Convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza de oficial administrativo/a

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2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

CIZUR

Convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza de oficial administrativo/a

Por Resolución de Alcaldía número 441/2024, de fecha 30 de octubre, se ha aprobado la convocatoria para la provisión por sistema de concurso-oposición, de una plaza de oficial administrativo/a, con destino al servicio del Ayuntamiento de la Cendea de Cizur.

BASES
1.-Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza para el puesto de trabajo de oficial administrativo/a al servicio del Ayuntamiento de Cendea de Cizur.

1.2. El nombramiento conferirá a la persona designada, a todos los efectos, el carácter de personal laboral fijo del Ayuntamiento de Cendea de Cizur, desde la fecha de toma de posesión, siendo afiliada, en su caso, y dada de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.

1.3. La plaza estará dotada con las retribuciones del nivel C, correspondiente al personal al servicio de las administraciones públicas de Navarra. Percibirá igualmente los complementos salariales que prevea la plantilla orgánica.

1.4. El régimen de jornada de trabajo es de jornada completa.

1.5. Las funciones a desempeñar serán las propias de su nivel y categoría, incluyendo atención al público y apoyo a los servicios administrativos municipales.

1.6. El régimen de vacaciones será el mismo que el del resto de personal municipal de las oficinas municipales.

1.7. Asimismo, es objeto de la presente convocatoria constituir, con las personas que no obtengan plaza en el procedimiento selectivo de ingreso, una relación de aspirantes a la contratación temporal, conforme a lo dispuesto en la base 7.2 de esta convocatoria.

2.-Requisitos generales.

2.1. Para ser admitidas al presente concurso-oposición, las personas aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española, ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

Podrá también participar quien sea cónyuge de persona con nacionalidad española, de nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea y de nacionalidad de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no estén separadas de derecho, así como sus descendientes y descendientes del cónyuge, siempre que no medie separación de derecho, que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Tener capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

d) Hallarse en posesión, como mínimo, del título de Bachillerato, Formación Profesional de II grado o equivalente a alguno de los anteriores o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

e) No hallarse inhabilitad/a ni suspendido/a para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado/a del ejercicio de una Administración Pública.

2.2. Los anteriores requisitos deberán ser acreditados por la persona aspirante que obtenga el puesto de trabajo en el plazo y forma previstos en la base novena de la presente convocatoria, y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de oposición hasta el momento del nombramiento.

3.-Solicitudes.

3.1. Las solicitudes para poder participar en la convocatoria, podrán presentarse en el registro general del Ayuntamiento de la Cendea de Cizur (calle Santa María,1 Gazólaz) en su sede electrónica (https://cendeadecizur.sedelectronica.es) o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

En el caso de que se opte por presentar la instancia por algún medio de los contemplados en la Ley 39/2015, se deberá remitir un correo electrónico al Ayuntamiento de la Cendea de Cizur (ayuntamiento@cendeadecizur.es) en el plazo de 24 horas indicando dicha circunstancia. Si se presenta la solicitud en una oficina de correos, además, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.

Sin la concurrencia de estos requisitos no será admitida la proposición si es recibida con posterioridad al plazo señalada en este anuncio.

Las solicitudes deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria como anexo I, y en ellas las personas aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de las solicitudes.

3.2. Las personas aspirantes con discapacidad que soliciten adaptaciones de tiempos y medios para la realización de pruebas en que éstas sean necesarias, deberán manifestarlo así en su solicitud y especificar, en el espacio habilitado al efecto, la adaptación solicitada o los ajustes necesarios de tiempo y/o de medios que solicitan. A estos efectos, la persona aspirante podrá aportar la documentación que estime conveniente, al momento de presentar su solicitud conforme a lo establecido en el apartado 3.4.

3.3. Las personas aspirantes deberán alegar los méritos que, de conformidad con lo establecido en la base sexta de esta convocatoria, hayan de ser valorados por el Tribunal calificador.

La no presentación de esta documentación en el plazo y forma establecidos para las instancias, supondrá la no valoración de los méritos.

3.4. A la instancia deberán adjuntarse los siguientes documentos:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad (DNI) o número de identificación de extranjero (NIE).

b) Fotocopia de las titulaciones exigidas en la base segunda de la presente convocatoria.

c) Documentación acreditativa de los méritos alegados por las personas aspirantes, conforme a lo señalado en el punto anterior y en la base sexta de esta convocatoria.

d) Las personas aspirantes con discapacidad reconocida deberán adjuntar a la instancia de participación documento que la acredite, expedido por órgano competente. Asimismo, podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios que consideren necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia y, además, expresar en hoja aparte la discapacidad que padecen y las adaptaciones solicitadas.

