RESOLUCIÓN de 20 de noviembre de 2024, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, por la que se aprueba el «Proyectos de instalaciones del tramo Altza-Galtzaraborda. Lote I: proyecto de señalización».
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RESOLUCIÓN de 20 de noviembre de 2024, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, por la que se aprueba el «Proyectos de instalaciones del tramo Altza-Galtzaraborda. Lote I: proyecto de señalización».
Una de las actuaciones que ha venido llevando a cabo el Departamento de Planificación territorial, vivienda y transportes del Gobierno Vasco es la duplicación paulatina de la línea Donostia-Hendaia, comenzando desde Donostia / San Sebastián, y avanzando por tramos con la finalidad de poder aumentar la capacidad y, en consecuencia, la oferta ferroviaria en su área metropolitana.
En julio de 2007 se inició el Estudio de Alternativas de trazado en el tramo Herrera-Galtzaraborda, entregándose el documento en noviembre de 2008. El objetivo de dicho documento era la mejora funcional de la línea Donostia - Hendaia, así como la potenciación del tráfico de mercancías, racionalizando la coexistencia de este con el tráfico de pasajeros, y teniendo en cuenta muy particularmente los criterios y objetivos formulados en la modificación del Plan Territorial Sectorial. De la alternativa propuesta se obtiene como resultado la necesidad del desdoblamiento entre las estaciones de Herrera y Altza.
En marzo de 2009, se publicó en el DOUE la licitación del servicio para la redacción del Estudio Informativo del Desdoblamiento y nueva estación de Altza/Pasaia, que se adjudicó el 11 de septiembre de 2009, en el que, tras revisar todos los condicionantes que se habían venido poniendo de manifiesto durante la realización de los estudios anteriores, se define y concreta la solución definitiva de la actuación a realizar entre las estaciones de Herrera y Galtzaraborda.
El Estudio Informativo se sometió a información pública el 23 de noviembre de 2010.
Mediante Resolución de 22 de marzo de 2012, la Viceconsejera de Medio Ambiente, formula con carácter favorable la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto.
Mediante Resolución de 27 de abril de 2012, el Viceconsejero de Transportes y Obras Publicas aprueba definitivamente el «Estudio Informativo del desdoblamiento entre las estaciones de Herrera y Galtzaraborda y nueva estación de Altza-Pasaia».
Con fecha junio de 2011 se inicia la redacción del Proyecto de Constructivo del Tramo Herrera-Altza finalizando su redacción en febrero de 2012.
Mediante Resolución de 10 de mayo de 2012, del Director de Infraestructura del Transporte, se aprobó el «Proyecto Constructivo del metro de Donostialdea. Tramo Herrera-Altza».
Con fecha junio de 2012 se convoca, por parte de ETS, el Concurso para la para la contratación del servicio para la redacción del Proyecto Constructivo del Tramo Altza-Galtzaraborda, del Metro de Donostialdea. La empresa ganadora del concurso entrega a ETS el proyecto constructivo del tramo con fecha de octubre de 2014.
En fecha 28 de enero de 2021 la Comisión de Contratación del ente Euskal Trenbide Sarea aprobó el inicio de expediente y la aprobación del gasto de la licitación que tiene como finalidad el «Servicio de adecuación normativa y actualización del Proyecto Constructivo del Metro de Donostialdea. Tramo: Altza-Galtzaraborda».
El Proyecto de adecuación modificado se entrega a ETS con fecha de marzo de 2021 que es el referente final de obra civil para las actuaciones de los proyectos de instalaciones posteriores.
En junio de 2021 se convoca el concurso público para la realización de los proyectos de todas las instalaciones del nuevo tramo dividido en cuatro lotes:
1.- Lote I: Señalización;
2.- Lote II: Comunicaciones;
3.- Lote III: Electrificación;
4.- Lote IV: Instalaciones eléctricas y equipos.
De estos cuatro lotes Idom Consulting, Engineering, Architecture, S.A.U. resulta adjudicataria del lote I, que corresponde al proyecto que nos ocupa.
El Proyecto tiene un presupuesto de ejecución material que asciende dos millones cuatrocientos setenta mil ochocientos cincuenta y cinco euros y sesenta y cuatro céntimos (2.470.855,64), que significa un presupuesto base de licitación con IVA de tres millones quinientos cincuenta y siete mil setecientos ochenta y cinco euros y tres céntimos (3.557.785,03), y un presupuesto para conocimiento de la Administración sin IVA de dos millones novecientos cuarenta mil trescientos dieciocho euros y veintiún céntimos (2.940.318,21).
El plazo de ejecución estimado para las obras es de doce (12) meses.
Los Servicios Técnicos de Euskal Trenbide Sarea (ETS) han verificado que este proyecto responde a su objeto y cumple los requisitos exigidos por la Ley de Contratos del Sector Público y por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, por cuanto recoge los aspectos suficientes y necesarios para su ejecución por contrata; así mismo han revisado el proyecto a nivel formal y ratifica que cumple con lo estipulado en la Ley de Contratos del Sector Público y el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en cuanto a la inclusión de los documentos necesarios y la normativa vigente en relación a su contenido, las firmas y aspectos formales, las bases e hipótesis de cálculo necesarias y el contenido relacionado en el artículo 233.1 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Este órgano es competente para la elaboración y aprobación de los proyectos de la red de Ferrocarril, según lo dispuesto en el artículo 16.2.b) del Decreto 11/2021, de 19 de enero de 2021, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes.
Vistas las disposiciones citadas, y demás concordantes y de general aplicación,
RESUELVO:
Primero.- Aprobar el «Proyecto de instalaciones del tramo Altza-Galtzaraborda. Lote I: proyecto de señalización» con un presupuesto base de licitación, IVA incluido, de tres millones quinientos cincuenta y siete mil setecientos ochenta y cinco euros y tres céntimos (3.557.785,03), y con un plazo de ejecución estimado para las obras de doce (12) meses.
Segundo.- La aprobación de este proyecto Constructivo conlleva la declaración de utilidad pública o interés social de las obras, la necesidad de ocupación y la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados relacionados en el anexo correspondiente del propio Proyecto Constructivo.
Esta resolución no es definitiva en vía administrativa y contra ella los interesados pueden interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Infraestructuras y Transportes, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, dirigiendo el escrito de interposición bien a este órgano, bien al Viceconsejero de Infraestructuras y Transportes.
Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
En Vitoria-Gasteiz, a 20 de noviembre de 2024.
La Directora de Infraestructuras del Transporte,
MARÍA DOLORES DE JUAN DE MIGUEL.