RESOLUCIÓN 1787/2024, de 20 de agosto, del rector de la Universidad Pública de Navarra por la que se autoriza el gasto y se aprueba la convocatoria de un contrato predoctoral vinculado al área de conocimiento de las Ciencias de la Computación e Inteligencia Artificial, financiada por la Cátedra Tracasa de Ciencias de la Computación e Inteligencia Artificial de la Universidad Pública de Navarra. Identificación BDNS: 781174.

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1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 1787/2024, de 20 de agosto, del rector de la Universidad Pública de Navarra por la que se autoriza el gasto y se aprueba la convocatoria de un contrato predoctoral vinculado al área de conocimiento de las Ciencias de la Computación e Inteligencia Artificial, financiada por la Cátedra Tracasa de Ciencias de la Computación e Inteligencia Artificial de la Universidad Pública de Navarra. Identificación BDNS: 781174.

Con fecha 4 de junio de 2024, la Universidad Pública de Navarra y Tracasa Instrumental SL suscribieron un convenio específico de colaboración para fomentar la actividad investigadora en el ámbito de la Ciencia de la Computación e Inteligencia Artificial, a través de la Cátedra Tracasa de Ciencias de la Computación e Inteligencia Artificial, mediante la financiación de un contrato predoctoral.

La Comisión Mixta de Seguimiento, en acta de 24 de noviembre de 2023, consideró de interés la financiación de un contrato predoctoral vinculado al área de conocimiento de las Ciencias de la Computación e Inteligencia Artificial, y más concretamente, al ámbito de la Inteligencia Artificial aplicada a la observación de la Tierra.

Vista el acta de la Comisión Mixta de la "Cátedra Tracasa de Ciencias de la Computación e Inteligencia Artificial de la Universidad Pública de Navarra" de fecha 12 de agosto de 2024.

Visto el Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación.

Visto el informe emitido por el Servicio Jurídico de la Universidad.

Visto la certificación de reserva de créditos y el informe emitido por la Sección de Contabilidad de la Universidad.

Sometido a fiscalización posterior por ausencia de la interventora.

En uso de las atribuciones que me han sido conferidas por el artículo 40 de los Estatutos de la Universidad Pública de Navarra,

HE RESUELTO:

Primero.-Aprobar la convocatoria de un contrato predoctoral vinculado al área de conocimiento de la Ciencias de la Computación e Inteligencia Artificial, con una dotación de:

-Primer y segundo año de contrato: 14 pagas de 1.298,60 euros brutos.

-Tercer año de contrato: 14 pagas de 1.391,36 euros brutos.

-Cuarto año de contrato: 14 pagas de 1.739,20 euros brutos.

Segundo.-Conforme a la cláusula cuarta del convenio de colaboración entre la Universidad Pública de Navarra y Tracasa Instrumental SL para la creación de la "Cátedra Tracasa de Ciencias de la Computación e Inteligencia Artificial de la Universidad Pública de Navarra", TRACASA se compromete a asumir íntegramente el coste del contrato predoctoral.

Tercero.-El coste total de la convocatoria incluyendo los Costes Indirectos del 13% asciende a 154.139,49 euros, quedando condicionada a la existencia de dotación presupuestaria suficiente que a tal efecto se habilite en los presupuestos en las partidas:

303000281A/0330/13110 Personal investigador en formación 3.027,71 euros.

303000281A/0330/16000 Seguridad Social 1.166,11 euros.

303000281A/0330/48123 Ayudas matrículas 400,00 euros.

303000281A/0330/22800 AF gastos fungibles 188,65 euros.

303000281A/0330/13110 Personal investigador en formación 18.180,40 euros.

303000281A/0330/16000 Seguridad Social 6.996,65 euros.

303000/0320/48123 Ayudas matrículas 375,00 euros.

303000281A/0330/22800 AF gastos fungibles 1.443,27 euros.

303000281A/0330/13110 Personal investigador en formación 18.396,67 euros.

303000281A/0330/16000 Seguridad Social 7.016,13 euros.

303000/0320/48123 Ayudas matrículas 375,00 euros.

303000281A/0330/22800 AF gastos fungibles 3.656,33 euros.

303000281A/0330/13110 Personal investigador en formación 20.290,04 euros.

303000281A/0330/16000 Seguridad Social 7.274,42 euros.

303000/0320/48123 Ayudas matrículas 375,00 euros.

303000281A/0330/22800 AF gastos fungibles 7.269,98 euros.

303000281A/0330/13110 Personal investigador en formación 23.495,85 euros.

303000281A/0330/16000 Seguridad Social 6.732,43 euros.

303000281A/0330/22800 AF gastos fungibles 7.441,71 euros.

Cuarto.-La fecha prevista de inicio del contrato será el 1 de noviembre de 2024.