Quienes no presenten los documentos señalados en este punto, no serán admitidas a la convocatoria. Bastará con copias simples de la documentación, si bien la inexactitud o falsedad de los datos o documentos aportados conllevará la exigencia de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiere lugar.

3.5. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

3.6. Los errores materiales o de hecho que se adviertan en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición de la persona interesada.

4.-Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el alcalde del Ayuntamiento de la Cendea de Cizur dictará resolución aprobando la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas, y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en su página web. De no producirse exclusiones, el Alcalde podrá aprobar directamente la lista definitiva de personas admitidas, que se hará pública en el Boletín Oficial de Navarra.

4.2. Dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional en el Boletín Oficial de Navarra, las personas excluidas, en caso de que las hubiera, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudiera haberse incurrido, mediante escrito presentado en el registro general del Ayuntamiento de la Cendea de Cizur.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resultas éstas, si las hubiere, el alcalde del Ayuntamiento de la Cendea de Cizur dictará resolución aprobando la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. En la misma resolución aprobatoria de la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

4.4. El hecho de figurar en la relación de personas admitidas no prejuzga que se les reconozca a quienes figuren en ella la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento que se convoca mediante la presente resolución. Cuando de la documentación que se debe presentar en el caso de superar el procedimiento selectivo se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, las personas interesadas decaerán en todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en este procedimiento, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas en que pudieran haber incurrido por falsedad.

5.-Tribunal calificador.

5.1. El tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Rafael Ansó Ansó, alcalde del Ayuntamiento de la Cendea de Cizur.

Suplente: Alfredo Caballero Sucunza, teniente de alcalde del Ayuntamiento de la Cendea de Cizur.

Primer vocal: Sonia Escribano Iturralde, interventora del Ayuntamiento de la Cendea de Cizur.

Suplente de primer vocal: Edurne Equisoain Iraizoz oficial administrativa del Ayuntamiento de la Cendea de Cizur.

Segunda vocal: Olga Martínez Celaya, asesora contable del Ayuntamiento de la Cendea de Cizur.

Suplente segundo vocal: Felix Ciriza Ederra, encargado de servicios múltiples del Ayuntamiento de la Cendea de Cizur.

Tercera vocal: Carmen Oroz Astrain, oficial administrativa del Ayuntamiento de la Cendea de Cizur.

Suplente tercer vocal: Juan Ignacio Laquidain Armendariz, jefe coordinador del servicio de Policía Local.

Vocal-secretaria: Elena Esquisabel Asirón, secretaria del Ayuntamiento de la Cendea de Cizur.

Suplente de vocal-secretaria: Silvia del Carmen Chivite López, secretaria del Ayuntamiento de Zabalza.

Las funciones de secretario/a del tribunal calificador serán ejercidas por alguna de las personas que lo componen, quien levantará las actas correspondientes para su firma por todos los miembros del tribunal.

5.2. El tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas, siendo necesaria para su válida constitución y actuación la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

5.3. El tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.4. El tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, y colaborarán con el tribunal en base exclusivamente a aquellas.

6.-Desarrollo del concurso-oposición.

6.1. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Ingreso en las Administraciones públicas de Navarra, el concurso-oposición dará comienzo como mínimo a partir de transcurridos dos meses desde la fecha de publicación de la convocatoria, teniendo lugar primero la fase de concurso y, posteriormente, la fase de oposición, en la forma indicada en las presentes bases.

6.2. Fase de concurso.

La fase de concurso tendrá una puntuación máxima de 20 puntos de acuerdo con el siguiente baremo:

6.2.1. Experiencia:

-Por cada año de servicios prestados en una Entidad Local Navarra, para la realización de las funciones de oficial administrativo: 3 puntos por año.

-Por cada año de servicios prestados para el resto de Administraciones Públicas, para la realización de las funciones de oficial administrativo: 1 puntos por año.

Cuando el tiempo de experiencia acreditado no complete anualidades completas o bien no realizase el trabajo a jornada completa, se obtendrá la correspondiente proporcionalidad.

La suma de los dos apartados anteriores no podrá sobrepasar 12 puntos.

6.2.2. Idiomas conocidos por los aspirantes.

Por conocimiento de inglés, máximo 4 puntos:

-Haber superado 3 años de la Escuela Oficial de Idiomas o de titulación reconocida oficialmente equivalente: 2 puntos.

