Convocatoria para la provisión, mediante oposición, de una plaza de responsable Área Administrativa, nivel B, con requisito de titulación de euskera C1

Resumen autogenerado por OpenAI

Audios generados (reproducción automática)

Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

CONSORCIO DE LA ESCUELA DE MÚSICA
HILARIÓN ESLAVA DE BURLADA-VILLAVA

Convocatoria para la provisión, mediante oposición, de una plaza de responsable Área Administrativa, nivel B, con requisito de titulación de euskera C1

Por Resolución de Presidencia de fecha 3 de abril de 2025, se ha aprobado la convocatoria para la provisión por sistema de oposición, de una plaza de responsable Área Administrativa, nivel B, con requisito de titulación euskera C1, para el Consorcio Hilarión Eslava.

La presente convocatoria se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto en la normativa que resulte de aplicación y a lo establecido en las bases.

Burlada, 3 de abril de 2025.-La presidenta, Berta Arizkun González.

BASES
1.-Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante oposición, de una plaza del puesto de trabajo de responsable Área Administrativa, nivel B, en régimen laboral, al servicio del Consorcio de la Escuela de Música Hilarión Eslava de Burlada-Villava, identificada en la Plantilla orgánica con el número 2.4.

1.2. El nombramiento conferirá a la persona designada, a todos los efectos, el carácter de personal fijo del Consorcio de la Escuela de Música Hilarión Eslava de Burlada-Villava, desde la fecha de toma de posesión, siendo afiliada, en su caso, y dada de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.

1.3. La plaza estará dotada con las retribuciones del nivel B, correspondiente al personal al servicio de las administraciones públicas de Navarra. Percibirá igualmente los complementos salariales que prevea la plantilla orgánica.

1.4. El régimen de jornada de trabajo será a jornada completa, distribuyéndose en función de las necesidades del servicio.

1.5. Las funciones a desempeñar serán las propias de su nivel y categoría, siendo algunas de ellas las siguientes:

-Atención al público, presencial, telefónica, telemática.

-Asistir a las sesiones del Consorcio y tomar notas para la redacción de actas.

-Revisar, ordenar corregir, documentación relativa a matrículas, expedientes de alumnado, becas, subvenciones, estadísticas, etc., realizando la tramitación de la misma cuando sea necesario.

-Preparar notas de evaluaciones y remitir los boletines de notas, matriculas, seguro escolar y todo lo relativo a datos y documentación académica.

-Elaboración, ejecución y liquidación del presupuesto.

-Cobro de ingresos y materialización de pagos.

-Registros contables en el programa informático.

-Cualquier función contable que exija iniciativa y responsabilidad de acuerdo a su titulación y categoría profesional.

-Gestión de personal.

-Gestión administrativa relativa a contrataciones de personal para sustituciones.

-Revisión y pago de nóminas.

-Funciones de recaudación ejecutiva ante la Administración.

-Funciones de archivo: ordenar, distribuir y custodiar los documentos objetos y material que les sea encomendado.

-Cualquier otra función de su nivel y categoría.

-Cualquier otro que establezca la legislación vigente.

-Cualquier otra función de su nivel y categoría.

1.6. Asimismo, es objeto de la presente convocatoria constituir, con las personas que no obtengan plaza en el procedimiento selectivo de ingreso, una relación de personas aspirantes a la contratación temporal, conforme a lo dispuesto en la base 7.2 de esta convocatoria.

2.-Requisitos generales.

2.1. Para ser admitidas al presente proceso de selección, las personas aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española, ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

Podrá también participar quien sea cónyuge de persona con nacionalidad española, de nacional de un Estado miembro de la Unión Europea y de nacional de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no estén separadas de derecho, así como sus descendientes y descendientes del cónyuge, siempre que no medie separación de derecho, que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Tener capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

d) Hallarse en posesión, como mínimo, del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Formación Profesional de tercer grado, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

e) Hallarse en posesión del título C1, de euskera del Marco Común Europeo o equivalente.

f) No hallarse inhabilitad/a ni suspendido/a para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado/a del ejercicio de una Administración Pública.

