RESOLUCIÓN 543/2024, de 2 de julio, de la Directora Gerente de la Organización Sanitaria Integrada Bidasoa, por la que se nombra temporalmente, por un plazo de cuatro años prorrogables, a Dña. M.ª Nieves Pascual Fernández Jefa de Sección Sanitaria de hospitalización a domicilio en la Organización Sanitaria Integrada Bidasoa de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
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RESOLUCIÓN 543/2024, de 2 de julio, de la Directora Gerente de la Organización Sanitaria Integrada Bidasoa, por la que se nombra temporalmente, por un plazo de cuatro años prorrogables, a Dña. M.ª Nieves Pascual Fernández Jefa de Sección Sanitaria de hospitalización a domicilio en la Organización Sanitaria Integrada Bidasoa de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Mediante la Resolución 102/2024, de 23 de enero, de la Directora Gerente de la OSI Bidasoa, se hace pública la convocatoria para la provisión mediante el sistema de concurso, de un puesto de Jefa de Sección Sanitaria de hospitalización a domicilio en la OSI Bidasoa (BOPV n.º 29 de 8 de febrero del 2024 y BOE n.º 40 de 15 de febrero de 2024).
Efectuada por el tribunal calificador la valoración de las solicitudes presentadas, así como la correspondiente propuesta de nombramiento, y a la vista de los conocimientos académicos y profesionales que concurren en Dña. M.ª Nieves Pascual Fernández procede efectuar su nombramiento para ocupar el puesto de Jefa de Sección Sanitario de hospitalización a domicilio en la OSI Bidasoa de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 Norma Común Tercera de la Ley 8/1997 de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, en el Decreto 186/2005, de 19 de julio, por el que se regulan los puestos funcionales de Osakidetza, y en el Decreto 255/1997 de 11 de noviembre,
RESUELVO:
Primero.- Nombrar temporalmente a Dña. M.ª Nieves Pascual Fernández Jefa de Sección Sanitaria de hospitalización a domicilio en la OSI Bidasoa de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Segundo.- El presente nombramiento, que tendrá carácter temporal por un plazo de cuatro años prorrogables en función de lo establecido en la Norma Común Tercera del artículo 28 de la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el BOPV.
Tercero.- La persona nombrada cesará al vencimiento del plazo del nombramiento, salvo que proceda la circunstancia de prórroga, de conformidad con lo previsto en el precitado artículo 28 de la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi.
Cuarto.- Asimismo, la persona nombrada podrá ser removida con anterioridad al vencimiento del plazo de nombramiento en vigor, previo expediente contradictorio y por las causas de traslado previstas en el apartado 6 del artículo 28 de la Ley 8/1997, de 26 de junio.
Quinto.- Notifíquese la presente Resolución a la persona interesada y a la Organización Sanitaria Integrada Bidasoa.
Sexto.- Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada, ante la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPV.
En Hondarribia, a 2 de julio de 2024.
La Directora Gerente de la OSI Bidasoa,