RESOLUCIÓN 184/2025, de 30 de mayo, del director general de Administración Local y Despoblación, por la que se confieren las habilitaciones para el acceso a la condición de secretaria y secretario de las entidades locales de Navarra a las personas aspirantes que se relacionan, nombrándoles funcionarias y funcionarios para el ejercicio de dichas funciones públicas en las plazas que respectivamente se les adjudican, fijando la fecha para la toma de posesión en los puestos de que se trata.

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1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones

RESOLUCIÓN 184/2025, de 30 de mayo, del director general de Administración Local y Despoblación, por la que se confieren las habilitaciones para el acceso a la condición de secretaria y secretario de las entidades locales de Navarra a las personas aspirantes que se relacionan, nombrándoles funcionarias y funcionarios para el ejercicio de dichas funciones públicas en las plazas que respectivamente se les adjudican, fijando la fecha para la toma de posesión en los puestos de que se trata.

Mediante Resolución 680/2022, de 1 de diciembre del director general de Administración Local y Despoblación, se aprobó la convocatoria para la obtención de la habilitación, conferida por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y el acceso a los puestos de Secretaría de las Entidades Locales de Navarra, mediante el proceso selectivo en turno libre por el sistema de concurso-oposición y el proceso selectivo de estabilización de empleo temporal por concurso-oposición.

Mediante Resolución 639/2024, de 28 de noviembre, del director general de Administración Local y Despoblación, se confirieron las habilitaciones para el acceso a la condición de Secretaria y Secretario de las entidades locales de Navarra a las personas aspirantes que se relacionan, nombrándoles funcionarias y funcionarios para el ejercicio de dichas funciones públicas en las plazas que respectivamente se les adjudicaban.

En la citada resolución se indicaba que la toma de posesión en los puestos de que se trata se produciría en la fecha que se señalara en la resolución del director general de Administración local y Despoblación que se dictara a estos efectos, de conformidad con las previsiones contenidas en la Ley Foral 16/2022, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en los puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de la Comunidad Foral de Navarra, que preveía, en su artículo 8.2, la toma de posesión simultánea para todos los procedimientos en ella regulados.

Posteriormente, mediante Resolución 102/ 2025, de 14 de marzo, del director general de Administración Local y Despoblación, se ejecuta la sentencia de apelación número 000005/2025, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra de 15 de enero de 2025.

La citada resolución, en su parte dispositiva, entre otras cuestiones, incorpora, en ejecución de la mencionada sentencia, la resulta generada correspondiente a la plaza de Secretaría del Ayuntamiento de Etxarri Aranatz, con jornada del 100% y perfil preceptivo de euskera C1 al Anexo IV de la Resolución 680/2022, de 1 de diciembre del director general de Administración Local y Despoblación, por la que se aprueba la convocatoria para la obtención de la habilitación, conferida por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y el acceso a los puestos de Secretaría de las Entidades Locales de Navarra, mediante el proceso selectivo en turno libre por el sistema de concurso- oposición, eliminando la plaza de Secretaría del Ayuntamiento de Burlada de dicho Anexo.

Así mismo, se retrotrae el expediente de la citada convocatoria, hasta el momento del acto de elección de vacantes, dejando sin efecto, en lo que se refiere exclusivamente a los puestos de Secretaría en turno libre, la Resolución 639/2024, de 28 de noviembre, del director general de Administración Local y Despoblación, por haber devenido inválida, en ejecución de la sentencia de apelación número 000005/2025, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra de 15 de enero de 2025.

La citada resolución, en consecuencia, no afectaba a los aspirantes nombrados para el puesto de Secretaría del proceso selectivo de estabilización de empleo temporal por concurso-oposición.

A continuación, mediante Resolución 104/2025, de 18 de marzo, del director general de Administración Local y Despoblación, se convoca el acto de elección de vacantes de la Convocatoria para la obtención de la habilitación, conferida por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y el acceso a los puestos de Secretaría de las Entidades Locales de Navarra, mediante el proceso selectivo en turno libre por el sistema de concurso oposición.