Quinto.-Comunicar la presente resolución al director de la "Cátedra Tracasa de Ciencias de la Computación e Inteligencia Artificial de la Universidad Pública de Navarra", don Mikel Galar Idoate, al vicerrector de Investigación, a la Sección de Presupuestos y Planificación Económica, a la Sección de Contabilidad, al Servicio de Recursos Humanos, al Servicio de Enseñanzas, al Servicio de Investigación y al Servicio de Control Interno.

Sexto.-Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón electrónico de la sede electrónica de la Universidad Pública de Navarra. Asimismo, desde el Servicio de Investigación se procurará su máxima difusión a través de los medios electrónicos de la Universidad Pública de Navarra.

Séptimo.-La presente resolución agota la vía administrativa, y contra la misma y sus bases cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el rector, en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante el juzgado del mismo orden de Navarra, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 20 de agosto de 2024.-El rector, Ramón Gonzalo García.

CONVOCATORIA DE UN CONTRATO PREDOCTORAL FINANCIADO, POR LA CÁTEDRA TRACASA DE CIENCIAS DE LA COMPUTACIÓN E INTELIGENCIA ARTIFICIAL DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA PARA LA REALIZACIÓN DE UNA TESIS DOCTORAL EN LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA EN EL ÁREA DE CONOCIMIENTO CIENCIAS DE LA COMPUTACIÓN E INTELIGENCIA ARTIFICIAL

Anexo Resolución 1787/2024 de 20 de agosto

En la política de impulso y fomento a la investigación en la Universidad Pública de Navarra, se pretende formar jóvenes investigadores impulsando la investigación en el ámbito predoctoral.

La convocatoria de este contrato predoctoral encuentra su origen en el Convenio colaboración entre la Universidad Pública de Navarra y Tracasa Instrumental SL para la financiación de un contrato predoctoral vinculado al área de conocimiento de la Ciencias de la Computación e Inteligencia Artificial en el marco de la "Cátedra Tracasa de Ciencias de la Computación e Inteligencia Artificial de la Universidad Pública de Navarra".

El contrato que se suscriba entre la UPNA y la persona seleccionada tras la tramitación de la correspondiente convocatoria será el contrato predoctoral regulado en el artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. De acuerdo con el artículo 21 de esta Ley, la duración del contrato predoctoral no podrá exceder de cuatro años.

Atendiendo a todo ello, la Universidad Pública de Navarra realiza la siguiente convocatoria de un contrato predoctoral.

1.-Objeto de la convocatoria.

El objetivo principal de esta convocatoria, que se realiza en régimen de concurrencia competitiva, es la formación de una persona titulada universitaria en investigación científica y técnica en la Universidad Pública de Navarra, encaminada a la obtención del grado de doctor dentro del Área de conocimiento Ciencias de la Computación e Inteligencia Artificial.

Se convoca un contrato predoctoral para la realización de una tesis doctoral cuyo objetivo será investigar y desarrollar métodos avanzados de inteligencia artificial aplicados a la observación de la Tierra, con el fin de mejorar la interpretación y análisis de datos provenientes de satélites y otras fuentes de datos.

En particular, podrán abordarse temas relacionados con la clasificación automática de imágenes satelitales, la detección de cambios en la cobertura terrestre, el procesamiento de datos de diferentes tipos (LiDAR, Radar, multiespectral o híper-espectral...), o la optimización de algoritmos de procesamiento de imágenes, con el objetivo de contribuir al avance del conocimiento en el campo de la observación de la Tierra mediante técnicas de inteligencia artificial.

El contrato predoctoral, que tendrá una duración de un año, pudiendo ser prorrogado por periodos anuales hasta completar el plazo máximo de 4 años de duración, así como las ayudas previstas en las bases de la presente convocatoria, estarán financiadas por la Cátedra Tracasa de Ciencias de La Computación e Inteligencia Artificial de la Universidad Pública de Navarra, y en consecuencia quedan, en todo caso y a todos los efectos, supeditadas al mantenimiento de dicha financiación y al cumplimiento de los requisitos establecidos en esta convocatoria.

2.-Requisitos de las personas solicitantes.

Se deberán cumplir los siguientes requisitos en el plazo de solicitud:

-Estar admitidos/as en el programa de doctorado en Ciencias y Tecnologías Industriales, de la Universidad Pública de Navarra en el curso 2024/25 o haber solicitado la admisión a este dentro del plazo de solicitud.

En el caso de ser seleccionado/a para la concesión, deberá formalizar la matrícula en el citado programa de doctorado en el plazo que se determine en la publicación de la resolución definitiva de la presente convocatoria.

-Estar en posesión de estudios de máster universitario en Ingeniería Informática, máster universitario en Ciencia de Datos e Ingeniería de Computadores, máster universitario en Inteligencia Artificial, máster universitario en Machine Learning, o asimilable a los anteriores.

