RESOLUCIÓN de 7 de febrero de 2024, de la Presidenta del Consejo de Relaciones Laborales, por la que se dispone el nombramiento como personal funcionario de carrera del Consejo de Relaciones Laborales, del aspirante que ha superado el proceso selectivo, convocado mediante Resolución de 21 de diciembre de 2022, para la provisión, mediante concurso, de una plaza de Técnico/a en negociación colectiva.

RESOLUCIÓN de 7 de febrero de 2024, de la Presidenta del Consejo de Relaciones Laborales, por la que se dispone el nombramiento como personal funcionario de carrera del Consejo de Relaciones Laborales, del aspirante que ha superado el proceso selectivo, convocado mediante Resolución de 21 de diciembre de 2022, para la provisión, mediante concurso, de una plaza de Técnico/a en negociación colectiva.

Mediante Resolución de 21 de diciembre de 2022, del Presidente del Consejo de Relaciones Laborales, se ordenó la publicación del Acuerdo del Pleno del Consejo de la misma fecha, por el que se aprobaron las convocatorias de pruebas selectivas correspondientes a la Oferta Pública de Empleo excepcional del año 2022 para la provisión, mediante concurso, de una plaza de Técnico/a en negociación colectiva y de dos plazas de Administrativo/a área de relaciones laborales. Dichos procesos selectivos se rigen por lo previsto en el Acuerdo de 21 de diciembre de 2022, del Pleno del Consejo de Relaciones Laborales, que aprobó las bases Generales y específicas que los regulan. Posteriormente, mediante Resolución de 4 de julio de 2023, del Presidente del CRL, se publicó el Acuerdo del Pleno de 29 de junio de 2023, de aprobación de la modificación de la convocatoria de pruebas selectivas correspondiente a la oferta de Empleo Público excepcional del año 2022 (BOPV n.º 157, de 18 de agosto de 2023).

Concluido el proceso selectivo correspondiente a la plaza de Técnico/a en negociación colectiva, mediante Resolución de 17 de enero de 2024, de la Presidenta del Consejo de Relaciones Laborales (BOPV de 25 de enero de 2024) se aprobó la designación definitiva de la persona seleccionada, concediendo un plazo de diez días hábiles para presentar la documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y de los requisitos para tomar parte en el proceso selectivo, conforme a lo dispuesto en la cláusula duodécima de las bases generales de la convocatoria.

Habiendo presentado la persona aspirante seleccionada la documentación requerida dentro del plazo establecido, y una vez verificado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la base general segunda de la convocatoria, el tribunal calificador de este proceso selectivo ha elevado a la presidenta del Consejo la propuesta de nombramiento como personal funcionario de carrera del Consejo de Relaciones Laborales.

Por todo lo expuesto, en virtud de competencias atribuidas en el artículo 12.2.f) de la Ley 4/2012, de 23 de febrero, de Lan Harremanen Kontseilua / Consejo de Relaciones Laborales, en relación con el artículo 3.c) de la Ley 2/1992, de 8 de mayo, de ordenación del personal al servicio del Consejo de Relaciones Laborales,

RESUELVO:

Primero.- Nombrar funcionario de carrera del Consejo de Relaciones Laborales a la persona seleccionada y propuesta por el tribunal calificador, que se relaciona en el Anexo a la presente Resolución.

Segundo.- La persona aspirante nombrada mediante esta Resolución deberá tomar posesión de la plaza adjudicada en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco. Este plazo podrá ser prorrogado por otro de quince días naturales, a petición de la persona aspirante y siempre que concurra causa justificada para ello.

Tercero.- Si dentro del plazo establecido, salvo casos de fuerza mayor, no tomase posesión, perderá todos los derechos para la adquisición de la condición de funcionario de carrera del Consejo de Relaciones Laborales derivados de la convocatoria.

Cuarto.- La adscripción del funcionario de nuevo ingreso al puesto de trabajo adjudicado tendrá carácter definitivo y se considerará, a todos los efectos, como obtenida por el sistema al que está reservada la provisión del puesto.

Quinto.- Ordenar la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de la presente Resolución.

Sexto.- Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Presidenta del Consejo, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Así mismo, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Bilbao, a 7 de febrero de 2024.

La Presidenta del Consejo de Relaciones Laborales,

EMILIA M. MÁLAGA PÉREZ.

ANEXO
(Véase el .PDF)

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