ORDEN FORAL 88E/2025, de 15 de mayo, del consejero de Cohesión Territorial, por la que se aprueba definitivamente el Plan General Municipal de Ezcabarte, promovido por el Ayuntamiento de Ezcabarte.
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1. Comunidad Foral de Navarra
1.3. Ordenación del Territorio y Urbanismo
ORDEN FORAL 88E/2025, de 15 de mayo, del consejero de Cohesión Territorial, por la que se aprueba definitivamente el Plan General Municipal de Ezcabarte, promovido por el Ayuntamiento de Ezcabarte.
El Ayuntamiento de Ezcabarte ha presentado ante el Departamento de Cohesión Territorial, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.
Mediante Resolución 581E/2023, de 12 de junio, del director general de Medio Ambiente se formula Declaración Ambiental Estratégica favorable sobre el Plan General Municipal de Ezcabarte, promovido por el Ayuntamiento de Ezcabarte.
Dicha resolución fue publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 144, de 11 de julio de 2023.
Vista la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Territorio y Paisaje, se considera procedente su aprobación definitiva, condicionada a la exigencia, conforme al artículo 71.16.b) del D.F.L. 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, de la aportación de la Información Geográfica Vectorial especificada en el Anexo del Decreto Foral 253/2019, de 16 de octubre, por el que se regula el Registro de Planeamiento de Navarra y el formato de presentación de los instrumentos de planificación urbanística y territorial de Navarra, en el plazo máximo de tres meses desde la recepción de la Orden Foral de Aprobación Definitiva.
De conformidad con lo expuesto, y en virtud del Decreto Foral 249/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cohesión Territorial,
ORDENO:
1.º Aprobar definitivamente el Plan General Municipal de Ezcabarte, promovido por el Ayuntamiento de Ezcabarte, condicionada a la exigencia, conforme al artículo 71.16.b) del D.F.L. 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, de la aportación de la Información Geográfica Vectorial especificada en el Anexo del Decreto Foral 253/2019, de 16 de octubre, por el que se regula el Registro de Planeamiento de Navarra y el formato de presentación de los instrumentos de planificación urbanística y territorial de Navarra, en el plazo máximo de tres meses desde la recepción de la orden foral de aprobación definitiva.
2.º Notificar esta orden foral al promotor del expediente, y trasladarla a la Sección de Evaluación Ambiental, a los efectos oportunos.
3.º Trasladar la orden foral al Ayuntamiento de Ezcabarte para su conocimiento y efectos y, en concreto, para que proceda a publicar la correspondiente normativa urbanística en el Boletín Oficial de Navarra, con el fin de que se produzca la entrada en vigor del instrumento urbanístico aprobado.
4.º Señalar que esta orden foral no agota la vía administrativa. Los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra contra este acto aprobatorio de control de legalidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la práctica de la notificación de la presente orden foral o, en su caso, publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
Y contra la normativa urbanística aprobada se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, desde la publicación de su contenido en el Boletín Oficial de Navarra a instancia del Ayuntamiento correspondiente.
Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
5.º Publicar la presente orden foral en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.
Pamplona, 15 de mayo de 2025.-El consejero de Cohesión Territorial, Óscar Chivite Cornago.