ORDEN FORAL 107/2024, de 26 de noviembre, del consejero de Educación, por la que se designa a quienes han de suplir temporalmente a las personas titulares de las Direcciones Generales y de la Secretaría General Técnica del Departamento de Educación.
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1. Comunidad Foral de Navarra
1.2. Autoridades y Personal
1.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones
ORDEN FORAL 107/2024, de 26 de noviembre, del consejero de Educación, por la que se designa a quienes han de suplir temporalmente a las personas titulares de las Direcciones Generales y de la Secretaría General Técnica del Departamento de Educación.
El artículo 16.2 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, establece que la persona titular de cada Departamento designará mediante orden foral a quien deba suplir temporalmente a las personas titulares de las Direcciones Generales, Secretarías Generales Técnicas y de otros órganos administrativos directamente dependientes de ellas, en casos de vacante, ausencia, enfermedad o impedimento personal de los mismos, así como en los casos en que haya sido declarada su abstención o recusación.
El apartado 6 del precepto dispone que para la validez de la suplencia no será necesaria su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, salvo que así se establezca para supuestos concretos.
Mediante Orden Foral 128/2023, de 1 de diciembre, del consejero de Educación, se designa a quienes han de suplir temporalmente a las personas titulares de las Direcciones Generales y de la Secretaría General Técnica del Departamento de Educación.
Con posterioridad, mediante Decreto Foral 96/2024, de 23 de octubre, se modifican el Decreto Foral 67/2023, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura básica del Departamento de Educación y el Decreto Foral 245/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación.
En consecuencia, resulta conveniente aprobar una nueva Orden Foral para que las suplencias temporales se ajusten a la nueva estructura básica y orgánica del Departamento de Educación.
En su virtud, de conformidad con el artículo 16.2 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,
ORDENO:
1.º En caso de vacante, ausencia, enfermedad o impedimento personal, suplirán temporalmente al director general de Educación y Formación Profesional, indistintamente:
a) La persona titular del Servicio de Ordenación, Formación y Calidad.
b) La persona titular del Servicio de Plurilingüismo y Enseñanzas Artísticas.
c) La persona titular del Servicio de Inclusión, Igualdad y Convivencia.
d) La persona titular del Servicio de Inspección Educativa.
e) La persona titular del Servicio de Escuelas Infantiles.
f) La persona titular del Servicio de Planificación e Integración de la Formación Profesional.
g) La persona titular del Servicio de Modernización e Innovación de la Formación Profesional.
h) La persona titular de la Dirección General de Digitalización y Servicios Educativos.
i) La persona titular de la Dirección General de Personal e Infraestructuras.
2.º En caso de vacante, ausencia, enfermedad o impedimento personal, suplirán temporalmente al director general de Digitalización y Servicios Educativos, indistintamente:
a) La persona titular del Servicio de Sistemas de Información de Educación.
b) La persona titular del Servicio de Tecnologías e Infraestructuras TIC Educativas.
c) La persona titular del Servicio de Ayudas al Estudio y Servicios educativos.
d) La persona titular de la Dirección General de Educación y Formación Profesional.
e) La persona titular de la Dirección General de Personal e Infraestructuras.
3.º En caso de vacante, ausencia, enfermedad o impedimento personal, suplirán temporalmente a la directora general de Personal e Infraestructuras, indistintamente:
a) La persona titular del Servicio de Régimen Jurídico de Personal.
b) La persona titular del Servicio de Selección y Provisión de Personal Docente.
c) La persona titular del Servicio de Gestión de Personal Temporal.
d) La persona titular del Servicio de Nóminas y Seguros Sociales.
e) La persona titular del Servicio de Estudios Económicos y Financiación de Centros.
f) La persona titular del Servicio de Infraestructuras Educativas.
g) La persona titular de la Dirección General de Educación y Formación Profesional.
h) La persona titular de la Dirección General de Digitalización y Servicios Educativos.
4.º En caso de vacante, ausencia, enfermedad o impedimento personal, suplirán temporalmente a la secretaria general técnica, indistintamente:
a) La persona titular de la Sección de Régimen Jurídico.
b) La persona titular de la Sección de Gestión Jurídico-Administrativa.
c) La persona titular de la Sección de Asistencia Técnica-Jurídica.
d) La persona titular de la Sección de Presupuestos y Gestión Económica.
5.º Queda sin efecto la Orden Foral 128/2023, de 1 de diciembre, del consejero de Educación, por la que se designa a quienes han de suplir temporalmente a las personas titulares de las Direcciones Generales y de la Secretaría General Técnica del Departamento de Educación.
6.º Trasladar la presente orden foral a la Secretaría General Técnica, a las personas titulares de las direcciones generales, servicios y jefaturas de sección interesadas, a los efectos oportunos.
7.º Publicar la presente orden foral en el Boletín Oficial de Navarra.
Pamplona, 26 de noviembre de 2024.-El consejero de Educación, Carlos Gimeno Gurpegui.