2.2. Los anteriores requisitos deberán ser acreditados por la persona aspirante que obtenga el puesto de trabajo en el plazo y forma previstos en la base novena de la presente convocatoria, y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de oposición hasta el momento del nombramiento.

3.-Solicitudes, tasas y documentación.

3.1. Las solicitudes para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el plazo de treinta días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra, a través de Registro Telemático (https://sedeelectronica.burlada.es) mediante DNI-e o certificado digital, CLAVE, conforme a lo dispuesto en el artículo 14 apartado 3 dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las solicitudes deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria como anexo I, y en ellas las personas aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de las solicitudes.

3.2. Las personas aspirantes con discapacidad que soliciten adaptaciones de tiempos y medios para la realización de pruebas en que éstas sean necesarias, deberán manifestarlo así en su solicitud y especificar, en el espacio habilitado al efecto, la adaptación solicitada o los ajustes necesarios de tiempo y/o de medios que solicitan. A estos efectos, la persona aspirante podrá aportar la documentación que estime conveniente, al momento de presentar su solicitud conforme a lo establecido en el d) apartado 3.3.

3.3. A la instancia se deberá adjuntar fotocopia simple de los siguientes documentos:

a) Titulaciones exigidas en las letras d) y e) de la base segunda apartado 2.1 de la presente convocatoria.

b) Justificante de haber ingresado la cantidad de 7,20 euros en la Depositaría municipal en concepto de derechos de examen. La falta de pago de la tasa por derechos de examen, determinará la exclusión de la persona aspirante.

c) El abono de este importe se podrá efectuar mediante ingreso en efectivo o por transferencia bancaria en una de las siguientes cuentas:

LA CAIXA: ES30 2100 4105 1922 0004 4759.

CAJA RURAL DE NAVARRA: ES64 3008 0061 5207 0236 6329.

En el justificante de pago deberán figurar los siguientes datos:

-Nombre y apellidos de la persona aspirante.

-Concepto: Examen responsable Área Administrativa.

d) Las personas aspirantes con discapacidad reconocida deberán adjuntar a la instancia de participación documento que la acrediten, expedido por órgano competente. Asimismo, podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios que consideren necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia y, además, expresar en hoja aparte la discapacidad que padecen y las adaptaciones solicitadas.

Las personas que no presenten los documentos señalados en las letras a) y b) del apartado 3.3, serán excluidas de la convocatoria. Bastará con copias simples de la documentación, si bien la inexactitud o falsedad de los datos o documentos aportados conllevará la exigencia de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiere lugar.

3.4. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

3.5. Los errores materiales o de hecho que se adviertan en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición de la persona interesada.

4.-Admisión de personas aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la presidenta del Consorcio dictará resolución aprobando la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas, y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, en el tablón de anuncios del Consorcio y en su página web. De no producirse exclusiones, se aprobará directamente la lista definitiva de personas admitidas, que se hará pública en el Boletín Oficial de Navarra.

4.2. Dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional en el Boletín Oficial de Navarra, las personas excluidas, en caso de que las hubiera, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudiera haberse incurrido, mediante escrito presentado en el registro general del Ayuntamiento de Burlada.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resultas éstas, si las hubiere, la presidenta dictará resolución aprobando la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. En la misma resolución aprobatoria de la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

4.4. El hecho de figurar en la relación de personas admitidas no prejuzga que se les reconozca a quienes figuren en ella la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento que se convoca mediante la presente resolución. Cuando de la documentación que se debe presentar en el caso de superar el procedimiento selectivo se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, las personas interesadas decaerán en todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en este procedimiento, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas en que pudieran haber incurrido por falsedad.

5.-Tribunal calificador.

5.1. El tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Berta Arizkun González, presidenta Consorcio Escuela de Música Hilarión Eslava de Burlada-Villava.