-No podrán participar en la presente convocatoria quienes hayan disfrutado de otros contratos o ayudas homologables cuyo objeto sea la consecución de una tesis doctoral, durante los doce meses anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de la presente convocatoria.

-No haber depositado la tesis doctoral para su defensa.

-No haber obtenido el título de doctorado.

3.-Régimen jurídico.

3.1. El contrato predoctoral se regirá por las bases de la presente convocatoria y por lo establecido en el Convenio suscrito entre la Universidad Pública de Navarra y TRACASA que financia el contrato predoctoral.

Asimismo, se regirá por lo establecido en el artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y en lo previsto en el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación, aprobado por Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo (Boletín Oficial del Estado número 64, de 15 de marzo de 2019), y, en su caso, por las disposiciones del Estatuto de los Trabajadores que resulten de aplicación.

3.2. La Comisión de Valoración podrá sugerir un cambio en la dirección de tesis a la propuesta inicialmente indicada por el candidato en su solicitud de admisión al programa de doctorado. Esta propuesta de cambio se dará a conocer conjuntamente con la propuesta de concesión. La persona seleccionada para el contrato predoctoral quedará asignada al mismo grupo de investigación y al mismo departamento que su director o directora.

3.3. La formalización del contrato predoctoral y la concesión de las ayudas previstas en la presente convocatoria no supone un compromiso de posterior incorporación de la persona seleccionada a la plantilla de la Universidad Pública de Navarra, a la de la empresa TRACASA, o a la de cualquier centro o empresa en el que se desarrollen estancias de investigación en el marco de este contrato.

3.4. En el caso de no recibir por parte de TRACASA las cantidades acordadas en el plazo indicado, la Universidad Pública de Navarra se reserva el derecho de cancelar la renovación anual de los contratos suscritos y podrá acordar unilateralmente la rescisión del contrato predoctoral para la realización de una tesis doctoral en la Universidad Pública de Navarra en el Área de conocimiento Ciencia de la Computación e Inteligencia Artificial, financiada por TRACASA.

3.5. La formalización del contrato predoctoral y la percepción de la ayuda prevista al amparo de esta convocatoria es incompatible con otras ayudas o becas financiadas con fondos públicos o privados, así como con sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria de la persona seleccionada para la concesión, con las siguientes excepciones, previa autorización del vicerrector de Investigación:

-Percepciones por tareas docentes e investigadoras siempre que estén directamente asociadas con la investigación desarrollada por el personal investigador en formación y con los complementos provenientes de participación autorizada en proyectos de I+D y de contratos realizados en aplicación de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.

-Las ayudas complementarias para fomentar la formación y movilidad del personal investigador.

-Percepciones esporádicas por actividades que, a juicio del vicerrector de Investigación de la Universidad Pública de Navarra, no interfieran en el desarrollo del objeto del contrato predoctoral concedido.

4.-Presentación de solicitudes.

Las solicitudes deberán presentarse por medios exclusivamente electrónicos, en el Registro electrónico de la Universidad, a través del procedimiento habilitado en el Catálogo de Procedimientos al que se accede a través de la Sede electrónica de la Universidad disponible en el siguiente enlace:

https://sedeelectronica.unavarra.es/sede/catalogo-de-procedimientos/todos/convocatoria-predoc-proyectos-convenios-catedras?languageId=100000

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles desde el día siguiente al de publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la presente convocatoria. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

Con carácter general, los requisitos exigidos deberán ser cumplidos en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

5.-Impresos y documentación de solicitud.

La documentación a presentar es la siguiente:

a) Impreso normalizado:

https://www2.unavarra.es/gesadj/registroGeneral/instancias/investigacion/ayudas-y-convocatorias/contratos-predoc-proyectos-convenios-catedras.pdf

b) Fotocopia del documento nacional de identidad, número de identidad de extranjería o pasaporte.

c) Impreso resumen de la relación de méritos:

https://www2.unavarra.es/gesadj/seccionInvestigacion/2024/1-BILINGUE-meritospredoctorales.pdf

d) Documentación acreditativa de los méritos alegados. Únicamente se valorarán los méritos acreditados documentalmente. No serán tenidos en cuenta los documentos emitidos por personas, órganos o instituciones que no tengan atribuida la competencia para certificar según sus propias normas reguladoras.

Si la documentación acreditativa de méritos está expedida en idiomas distintos al español, euskera, inglés o francés, deberá acompañarla de la correspondiente traducción simple a uno de estos idiomas, dejando a potestad de la Comisión de Investigación el requerimiento de traducción jurada si fuese necesario.

e) Expediente académico completo (con indicación expresa de la nota media) de los estudios de acceso al doctorado (máster y grado, según corresponda), en el que figuren las calificaciones obtenidas y la fecha de su obtención. Los titulados por la Universidad Pública de Navarra no deberán presentar este documento.

