RESOLUCIÓN de 20 de noviembre de 2024, del Viceconsejero de Cultura, por la que se conceden subvenciones para la organización, digitalización y difusión de archivos no públicos, para el ejercicio 2024.
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RESOLUCIÓN de 20 de noviembre de 2024, del Viceconsejero de Cultura, por la que se conceden subvenciones para la organización, digitalización y difusión de archivos no públicos, para el ejercicio 2024.
Con fecha de 14 de mayo de 2024, se publicó en el BOPV n.º 93, la Orden de 8 de mayo de 2024, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se establecen subvenciones para la organización, digitalización y difusión de archivos no públicos y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2024.
Reunida la Comisión de Calificación prevista en el artículo 9 de la Orden, una vez examinadas las solicitudes, procedió a la valoración de los proyectos de conformidad con lo previsto en el artículo 11 de la Orden.
A la vista de la propuesta de resolución formulada por la Directora de Patrimonio Cultural, y, de acuerdo con el artículo 14 de la mencionada Orden y demás disposiciones de general aplicación,
RESUELVO:
Primero.- Conceder a las entidades solicitantes que se relacionan en el Anexo I la subvención por los importes que se detallan.
Segundo.- Desestimar la solicitud presentada por la entidad recogida en el Anexo II, por la razón que se indica en el mismo.
Tercero.- Las personas y entidades beneficiarias quedan sometidas a las condiciones establecidas por la Orden reguladora y a cuantas otras que con carácter general rijan en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Cuarto.- Notificar individualmente a las personas y entidades interesadas esta Resolución, advirtiendo de que si en el plazo de diez días tras la fecha de recepción de la comunicación por la que se notifica la concesión de la ayuda las personas o entidades beneficiarias no renuncian expresamente a la misma, se entenderá que esta queda aceptada.
Quinto.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, de acuerdo con lo previsto en el artículo 26 de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones para su general conocimiento.
DISPOSICIÓN FINAL
Esta Resolución no agota la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso de alzada ante la Vicelehendakari Primera y Consejera de Cultura y Política Lingüística en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tuviere lugar la primera notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Vitoria-Gasteiz, a 20 de noviembre de 2024.