dialectal, de una duración de 4-5 minutos, la persona examinanda deberá realizar una síntesis de dicho texto por escrito en 50-80 palabras, destacando las variables fundamentales del mismo: el mensaje de la persona emisora, su finalidad, destinatario o destinataria... El texto se ajustará a las características de las acciones comunicativas fijadas para este nivel (comentarios de los medios de comunicación, opinión oral, explicación, mesa redonda, conferencia, comunicación, proyecto de trabajo...), elaborados con los contenidos fijados en el HEOC para el nivel C2.
A los efectos de evaluar esta prueba de comprensión oral se valorará: a) en qué medida se ha cumplido con la tarea solicitada; b) si la tarea ha sido realizada adecuadamente.
Este apartado tendrá una puntuación máxima de 20 puntos y será necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo.
La duración de la prueba se determinará por la estimación realizada para el correcto cumplimiento de la tarea solicitada y será de 40 minutos aproximadamente.
Prueba de expresión oral:
Este apartado consistirá en desarrollar ante las personas examinadoras la acción comunicativa que se le habrá indicado con media hora de antelación. El enunciado presentará con claridad las características de la acción comunicativa solicitada: el género textual (conferencia, comunicación, comentario oral, crónica, narración histórica...) y una situación o contexto propio del nivel de competencia C2 (ámbito de uso, rol de la persona enunciadora, rol de la persona receptora, y el objetivo o finalidad comunicativa). La persona examinanda deberá desarrollar la acción comunicativa asignada desde el punto de vista de la especialidad académica o técnica que ha consignado en el formulario de inscripción.
La persona examinanda dispondrá de 30 minutos para preparar el tema a exponer, que deberá desarrollar ante las personas examinadoras durante 10 minutos como mínimo.
Para exponer el tema ante las personas examinadoras podrá valerse de un guion, pero no podrá leer un texto previamente preparado. Asimismo, deberá responder a las preguntas que pudieran realizarle las personas examinadoras en torno al tema asignado.
La evaluación de la prueba de expresión oral se realizará conforme a los siguientes criterios: 1) grado de adecuación de la exposición al texto y al contexto; 2) coherencia, cohesión y concisión manifestada tanto en la exposición como en la interacción; 3) fluidez y corrección en la pronunciación; 4) riqueza y 5) corrección en la utilización de los exponentes lingüísticos.
La puntuación máxima de este apartado será de 30 puntos y será necesario obtener 15 puntos para superarlo. Se deberá alcanzar la calificación de suficiente en todos y cada uno de los criterios de corrección.
Prueba de comprensión escrita:
La persona que se examina de este nivel leerá el texto propuesto de aproximadamente 350-450 palabras y, para mostrar que lo ha entendido, deberá realizar una síntesis de dicho texto por escrito en 50-80 palabras, destacando las variables fundamentales del mismo: el mensaje de la persona emisora, su finalidad, destinatario o destinataria... El texto se ajustará a las características de las acciones comunicativas fijadas para este nivel (artículo de opinión, informe, proyecto de trabajo, texto jurídico, ensayo, editorial, artículo de divulgación...), elaborados con los contenidos fijados en el HEOC para el nivel C2.
La evaluación de la prueba de comprensión escrita se realizará conforme a los siguientes criterios: 1) en qué medida se ha cumplido con la tarea solicitada; 2) si la tarea ha sido realizada adecuadamente.
La puntuación máxima de este apartado será de 20 puntos y será necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo.
La duración de la prueba se determinará por la estimación realizada para el correcto cumplimiento de la tarea solicitada y será de 40 minutos aproximadamente.
Prueba de expresión escrita:
La persona que se examina deberá completar 2 ejercicios dentro de la prueba de expresión escrita:
- En el primer ejercicio realizará una actividad de mediación. La persona que se examina, en base a un texto facilitado, deberá reescribirlo, adaptándolo a la situación y tarea propuesta y teniendo en cuenta las características del destinatario. En este ejercicio deberá escribir, como referencia, en torno a 150 palabras en 50 minutos.