En los certificados de notas expedidos por centros extranjeros se hará constar además cuales son las calificaciones máximas y mínimas dentro del sistema de evaluación correspondiente y cuál es la calificación mínima para aprobar.

Cuando se hayan realizado estudios en el extranjero se deberá entregar además la equivalencia de notas realizada por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades que se puede solicitar en:

https://www.universidades.gob.es/equivalencia-de-notas-medias-de-estudios-universitarios-realizados-en-centros-extranjeros/

Si las certificaciones académicas están expedidas en idiomas distintos al español, euskera, inglés o francés, deberá acompañarlas de la correspondiente traducción jurada a uno de estos idiomas.

f) Fotocopia del título, o resguardo de haberlo solicitado, con el que se concurre a esta solicitud. Los titulados por la Universidad Pública de Navarra no deberán presentar este documento.

En el caso de que la documentación solicitada en las bases de esta convocatoria ya obre en poder de la Universidad Pública de Navarra, no estarán obligados a presentarla, pero deberán hacer constar esta circunstancia mediante escrito en el que identifiquen el documento de que se trata, la fecha, y la unidad administrativa en que fue presentada.

Únicamente la documentación presentada en forma y plazo será tenida en cuenta para la baremación de las solicitudes admitidas a trámite.

La Comisión de Valoración podrá solicitar información aclaratoria, si lo estimase conveniente, para elaborar la propuesta de selección.

6.-Selección de las personas candidatas.

La valoración de las solicitudes y la propuesta de adjudicación será realizada por una Comisión de Valoración constituida por tres miembros, que serán:

-Don Mikel Galar Idoate, profesor Titular de Universidad del Departamento de Estadística, Informática y Matemáticas, o en quien delegue, que actuará como presidente.

-Doña Aránzazu Jurío Munárriz, profesora Titular de Universidad del Departamento de Estadística, Informática y Matemáticas, o en quien delegue, que actuará como secretaria de la Comisión de Valoración.

-Persona miembro designada/persona designada por TRACASA, tal y como se recoge en el convenio firmado entre las partes, y que actuará como vocal de la Comisión de Valoración.

La Comisión de Valoración se constituirá a instancia de su presidente, que convocará a sus miembros a tal efecto. Asimismo, desde el Servicio de Investigación de la Universidad Pública de Navarra se realizarán las gestiones que resulten necesarias para facilitar la actuación de la Comisión de Valoración.

La Comisión de Valoración será la competente para valorar las candidaturas conforme a los siguientes criterios de selección, especificados en el anexo I:

a. Media del expediente académico de la titulación con la que se opte a acceder al programa de doctorado: hasta un máximo de 35 puntos.

En el impreso de solicitud se indicará la titulación con la que se opta a este contrato y sobre la cual se calculará la media del expediente académico. Caso de que se acceda con un máster universitario, se computará también la titulación universitaria previa al máster.

b. Experiencia en el área en la que se desarrollará el contrato predoctoral, hasta un máximo de 30 puntos.

c. Inglés, hasta un máximo de 10 puntos.

d. Movilidad, hasta un máximo de 10 puntos.

e. Otros méritos: publicaciones y participación en congresos, hasta un máximo de 5 puntos.

f. Entrevista personal que podrá alcanzar una valoración máxima de 10 puntos y que se realizará únicamente a las tres personas candidatas con mayor puntuación total en la suma de los apartados anteriores.

7.-Tramitación y resolución de las solicitudes.

7.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, por resolución del vicerrector de Investigación, se aprobará la relación provisional de solicitudes admitidas y excluidas por no acreditar alguno de los requisitos establecidos o por no haber presentado la documentación exigida en tiempo y forma.

Esta resolución se publicará, en el plazo máximo de 1 mes desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, en el tablón electrónico de la Universidad Pública de Navarra y en la misma se concederá a las personas interesadas un plazo de 5 días hábiles, contados desde el día siguiente al de esta publicación, para presentar reclamación, dirigida al Servicio de Investigación, contra su exclusión y para subsanar las deficiencias observadas o completar la documentación que se indique en la misma. La falta de subsanación o aportación de la documentación en este plazo podrá implicar la exclusión de la convocatoria.

7.2. El Servicio de Investigación analizará las reclamaciones presentadas, y elevará al vicerrector de Investigación la propuesta definitiva de solicitudes admitidas a trámite y excluidas.

Por resolución del vicerrector de Investigación, que se publicará en el tablón electrónico de la Universidad Pública de Navarra, se aprobará la relación definitiva de solicitudes admitidas y excluidas, y contra la que se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el rector, en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante el juzgado del mismo orden de Navarra, en el plazo de dos meses, contados ambos desde el día siguiente al de la publicación en el citado Tablón.

