Convocatoria mediante procedimiento restringido para la provisión de la plaza de oficial de jardinería jefatura de equipo

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2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

BURLADA

Convocatoria mediante procedimiento restringido para la provisión de la plaza de oficial de jardinería jefatura de equipo

Por Resolución de Alcaldía número 2110/2024, de fecha 12 de diciembre de 2024, se aprobó la convocatoria restringida para la provisión de una plaza de oficial de jardinería jefatura de equipo, nivel C, para el Ayuntamiento de Burlada, identificadas en plantilla con el número 5.40.

BASES
Base 1.-Condiciones generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión de una plaza de oficial de jardinería jefatura de equipo, nivel C, con carácter funcionarial, mediante oposición restringida al personal fijo al servicio del Ayuntamiento de Burlada, que cumpla los requisitos establecidos en la base 2 de la presente convocatoria.

La plaza está identificada en plantilla orgánica con el número 5.40 y tiene las siguientes características:

"Oficial jardinería jefatura de equipo, perfil de euskera 10%; régimen jurídico: funcionarial; nivel C; forma de acceso: restringida; complemento puesto de trabajo: 18,52%; complemento de riesgo 10%; complemento de nivel: 12%".

1.2. Normativa aplicable: La presente convocatoria restringida, se lleva a cabo con sujeción a lo establecido en el artículo 15 del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

1.3. El salario base será el correspondiente al nivel C regulado en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra. Además, le corresponderán los complementos establecidos en la plantilla orgánica municipal, así como las retribuciones que por ley le estén atribuidas.

1.4. El régimen de jornada de trabajo será completa, la distribución se acordará por resolución de alcaldía y vendrá determinada por las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por el Ayuntamiento. Los calendarios se aprobarán anualmente por resolución de alcaldía, debiéndose fijar también la distribución de jornada.

1.5. Las personas que resulten nombradas en virtud de esta convocatoria, desempeñarán las funciones y trabajos adecuados a su nivel y categoría y a los estudios exigidos en la convocatoria, y entre otros, específicamente los siguientes:

-Dirigir operativamente al equipo de jardines, organizando y supervisando las actividades y el trabajo del personal.

-Organizar y realizar trabajos de jardinería y gestión de la infraestructura verde de Burlada:

-Revisar la maquinaria y las herramientas, realizando pequeños mantenimientos.

-Proponer a la jefatura de área la compra de maquinaria y materiales necesarios para el servicio y supervisar las compras efectuadas.

-Realizar las demandas y solicitudes de trabajos encomendadas por el jefe de área.

-Llevar el control de asistencia del personal.

-Mantener un buen clima laboral estimulando la colaboración y resolviendo los conflictos que por motivos de trabajo surjan entre el personal.

-Participar en las convocatorias de personal de su servicio.

-Supervisar obras municipales o de terceros que afecten a la infraestructura verde de la localidad.

-Apoyar en la elaboración de pliegos de contratación del servicio de jardinería.

-Trabajos a realizar esporádicamente junto con su equipo: Montar y desmontar elementos para eventos (escenario, vallado,...). Participar en las acciones del plan invernal y plan para la prevención de las inundaciones.

-Cualesquiera otras que se correspondan con el cometido general, el nivel, los conocimientos y la responsabilidad definida para la plaza y aquellas que se encuentran recogidas en la D.P.T.

Base 2.-Requisitos de las personas aspirantes.

2.1. Para ser admitida en la presente convocatoria, las personas aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser personal fijo al servicio del Ayuntamiento de Burlada u Organismos autónomos.

b) Hallarse encuadrado en un nivel inferior al de la plaza que es objeto de convocatoria, esto es en un nivel: E o D.

c) No hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa.

d) Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones conforme establece plantilla orgánica (Boletín Oficial de Navarra número 108 de 27 de mayo de 2024):

-Técnico superior en paisajismo y medio rural.

De la misma manera serán admitidos los títulos de:

-Técnico superior en gestión forestal y del medio natural.