Suplente: Mikel Oteiza Iza, vicepresidente Consorcio Escuela de Música Hilarión Eslava de Burlada-Villava.

Primer vocal: Aitor Garralda Iriarte, interventor Ayuntamiento de Villava.

Suplente primer vocal: María Concepción Esain Nicuesa, administrativa Consorcio Escuela de Música Hilarión Eslava de Burlada-Villava.

Segundo vocal: representante del personal del Consorcio Escuela de Música Hilarión Eslava de Burlada-Villava.

Suplente de segundo vocal: personal en el que delegue.

Tercer vocal: Adriana Perú Beramendi, gerente deportes Ayuntamiento Burlada.

Suplente tercer vocal: directora Escuela Música Hilarión Eslava de Burlada-Villava.

Vocal-secretario: técnica recursos humanos del Ayuntamiento de Burlada.

Suplente de vocal-secretario: técnico recursos humanos del Ayuntamiento de Villava.

5.2. El tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas, siendo necesaria para su válida constitución y actuación la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

5.3. El tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.4. El tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente a aquéllas.

6.-Desarrollo de la oposición.

6.1. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Ingreso en las Administraciones públicas de Navarra, la oposición dará comienzo a partir del mes de junio de 2025.

6.2. Fase de oposición: máximo 100 puntos.

-Primer ejercicio: prueba teórica. Deberá contestarse por escrito a preguntas tipo test o preguntas cortas, sobre temas del programa que figuran en el anexo II. Esta prueba tendrá una puntuación máxima de 50 puntos, quedando eliminadas las personas que no obtengan una puntuación de 25 puntos.

-Segundo ejercicio: prueba práctica. Consistirá en la resolución de uno o más supuestos prácticos sobre alguno de los temas señalados en el anexo II. Este ejercicio tendrá una puntuación máxima de 50 puntos, quedando eliminadas las personas que no obtengan una puntuación de 25 puntos.

En la resolución de presidencia en la que se apruebe el listado definitivo de personas admitidas y excluidas, en la que se fije la fecha de inicio de realización de las pruebas, se determinará el tipo de pruebas a realizar. Asimismo, el tribunal establecerá antes del comienzo de cada prueba el tiempo de realización de los ejercicios, así como las penalizaciones si las hubiera. Los ejercicios podrán realizarse en un mismo día o distintos días.

6.3. El segundo ejercicio se realizará por el sistema de plicas para garantizar el anonimato de las personas candidatas, en el supuesto de no poder aplicar el sistema de plicas, se adoptarán las medidas oportunas para garantizar el anonimato de las personas candidatas.

6.4. Los resultados provisionales de cada ejercicio se publicarán en la página web del Ayuntamiento de Burlada y se otorgará un plazo de 3 días naturales para la presentación de alegaciones.

La publicación de fechas, horas y lugar de los sucesivos ejercicios se hará en el tablón de anuncios del Consorcio y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Burlada con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas, o de veinticuatro horas si se trata de la continuación de algún ejercicio iniciado.

6.5. Todos los ejercicios se harán mediante llamamiento único, al que todas las personas aspirantes deberán acudir provistas del documento nacional de identidad o asimilado legalmente y exhibirlo cuando sean requeridas al efecto, so pena de expulsión y eliminación.

Cualquier actuación fraudulenta por parte de las personas aspirantes, será causa de exclusión inmediata, sin perjuicio de actuaciones penales, si procediese.

7.-Relación de personas aprobadas y propuesta del tribunal.

7.1. Terminada la calificación de las personas aspirantes, el tribunal hará pública en la sede electrónica del Ayuntamiento de Burlada y en el tablón de anuncios del Consorcio, la relación de personas aprobadas por orden de puntuación total obtenida y elevará propuesta de designación a favor de la persona aspirante aprobada que tenga mayor puntuación.