- En el segundo ejercicio deberá redactar en 110 minutos un texto de 350 palabras como mínimo, llevando a cabo una acción comunicativa concreta. El enunciado de la prueba presentará con claridad las características de la acción comunicativa solicitada: género textual (artículo divulgativo o de opinión, comunicación, informe, propuesta de trabajo, reportaje, editorial, introducción...), en una situación o contexto propio del nivel de competencia C2 (ámbito de uso, rol de la persona enunciadora, rol de la persona receptora y el objetivo o finalidad comunicativa). La persona examinanda deberá desarrollar la acción comunicativa asignada desde el punto de vista de la especialidad académica o técnica que ha consignado en el formulario de inscripción.
Con relación al número mínimo de palabras solicitadas en el segundo ejercicio de la prueba de expresión escrita, la persona examinadora tendrá en cuenta los siguientes criterios para emitir sus calificaciones:
- Si la persona examinanda ha escrito el número mínimo de palabras exigido y cumple con los criterios mínimos requeridos para el nivel, el ejercicio se valorará con una puntuación de entre 11 y 22 puntos.
- En la calificación de los ejercicios que no lleguen al número mínimo de palabras exigido por menos de un 20 %, se deducirá de la puntuación general obtenida la puntuación especificada en la siguiente tabla:
(Véase el .PDF)
La calificación de la prueba a la que le falten más del 20 % de palabras será:
(Véase el .PDF)
En el primer ejercicio, la evaluación se realizará conforme a los siguientes criterios: 1) gestión de la información; 2) reformulación del texto; 3) selección del registro y 4) uso del lenguaje.
En el segundo ejercicio, la evaluación de la prueba de expresión escrita se realizará conforme a los siguientes criterios: 1) adecuación del texto al contexto comunicativo; 2) coherencia; 3) cohesión; 4) riqueza y 5) corrección de los exponentes lingüísticos utilizados.
La puntuación máxima de este apartado será de 30 puntos (8 puntos en el primer ejercicio; 22 puntos en el segundo ejercicio) y será necesario obtener un mínimo de 15 puntos para superarlo, en total (suma de los dos ejercicios).
Para aprobar la totalidad de la prueba de expresión escrita, resultará imprescindible lograr la calificación de suficiente en todos y cada uno de los criterios de corrección del segundo ejercicio. Por lo tanto, el no superar alguno de los criterios de corrección del segundo ejercicio dará lugar a la siguiente calificación total en la prueba de expresión escrita:
(Véase el .PDF)
La duración de la prueba completa (para realizar ambos ejercicios) será de 2 horas y 40 minutos (como referencia: 50 minutos para el primer ejercicio y 110 minutos para el segundo).
Para contabilizar el número de palabras se utilizarán los siguientes criterios:
- No se tendrá en cuenta el título del texto.
- En los textos de tipo carta o formulario (notas, e-mails, solicitudes...) se contarán las palabras desde el saludo inicial hasta la despedida. Por lo tanto, no se tendrán en cuenta los datos relativos a la persona emisora y a la receptora (nombre, apellidos, dirección...). Respecto a las fechas, se contabilizarán cuatro palabras como máximo.
- Se analizará únicamente el texto elaborado, de manera que no se considerarán las frases tomadas literalmente de la situación comunicativa propuesta.
Además:
- Las palabras compuestas se contabilizarán según las instrucciones del Área de Evaluación y Acreditación de HABE, aplicando los criterios establecidos por Euskaltzaindia.
- Las palabras escritas que no se avengan a norma se contabilizarán como fueran correctas.
- Los números contarán como una palabra.
Organización:
Las pruebas de acreditación en esta convocatoria abierta se organizarán por territorios en un ámbito único por cada territorio, y se realizarán en dos días: un día las pruebas de comprensión y expresión escritas, y otro las pruebas de comprensión y expresión orales.
Calificaciones y resultados:
a) Las calificaciones de las pruebas del nivel C2 se otorgarán de la siguiente manera:
(Véase el .PDF)
b) Resultados:
Prueba de comprensión escrita: Apto / No apto.
Expresión escrita: Apto / No apto.
Comprensión oral: Apto / No apto.
Expresión oral: Apto / No apto.
Total: Apto / No apto.