-Haber superado 4 años de la Escuela Oficial de Idiomas o de titulación reconocida oficialmente equivalente: 3 puntos.

-Haber superado 5 años de la Escuela Oficial de Idiomas o de titulación reconocida oficialmente equivalente: 4 puntos.

Por conocimiento de euskera, máximo 4 puntos:

-Haber superado 3 años de la Escuela Oficial de Idiomas o de titulación reconocida oficialmente equivalente: 2 puntos.

-Haber superado 4 años de la Escuela Oficial de Idiomas o de titulación reconocida oficialmente equivalente: 3 puntos.

-Haber superado 5 años de la Escuela Oficial de Idiomas o de titulación reconocida oficialmente equivalente: 4 puntos.

La suma de los dos apartados anteriores no podrá sobrepasar 8 puntos.

Los méritos alegados se deberán acreditar mediante certificado de la administración pública en la que se hayan prestado los servicios, en el que conste, de manera expresa, la denominación del puesto de trabajo desempeñado, el tiempo trabajado y la duración de la jornada. Se admitirán los servicios efectivamente prestados, cualquiera que fuere el régimen de contratación, eventual o fijo. Si coincide en el tiempo la prestación de servicios encuadrados en más de un apartado, se computarán en ese período de coincidencia únicamente los prestados en el que tiene asignada mayor puntuación.

Todos aquellos documentos presentados para su valoración como mérito en los que no consten expresamente los términos arriba mencionados no se serán tenidos en cuenta para tal valoración.

6.3. Fase de oposición.

-Primer ejercicio: prueba teórica. Deberá contestarse por escrito a preguntas tipo test sobre temas del programa que figuran en el anexo 2. Esta prueba tendrá una puntuación máxima de 40 puntos, quedando eliminadas las personas que no obtengan una puntuación de 20 puntos.

Todas las preguntas del cuestionario tendrán tres alternativas de respuesta, de las cuales sólo una será válida, estableciéndose una penalización de 0,33 puntos por respuesta incorrecta. La valoración individual de todas las preguntas será idéntica. El tiempo máximo de que dispondrán los aspirantes para la realización del ejercicio será el que determine el tribunal.

-Segundo ejercicio: prueba práctica. Consistirá en la resolución de uno o más supuestos prácticos sobre alguno de los temas señalados en el anexo 2. Este ejercicio tendrá una puntuación máxima de 40 puntos, quedando eliminadas las personas que no obtengan una puntuación de 20 puntos.

El tribunal establecerá antes del comienzo de cada prueba el tiempo de realización de los ejercicios.

Igualmente se establecerá un sistema de plicas cerradas y numeradas para garantizar el anonimato de las personas candidatas.

6.4. Cada uno de los ejercicios de que consta la fase de la oposición será eliminatorios, quedando eliminadas en cada uno de ellos aquellas personas que no alcancen, al menos, la puntuación mínima asignada a los mismos. Igualmente, en todos los ejercicios quedarán eliminadas las personas aspirantes que sean calificadas con 0 puntos en cualquiera de las pruebas que conste/comprenda cada ejercicio.

6.5. La publicación de fechas, horas y lugar de los sucesivos ejercicios deberá hacerse en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento con un mínimo de cuarenta y ocho horas, o de veinticuatro horas si se trata de la continuación de algún ejercicio iniciado.

6.6. Todos los ejercicios se harán mediante llamamiento único, al que todas las personas aspirantes deberán acudir provistas del documento nacional de identidad o asimilado legalmente y exhibirlo cuando sean requeridas al efecto, so pena de expulsión y eliminación.

El copiar de notas y otros fraudes en las pruebas serán causa de exclusión inmediata, sin perjuicio de actuaciones penales, si procediese.

7.-Relación de personas aprobadas y propuesta del tribunal.

7.1. Terminada la calificación de aspirantes, el tribunal hará pública en el tablón de anuncios la relación de personas aprobadas por orden de puntuación total obtenida y elevará propuesta de designación a favor de la persona aspirante aprobada que tenga mayor puntuación.

Los empates que se produzcan se dirimirán a favor de quienes obtengan mayor puntuación en el primer ejercicio de la fase de oposición. De persistir el empate, se tomará en consideración la puntuación obtenida en el segundo ejercicio y, finalmente, si continuase la situación de empate, se procederá a celebrar sorteo público.