Los empates que se produzcan se dirimirán a favor de quienes obtengan mayor puntuación en el primer ejercicio de la fase de oposición. De persistir el empate, se tomará en consideración la puntuación obtenida en el segundo ejercicio. Finalmente, si continuase la situación de empate, se procederá a celebrar sorteo público.

7.2. Una vez resueltas por el tribunal calificador, en su caso, las reclamaciones que se formulen, éste publicará las puntuaciones definitivas de todas las personas participantes en la sede electrónica del Ayuntamiento de Burlada y en el tablón de anuncios del Consorcio y remitirá la lista de personas aspirantes a la presidencia, ordenadas conforme a la puntuación obtenida y junto con el expediente completo, para su resolución y posterior publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

El resto de personas aprobadas serán incluidas, por orden de puntuación obtenida, en una lista para posibles contrataciones del Consorcio, del Ayuntamiento de Burlada, Ayuntamiento de Villava y entidades con personalidad jurídica vinculadas a cualquiera de las anteriores entidades locales, en función de las necesidades que surjan en el ámbito de los servicios prestados por la misma, de conformidad con lo dispuesto en la base 1.6. de la presente convocatoria.

8.-Presentación de documentos.

8.1. Dentro de los treinta días naturales siguientes a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la propuesta de nombramiento, la persona aspirante propuesta deberá presentar en el registro general municipal del Consorcio, los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad (DNI) o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Fotocopia compulsada de las titulaciones requeridas para ocupar el puesto de trabajo objeto de provisión mediante la presente convocatoria.

c) Certificado médico oficial acreditativo de que la persona interesada no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le impida el desempeño de las funciones propias del cargo.

Las personas aspirantes que hubieran alegado discapacidad, deberán aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

d) Declaración jurada o solemne de no hallarse inhabilitada ni suspendida para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

e) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

Si la persona aspirante tiene la condición de personal fijo de Administración Pública de Navarra distinta de la convocante, deberá aportar, además, certificación acreditativa de cuantas circunstancias y antecedentes consten en el expediente personal de su Administración anterior, relativas al ingreso, antigüedad, nivel, situaciones administrativas, etc.

8.2. Si dentro del plazo fijado, y salvo en casos de fuerza mayor suficientemente justificados, la persona interesada no presentase dichos documentos, no podrá ser nombrado quedando anuladas todas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido en la solicitud inicial.

8.3. En el supuesto previsto en el apartado anterior, se cubrirá la baja con las sucesivas personas candidatas incluidas en la lista a que se refiere el número 7.2. de esta base.

9.-Nombramiento y toma de posesión.

9.1. Mediante resolución de presidencia se nombrará responsable Área Administrativa del Consorcio a la persona aspirante que hubiera dado cumplimiento a lo establecido en la base anterior.

9.2. Dicho nombramiento será publicado en el Boletín Oficial de Navarra.

9.3. La persona aspirante nombrada deberá incorporarse al puesto de trabajo en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo y salvo por causas de fuerza mayor no tomara posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de personal laboral fijo al servicio el Consorcio. En tal supuesto se estará a lo dispuesto en la Base 8.

10.-Gestión de las listas de aspirantes para la contratación temporal.

10.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, y tal y como queda indicado en la base 1.6. de la presente convocatoria, se constituirá una lista de personas aspirantes a la contratación temporal, en la que figurarán todas aquellas personas que hayan resultado aprobadas sin plaza.

El orden de prelación de las personas incluidas en tal relación de personas aspirantes a la contratación temporal vendrá determinado por la puntuación final obtenida.

Las listas de contratación tendrán una vigencia de cinco años, salvo que se agote en un plazo inferior o se realice una nueva convocatoria.

