Suspensión de licencias urbanísticas de cambio de uso a residencial en planta baja en zonas con riesgo de inundabilidad y en aquellas que se pretende preservar para otros usos distintos al de vivienda
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2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
BURLADA
Suspensión de licencias urbanísticas de cambio de uso a residencial en planta baja en zonas con riesgo de inundabilidad y en aquellas que se pretende preservar para otros usos distintos al de vivienda
De acuerdo con el artículo 70.1 del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo "La Administración competente para la aprobación inicial de los planes urbanísticos podrá acordar con anterioridad a ésta la suspensión del otorgamiento de licencias de parcelación de terrenos, edificación y demolición en áreas o para usos determinados, con el fin de estudiar su formación o reforma, y definiendo con claridad suficiente estos ámbitos".
Dicho acuerdo habrá de publicarse en el Boletín Oficial de Navarra y, al menos, en los diarios editados en la Comunidad Foral.
Teniendo en cuenta lo anterior se publica el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Burlada que reunido en sesión ordinaria el 30 de enero de 2025 ha adoptado el acuerdo cuyo texto íntegro se transcribe a continuación:
Vista la necesidad de estudiar las calles y zonas de la localidad donde se limite el cambio de uso a residencial para los locales en planta baja de los inmuebles, y de conformidad con los informes jurídico y técnico que obran en el expediente 199873C.
Considerando la conveniencia de estudiar detenidamente los efectos que la misma puede ocasionar, sin la presión derivada de las solicitudes de licencias para realizar cambios de uso en zonas que puedan verse afectadas por la actualización de los mapas de inundabilidad o que perjudiquen el desarrollo comercial de las calles en cuestión.
A la vista del dictamen favorable emitido por la Comisión Informativa de Urbanismo, Sostenibilidad y Medio Ambiente, en sesión celebrada el 23 de enero de 2025, el Pleno,
ACUERDA:
1. Iniciar el estudio de las zonas y calles de la localidad donde deba limitarse la posibilidad del cambio de uso a residencial para las plantas bajas de los inmuebles situados en las mismas, y la redacción y tramitación del correspondiente documento urbanístico que haya que redactar para modificar la actual regulación al respecto.
2. Decretar la suspensión de la tramitación de licencias de cambio de uso a residencial para las plantas bajas por un periodo máximo de un año y con los efectos regulados en el artículo 70 del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio que aprueba el texto refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, referida a los siguientes ámbitos:
-El ámbito conformado por la calle de las Maestras en todo su recorrido; el tramo de la calle de las Lavanderas comprendido entre la calle San Francisco y la de la Ermita; el tramo de la calle de la Ermita comprendido entre la calle Hilarión Eslava y la de la Nogalera; la calle Merindad de Sangüesa en todo su recorrido.
-El ámbito afectado por riesgo de inundabilidad, según se refleja en el plano de inundabilidad del periodo de retorno T 500 para el término municipal de Burlada, extractado de la documentación de la exposición pública de la actualización de los mapas de peligrosidad por inundación que está llevando a cabo la Confederación Hidrográfica del Ebro, publicado en SITEbro, obrante en el expediente.
3. Publicar el acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra y en los diarios editados en la Comunidad, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 del Decreto Foral Legislativo 1/2017.
4. Facultar a Alcaldía para la firma de cuanta documentación fuera preciso suscribir en aplicación y desarrollo del presente acuerdo.
Contra dicho acuerdo podrá interponer alguno de los siguientes recursos:
-Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la notificación.
-Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a esta notificación.
-Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del plazo del mes siguiente a esta notificación.
Burlada, 5 de febrero de 2025.-La alcaldesa, Berta Arizkun González.