Una vez finalizado el procedimiento de asignación de vacantes, conforme a la propuesta aprobada por el Tribunal calificador, procede otorgar las habilitaciones y nombrar funcionarias y funcionarios a las personas aspirantes a quienes les han sido asignadas aquéllas por haber cumplido todos los requisitos exigidos en la convocatoria, en relación con los aspirantes del turno libre, así como fijar fecha para la toma de posesión de ambos procesos selectivos.

Se constata la imposibilidad de otorgar habilitaciones a todos los aspirantes que aprobaron las pruebas de los procesos selectivos, así como que la plaza ofertada de Secretaría de la Junta del Valle del Roncal ha quedado desierta por la inexistencia de aspirantes aprobados con el conocimiento lingüístico de vascuence exigido por dicha entidad local.

En relación con la fijación de fecha para la toma de posesión, ha de tenerse en consideración que, mediante Ley Foral 6/2025, de 15 de mayo, se ha modificado la Ley Foral 16/2022, habiendo quedado derogado su artículo 8.2, por lo que el precepto que establecía la toma de posesión simultánea para todos los procedimientos regulados por dicha ley foral ya no existe y puede fijarse una fecha de toma de posesión para los adjudicatarios, por no darse ya impedimento normativo alguno al respecto.

El nombramiento y toma de posesión conferirán a los designados el carácter de funcionarios de nómina y plantilla, con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes en materia del personal funcionario al servicio de las entidades locales de Navarra, pasando a depender de la correspondiente entidad local.

Serán afiliados y dados de alta en el régimen general de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

No obstante lo anterior, por aplicación de lo dispuesto en la disposición adicional novena, punto 3, del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en el supuesto de que estén ya afiliados al régimen de derechos pasivos de cualquier montepío de las Administraciones Públicas de Navarra, podrán optar por mantenerse acogidos al régimen de derechos pasivos regulado por la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo o por afiliarse al régimen general de la Seguridad Social.

El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable.

La residencia de los funcionarios en una localidad distinta de la de su destino no les exime de la asistencia puntual al lugar de trabajo y del estricto cumplimiento de la jornada y de las funciones propias del cargo, y no implicará compensación alguna por el desplazamiento al lugar de trabajo.

Las personas aspirantes nombradas deberán tomar posesión del puesto de trabajo de Secretaría en la entidad local de destino el día 1 de julio de 2025.

Quienes, salvo casos de fuerza mayor, no tomen posesión en la fecha establecida, perderán todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario habilitado para el puesto de Secretaría de las entidades locales de Navarra.

Por cuanto antecede, y en uso de las facultades delegadas mediante Orden Foral 35/2020, de 1 de julio, del consejero de Cohesión Territorial, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias atribuidas por la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, en la persona titular de la Dirección General de Administración Local y Despoblación, en virtud de las atribuciones reconocidas en el Decreto Foral 249/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cohesión Territorial.

RESUELVO:

1.º Conferir las habilitaciones para el acceso a la condición de secretaria y secretario de las entidades locales de Navarra por el proceso selectivo en turno libre a las personas aspirantes que se relacionan, y nombrarles funcionarias y funcionarios para el ejercicio de dichas funciones públicas en las plazas que respectivamente se les adjudican.

2.º Las adjudicatarias y adjudicatarios, tanto del proceso selectivo en turno libre, como del proceso selectivo de estabilización por concurso oposición deberán tomar posesión en los puestos para los que hubiesen sido nombrados en la respectiva entidad local el día 1 de julio de 2025.

Las personas y puestos adjudicados son los recogidos en el anexo único de la presente resolución.

El nombramiento y toma de posesión conferirán a las personas designadas el carácter de personal funcionario habilitado de nómina y plantilla, con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes en materia del personal funcionario al servicio de las entidades locales de Navarra.

