ORDEN FORAL 47/2025, de 29 de abril, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se amplía el plazo de presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias cuya fecha de finalización vence el 28, el 29 o el 30 de abril de 2025.
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1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
ORDEN FORAL 47/2025, de 29 de abril, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se amplía el plazo de presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias cuya fecha de finalización vence el 28, el 29 o el 30 de abril de 2025.
El próximo día 30 de abril de 2025 finaliza el plazo reglamentario para la presentación de diversas declaraciones y autoliquidaciones tributarias. Además, el plazo de presentación de otras declaraciones o autoliquidaciones no periódicas puede finalizar el 28 o el 29 de abril de 2025. La normativa tributaria vigente establece como vía principal, y en muchos casos obligatoria, la presentación de estas obligaciones por medios telemáticos a través de la sede electrónica de la Hacienda Foral de Navarra.
El día 28 de abril de 2025, el territorio nacional sufrió un corte generalizado del suministro eléctrico de carácter extraordinario. Esta incidencia, ajena a la voluntad y capacidad de previsión tanto de la Administración Tributaria como de los obligados tributarios, ha provocado graves afectaciones en las infraestructuras de telecomunicaciones y en los sistemas informáticos a nivel nacional y de la Comunidad Foral de Navarra.
Ante esta circunstancia excepcional y en aras de garantizar los principios de seguridad jurídica, buena fe y confianza legítima que deben regir las relaciones entre la Administración y los ciudadanos, resulta imprescindible adoptar medidas que permitan el efectivo cumplimiento de las obligaciones tributarias sin que los contribuyentes se vean perjudicados por causas que no les son imputables.
Por todo ello, se considera justificado y necesario ampliar de forma extraordinaria el plazo de presentación de aquellas declaraciones y autoliquidaciones tributarias cuyo vencimiento tuviera lugar los días 28, 29 y 30 de abril de 2025.
En consecuencia, haciendo uso de las habilitaciones que tengo conferidas,
ORDENO:
Artículo único.-Ampliación del plazo para la presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias cuya fecha de finalización debía ser el 28, el 29 o el 30 de abril de 2025.
Se amplía el plazo para la presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias cuyo plazo termine los días 28, 29 o 30 de abril de 2025, trasladándose la fecha de su finalización al día 5 de mayo de 2025.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
La presente Orden Foral entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, con los efectos en ella previstos.
Pamplona, 29 de abril de 2025.-El consejero de Economía y Hacienda, José Luis Arasti Pérez.