Así como los equivalentes de los 2 anteriores en la Ley Orgánica General del Sistema Educativo (LOGSE) y la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa según las equivalencias del Ministerio de educación.

Serán también válidos los siguientes certificados de profesionalidad de nivel 3:

O en su caso el conjunto de acreditaciones que completen dichos certificados.

e) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

f) No hallarse inhabilitada ni suspendida para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separada del servicio de cualquier Administración pública.

2.2. Los requisitos anteriores deberán ser acreditados por las personas aspirantes aprobadas que obtengan la plaza en el plazo y forma previstos en las presentes bases, y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes debiendo mantener los mismos durante el procedimiento de selección hasta el momento de nombramiento.

Base 3.-Instancias.

3.1. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de treinta días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra. El plazo de presentación de instancias será improrrogable.

Las instancias para participar en la convocatoria podrán presentarse a través de Registro general del Ayuntamiento de Burlada (plaza de las Eras, s/n), o por cualquier otro medio previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuando las instancias se presenten al amparo de los establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en cualquier otro registro distinto al registro general del Ayuntamiento de Burlada, las personas solicitantes deberán remitir, dentro del plazo de presentación de instancias, a la siguiente dirección electrónica oac@burlada.es, con copia del documento de solicitud, en la que quede acreditado sello y fecha de entrada del correspondiente registro.

Las instancias deberán ajustarse al modelo que figura en el anexo II, se podrán encontrar en la página web municipal y también podrán ser facilitadas en las oficinas municipales (plaza de las Eras, s/n).

Base 4.-Admisión de personas aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, se dictará resolución de alcaldía aprobando la lista provisional de personas admitidas y excluidas y se ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

4.2. Las personas excluidas, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la lista de personas admitidas y excluidas, podrán formular reclamaciones o en su caso, subsanar los defectos formales de su instancia y documentación presentada.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas estas, se aprobará por resolución de alcaldía, la lista definitiva de personas admitidas y excluidas y se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas. Esta resolución se publicará en el Boletín Oficial de Navarra. En el supuesto de que no haya personas excluidas, se aprobará directamente, por resolución de alcaldía, la lista definitiva.

Base 5.-Tribunal calificador.

5.1. El tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidencia: alcaldesa Ayuntamiento de Burlada.

Suplente: persona en la que delegue.

Primera vocalía: jefatura Obras y Servicios Ayuntamiento de Burlada.

Suplente: persona en la que delegue.

Segunda vocalía: encargado de Obras del Ayuntamiento de Burlada.

Suplente: persona en la que delegue.

Vocalía-secretaria: técnica recursos humanos Ayuntamiento Burlada.

Suplente: persona en la que delegue.

El tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la aplicación de las bases de la convocatoria.

Los miembros del tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en las normas reguladoras del procedimiento administrativo. Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.2. El tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas, siendo necesaria para la válida constitución y actuación, la asistencia de al menos la mayoría absoluta de sus miembros.

5.3. El tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.4. El tribunal podrá incorporar personas asesoras para todas o algunas de las pruebas, dichas personas se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas.

Base 6.-Fase de oposición: puntuación máxima 100 puntos.

6.1. La fase de oposición consistirá en la realización de:

Ejercicio único: de carácter práctico o teórico-práctico, consistirá en desarrollar uno o varios supuestos prácticos, que versarán sobre el temario y las funciones a desempeñar en el puesto de trabajo.

La puntuación máxima de este ejercicio será de 85 puntos, quedando eliminadas aquellas personas aspirantes que no alcancen 42,5 puntos.

La duración del ejercicio, así como la valoración de cada supuesto, se detallará antes del comienzo de la misma.

6.2. Lenguaje no discriminatorio: hasta 5 puntos.

De conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ordenanza municipal reguladora del uso y fomento de un lenguaje no sexista en el ámbito de Burlada, establece que, en todas las convocatorias públicas de puestos de trabajo efectuadas por el Ayuntamiento, siempre que el tipo de prueba a realizar lo permita, se valorará con un 5% el uso de un lenguaje no discriminatorio en las pruebas. La valoración del 5% se realizará sobre la puntuación total de la fase de oposición. Esta prueba no tendrá carácter eliminatorio.

