Convocatoria para la provisión, mediante concurso de traslado de dos plazas de empleado de servicios múltiples

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2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

PERALTA

Convocatoria para la provisión, mediante concurso de traslado de dos plazas de empleado de servicios múltiples

Mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 16 de mayo de 2025, se ha aprobado la convocatoria para provisión, mediante concurso de traslado de dos plazas de empleado de servicios múltiples nivel D.

Dicho concurso de traslado se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto en los preceptos de aplicación del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra; en el Reglamento de provisión de puestos de trabajo dictado para su desarrollo y ejecución, aprobado por el Decreto Foral 215/1985, de 6 de noviembre; y resto de normativa de aplicación.

Peralta, 21 de mayo de 2025.-El alcalde, Juan Carlos Castillo Ezpeleta.

CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN MEDIANTE CONCURSO DE TRASLADO DE DOS PLAZAS DE EMPLEADO DE SERVICIOS MÚLTIPLES NIVEL D

BASES
1.-Objeto.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso de traslado, de un puesto de trabajo, de empleado de servicios múltiples nivel D en régimen laboral y a jornada completa, identificado en la plantilla orgánica del Ayuntamiento de Peralta con el número 6-06 y 6-14 con destino a la brigada de Obras y Servicios del Ayuntamiento de Peralta.

1.2. El puesto de trabajo estará dotado con las retribuciones correspondientes al nivel D, correspondiente al personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, así como las retribuciones complementarias establecidas en la plantilla orgánica.

1.3. La jornada de trabajo anual será la misma que la del resto del personal de obras y servicios y el horario se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por el Ayuntamiento.

1.4. Las funciones para desempeñar serán las de realización de trabajos múltiples, principalmente de albañilería, mantenimiento de edificios municipales, mobiliario urbano, calles, cementerio, todo ello con objeto de asegurar su correcto estado y en cumplimiento de las normas establecidas en materia de seguridad.

También se prestarán servicios en actos, eventos, fiestas, etc. que organice o colabore el Ayuntamiento a lo largo del año.

2.-Normativa aplicable.

El presente concurso de traslado se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra; en el artículo 8 y siguientes del Decreto Foral 215/1985, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo en las Administraciones Públicas de Navarra, demás normas de aplicación y con arreglo a las siguientes bases.

3.-Ampliación de vacantes.

Las plazas convocadas podrán completarse posteriormente con las que estén vacantes el día en que el tribunal calificador dé traslado al órgano convocante de la relación de concursantes por orden de puntuación obtenida.

4.-Requisitos.

De conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente, quienes concurran al presente concurso de traslado deberán reunir en la fecha en la que termine el plazo de presentación de solicitudes y desde el momento del nombramiento hasta la toma de posesión de la plaza adjudicada, los siguientes requisitos:

a) Tener la condición de personal fijo (funcionario o laboral fijo) del Ayuntamiento de Peralta u organismos públicos dependientes.

b) Hallarse encuadrado en el nivel D.

En ningún caso la participación en el presente concurso supondrá la modificación del régimen jurídico al que estuvieran sujetas las personas concursantes con anterioridad a su participación.

5.-Instancia, plazo y lugar de presentación.

5.1. Las instancias para poder participar deberán presentar la solicitud en el registro electrónico de la sede electrónica del Ayuntamiento de Peralta https://peralta.sedelectronica.es con utilización del trámite creado al efecto, en el plazo de 10 días naturales contados desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Podrán utilizarse también los demás medios de presentación de solicitudes que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de correos, se remitirá por vía telemática mediante ORVE al código digital de destino L01312021.

El plazo de presentación de solicitudes será improrrogable.

5.2. A la instancia se acompañará la documentación, que acredite cuantos méritos sean alegados a tenor del baremo establecido en la convocatoria, con la única excepción de la justificativa de los servicios prestados en el Ayuntamiento de Peralta, que será facilitada directamente al tribunal por el órgano convocante.

6.-Lista provisional de admisión y reclamaciones.

Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el alcalde del Ayuntamiento de Peralta dictará resolución aprobando la lista provisional de admisión y exclusión y ordenará su publicación en el área de transparencia de la sede electrónica del Ayuntamiento de Peralta (https://peralta.sedelectronica.es/), sección de empleo público con la indicación de que, dentro de los cinco días hábiles siguientes, las personas excluidas podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

Si no se hubiera presentado ninguna solicitud dentro del plazo establecido, el alcalde de Peralta dictará resolución declarando desierto el concurso. Dicha resolución deberá publicarse en el Boletín Oficial de Navarra.

Concluido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el alcalde aprobará la lista definitiva de admisión, y ordenará su publicación en el área de transparencia de la sede electrónica del Ayuntamiento de Peralta (https://peralta.sedelectronica.es/), sección de empleo público.

Si no hubiera personas excluidas, se aprobará directamente la lista definitiva y se publicará por medios indicados en el párrafo anterior.

7.-Composición del tribunal.

El tribunal que ha de calificar del concurso estará compuesto por:

Presidente: Juan Carlos Castillo Ezpeleta, alcalde del Ayuntamiento de Peralta. Suplente: María Pilar Orduña Osés, primera teniente alcaldesa del Ayuntamiento de Peralta.

Vocal: Juan Antonio Legaz Osés, responsable de obras y servicios del Ayuntamiento de Peralta. Suplente: Jose Juan Pérez Goñi, empleado de obras del Ayuntamiento de Peralta.

Vocal: Alfonso Martínez Escuchuri, encargado de brigada de Funes. Suplente: Roberto Luis Martínez Pueyo, encargado general obras y servicios de Falces.

Vocal: designado por los representantes de los trabajadores. Suplente: designado por los representantes de los trabajadores.

Vocal secretario: Eva María López Soto, secretaria del Ayuntamiento de Peralta. Suplente: José María Gainza Ordoqui, interventor del Ayuntamiento de Peralta.

El tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la aplicación de las bases de la convocatoria.

Los miembros del tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en las normas reguladoras del procedimiento administrativo. Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

8.-Calificación de méritos.

La valoración de los méritos será realizada por el tribunal calificador de conformidad con el siguiente baremo:

a) Antigüedad en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria en el Ayuntamiento de Peralta, a razón de 1 punto por año: hasta 40 puntos.

Si el número de años no fuese entero, se asignará la puntuación que proporcionalmente corresponda al período en que se hayan prestado servicios.

No se valorarán los servicios prestados con posterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria.

En ningún caso el tribunal podrá dar por supuesta la concurrencia de un mérito que no hubiese sido alegado y acreditado documentalmente, con la única excepción de la acreditación de los servicios prestados al Ayuntamiento de Peralta tal y como se determina en la base 5.b), ni podrá otorgar, por cada uno de los apartados del mismo, puntuación superior a la máxima señalada.

Concluida la valoración de todos los elementos del concurso, el tribunal publicará en el tablón de anuncios y el área de transparencia de la sede electrónica del Ayuntamiento de Peralta en la sección Empleo Público, https://peralta.sedelectronica.es las puntuaciones obtenidas por las personas concursantes y abrirá un plazo de cinco días para que puedan alegar lo que a su derecho convenga en relación con dicha valoración.

Los empates que se produzcan en la puntuación total se dirimirán en favor de quienes cuenten con mayor antigüedad en la prestación de servicios a las Administraciones públicas. Si persistiese el empate, este se resolverá en favor de la mayor edad.

9.-Relación de aspirantes según la puntuación obtenida.

Una vez resueltas por el tribunal calificador las reclamaciones que se formulen, este publicará las puntuaciones definitivas de todos los aspirantes en el tablón de anuncios y el área de transparencia de la sede electrónica del Ayuntamiento de Peralta en la sección Empleo Público, https://peralta.sedelectronica.es/ y remitirá al alcalde del Ayuntamiento de Peralta la lista de personas aspirantes, ordenadas conforme a la puntuación obtenida.

Además, el tribunal elevará al órgano convocante propuesta de nombramiento en favor de las personas concursantes que tengan cabida en el número de plazas convocadas.

10.-Adjudicación y toma de posesión.

El alcalde requerirá a los aspirantes incluidos en la propuesta de nombramiento para la elección de vacantes otorgándoles un plazo de cinco días hábiles para que comuniquen su preferencia mediante instancia general.