7.3. Posteriormente, la Comisión de Valoración evaluará las solicitudes admitidas conforme a los criterios señalados en la base 6, aprobará las puntuaciones provisionales de cada candidatura y la propuesta de adjudicación provisional del contrato. Este acuerdo de la Comisión de Valoración con las adjudicaciones provisionales se publicará en el tablón electrónico de la Universidad Pública de Navarra, y contra el mismo se podrá presentar reclamación, dirigida al presidente de la Comisión, en el plazo de 5 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la propuesta.

7.4. Resueltas las reclamaciones, la Comisión de Valoración elevará al vicerrector de Investigación de la Universidad la propuesta de adjudicación definitiva y de las candidaturas en lista de espera por orden de puntuación para su aprobación mediante Resolución. La resolución del vicerrector de Investigación con la adjudicación definitiva y el orden de prelación de las personas en lista de espera será publicada en el tablón electrónico de la Universidad Pública de Navarra.

Contra esta resolución definitiva, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante el rector, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, o recurso contencioso administrativo ante los Juzgados del mismo orden de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación.

8.-Objeto y condiciones del contrato predoctoral.

8.1. El contrato predoctoral tendrá por objeto la realización de tareas de investigación, en el ámbito de la Ciencia de la Computación e Inteligencia Artificial, y en particular la elaboración de una tesis doctoral cuyo objetivo se especifica en la cláusula 1 de esta convocatoria, así como la orientación postdoctoral por un periodo máximo de doce meses.

8.2. El contrato predoctoral se celebrará por escrito entre la persona seleccionada que hubiera obtenido mayor puntuación, de acuerdo con el orden de prelación y lo previsto en la base anterior, en su condición de trabajadora, y la Universidad Pública de Navarra, en su condición de empleadora.

El contrato deberá acompañarse del escrito de admisión al programa de doctorado de Ciencias y Tecnologías Industriales de la Universidad Pública de Navarra, expedido por la unidad responsable de dicho programa, o por la escuela de doctorado o posgrado en su caso.

No podrán suscribir el contrato quienes hayan depositado o defendido la tesis, lo que implicará su exclusión de la presente convocatoria o, en su caso, denegación del contrato.

El contrato se formalizará a tiempo completo por una duración inicial de un año, prorrogable por periodos anuales, previo informe favorable de la Comisión Académica del programa de doctorado, o en su caso de la Escuela de doctorado, durante el tiempo que dure su permanencia en el programa. La duración máxima del contrato, incluidas las prórrogas, será de 4 años.

Se requerirá además la evaluación positiva de su dirección de tesis al informe anual presentado por la persona seleccionada para la concesión y será imprescindible la existencia de disponibilidad presupuestaria.

8.3. El contrato predoctoral finalizará en los siguientes supuestos:

-Cumplimiento del plazo máximo del contrato, incluidas todas sus prórrogas.

-Finalizar la permanencia o no estar matriculado/a en el programa de doctorado de Ciencias y Tecnologías Industriales.

-Haber obtenido evaluación negativa de su actividad predoctoral en el informe de la Comisión Académica del programa de doctorado. En el caso de que esta evaluación sea desfavorable podrá ser resuelto el contrato predoctoral.

8.4. La dotación económica anual de la financiación del presente contrato predoctoral será la especificada en el Convenio suscrito entre la Universidad Pública de Navarra y TRACASA, SL Unipersonal, que asciende, para la primera anualidad, a 26.708,97 euros. Este importe se destinará a la cobertura de los siguientes gastos:

-Una dotación de las retribuciones anuales brutas distribuidas en 14 pagas mensuales de 1.298,60 euros cada una.

-Las cuotas empresariales de la Seguridad Social que en su caso correspondan en los términos establecidos en la legislación vigente.

-Gastos de matrícula en el programa de doctorado hasta un máximo de 400,00 euros.

-Bolsa de gastos de investigación directamente relacionados con el desarrollo de la tesis doctoral hasta un máximo de 1131,92 euros.

9.-Obligaciones de la persona seleccionada.

9.1. La formalización del contrato predoctoral implica la aceptación, por parte de la persona seleccionada, de las normas fijadas en esta convocatoria, y de las establecidas por TRACASA en el convenio en el cual se enmarca la financiación, así como las que la Universidad Pública de Navarra establezca para el seguimiento científico del objeto del contrato y, en su caso de la ayuda complementaria.

