Departamento de planificación territorial, vivienda y transportes - Otras disposiciones (BOPV nº 2023-209)

ORDEN de 5 de octubre de 2023, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se aprueba definitivamente el Plan Especial de Ordenación del Puerto de Getaria.

1.- Mediante Orden de 1 de diciembre de 2020, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, fue aprobado inicialmente el Plan Especial de Ordenación del Puerto de Getaria, acordando someterlo al trámite de información pública durante el plazo de 45 días, según lo dispuesto en el artículo 95.2 por remisión del artículo 97, ambos de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo. Así mismo, se acordó someter el Estudio Ambiental Estratégico junto con el Plan Especial al trámite de consultas durante el plazo de 45 días hábiles, de las Administraciones públicas afectadas y de las personas interesadas que habían sido previamente consultadas de acuerdo con el Documento de alcance formulado mediante Resolución de 15 de julio de 2019, del Director de Administración Ambiental.

2.- El acuerdo de información pública se hizo efectivo mediante la inserción de los correspondientes anuncios tanto en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, como en los diarios «Noticias de Gipuzkoa» y «Diario Vasco», todos ellos de 10 de diciembre de 2020. Durante el plazo otorgado se presentaron distintos escritos de alegaciones que fueron analizados y contestados por la Dirección de Puertos y Asuntos Marítimos del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente del Gobierno Vasco, promotora del presente Plan.

3.- Igualmente, han tenido entrada diversos informes sectoriales los cuales han sido tenidos en cuenta en la redacción del presente Plan Especial de Ordenación del Puerto de Getaria.

4.- Por su parte, con fecha 15 de febrero de 2021, el Ayuntamiento de Getaria informó el expediente en virtud de lo establecido en el artículo 97.2 de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco, con fecha 15 de diciembre de 2020.

5.- Con fecha 30 de octubre de 2020, Emakunde emitió el correspondiente informe, a los efectos de verificar la correcta aplicación de lo dispuesto en los artículos 19 a 20 de la entonces vigente Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

6.- El expediente fue informado favorablemente por la Sección de Planeamiento Urbanístico de Gipuzkoa de la Comisión de Ordenación del Territorio, en su sesión 5/2021, de 14 de julio.

7.- Por Orden de 2 de noviembre de 2021, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, fue aprobado provisionalmente el expediente del Plan Especial de Ordenación del Puerto de Getaria.

8.- La Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar ha emitido informe favorable de fecha 15 de noviembre de 2022.

9.- Por otra parte, respecto al procedimiento medioambiental, mediante Resolución de 15 de octubre de 2021 fue formulada la Declaración Ambiental Estratégica del Plan Especial de Ordenación del Puerto Especial de Getaria, siendo publicada en el Boletín Oficial del País Vasco de 19 de noviembre de 2021.

10.- En cuanto a la tramitación del Plan Especial, se ha tenido en cuenta lo establecido en el artículo 97 de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo y, por remisión, en los artículos 95 y 96 de la misma, así como en los artículos 31 y 32 del Decreto 46/2020, de 24 de marzo, de regulación de los procedimientos de aprobación de los planes de ordenación del territorio y de los instrumentos de ordenación urbanística.

11.- La documentación técnica elaborada cumple los requisitos precisos para constituir un Plan Especial de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo.

12.- El artículo 89.5 de la citada Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo, dispone que se publicará en el boletín oficial del territorio histórico el contenido íntegro de los acuerdos de aprobación definitiva y, cuando menos, de las normas urbanísticas. Igualmente señala que el acuerdo de aprobación definitiva se publicará, además, en el diario o diarios de mayor difusión en el territorio histórico correspondiente.

13.- En virtud de lo establecido en el artículo 7.1 del antedicho Decreto 46/2020, de 24 de marzo, la publicidad de la aprobación definitiva del presente Plan Especial del Puerto de Getaria incluirá, como mínimo el contenido de la presente Orden, así como las ordenanzas reguladoras, que se adjuntan como Anexo I.

14.- Por su parte, dado lo previsto el artículo 7.2 del Decreto 46/2020, de 24 de marzo, respecto de los planes que hayan sido sometidos a evaluación ambiental estratégica ordinaria, se adjunta, como Anexo II, la siguiente información:

a) Un extracto con los siguientes aspectos:

1) De qué manera se han integrado en el plan los aspectos ambientales.

2) Cómo se ha tomado en consideración en el plan el estudio ambiental estratégico, los resultados de la información pública y de las consultas incluyendo, en su caso, las consultas transfronterizas y la declaración ambiental estratégica, así como, cuando proceda, las discrepancias que hayan podido surgir en el proceso.

3) Las razones de la elección de la alternativa seleccionada, en relación con las alternativas consideradas.

4) Una referencia a la dirección electrónica en la que el órgano sustantivo pondrá a disposición del público el contenido íntegro del plan.

b) Las medidas adoptadas para el seguimiento de los efectos en el medio ambiente de la aplicación del plan.

15.- Este Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes es competente para dictar la presente aprobación definitiva al Plan Especial del Puerto de Getaria, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 97 de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo y 32 del Decreto 46/2020, de 24 de marzo, de regulación de los procedimientos de aprobación de los planes de ordenación del territorio y de los instrumentos de ordenación urbanística en relación con el 13.2.c) del Decreto 11/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes.

A la vista de la legislación de aplicación,

DISPONGO:

Primero.- Aprobar definitivamente el Plan Especial de Ordenación del Puerto de Getaria junto con su Anexo I, Ordenanzas reguladoras y Anexo II, Síntesis de la Integración de los Aspectos Ambientales.

Segundo.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco, en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y en el diario de mayor difusión del Territorio Histórico de Gipuzkoa.

Esta Orden es definitiva y pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.

En Vitoria-Gasteiz, a 5 de octubre de 2023.

El Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes,

IGNACIO MARÍA ARRIOLA LÓPEZ.

(Véase el .PDF)

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