Departamento de seguridad - Otras disposiciones (BOPV nº 2023-208)

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ORDEN de 23 de octubre de 2023, del Vicelehendakari Primero y Consejero de Seguridad, de modificación de la relación de puestos de trabajo de la Ertzaintza.

La Orden de 31 de diciembre de 1997, del Consejero de Interior, por la que se aprobó la relación de Puestos de Trabajo de la Ertzaintza (BOPV n.º 250, de 31 de diciembre), ha sido modificada en numerosas ocasiones para la adecuación de los puestos de trabajo, a los diferentes cambios de estructura.

Las Ordenes de 12 de marzo de 2015 (BOPV n.º 54, de 20 de marzo) y 6 de noviembre de 2015 (BOPV n.º 218, de 16 de noviembre), ambas de la Consejera de Seguridad, de modificación de la relación de Puestos de Trabajo de la Ertzaintza, supusieron la consolidación de la estructura de la Ertzaintza, conforme a las directrices marcadas en el Plan estratégico Horizonte-2016.

Posteriormente las Ordenes de 30 de marzo de 2017 (BOPV n.º 69, de 7 de abril), de 26 de diciembre de 2017 (BOPV n.º 2, de 3 de enero de 2018), de 7 de marzo de 2018 (BOPV n.º 53, de 15 de marzo), de 11 de octubre de 2018 (BOPV n.º 202, de 19 de octubre), de 18 de febrero de 2019 (BOPV n.º 39, de 25 de febrero), de 20 de diciembre de 2019 (BOPV n.º 4, de 8 de enero de 2020), de 4 de febrero de 2020 (BOPV n.º 27, de 10 de febrero), de 16 de marzo de 2021 (BOPV n.º 75, de 19 de abril), de 18 de noviembre de 2021 (BOPV n.º 239, de 1 de diciembre), de 13 de mayo de 2022, (BOPV n.º 101, de 26 de mayo de 2022) y de 17 de abril de 2023 (BOPV n.º 90, de 15 de mayo) han introducido algunos cambios para readecuar la estructura de puestos a las demandas que han ido surgiendo.

Teniendo en cuenta que las Relaciones de Puestos de Trabajo son una herramienta dinámica al servicio de las organizaciones y en cumplimiento de los compromisos adquiridos en el segundo Plan de Uso del Euskera en la Ertzaintza 2018-2022 la presente Orden introduce las siguientes modificaciones:

Se suprimen dotaciones y se amortizan puestos de trabajo, bien para adecuar las estructuras de mando a la estructura de las diferentes Jefaturas o Unidades, o bien para una más eficaz prestación del servicio de seguridad pública, creando puestos de trabajo o incrementando dotaciones de puestos de trabajo, entre las que destacan las funciones de investigación criminal y, en especial, las de atención de los ilícitos de violencia doméstica/violencia de género.

Se modifican los requisitos para acceder a determinados puestos de trabajo o el sistema de provisión.

Se ejecutan los cambios de localidad previstos en la Orden de 17 de abril de 2023, que afectan a ciertos puestos de trabajo adscritos a la Comisaría de Urola Kosta y a la Unidad Territorial de Tráfico de Gipuzkoa, puesto que se han concretado las dotaciones una vez adjudicados los procedimientos de provisión definitiva de puestos de trabajo convocados mediante Resoluciones de 5 de diciembre de 2022, del Viceconsejero de Seguridad y la Viceconsejera de Administración y Servicios, conforme a los criterios de preferencia que se han establecido.

Por último, se suprimen y se reasignan fechas de preceptividad de perfiles lingüísticos, en cumplimiento con los compromisos adquiridos en el segundo Plan de Uso del Euskera en la Ertzaintza 2018-2022; igualmente, se señalan nuevas fechas de preceptividad, que se incorporarán al tercer Plan de Uso del Euskera en la Ertzaintza 2023-2027.

RESUELVO:

Artículo 1.- Se amortizan los puestos de trabajo y se suprimen las dotaciones de los puestos de trabajo que se relacionan en el Anexo I.

Artículo 2.- Se crean los puestos de trabajo y se incrementan las dotaciones de los puestos de trabajo que se relacionan en el Anexo II.

Artículo 3.- Se aprueban las modificaciones a la relación de puestos de trabajo de la Ertzaintza que se contemplan en el Anexo III.

Artículo 4.- Se suprimen y reasignan fechas de preceptividad en el cumplimiento del perfil lingüístico de las dotaciones que se relacionan en el Anexo IV.

Artículo 5.- Se publica nueva relación de puestos de trabajo de la Ertzaintza completa, conforme al Anexo V.

Artículo 6.- La amortización o supresión de dotaciones de los puestos de trabajo 40107 y 40108, adscritos a la Unidad Brigada Móvil, y la creación de los puestos de trabajo 42005 y 42006, adscritos a la Jefatura Central de Apoyo Táctico, tendrá efectos a la fecha de entrada en vigor del contrato para la prestación del servicio de seguridad privada en la sede de Iurreta.

Quienes ocupen en adscripción definitiva los puestos de trabajo 40107 y 40108 que se amortizan o suprimen dotaciones, adscritos a la Unidad Brigada Móvil, en la fecha en que entre en vigor el contrato para la prestación del servicio de seguridad privada en la sede de Iurreta, serán adscritos con carácter definitivo a los puestos de trabajo 42005 y 42006, adscritos a la Jefatura Central de Apoyo Táctico, dado que las nuevas funciones a ejercer están básicamente contenidas en el nuevo puesto modificado o son de naturaleza similar e implican un mismo nivel de competencia y capacidad para desarrollarlas.

La creación de los puestos en Jefatura Central de Apoyo Táctico, una dotación del puesto 20446 de SICT Bizkaia y las 2 dotaciones del puesto 20304 de Jefatura Territorial Araba tendrán efectos a la misma fecha indicada.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Contra la presente Orden, la cual pone fin a la vía administrativa, podrá, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, interponerse potestativamente recurso de reposición ante el Vicelehendakari Primero y Consejero de Seguridad en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco. En este caso no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición por el transcurso del plazo de un mes desde la fecha en que haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.

También podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

La presente Orden surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, salvo lo previsto en el artículo 6.

En Vitoria-Gasteiz, a 23 de octubre de 2023.

El Vicelehendakari Primero y Consejero de Seguridad,

JOSU IÑAKI ERKOREKA GERVASIO.
(Véase el .PDF)
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