9.2. La persona seleccionada deberá:

a. Incorporarse a la Universidad Pública de Navarra en la fecha indicada en la resolución de concesión y en el contrato, para la realización del trabajo de investigación objeto del contrato, entendiéndose la no incorporación como renuncia al mismo. También se entenderá como renuncia no firmar el contrato en los 5 días hábiles siguientes a la recepción del aviso remitido desde Recursos Humanos para proceder a la firma del mismo.

b. Realizar con aprovechamiento su labor en el seno del Grupo de Investigación asignado y en el de las entidades que se definan, en el caso de plantearse estancias de investigación en otros centros o empresas.

c. No difundir bajo ninguna forma las informaciones científicas o técnicas a las que hayan podido tener acceso en el desarrollo del trabajo asociado al contrato sin autorización de su dirección de tesis. Guardar absoluto y total secreto sobre la información confidencial a la que pudieran tener acceso durante la ejecución de sus actividades tanto en la Universidad Pública de Navarra como en cualquier otro centro o empresa donde se realicen estancias de investigación, no procediendo a su revelación, comunicación y/o difusión en todo o en parte a terceras personas.

d. En el caso de que la persona seleccionada estuviese interesada en efectuar cualquier clase de comunicación, publicación o difusión relacionada con sus investigaciones, deberá contar con el consentimiento expreso, previo y por escrito de su dirección de tesis que someterá esta autorización al visto bueno del vicerrector de Investigación. En todo caso, para otorgarlo o denegarlo, se atenderá a lo establecido en el Convenio entre la Universidad Pública de Navarra y TRACASA en el que se enmarca este contrato.

e. Remitir a su dirección de tesis, al Servicio de Investigación de la Universidad Pública de Navarra y a TRACASA los informes que le sean solicitados respecto de la actividad realizada, incluyendo el visto bueno de su dirección tesis, en su caso, respetando siempre las cláusulas de confidencialidad.

f. Contar con el informe favorable de la preceptiva prueba de seguimiento anual más reciente de la comisión académica del programa de doctorado de Ciencias y Tecnologías Industriales de la Universidad Pública de Navarra, para la renovación anual del contrato. Caso de no estar sujeto a la obligatoriedad de la prueba anual, deberá presentar una memoria del trabajo realizado, acompañada de los informes del de su dirección de tesis. La comisión mixta de la Cátedra Tracasa de Ciencias de la Computación e Inteligencia Artificial de la Universidad Pública de Navarra, podrá solicitar en cualquier momento un informe sobre los avances de la tesis.

g. Hacer constar en todas las publicaciones u otros resultados que se deriven de las actividades de investigación realizadas durante el periodo de disfrute del contrato, la referencia a la Cátedra Tracasa de Ciencias de la Computación e Inteligencia Artificial de la Universidad Pública de Navarra, a la financiación recibida de TRACASA y al convenio en el cual se enmarca este contrato.

h. Presentar a su dirección de tesis, una vez concluido el disfrute definitivo de la misma, una memoria final anual del trabajo realizado, así como un certificado de la vida laboral.

i. Defender y aprobar la tesis doctoral en el plazo máximo de 4 años desde la fecha de inicio del contrato predoctoral. El vicerrector de Investigación podrá conceder una ampliación en el plazo de cumplimiento de esta obligación, previa solicitud motivada de la persona interesada con el visto bueno de su Dirección de tesis e informe favorable de la Comisión Académica de doctorado.

j. Informar a su dirección de tesis y al Servicio de Investigación de la Universidad Pública de Navarra de cualquier resultado de investigación generado en el marco de este contrato que sea susceptible de ser protegido con cualquier fórmula de protección de la propiedad industrial o intelectual y/o que tenga aplicación industrial o comercial.

k. Ceder y asignar a la Universidad Pública de Navarra todos los derechos de propiedad industrial e intelectual sobre todos los resultados que se hayan generado en el marco de este contrato, con el objeto de que la Universidad Pública de Navarra pueda cumplir con los compromisos de propiedad industrial e intelectual adquiridos en el convenio suscrito con TRACASA.

9.3. El incumplimiento de las obligaciones mencionadas supondrá la anulación del contrato predoctoral y podrá conllevar el reintegro de las cantidades indebidamente percibidas.

9.4. Para renunciar al contrato se deberá dirigir un escrito fundamentado de su renuncia al vicerrector de Investigación con la firma de su Dirección de tesis. La solicitud de renuncia al contrato deberá de ser presentada con una antelación mínima de 7 días hábiles a la fecha de efectos.

Las posibles bajas y renuncias dentro de los 3 meses siguientes al inicio del contrato, se podrán sustituir, previa conformidad de TRACASA y de la Cátedra Tracasa de Ciencias de la Computación e Inteligencia Artificial de la Universidad Pública de Navarra, siguiendo el orden establecido de la lista de espera en la resolución definitiva de concesión y deberá de contar con el visto bueno de su dirección de tesis, siempre que a su juicio quede garantizado el cumplimiento de la finalidad del contrato por el tiempo que reste para la conclusión de la misma.

9.5. Las tareas a desarrollar por la persona seleccionada para la formalización del contrato predoctoral convocado se realizarán en las instalaciones de la Universidad Pública de Navarra y, en el caso de que así se determine, en las de otros centros o empresas en los que se planteen estancias de investigación, incluyendo TRACASA. Durante el desarrollo de estas estancias, la persona seleccionada deberá cumplir con la normativa de cada centro o empresa de acogida y con todas las normas específicas que al efecto se determinen.

