RESOLUCIÓN 140E/2025, de 15 de abril, del director del Servicio de Economía Circular e Innovación por la que se revisa la Autorización Ambiental Integrada de la instalación de Fabricante de piensos, cuyo titular es De Heus Nutrición Animal, S.A.U., ubicada en término municipal de Orkoien, habiéndose comprobado que la instalación se encuentra adaptada a la Decisión 2019/2031 de Ejecución de la Comisión, de 12 de noviembre, de conclusiones sobre MTD, de acuerdo a la evaluación de las mejores técnicas disponibles (MTD) incluida en el anejo de la presente resolución, de forma que la instalación y el desarrollo de la actividad deberán cumplir las condiciones contempladas en el mismo.

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1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 140E/2025, de 15 de abril, del director del Servicio de Economía Circular e Innovación por la que se revisa la Autorización Ambiental Integrada de la instalación de Fabricante de piensos, cuyo titular es De Heus Nutrición Animal, S.A.U., ubicada en término municipal de Orkoien, habiéndose comprobado que la instalación se encuentra adaptada a la Decisión 2019/2031 de Ejecución de la Comisión, de 12 de noviembre, de conclusiones sobre MTD, de acuerdo a la evaluación de las mejores técnicas disponibles (MTD) incluida en el anejo de la presente resolución, de forma que la instalación y el desarrollo de la actividad deberán cumplir las condiciones contempladas en el mismo.

Esta instalación dispone de autorización ambiental integrada concedida mediante la Resolución 2362/2007, de 23 de noviembre, del director General de Medio Ambiente y Agua, actualizada posteriormente por la Resolución 221E/2014, de 22 de mayo, del director General de Medio Ambiente y Agua.

El artículo 26 del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, establece la obligación de revisar las condiciones de la autorización, en un plazo de cuatro años a partir de la publicación de las conclusiones relativas a las mejores técnicas disponibles que, en el caso del sector industrial al que pertenece esta instalación, se llevó a cabo mediante la Decisión 2019/2031 de Ejecución de la Comisión, de 12 de noviembre de 2019, por la que se establecieron las conclusiones sobre las mejores técnicas disponibles (MTD) en las industrias de alimentación, bebida y leche, conforme a la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las emisiones industriales.

Con fecha 16 de mayo de 2023, en aplicación de lo dispuesto en el citado artículo 26 del texto refundido de la Ley 16/2002, de 1 de julio, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, se requirió a De Heus Nutrición Animal, S.A.U. la presentación, antes del 16 de mayo de 2023, de la documentación técnica necesaria para poder tramitar el procedimiento de revisión de su autorización ambiental integrada con el fin de adaptar la instalación a las condiciones exigidas por la Decisión de Ejecución 2019/2031 de la Comisión, la cual fue presentada por el titular con fecha 14/06/2023.

Por otro lado, el anejo IV del Real Decreto 1042/2017, de 22 de diciembre, sobre la limitación de las emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de las instalaciones de combustión medianas y por el que se actualiza el anexo IV de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera, establece que los titulares de instalaciones de combustión medianas con una potencia térmica nominal superior a 1 MW e inferior o igual a 20 MW deben realizar controles externos, al menos, cada 3 años.

Tras la revisión de la documentación presentada, el Servicio de Economía Circular e Innovación ha verificado que la instalación se encuentra adaptada a la Decisión 2019/2031 de Ejecución de la Comisión, de 12 de noviembre de 2019.

El expediente ha sido sometido al trámite de información pública durante un período de treinta días, sin que se haya presentado alegación alguna.

El expediente ha sido tramitado conforme al procedimiento establecido en el artículo 16 del Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, aprobado por el Real Decreto 815/2013, de 16 de octubre.

La propuesta de resolución ha sido sometida a un trámite de audiencia al titular de la instalación, durante un período de quince días, sin que el mismo haya presentado alegación alguna a dicha propuesta.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas por el Decreto Foral 255/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

Primero.-Revisar la Autorización Ambiental Integrada de la instalación de Fabricante de piensos, cuyo titular es De Heus Nutrición Animal, S.A.U., ubicada en término municipal de Orkoien, habiéndose comprobado que la instalación se encuentra adaptada a la Decisión 2019/2031 de Ejecución de la Comisión, de 12 de noviembre, de conclusiones sobre MTD, de acuerdo a la evaluación de las mejores técnicas disponibles (MTD) incluida en el anejo de la presente resolución, de forma que la instalación y el desarrollo de la actividad deberán cumplir las condiciones contempladas en el mismo.

Segundo.-Modificar los valores límite de emisión y la frecuencia de monitorización de las instalaciones de combustión mediana existentes en la planta para adaptarse al Real Decreto 1042/2017, de 22 de diciembre, sobre la limitación de las emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de las instalaciones de combustión medianas y por el que se actualiza el anexo IV de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera.

Tercero.-El incumplimiento de las condiciones recogidas en la presente resolución supondrá la adopción de las medidas de disciplina ambiental recogidas en el Título IV del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, sin perjuicio de lo establecido en la legislación sectorial, que seguirá siendo aplicable, y subsidiariamente, en el régimen sancionador establecido en el título III de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental.

Cuarto.-Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Quinto.-Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución.

Sexto.-Trasladar la presente resolución a De Heus Nutrición Animal, S.A.U. y al Ayuntamiento de Orkoien, a los efectos oportunos.

Pamplona, 15 de abril de 2025.-El director del Servicio de Economía Circular e Innovación, Raúl Salanueva Murguialday.

Nota: los anexos a que se refiere la presente resolución estarán a disposición de los interesados en las dependencias de la Dirección General de Medio Ambiente, sitas en Pamplona, calle González Tablas, 9-planta baja, Servicio de Economía Circular e Innovación; y en el sitio web del Gobierno de Navarra https://extra.navarra.es/InformacionPublicaPRTR/CentroPublicaciones.html#/CentroPublicaciones.

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