RESOLUCIÓN 137E/2025, de 15 de abril, del director del Servicio de Economía Circular e Innovación por la que se acepta parcialmente el cambio solicitado de las condiciones de funcionamiento establecidas en la autorización ambiental unificada de la instalación de Industria de fabricación de bobinas de plástico y envases de plástico termoformado y de valorización de residuos plásticos no peligrosos, cuyo titular es Envaplaster, S.A., ubicada en término municipal de Viana, de forma que la instalación y el desarrollo de la actividad deberán cumplir las condiciones establecidas en el anejo de la presente resolución.

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RESOLUCIÓN 137E/2025, de 15 de abril, del director del Servicio de Economía Circular e Innovación por la que se acepta parcialmente el cambio solicitado de las condiciones de funcionamiento establecidas en la autorización ambiental unificada de la instalación de Industria de fabricación de bobinas de plástico y envases de plástico termoformado y de valorización de residuos plásticos no peligrosos, cuyo titular es Envaplaster, S.A., ubicada en término municipal de Viana, de forma que la instalación y el desarrollo de la actividad deberán cumplir las condiciones establecidas en el anejo de la presente resolución.

Esta instalación existente, actualmente en funcionamiento, dispone de autorización ambiental unificada concedida mediante la Resolución 297E/2024, de 2 de julio, del director General de Medio Ambiente, encontrándose incluida en el anejo 1, Grupo 5.1 de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental.

El Servicio de Economía Circular e Innovación ha revisado la solicitud presentada, concluyendo con la siguiente valoración:

CÓDIGO LER

DESCRIPCIÓN

VALORACIÓN

08 03 17*

Residuos de tóner de impresión que contienen sustancias peligrosas.

Se acepta su inclusión en el listado de residuos.

13 02 05*

Aceites minerales no clorados de motor, de transmisión mecánica y lubricantes.

13 05 02*

Lodos de separadores de agua/sustancias aceitosas.

13 05 08*

Mezcla de residuos procedentes de desarenadores y de separadores de agua/ sustancias aceitosas.

15 02 02*

Absorbentes, materiales de filtración [incluidos los filtros de aceite no especificados en otra categoría], trapos de limpieza y ropas protectoras contaminados por sustancias peligrosas.

16 01 07*

Filtros de aceite.

16 05 04*

Gases en recipientes a presión [incluidos los halones] que contienen sustancias peligrosas.

20 03 01

Mezcla de residuos municipales

No procede su inclusión. Los residuos de capítulo 20 se refieren únicamente a residuos domésticos, que se deben gestionar a través de la entidad local que corresponda.

20 01 39

Plásticos

No procede su inclusión. A este residuo se le asigna el código LER 150102, ya incluido en la lista de residuos producidos del centro.

20 01 33*

Baterías y acumuladores especificados en los códigos 16 06 01, 16 06 02 ó 16 06 03 y baterías y acumuladores sin clasificar que contienen esas baterías.

No procede su inclusión. Se deberán solicitar los residuos bajo los LER 16 06 01, 16 06 02 ó 16 06 03 según proceda.

Los cambios aceptados permiten el funcionamiento ambientalmente adecuado de la instalación, y son acordes con los valores límite de emisión y las exigencias establecidas en su autorización ambiental unificada, así como con la aplicación de las mejores técnicas disponibles.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental, procede llevar a cabo la modificación de la autorización ambiental unificada.

La propuesta de resolución ha sido sometida a un trámite de audiencia al titular de la instalación, durante un período de quince días, sin que el mismo haya presentado alegación alguna a dicha propuesta.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas por el Decreto Foral 255/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

Primero.-Aceptar parcialmente el cambio solicitado de las condiciones de funcionamiento establecidas en la autorización ambiental unificada de la instalación de Industria de fabricación de bobinas de plástico y envases de plástico termoformado y de valorización de residuos plásticos no peligrosos, cuyo titular es Envaplaster, S.A., ubicada en término municipal de Viana, de forma que la instalación y el desarrollo de la actividad deberán cumplir las condiciones establecidas en el anejo de la presente resolución.

Segundo.-En relación con la seguridad contra incendios (Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre), la cantidad de residuos almacenados en la instalación no deberá suponer el incremento del nivel de riesgo intrínseco calculado en la documentación técnica del expediente de concesión de la autorización ambiental unificada.

Tercero.-Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Cuarto.-Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, en el plazo de un mes. Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución.

Quinto.-Trasladar la presente resolución a Envaplaster, S.A., a los efectos oportunos.

Pamplona, 15 de abril de 2025.-El director del Servicio de Economía Circular e Innovación, Raúl Salanueva Murguialday.

Nota: Los anexos a que se refiere la presente resolución estarán a disposición de los interesados en las dependencias de la Dirección General de Medio Ambiente, sitas en Pamplona, calle González Tablas, 9-planta baja, Servicio de Economía Circular e Innovación; y en el sitio web del Gobierno de Navarra https://extra.navarra.es/InformacionPublicaPRTR/ConsultasAAU.html#/ConsultaAutorizacionesAmbientalesUnificadas.

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