10.-Beneficios sociales.

La persona seleccionada disfrutará de los beneficios laborales y sociales inherentes al contrato predoctoral suscrito.

11.-Colaboración en tareas docentes.

La persona seleccionada podrá solicitar la autorización a prestar colaboraciones en tareas docentes de un Departamento universitario con fines formativos, previa conformidad de quien le dirija de la tesis y de la dirección del departamento implicado. Esta colaboración podrá efectuarse hasta un máximo de 60 horas anuales y un máximo de 180 durante los 4 años de contrato.

La autorización se solicitará de acuerdo al procedimiento aprobado por Consejo de Gobierno de fecha 30 de mayo de 2018, presentando en la Unidad de Apoyo Administrativo correspondiente el impreso normalizado, según lo indicado en el citado procedimiento.

12.-Suspensión del contrato.

La persona contratada tendrá derecho a la percepción de las prestaciones propias del régimen de la acción protectora de la Seguridad Social, en los términos previstos en el mismo, de acuerdo con las previsiones del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social durante el periodo que duren las contingencias que las causaren. En lo referido a permisos se atendrá a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores y legislación vigente que sea de aplicación.

Las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante la lactancia y paternidad, suspenderán el cómputo de la duración de los contratos, de acuerdo con la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

13.-Propiedad industrial e intelectual.

La Universidad Pública de Navarra tendrá en exclusiva y será titular de todos los derechos de propiedad industrial e intelectual sobre los resultados de investigación generados en el marco de este contrato.

La persona seleccionada para la concesión, cederá y asignará a la Universidad Pública de Navarra todos los derechos de propiedad industrial e intelectual sobre los resultados que se hayan generado en el marco de este contrato con el objeto de que la Universidad Pública de Navarra pueda cumplir con los compromisos de propiedad industrial e intelectual adquiridos en el convenio suscrito con TRACASA.

No obstante, la Universidad Pública de Navarra reconocerá a la persona seleccionada para la concesión, si procede, el derecho a participar de los beneficios que esta obtenga de la explotación o cesión de derechos sobre los resultados que se hayan podido generar en el marco de este contrato, de acuerdo con los términos y condiciones establecidos en el artículo 70 de los Estatutos de la Universidad Pública de Navarra.

Además, se respetarán en todo caso sus derechos morales, especialmente en lo que respecta al reconocimiento de su condición como persona autora y/o inventora de conformidad con la legislación vigente.

14.-Protección de datos.

Los datos personales facilitados por los participantes en la presente convocatoria serán tratados conforme al Reglamento UE 2016/679 General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales (LOPDGDD).

La finalidad de este tratamiento es la gestión administrativa de la investigación y su base jurídica la misión de interés público, según el artículo 6.1.e) del RGPD. Consiste en la formación de jóvenes investigadores mediante la convocatoria de contratos para personal investigador en formación. El responsable de Tratamiento es la Universidad Pública de Navarra (UPNA), pudiendo los interesados ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión y otros en la materia ante delegado.protecciondatos@unavarra.es según los artículos 12-18 de la LOPDGDD.

La UPNA tratará sus datos identificativos y de contacto, firma, relación de méritos, datos de titulación y calificación académica, currículo y actividad investigadora. Asimismo, se prevé la publicación de contratos adjudicados y beneficiarios adjudicatarios en la web de la UPNA. Finalmente, deberán tratarse datos bancarios en caso de pagos en favor de los beneficiarios.

15.-Publicación.

La presente convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón electrónico de la sede electrónica de la Universidad.

Los demás actos dictados en aplicación de esta convocatoria serán publicados en el tablón electrónico de la Universidad Pública de Navarra.

16.-Recursos.

Contra la resolución aprobatoria y las bases contenidas en la presente convocatoria, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el rector, en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados del mismo orden de Navarra, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

ANEXO I.-BAREMO CONTRATO PREDOCTORAL
CATEGORÍAS
PUNTUACIÓN MÁXIMA
Expediente académico
35 Puntos
Experiencia acorde al perfil
30 Puntos
Inglés
10 Puntos
Movilidad
10 Puntos

Otros méritos: publicaciones y participaciones en Congresos

5 Puntos
Entrevista personal
10 Puntos

1.-Expediente académico, hasta un máximo de 35 puntos.

Se valorará la media del expediente académico de la titulación de acceso al doctorado. La obtención de la nota media del expediente académico se realizará en la escala de 0 a 10 conforme a lo que recoge el artículo 5 del Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional:

∑(número de créditos de la asignatura x nota) / número total de créditos de la titulación

También será de aplicación el Real Decreto 1044/2003, de 1 de agosto, por el que se establece el procedimiento para la expedición por las universidades del suplemento europeo al título.

Las asignaturas o créditos convalidados se puntuarán como aprobados, las asignaturas o créditos adaptados se puntuarán con su calificación de origen y el reconocimiento de créditos sin calificación no computará al realizar el cálculo de la nota media.

