RESOLUCIÓN de 23 de noviembre de 2023, de la Directora del Instituto Vasco Etxepare, de modificación de la Resolución de 17 de mayo de 2023, por la que se convoca el proceso selectivo para el personal laboral fijo de las categorías de Técnico de Comunicación Digital, Técnico de Sistemas, Técnico de Administración y Servicios, y Auxiliar Administrativo.

RESOLUCIÓN de 23 de noviembre de 2023, de la Directora del Instituto Vasco Etxepare, de modificación de la Resolución de 17 de mayo de 2023, por la que se convoca el proceso selectivo para el personal laboral fijo de las categorías de Técnico de Comunicación Digital, Técnico de Sistemas, Técnico de Administración y Servicios, y Auxiliar Administrativo.

El artículo 18.2.c) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación no suponga una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango.

Advertidos errores u omisiones de dicha índole en la Resolución de 17 de mayo de 2023, de la Directora del Instituto Vasco Etxepare, por la que se convoca el proceso selectivo para el ingreso del personal laboral fijo en las categorías de Técnico de Comunicación Digital, Técnico de Sistemas, Técnico de Administración y Servicios y Auxiliar Administrativo, se procede a su modificación.

1.- En el punto 11.1 de las bases generales, que regula la fase de oposición, se recoge en la página 2023/2446 (11/17),

donde dice:

«La fase de oposición constará de dos pruebas, una teórica y otra práctica, destinadas a valorar los conocimientos y la capacidad de los puestos a cubrir.

Primera parte:

- Primer ejercicio o ejercicio teórico, que tendrá carácter eliminatorio y tendrá un valor máximo de 20 puntos. Consistirá en la realización de dos pruebas tipo test relativas al temario general y al temario específico, con cuatro respuestas alternativas en cada pregunta y sin penalización de faltas.

En esta primera fase será necesario obtener un mínimo de 10 puntos para poder avanzar en el proceso.

Los aspirantes del turno de Promoción Interna estarán exentos de realizar este primer ejercicio y se les asignarán los 20 puntos correspondientes.

Segunda parte:

- Segundo ejercicio o ejercicio práctico: se valorará hasta un máximo de 35 puntos. Consistirá en la realización de una o varias pruebas teórico-prácticas relacionadas con las funciones y tareas principales del puesto. Para superar el ejercicio será necesario obtener un mínimo de 17,5 puntos.»

se debe indicar lo siguiente:

«Constará de tres pruebas destinadas a valorar las fases de oposición, teórica- práctica y entrevista, así como los conocimientos y las aptitudes necesarias para desempeñar los puestos de trabajo a los que se aspira.

Primera parte:

- Primer ejercicio o ejercicio teórico, que tendrá carácter eliminatorio y tendrá un valor máximo de 20 puntos. Consistirá en la realización de dos pruebas tipo test relativas al temario general y al temario específico, con cuatro respuestas alternativas en cada pregunta y sin penalización de faltas.

En esta primera fase será necesario obtener un mínimo de 10 puntos para poder avanzar en el proceso.

Los aspirantes del turno de Promoción Interna estarán exentos de realizar este primer ejercicio y se les asignarán los 20 puntos correspondientes.

Segunda parte:

- Segundo ejercicio o ejercicio práctico: se valorará hasta un máximo de 25 puntos. Consistirá en la realización de una o varias pruebas teórico-prácticas relacionadas con las funciones y tareas principales del puesto. Para superar el ejercicio será necesario obtener una puntuación mínima de 12,5 puntos.

Tercera parte:

- Entrevista: se valorará hasta un máximo de 10 puntos. Evaluación de la capacidad de adaptación de los aspirantes a las exigencias del ejercicio profesional. La entrevista no tendrá carácter eliminatorio para avanzar en el proceso de selección, pudiendo obtener un máximo de 10 puntos»

2.- Dentro del punto de las Bases generales, Alegación de requisitos y méritos y acreditación, en el punto 11.3.5, donde se regula la valoración de los cursos, se recoge en la página 2023/2446 (12/17),

donde dice:

«Únicamente se valorarán los cursos de una duración mínima de 30 horas.»

se debe indicar lo siguiente:

«Únicamente se valorarán los cursos de duración previstos en las bases específicas de cada puesto de trabajo»

En San Sebastián, a 23 de noviembre de 2023.

La Directora del Instituto Vasco Etxepare,

IRENE LARRAZA AIZPURUA.

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