Procede indicar que, para el llamamiento de personas aspirantes a la provisión temporal del puesto de responsable Área Administrativa, se tendrá en cuenta lo establecido mediante disposición adicional séptima del texto refundido del Estatuto de Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, por la que se establece que, en las listas de personas aspirantes a la contratación temporal, se reservará la primera de cada tres plazas para ser cubierta por las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100 que se encuentren incluidas en la misma, siempre que hayan superado las correspondientes pruebas selectivas y que acrediten la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

10.2. Llamamiento.

La contratación de las personas aspirantes aprobadas se efectuará, con carácter general, previo llamamiento individual de acuerdo con las necesidades del servicio.

Con el fin de facilitar su localización, las personas aspirantes deberán facilitar teléfono de contacto y dirección de correo electrónico, que deberán mantener continuamente actualizadas.

El llamamiento se efectuará de acuerdo con el orden de prelación en que figuren en la correspondiente lista y se realizará conforme lo regulado en el Reglamento para la contratación temporal de personal al servicio del Ayuntamiento de Burlada, organismos autónomos, sociedades públicas y cualquier otro organismo dependiente del Ayuntamiento (Boletín Oficial de Navarra número 170, de 22 de julio de 2021, modificado por Boletín Oficial de Navarra número 16, de 24 de enero de 2023).

Asimismo, se constituirán las siguientes listas de personas aspirantes a la contratación temporal con aquellas personas aspirantes que hayan participado en el proceso selectivo y no hayan obtenido plaza en el mismo:

1) Lista de personas aprobadas sin plaza.

2) Lista de personas aspirantes no aprobadas por orden de puntuación de la segunda prueba.

3) Listas de personas aspirantes no aprobados que hayan obtenido en la primera prueba más de 15 puntos.

10.3. Por resolución de presidencia se aprobará la lista de personas aspirantes a la contratación temporal que se encuentren incluidas en alguno de los apartados anteriores.

11.-Protección de datos.

El Consorcio Hilarión Eslava es el responsable de tratamiento de los datos de carácter personal que se utilizarán con la finalidad de gestionar las convocatorias de empleo en el ejercicio de los poderes públicos.

Los datos pueden ser cedidos a otras entidades locales, sociedades públicas, consorcios u cualquier otro organismo público, para atender necesidades de contratación temporal de puestos de trabajo similares al que es objeto de la convocatoria, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.e) del Reglamento General de Protección de Datos:

"El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento".

Los datos se conservarán el tiempo necesario para el cumplimiento de la finalidad señalada y se almacenarán mientras el Ayuntamiento pueda tener responsabilidades derivadas de su tratamiento. Igualmente deben cumplirse las normas de conservación establecidas en la Ley Foral 12/2007, de 4 de abril, de archivos y documentos.

Las personas interesadas tienen derecho a acceder a sus datos personales, rectificarlos en el caso de que sean inexactos, así como a solicitar la supresión, a oponerse al tratamiento y a ejercer el resto de los derechos dirigiéndose a la siguiente dirección: Ayuntamiento de Burlada. Plaza Eras, 31600 Burlada (Navarra). Teléfono: 948 23 84 00. Correo electrónico: dpd@burlada.es.

De la misma forma, las personas interesadas pueden presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos mediante escrito dirigiéndose a C/ Jorge Juan, 6, 28001 (Madrid) o a través de su sede electrónica en www.agpd.es.

Puede consultar la información adicional y detallada sobre protección de datos en nuestra web en el apartado de política de privacidad.

12.-Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrán interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Contra los actos del tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante la presidencia del Consorcio dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

Burlada, 3 de abril de 2025.-La presidenta, Berta Arizkun González.

ANEXO I.-Instancia (PDF).

ANEXO II.-TEMARIO

1.-Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas.

2.-Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del sector público: Título preliminar, Capítulos: I, II, IV, V y VI.

3.-Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra. Título I, Capítulo I, sección 1.ª, 2.ª, 3.ª y 4.ª, Capitulo II y III; Título II; Título III; Título V, Capítulo I y II; Título VI; Título VII, Capítulo I y Capítulo II sección 1.ª; Título IX.

4.-Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Título II, Capítulo I, Capítulo II, Capítulo III; Título V.

