RESOLUCIÓN de 25 de octubre de 2024, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, por la que se aprueba el «Proyecto constructivo de la subestación eléctrica de tracción de Bentaberri».

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RESOLUCIÓN de 25 de octubre de 2024, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, por la que se aprueba el «Proyecto constructivo de la subestación eléctrica de tracción de Bentaberri».

El Gobierno Vasco, a través de los sucesivos Departamentos que han ostentado la competencia en materia de Transporte y Ferrocarriles, solicitó a ETS que procediera a definir las actuaciones necesarias para convertir las líneas ferroviarias existentes de Donostialdea en un sistema Subterráneo de altas prestaciones.

Con estas premisas, ETS adjudicó la redacción del Estudio Informativo del Metro de Donostia-San Sebastián, en octubre de 2009. Dentro del citado contrato, los trabajos se dividieron en varios estudios independientes:

- Estudio de funcionalidad y de demanda del Metro de Donostia / San Sebastián.

- Estudio Informativo del tramo Lugaritz-Anoeta.

- Estudio Informativo del Intercambiador de Riberas de Loiola.

- Estudio Informativo del tramo Irun-Hondarribia.

Una vez justificada la viabilidad económica y social, por un lado, y la funcional y técnica, por otro, ETS encargó la redacción de los proyectos de construcción que, divididos en los tramos Lugaritz-Concha y Concha-Morlans, desarrollaban la solución técnica definida en el Estudio Informativo.

Posteriormente, el Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial adoptó la decisión de reconsiderar el diseño básico de la nueva línea entre Lugaritz y Morlans; modificación que requería la redacción y tramitación de un nuevo Estudio Informativo del Tramo Lugaritz - Easo.

La explotación de dicha línea, así como los nuevos servicios a disponer, hacen insuficiente la infraestructura energética actual, tanto en lo que respecta a potencias demandadas como a caídas de tensión en la línea, por lo que se hace necesaria la redacción del correspondiente proyecto para la construcción de una nueva subestación eléctrica de tracción en el entorno de la nueva estación de Bentaberri.

El objeto del proyecto consiste en la redacción del Proyecto Constructivo de la Subestación Eléctrica de Tracción de Bentaberri de Euskal Trenbide Sarea.

Contempla asimismo la implantación del sistema de gestión y control distribuido de las instalaciones eléctricas, así como la instalación de los seccionadores de maniobra, y el control y maniobra de los mismos en caso de incidencias. Se incluye por tanto en este proyecto tanto los seccionadores de punta de feeder, como los de feeder de alimentación que parte desde la subestación hasta los seccionadores de punta de feeder.

También se considera como objeto de este proyecto la definición del equipamiento propio de comunicaciones de la subestación para integración de la misma en las redes de comunicaciones de ETS. Dentro de las instalaciones propias de comunicación, se engloban las de videovigilancia, telefonía, intrusión y control de accesos.

Así mismo es objeto del proyecto el dimensionado de las acometidas eléctricas, como su adecuación a las nuevas condiciones de trabajo y también el equipamiento y tendido de cable en canalización correspondiente a las líneas de media tensión de 13,2 kV.

Se incluye asimismo la integración en puesto de mando central de la subestación, así como la instalación y programaciones que sean necesarias para implementar el sistema de protección (arrastres) que incluirá programación en frío, la cual se define con más detalle más adelante.

No es objeto del presente proyecto la ejecución del edificio de la subestación ni de las actuaciones de obra civil necesarias en el interior del túnel para permitir el tendido de cableado (canalizaciones, arquetas, etc).

Por tanto, el proyecto tiene como finalidad la definición y valoración para su ejecución por contrata de las obras de instalaciones necesarias para la construcción completa y puesta en marcha de la Subestación Eléctrica de Tracción de Bentaberri.

En el alcance del proyecto se recogen los requerimientos de operación y objetivos de explotación de la nueva subestación de Bentaberri y su conexión tanto a la red de energía primaria como a los sistemas de electrificación de la línea, y los correspondientes de comunicación y telemando (local completo y actuaciones a realizar para la integración en Puesto de Mando.

El Proyecto tiene un presupuesto de ejecución material que asciende tres millones cuatrocientos ochenta y dos mil setecientos veintiséis euros con setenta y dos céntimos (3.482.726,72 euros), que significa un presupuesto base de licitación con IVA de cinco millones catorce mil setecientos setenta y ocho euros con veinte céntimos (5.014.778,20 euros). El presupuesto para el Conocimiento de la Administración es de cuatro millones ciento cuarenta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta y cuatro euros con setenta y nueve céntimos (4.144.444,79 euros) (Sin IVA).

El plazo de ejecución estimado para las obras es de diez meses y medio (10,5) meses.

Los Servicios Técnicos de Euskal Trenbide Sarea (ETS) han verificado que este proyecto responde a su objeto y cumple los requisitos exigidos por la Ley de Contratos del Sector Público y por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, por cuanto recoge los aspectos suficientes y necesarios para su ejecución por contrata; así mismo han revisado el proyecto a nivel formal y ratifica que cumple con lo estipulado en la Ley de Contratos del Sector Público y el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en cuanto a la inclusión de los documentos necesarios y la normativa vigente en relación a su contenido, las firmas y aspectos formales, las bases e hipótesis de cálculo necesarias y el contenido relacionado en el artículo 233.1 de la Ley de Contratos del Sector Público.

Este órgano es competente para la elaboración y aprobación de los proyectos de la red de Ferrocarril, según lo dispuesto en el artículo 16.2 b) del Decreto 11/2021 de 19 de enero de 2021, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes.

Vistas las disposiciones citadas, y demás concordantes y de general aplicación

RESUELVO:

Primero.- Aprobar el «Proyecto constructivo de la subestación eléctrica de tracción de Bentaberri» con un presupuesto base de licitación, IVA incluido, de cinco millones catorce mil setecientos setenta y ocho euros con veinte céntimos (5.014.778,20 euros), y con un plazo de ejecución estimado para las obras de diez meses y medio (10,5).

Segundo.- La aprobación de este proyecto Constructivo conlleva la declaración de utilidad pública o interés social de las obras, la necesidad de ocupación y la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados relacionados en el anexo correspondiente del propio Proyecto Constructivo.

Esta resolución no es definitiva en vía administrativa y contra ella los interesados pueden interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Infraestructuras y Transportes, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, dirigiendo el escrito de interposición bien a este órgano, bien al Viceconsejero de Infraestructuras y Transportes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

En Vitoria-Gasteiz, a 25 de octubre de 2024.

La Directora de Infraestructuras del Transporte,

MARÍA DOLORES DE JUAN DE MIGUEL.

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