7.2. Una vez resueltas por el tribunal calificador, en su caso, las reclamaciones que se formulen, éste publicará las puntuaciones definitivas de todas las personas participantes en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de la Cendea de Cizur y remitirá la lista de aspirantes a la alcaldía, ordenadas conforme a la puntuación obtenida y junto con el expediente completo, para su resolución y posterior publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

El resto de personas aprobadas serán incluidas, por orden de puntuación obtenida, en una lista para posibles contrataciones del Ayuntamiento de la Cendea de Cizur, en función de las necesidades que surjan en el ámbito de los servicios prestados por la misma, de conformidad con lo dispuesto en la base 1.7. de la presente convocatoria.

8.-Presentación de documentos.

8.1. Dentro de los treinta días naturales siguientes a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la propuesta de nombramiento, la persona aspirante propuesta deberá presentar en el registro general municipal del Ayuntamiento de la Cendea de Cizur, los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad (DNI) o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Fotocopia compulsada de las titulaciones requeridas para ocupar el puesto de trabajo objeto de provisión mediante la presente convocatoria.

c) Certificado médico oficial acreditativo de que la persona interesada no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le impida el desempeño de las funciones propias del cargo.

Las personas aspirantes que hubieran alegado discapacidad, deberán aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

d) Declaración jurada o solemne de no hallarse inhabilitada ni suspendida para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

e) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

Si la persona aspirante tiene la condición de personal fijo de Administración Pública de Navarra distinta de la convocante, deberá aportar, además, certificación acreditativa de cuantas circunstancias y antecedentes consten en el expediente personal de su Administración anterior, relativas al ingreso, antigüedad, nivel, situaciones administrativas, etc.

8.2. Si dentro del plazo fijado, y salvo en casos de fuerza mayor suficientemente justificados, la persona interesada no presentase dichos documentos, no podrá ser nombrado quedando anuladas todas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido en la solicitud inicial.

8.3. En el supuesto previsto en el apartado anterior, el Ayuntamiento cubrirá, en su caso, la baja con las sucesivas personas candidatas incluidas en la lista a que se refiere el número 7.2. de esta base.

9.-Nombramiento y toma de posesión.

9.1. Mediante resolución de alcaldía se nombrará oficial administrativo/a del Ayuntamiento de la Cendea de Cizur a la persona aspirante que hubiera dado cumplimiento a lo establecido en la base anterior.

9.2. Dicho nombramiento será publicado en el Boletín Oficial de Navarra.

9.3. La persona aspirante nombrada deberá incorporarse al puesto de trabajo en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo y salvo por causas de fuerza mayor no tomara posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de personal laboral fijo del Ayuntamiento de la Cendea de Cizur. En tal supuesto se estará a lo dispuesto en la Base 8.

Gazólaz, 30 de octubre de 2024.-El alcalde, Rafael Ansó Ansó.

ANEXO I.-INSTANCIA

SOLICITUD PARA PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA
PARA LA PROVISION, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN,
DE UNA PLAZA DE OFICIAL ADMINISTRATIVO/A, REGIMEN LABORAL FIJO
AL SERVICIO DEL AYUNTAMIENTO DE LA CENDEA DE CIZUR

El modelo de instancia está disponible en el trámite correspondiente dentro de la dirección:

https://cendeadecizur.sedelectronica.es/transparency

PROCESO SELECTIVO.

Entidad convocante: Ayuntamiento de la Cendea de Cizur Nombre del puesto: Administrativo/a.

DATOS PERSONALES.
Apellidos y nombre: .................................................................................................................................
DNI ..........................................................................................................................................................
Domicilio: .................................................................................................................................................
Teléfono: ..................................................................................................................................................
Correo electrónico: ..................................................................................................................................

-Medios electrónicos: notificación electrónica: SI/NO.

-Notificación en papel, en el domicilio indicado: SI/NO.

Si selecciona la opción de medios electrónicos se utilizará este medio para cualquier comunicación o notificación relacionada con esta solicitud y las notificaciones se considerarán realizadas en la debida forma y surtirán los efectos que correspondan hasta que se comunique de forma expresa que se practiquen las notificaciones a través del domicilio posta.

HAGO CONSTAR:

Que acompaño a esta instancia copia de mi DNI, titulación académica, y documentación acreditativa de los méritos alegados tal y como se recoge en las bases de la convocatoria.

Que SI/NO tengo la condición de discapacidad con un grado del ....... % y aporto el certificado correspondiente.

Que SI/NO solicito las adaptaciones que se especifican por los motivos expresados en el documento adjunto.