Las personas aspirantes pueden encontrar un manual sobre el uso de un lenguaje no discriminatorio en la página web del Ayuntamiento de Burlada (www.burlada.es).

6.3. Conocimiento de euskera: hasta 10 puntos:

En los procesos de selección realizados por el Ayuntamiento de Burlada, para aquellas plazas para las que según plantilla el perfil de euskera sea meritorio, la valoración del porcentaje meritorio de euskera establecido en plantilla orgánica, se realizará sobre la puntuación total de la fase de oposición.

Se valorará el conocimiento de euskera mediante acreditación oficial o prueba voluntaria no eliminatoria. La puntuación máxima que se podrá obtener será de 10 puntos (equivaldrá a un 10% de la puntuación total de la convocatoria) y la obtendrán las personas que acrediten un nivel de conocimiento oral y escrito C1. Los niveles inferiores (B2 4, B1 3, A2 2 y A1 1) se valorarán de forma proporcional. Aquellas personas aspirantes que deseen realizar prueba de euskera o aportar titulación deberán señalarlo en la instancia. Si se señala en la casilla de la instancia la opción de presentación de titulación, se deberá adjuntar original o copia compulsada del mismo a la instancia. La persona aspirante deberá optar por adjuntar titulación o solicitar la realización de la prueba, no pudiéndose señalar ambas opciones.

6.4. Una vez terminados los ejercicios, el tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Burlada y en los soportes habituales la lista de personas aspirantes con las calificaciones obtenidas.

6.5. Las pruebas se realizarán mediante llamamiento único, al que las personas aspirantes deberán acudir provistas del documento nacional de identidad, quienes no comparecieran a las mismas, quedarán eliminadas.

Base 7.-Relación de personas aprobadas.

Terminada la calificación de las personas aspirantes, el tribunal hará pública, en el lugar de celebración del último ejercicio, la relación de personas aprobadas por orden de puntuación obtenida, y elevará al órgano convocante propuesta de nombramiento en favor de las dos personas aprobadas con mayor puntuación. La referida propuesta deberá publicarse en el Boletín Oficial de Navarra.

Base 8.-Nombramiento y toma de posesión.

8.1. Concluido el proceso selectivo se nombrará mediante resolución de alcaldía a la persona propuesta para ocupar la plaza 5.40

8.2. Dicho nombramiento será publicado en el Boletín Oficial de Navarra, pudiendo el órgano competente, fijar una fecha de toma de posición.

Base 9.-Protección de datos.

-Responsable de tratamiento de los datos: Ayuntamiento de Burlada-Burlatako Udala, plaza Las Eras, teléfono: 948 23 84 00.

-Delegado de Protección de datos: dpd@burlada.es.

-Finalidad: Gestionar las convocatorias de empleo en el ejercicio de los poderes públicos.

-Base jurídica: Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, del Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, así como el consentimiento de la persona interesada.

-Tiempo de conservación de los datos: Los datos se conservarán el tiempo necesario para el cumplimiento de la finalidad señalada y se almacenarán mientras el Ayuntamiento pueda tener responsabilidades derivadas de su tratamiento. Igualmente deben cumplirse las normas de conservación establecidas en la Ley Foral 12/2007, de 4 de abril, de archivos y documentos.

-Destinatarios de los datos: Los datos pueden ser cedidos a jueces y tribunales en cumplimiento de la legislación vigente y se publicarán en la web municipal y en los tablones de anuncios según se indique en la convocatoria.

-Derechos: Las personas interesadas tienen derecho a acceder a sus datos personales, rectificarlos en el caso de que sean inexactos, así como cancelarlos dirigiéndose a la dirección señalada en el apartado primero.

-De la misma forma, las personas interesadas pueden presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos mediante escrito dirigiéndose a C/ Jorge Juan, 6, 28001 (Madrid) o a través de su sede electrónica en www.agpd.es.