Quienes, salvo casos de fuerza mayor, no tomen posesión en la fecha establecida, perderán todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario habilitado para el puesto de Secretaría de las entidades locales de Navarra.

3.º Declarar desierta la provisión de la plaza ofertada de Secretaría de la Junta del Valle del Roncal, por la inexistencia de aspirantes aprobados con el conocimiento lingüístico de vascuence exigido por dicha entidad local.

4.º Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra, teniendo en cuenta que dicha publicación surtirá los mismos efectos que la notificación en atención a lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, significando que contra la misma, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación, mientras que las Administraciones Públicas, podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, del 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.

Pamplona, 30 de mayo de 2025.-El director general de Administración Local y Despoblación, Jesús M.ª Rodríguez Gómez.

HABILITACIONES Y PLAZAS ADJUDICADAS
Secretaría turno libre.
NOMBRE
ENTIDAD LOCAL
IDIOMAS
Mendinueta Ochotorena, Jon Ander
Cizur
Nieto Zabala, María Asuncion
Barañáin
Alcalá Tuñón, Ruth
Berrioplano / Berriobeiti
Rodriguez Aguado, María Natalia
Etxarri Aranatz
E-C1
Litago Zardoya, Jesús
Murchante
Erburu Arbizu, Jesus Miguel

Agrupación de Ayuntamientos de Ezcabarte y Olaibar

Zabaleta Baños, Ane
Irurtzun
E-C1

Ramirez De Arellano Aleman, Maria

Huarte / Uharte
Diaz Ramos, María Angeles
Villafranca
Lopez Soto, Eva Maria
Lodosa
Leon Garriz, Eva Maria

Agrupación de Ayuntamientos de Lumbier y Romanzado

Ros Indurain, Julen
Esteribar
E-C1
Elkano Garralda, Amaia

Mancomunidad de Servicios de la Comarca de Sangüesa

Ripa Azanza, Raquel
Miranda de Arga
Echeverria Armendariz, Javier

Agrupación de Ayuntamientos de Cáseda y Gallipienzo / Galipentzu

Magdaleno Alegria, María Virginia

Agrupación de Ayuntamientos de Ancín / Antzin, Abaigar y Murieta

Olite Azcona, Iosune

Mancomunidad de Personal de Aberin, Arellano y Morentin

Perez Azagra, Francisco Javier
Cabanillas
Zozaya Yunta, María Izaskun
Murillo el Fruto
Aliaga Moreno, Iñigo

Agrupación de Ayuntamientos de Sada, Eslava, Lerga y Ezprogui

Jimenez Jimenez, Julen

Convenio de Ayuntamientos de Javier y Petilla de Aragón (jornada 80%)

Senar Amatria, Ane
Améscoa Baja
Iribarren Recarte, Itziar

Agrupación de Ayuntamientos de Lazagurría, Torres del Río y Armañanzas

Lopez Bozal, Isidro

Agrupación de Ayuntamientos de Abaurregaina / Abaurrea Alta y Abaurrepea / Abaurrea Baja

Nuñez Iriarte, Miguel Angel
Castillonuevo (jornada 29%)
Ortiz Olabe, Miren

Agrupacion de Ayuntamientos Eratsun, Saldías y Ezkurra

E-C1

Secretaría estabilización por concurso oposición.

ASPIRANTES HABILITADOS
Y NOMBRADOS

(Nombre)
PLAZAS ADJUDICADAS
(Entidad local)
IDIOMAS
Mendinueta Ochotorena, Jon Ander
Mancomunidad de Sakana
E-C1
Nieto Zabala, María Asuncion

Agrupación Barillas, Monteagudo y Tulebras

Rodriguez Aguado, María Natalia

Agrupación de Ayuntamientos de Donamaría, Urrotz, Oitz y Beintza-Labaien

E-C1
Zabaleta Baños, Ane

Agrupación de Ayuntamientos de Arce-Artzi, Oroz-Betelu / Orotz-Betelu y Lónguida-Longida

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