Proyecto de Orden Foral del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se desarrolla parcialmente el Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra en materia de domiciliación bancaria de pagos relativos a determinadas declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones tributarias
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Acerca de este proceso
Este proceso pertenece a Participación en normativa
A la vista del satisfactorio funcionamiento que ha venido ofreciendo el procedimiento de domiciliación regulado en Orden Foral 80/2008, de 23 de abril, y con el fin de continuar facilitando en lo posible a los obligados la realización del pago de sus deudas, se considera conveniente posibilitar la utilización de este medio de pago aun en aquellos casos en los que la cuenta designada por el obligado al pago para efectuar el adeudo de la domiciliación se encontrase abierta en una entidad de crédito que no ostente la condición de colaboradora en la gestión recaudatoria.
Periodos de participación - El plazo de participación para realizar aportaciones comprende desde el 8 de junio al 28 de junio de 2023
- Mediante el espacio habilitado de aportaciones
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