-Más información: Política de Privacidad en nuestra web www.burlada.es.

Base 10.-Recursos.

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de estos, y de la actuación de los órganos de selección, se podrá interponer:

a) Recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, a contar des del día siguiente a la notificación de este acuerdo/resolución.

b) Recurso de alzada, directamente, ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación de este acuerdo/resolución.

c) Recurso de reposición ante el órgano convocante, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación.

Burlada, 12 de diciembre de 2024.-La alcaldesa-presidenta, Berta Arizkun González.

ANEXO I.-TEMARIO
Parte I.-Legislación

Tema 1.-El Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra: Derechos, Deberes y situaciones administrativas. Decreto foral 11/2009, de 9 de febrero, por el que se aprueba el reglamento de vacaciones, licencias y permisos del personal funcionario de las administraciones públicas de Navarra.

Tema 2.-Prevención de Riesgos Laborales. Medidas de seguridad en los trabajos habituales de jardinería.

Parte II.-Específica de las funciones del puesto de trabajo

Tema 1.-Trabajos de jardinería. Planificación general de los trabajos anuales.

Tema 2.-Conocimiento de las especies vegetales y árboles de los parques, zonas verdes y jardines existentes en el centro urbano y polígonos del municipio de Burlada.

Tema 3.-Céspedes y praderas: trabajos de mantenimiento e implantación.

Tema 4.-Mantenimiento de arbolado, arbustos y setos. Nuevo protocolo de poda de arbolado urbano. Plantación de árboles, arbustos y setos.

Tema 5.-Diseño de calles arboladas. Evaluación del riesgo del arbolado urbano.

Tema 6.-Sistemas de riego: tipos, características y mantenimiento. Automatización.

Tema 7.-Principales plagas y enfermedades en jardinería. Lucha integrada. Tratamientos biológicos.

Tema 8.-Herramientas: tipos, conocimiento, manejo. Condiciones de seguridad. Maquinaria: mantenimiento, adecuación a cada tajo.

Parte III.-Tecnologías de Información y Comunicación

Tema 1.-Sistemas de información geográfica. Geolocalización de elementos.

Tema 2.-Interpretación de planos.
ANEXO II.-INSTANCIA/SOLICITUD

SOLICITUD DE ADMISIÓN A PROCESO DE SELECCIÓN

Apellidos y nombre: ............................................................................................................................

DNI o documento equivalente: ........................................ Fecha de nacimiento: ..................................

Natural de (localidad, provincia, país): ...................................... Nacionalidad: .................................

Domicilio (calle, número, piso, código postal, localidad): .........................................................................

Teléfono: ........................... Correo electrónico: .......................................................................................

EXPONE:

-Que la persona abajo firmante, declara que reúne y cumple en tiempo y forma todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria .......................................................................................................

Puesto al que opta:

Publicada en el Boletín Oficial de Navarra número ............. de fecha ........./........./.........

-Que acompaña la documentación requerida para participar en la convocatoria.

-Que desea acreditar el conocimiento de euskera mediante una de las siguientes opciones (marcar lo que proceda):

Adjunta a la presente instancia copia autentificada de la documentación que acredita estar en posesión del conocimiento de euskera.

Solicita la realización de la prueba acreditativa del conocimiento de euskera.

Que padece discapacidad y aporta la documentación acreditativa de dicha condición expedida por el organismo competente, por lo que solicita las adaptaciones que se señalan por los motivos que se expresan (en folio aparte se especificarán las adaptaciones solicitadas y los motivos de la petición).

Y SOLICITA su admisión al citado proceso de selección.

En ....................................... a .......... de .......................... de ...............

(firma)

Protección de datos.-En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se le informa que los datos de carácter personal facilitados en el presente impreso, se utilizarán exclusivamente para el ejercicio de las competencias municipales en el procedimiento de selección y serán incorporados a los ficheros que conforman la base de datos de este Ayuntamiento o Entidad, ante el que podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose al Registro General.

Código del anuncio: L2418158

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