5.-Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, reguladora de las Haciendas Locales de Navarra.

6.-Decreto Foral 234/2015, de 23 de septiembre, en materia de estructura presupuestaria.

7.-Decreto Foral 272/1998, de 21 de septiembre, por el que se aprueba la Instrucción General de Contabilidad para la Administración Local de Navarra.

8.-Decreto Foral 270/1998 de 21 de septiembre, en materia de presupuestos y gasto público.

9.-Ley Foral 2/2018, de13 de abril, de Contratos Públicos. Título Preliminar; Capitulo III del Título I; Sección 1.º, 3.º, 6.º y 7 del capítulo V del Título I; Sección 2.º del Capítulo VII del Título I; del Título II, los art 131 y 132 y los capítulos I, II y V.

10.-Ley Orgánica 2/2012 de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

11.-Real Decreto 635/2014, de 25 de julio, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, desarrolla la metodología de cálculo del periodo medio de pago a proveedores de las Administraciones Públicas. Guía estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera en las Entidades Locales de Navarra (versión actualizada octubre 2024).

12.-Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.

13.-Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores: Elementos y eficacia del contrato; Modalidades del contrato de trabajo; Duración del contrato de trabajo; Modificaciones sustanciales condiciones de trabajo; Extinción del contrato por causas objetivas; Derechos de representación colectiva: órganos de representación; Derecho a reunión; Título III Capítulo I: Negociación colectiva y convenios.

14.-Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

15.-Decreto Foral 11/2009, de 9 de febrero, por el que se aprueba el reglamento de vacaciones, licencias y permisos del personal funcionario de las Administraciones Públicas de Navarra.

16.-Decreto Foral 113/1985, de 5 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso en las administraciones públicas de Navarra.

17.-Decreto Foral 27/2011, de 4 de abril, por el que se regula la reducción de la jornada del personal funcionario de las administraciones públicas de Navarra.

18.-Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de subvenciones.

19.-Capitalización y actualización simple y compuesta. Descuento y racional simple y compuesto. Vencimiento común y vencimiento medio. Rentas. Sistemas de amortización de préstamos: Reembolso único, amortización única con pago periódico de intereses, sistema francés, cuota de amortización constante.

20.-Contabilidad analítica Conceptos y clasificaciones Costes directos e indirectos Modelos y métodos de costes: coste completo ("full costing") y costes parciales o directos ("direct costing") Producción equivalente Producción conjunta Costes por departamentos Costes por actividades Coste estándar, análisis de desviaciones y presupuesto flexible.

21.-Análisis e interpretación de los estados y cuentas anuales de las entidades locales en Navarra. Análisis e interpretación de indicadores presupuestarios relativos al endeudamiento y la deuda pública y el equilibrio presupuestario de acuerdo con la normativa de Navarra.

22.-Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

23.-Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

24.-Estatutos Consorcio Escuela Música Hilarion Eslava (Boletín Oficial de Navarra número 19 de 28 de enero de 2011 y Boletín Oficial de Navarra número 26 de 8 de febrero de 20211).

25.-Programas de gestión de escuelas de música de Navarra. https://search.app/yTv381Y7fQbgF9Ne7.

26.-Conceptos de informática: tratamiento de textos de word, hojas de cálculo de excel, internet y correo electrónico.

Código del anuncio: L2505152
996977 {"title":"Convocatoria para la provisión, mediante oposición, de una plaza de responsable Área Administrativa, nivel B, con requisito de titulación de euskera C1","published_date":"2025-04-24","region":"navarra","region_text":"Navarra","category":"boa","category_text":"Boletín Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-navarra.png","id":"996977"} navarra ;BON;BON 2025 nº 80;Oposiciones y concursos https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta a Professional para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Professional en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un Organización. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propia Organización. https://govclipping.com/es/navarra/boa/2025-04-24/996977-convocatoria-provision-oposicion-plaza-responsable-area-administrativa-nivel-b-requisito-titulacion-euskera-c1 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.