Concluido este plazo y a la vista de las preferencias ordenadas por orden de puntación de los aspirantes propuestos, adjudicará, mediante resolución, a las personas concursantes las plazas que les hayan correspondido y ordenará su publicación en el Boletín de Navarra.

Las personas concursantes adjudicatarias deberán tomar posesión de la plaza adjudicada en la fecha indicada en la resolución de adjudicación, salvo que en la misma el órgano convocante determine una fecha fija de toma de posesión.

11.-Protección de datos.

El responsable del tratamiento de los datos que se recaban de las personas participantes es el Ayuntamiento de Peralta que los utilizará para la gestión de la convocatoria y provisión de los puestos de trabajo.

La base legítima que permite el tratamiento de los datos es la obligación legal (art. 6.1.c del RGPD) en relación el Decreto Foral Legislativo 251/1993 de 30 de agosto del Estatuto del Personal de la Administración Foral de Navarra y artículo 6.1.b) del RGPD Tratamiento necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de este de medidas precontractuales.

Los datos se conservarán el tiempo necesario para el cumplimiento de la finalidad señalada y se almacenarán mientras el Ayuntamiento pueda tener responsabilidades derivadas de su tratamiento. Igualmente deben cumplirse las normas de conservación establecidas en la Ley Foral 12/2007, de 4 de abril, de archivos y documentos.

Los datos pueden ser cedidos a órganos judiciales, representantes sindicales en cumplimiento de la legislación vigente y se publicarán en la web municipal y en los tablones de anuncios, según se indica en la convocatoria. Podrán realizarse otras comunicaciones de datos siempre que estén basadas en alguno de los supuestos del artículo 6 RGPD.

Las personas participantes tienen derecho a acceder a los datos, rectificarlos en el caso de que no sean correctos, suprimirlos, así como otros derechos dirigiéndose al Ayuntamiento (Plaza Principal, S/N, 31350 Peralta), a través de la sede electrónica (https://peralta.sedelectronica.es/) o en la dirección de la persona delegada de protección de datos en la dirección dpd@aytoperalta.com De la misma forma, las personas interesadas pueden presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos mediante escrito dirigiéndose a calle Jorge Juan, 6, 28001 (Madrid) o a través de su sede electrónica en www.agpd.es o pueden hacerla previamente ante la persona delegada de protección de datos en la dirección anteriormente indicada.

12.-Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrán interponerse los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el órgano de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa que sea competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación o notificación del acto recurrido.

c) Recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto recurrido.

Contra los actos del tribunal calificador podrá interponer recurso de alzada ante el órgano municipal convocante que hubiera nombrado al tribunal, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, y en el artículo 333 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.

ANEXO I.-SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN

Incluido en el trámite creado al efecto, no es necesaria su descarga.

Nombre y apellidos
DNI o documento equivalente
Nacionalidad
Fecha nacimiento

Domicilio (localidad, CP) provincia, país

Teléfono
Correo electrónico

EXPONE:

Que cumple en tiempo y forma todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria para la provisión mediante concurso de traslado de dos plazas de empleado de servicios múltiples para el Área de Obras y Servicios de Peralta publicada en el Boletín Oficial de Navarra número ............... de fecha .....................................................................

Que requiere al Ayuntamiento de Peralta la valoración de los méritos que constan en base 8.

Marcar únicamente si corresponde:

Que padece discapacidad y aporta documentación acreditativa de la condición de minusvalía expedida por organismo competente.

Que solicita las adaptaciones que se señalan a continuación: ..................................................

Y SOLICITA su admisión al citado proceso de selección.

(Firma)

En Peralta a ................ de .................................................................. de .............

Información básica de protección de datos. Responsable del tratamiento: Ayuntamiento de Peralta. Finalidad: gestión de la convocatoria para la provisión mediante concurso de traslado, del puesto de empleado de servicios múltiples. Derechos: acceso, rectificación, supresión y otros derechos como se indica en la información adicional. Información adicional: está disponible en la base 11 de la convocatoria y en el portal de transparencia de la sede electrónica o política de privacidad web. También puede contactar con el delegado de protección de datos en la dirección dpd@aytoperalta.com.

Código del anuncio: L2507295
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