DECLARO:

1.-Que reúno todos los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria para participar en el proceso selectivo.

2.-Que no he sido condenado/a por delito doloso, ni separado/a de ninguna administración pública, ni me encuentro inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.

3.-Que no estoy incurso/a en ninguna de las causas de incapacidad o incompatibilidad específicas establecidas en las disposiciones vigente.

4.-Que los méritos alegados y la documentación que los acredita son un fiel reflejo de la realidad.

SOLICITO:

Ser admitido/a en la convocatoria a que se refiere la presente instancia.

Fecha y firma

La persona declarante autoriza a la entidad local para que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, incorpore sus datos contenidos en el expediente y sus trámites para su tratamiento, en un fichero automatizado, que tiene como finalidad facilitar las actuaciones de control y mejora de los procedimientos de gestión, comprobación y seguimiento correspondientes a los órganos que incorporan tales datos personales, quedando enterado de que, de acuerdo con lo previsto en la citada ley orgánica, puede dirigirse por escrito a esta entidad local para ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de dichos datos, con prueba fehaciente de la identidad del peticionario, incluyendo como referencia "Protección de datos".

ANEXO II.-TEMARIO

1.-Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local: Título I: Disposiciones Generales Título II: El Municipio. Capítulo I: Territorio y Población. Capítulo II: Organización. Título V: Disposiciones comunes a las Entidades Locales: Capítulo I: Régimen de funcionamiento. Capítulo IV: Información y participación ciudadana.

2.- Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales. Título II: De la población y del padrón.

3.-Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Del título I al V.

4.-Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Abstención y recusación. Principios de la potestad sancionadora. La responsabilidad de la Administración Pública y de las autoridades y personal al servicio de las administraciones públicas. Funcionamiento electrónico del sector público.

5.-Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra: Título I: Organización y administración de las Entidades Locales. Título III: Régimen de funcionamiento de las Entidades Locales de Navarra. Información y participación ciudadanas. Título IV: Bienes de las Entidades Locales. Título V: Actividades, servicios y obras. Título IX: El procedimiento y régimen jurídico, impugnación y control de las actuaciones de las Entidades Locales de Navarra: En particular, el recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra (Decreto Foral279/1990, de 18 de octubre).

6.-Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra: Títulos I y II.

7.-Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos: Título Preliminar y Títulos I, II y III.

8.-Ley Foral 11/2005 de subvenciones: Título I capítulos II, III, IV y V; Título II; Título III.

9.-Ley Foral 5/2018 de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: Título II, capítulos I y III; Título III, capítulos I, II y III.

10.-Ley Foral 12/2006, de 21 de noviembre, del Registro de la Riqueza Territorial y los catastros de Navarra.

11.-Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido.

de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo: Título V: Intervención administrativa en la edificación y usos del suelo y disciplina urbanística.

12.-Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental. Título I Capítulo V. Instalaciones y actividades sometidas a licencia de actividad clasificada. Título III. Disciplina y restauración de la legalidad ambiental; Anejo 3.

13.-Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos: Título I, capítulos III, IV, V, VI y VII; Título II, capítulos I, II, III, IV y V; Título III, capítulos I, IV y V.

14.-Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra: Clases de personal. Selección de los funcionarios públicos. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Las plantillas orgánicas, relaciones de funcionarios y expedientes personales. Las situaciones administrativas. Derechos y deberes. Retribuciones. Personal contratado en régimen laboral.

15.-Documentos administrativos. El oficio, el bando, la instancia, el certificado, el acta, la circular, la diligencia, el traslado de acuerdos y las notificaciones. Las Resoluciones, el contrato. Organización y tratamiento archivístico.

16.-Procesador de textos Word 2010: El Entorno de trabajo; operaciones con documentos; trabajar con texto; formato; diseño de páginas; tablas; imágenes; estilos; insertar vínculos; trabajar el encabezado y pie de página; tablas de contenido; trabajar ilustraciones; combinar correspondencia; trabajar con campos; configuración de la impresión.

17.-Hoja de Cálculo Excel 2010: Entorno de trabajo; operaciones con libros y hojas; formatos; operaciones con celdas y rangos de celdas; formulas; funciones básicas y avanzadas; gráficos trabajar con datos en Excel; uso y creación de plantillas; tablas dinámicas; configuración de la impresión.

18.-Base de datos Access 2010: Elementos básicos; tablas; consultas; formularios; informes; importar, exportar y vincular datos externos.

19.-Conceptos elementales sobre internet y correo electrónico.

Código del anuncio: L2415947

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