RESOLUCIÓN 867/2024, de 18 de noviembre, de la Directora de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se hace pública la convocatoria para la provisión, mediante el sistema de libre designación, de un puesto de Secretario/a de Dirección en la Subdirección de Protección de Datos, en la Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
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RESOLUCIÓN 867/2024, de 18 de noviembre, de la Directora de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se hace pública la convocatoria para la provisión, mediante el sistema de libre designación, de un puesto de Secretario/a de Dirección en la Subdirección de Protección de Datos, en la Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Encontrándose vacante el puesto de Secretario/a de Dirección en la Subdirección de Protección de Datos, de la Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Norma Común Tercera de la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, en el Decreto 186/2005, de 19 de julio, por el que se regulan los puestos funcionales de Osakidetza y en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, esta Dirección de Recursos Humanos acuerda anunciar convocatoria pública para su provisión, por el procedimiento de libre designación, con arreglo a las siguientes
BASES
1.- Requisitos de participación.
Podrán participar en esta convocatoria quienes acrediten el cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) Ser estatutario, funcionario o laboral fijo en cualquier organización de servicios de Osakidetza y tener plaza en propiedad en el grupo profesional C2/D2.
b) Experiencia profesional mínima de 2 años en el grupo profesional C2/D2.
c) Perfil lingüístico 2 de euskera, con fecha de preceptividad 10-10-2024.
d) Resto de requisitos del Decreto 186/2005, de 19 de julio, y del Plan de Euskera de Osakidetza.
2.- Méritos a considerar.
- Conocimientos de herramientas informáticas.
- Experiencia en el desempeño de puestos de Secretario/a de Dirección.
- Se podrán aportar cuantos méritos se consideren de interés y añadan valor al desempeño de este puesto de trabajo.
3.- Conocimientos de euskera.
La puntuación correspondiente a la valoración del conocimiento del euskera se llevará a cabo en coherencia con lo establecido en el artículo 24 del Decreto 67/2003, de 18 de marzo, de normalización del uso del euskera en Osakidetza.
4.- Plazo y presentación de solicitudes.
Las personas interesadas dirigirán sus solicitudes a la Dirección de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud, dentro del plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOPV. También podrán presentarse en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las personas interesadas deberán dirigir la solicitud con todos sus datos personales, acompañada de Curriculum Vitae documentado a la Dirección de Recursos Humanos de la Dirección General.
La documentación a presentar será la siguiente:
- Fotocopia compulsada del DNI, pasaporte o permiso de conducir.
- Fotocopia compulsada del nombramiento de personal funcionario o estatutario o, en su caso, del documento que acredite la condición de laboral fijo.
- Fotocopia compulsada de la documentación que acredite el cumplimiento de requisitos.
- Fotocopia compulsada de todos los méritos a considerar.
No será preciso acreditar en la forma indicada en el párrafo anterior aquellos extremos que consten debidamente validados en la aplicación informática corporativa de CV, si bien esta circunstancia deberá hacerse constar en la solicitud que realice el aspirante.
5.- Comisión de Valoración.
Se constituirá una Comisión de valoración que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21.del Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres, estará presidida por el Subdirector de Selección y Provisión de Recursos Humanos o persona en quien delegue, e integrado además por el Subdirector de Protección de Datos y un Técnico/a Superior de la Dirección de Recursos Humanos (quien actuará como Secretario/a con voz y voto).
Efectuada la valoración de las personas aspirantes y a la vista de la misma, se elevará propuesta a fin de formalizar el oportuno nombramiento. La Comisión podrá, previo informe motivado, declarar desierta la plaza en caso de que los aspirantes no reúnan las condiciones exigidas.
Se levantará acta de cada sesión de la Comisión. En la misma constarán los aspirantes presentados, así como los motivos tenidos en cuenta para la asignación del puesto a uno de ellos o, en su caso, para declarar desierta la convocatoria.
6.- Procedimiento de selección.
En ningún caso podrán considerarse los méritos que no se ostenten a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOPV, ni tampoco los que no hubieran sido debidamente alegados y acreditados antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.
7.- Resolución que pone fin al procedimiento.
La finalización del procedimiento que aquí se inicia (asignación del puesto o declaración de desierta) se llevará a cabo mediante Resolución de la Directora de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio de salud, que se publicará en la intranet y la página web corporativa de Osakidetza.
Dicha resolución surtirá efectos desde la fecha de su publicación en el BOPV, salvo que en ella se disponga otra cosa.
8.- Recursos contra la presente Resolución.
Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada, ante la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes contado a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 18 de noviembre de 2024.
La Directora de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud,