RESOLUCIÓN de 11 de junio de 2024, del Director de Función Pública, por la que se eleva a la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, para la formalización de los correspondientes contratos laborales, la relación de personas seleccionadas en diversos procesos excepcionales de consolidación de empleo en puestos reservados a personal laboral del Convenio de Colectivos laborales al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, convocados por Orden de 8 de septiembre de 2022, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno.

RESOLUCIÓN de 11 de junio de 2024, del Director de Función Pública, por la que se eleva a la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, para la formalización de los correspondientes contratos laborales, la relación de personas seleccionadas en diversos procesos excepcionales de consolidación de empleo en puestos reservados a personal laboral del Convenio de Colectivos laborales al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, convocados por Orden de 8 de septiembre de 2022, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno.

La Orden de 8 de septiembre de 2022, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, aprobó las bases generales que han de regir los procesos especiales de consolidación de empleo y los procesos excepcionales de consolidación de empleo en puestos reservados a personal laboral del Convenio de Colectivos laborales al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Mediante Orden de 8 de septiembre de 2022, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, se convocaron, entre otros, los siguientes procesos excepcionales de consolidación de empleo en puestos reservados a personal laboral del Convenio de Colectivos laborales al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi:

- Auxiliar de artes gráficas.

- Ayudante de lavandería.

- Conductor/Conductora de departamento.

- Jefe/Jefa de limpieza.

- Limpiador/Limpiadora.

- Limpiador/Limpiadora de laboratorio.

- Peón/Peona.

- Vigilante Nocturno.

- Responsable de embarcación.

- Responsable de imprenta.

La Resolución de la Directora del IVAP, de 8 de mayo de 2024 publicó la relación definitiva de personas seleccionadas y puestos objeto de adjudicación en los citados procesos y, asimismo, estableció un plazo de veinte días para la presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos y de los méritos valorados en el curso del proceso.

Habiendo presentado todas las personas seleccionadas que figuran en el anexo de la presente Resolución, la documentación requerida dentro del plazo establecido, en cumplimiento del apartado 16 de las bases generales, procede elevar a la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno la relación de personas que habrán de formalizar los correspondientes contratos laborales al servicio de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Primero.- Elevar a la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, para la formalización de los correspondientes contratos laborales al servicio de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos Autónomos, la relación de personas aspirantes seleccionadas en los siguientes procesos excepcionales de consolidación de empleo reservados a personal laboral del Convenio de Colectivos laborales al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, convocados por Orden de 8 de septiembre de 2022, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno:

- Auxiliar de artes gráficas.

- Ayudante de lavandería.

- Conductor/Conductora de departamento.

- Jefe/Jefa de limpieza.

- Limpiador/Limpiadora.

- Limpiador/Limpiadora de laboratorio.

- Peón/Peona.

- Vigilante Nocturno.

- Responsable de embarcación.

- Responsable de imprenta.

Las citadas relaciones figuran como anexo a la presente Resolución.

Segundo.- Las personas seleccionadas deberán suscribir los correspondientes contratos laborales el día 1 de julio de 2024.

Quienes, en la fecha establecida, y salvo casos de fuerza mayor, no suscriban el contrato laboral, perderán todos los derechos para la adquisición de personal laboral fijo de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, derivados de la convocatoria.

DISPOSICIÓN FINAL

Contra la presente Resolución, podrán las personas interesadas interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Función Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En Vitoria-Gasteiz, a 11 de junio de 2024.

El Director de Función Pública,

JUAN M.ª BARASORDA GOICOECHEA.

(Véase el .PDF)

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