Si el expediente solo recoge calificación cualitativa se aplicará la siguiente equivalencia:

-Matrícula de honor 10.
-Sobresaliente 9,25.
-Notable 7,75.
-Aprobado 5,75.

En el caso de estudios de máster universitario se calculará la media ponderada del máster y de los estudios previos al máster en función de la duración de cada titulación.

Una vez calculada la media anterior se normalizarán todos los expedientes, de modo que se otorgará una puntuación de 35 puntos al/los mejor/es expediente/s, multiplicándose el resto por el mismo factor de normalización.

En el impreso de solicitud se indicará la titulación por la que se opta a este contrato y sobre la cual se calculará la media del expediente académico.

2.-Experiencia acorde al perfil, hasta un máximo de 30 puntos.

Se valorará la experiencia específica de la persona candidata en la realización de trabajos técnicos y de investigación relacionados con las áreas indicadas en el perfil del contrato, acreditada mediante contratos laborales, de prácticas, ayudas o becas en empresas o centros de investigación o universidades.

Se concederá 2,5 puntos por cada mes de dedicación plena en un contrato o beca.

3.-Conocimiento de Inglés, hasta un máximo de 10 puntos.

Será necesario la acreditación de nivel con alguno de los certificados admitidos por ACLES y CRUE (Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas), que se puntuarán según lo indicado a continuación:

-Nivel C1 o equivalente 10 puntos.

-Nivel B2 o equivalente 5 puntos.

https://www.crue.org/wp-content/uploads/2020/02/Certificados-para-la-acreditaci%C3%B3n-de-niveles-de-ingl%C3%A9s.pdf

4.-Movilidad, hasta un máximo de 10 puntos.

Se computarán estancias realizadas en universidades o centros de investigación diferentes a la entidad de origen. Se tendrán en cuenta las estancias realizadas dentro del programa Erasmus.

Cada mes de estancia se puntúa con 2,5 puntos.

5.-Otros méritos: publicaciones y participación en congresos, hasta un máximo de 5 puntos.

Se valorará la publicación en revistas y la participación en congresos relacionados con la temática objeto de este contrato. Se debe acreditar la aceptación o la publicación. No se puntuarán como publicaciones los libros de actas de congresos. La asistencia a congresos sin participación no se considera para la puntuación.

Publicaciones serán valoradas según el tipo de publicación de la siguiente forma:

-Artículos en revistas internacionales del primer cuartil de JCR, 1 puntos por artículo;

-Artículos en otras revistas internacionales de JCR, 0,5 puntos por artículo;

-Artículos en revistas nacionales o capítulos de libro nacionales, 0.1 puntos;

-Libros completos internacionales, 2 puntos;

-Libros completos nacionales, 1 punto.

Participaciones en Congresos será valorada según el tipo de contribución de la siguiente manera:

-Comunicaciones o posters en congresos internacionales, 0.5 puntos;

-Comunicaciones o posters en congresos nacionales, 0.25 puntos.

6.-Entrevista personal, hasta un máximo de 10 puntos.

La entrevista personal estará relacionada con el contenido del contrato convocado y será realizada por la Comisión de Valoración. Cada miembro de la Comisión de Valoración puntuará a cada candidatura de 0 a 10 puntos reflejando la adecuación de la persona candidata al perfil requerido para este contrato. La puntuación final en este apartado será la media aritmética de las valoraciones de las tres personas integrantes de la Comisión de Valoración. La entrevista se realizará únicamente a las tres personas candidatas con mayor puntuación en la suma total del resto de los apartados a valorar.

Cada mérito se puntuará una sola vez no pudiendo acreditar el mismo mérito en dos apartados diferentes.

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447373 {"title":"RESOLUCIÓN 1787\/2024, de 20 de agosto, del rector de la Universidad Pública de Navarra por la que se autoriza el gasto y se aprueba la convocatoria de un contrato predoctoral vinculado al área de conocimiento de las Ciencias de la Computación e Inteligencia Artificial, financiada por la Cátedra Tracasa de Ciencias de la Computación e Inteligencia Artificial de la Universidad Pública de Navarra. Identificación BDNS: 781174.","published_date":"2024-09-05","region":"navarra","region_text":"Navarra","category":"boa","category_text":"Boletín Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-navarra.png","id":"447373"} navarra ;Anuncios;BON;BON 2024 nº 181 https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Éxito La operación se ha realizado correctamente. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Premium en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un Organización. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propia Organización. https://govclipping.com/es/navarra/boa/2024-09-05/447373-resolucion-1787-2024-20-agosto-rector-universidad-publica-navarra-se-autoriza-gasto-se-aprueba-convocatoria-contrato-predoctoral-vinculado-area-conocimiento-ciencias-computacion-e-inteligencia-artificial-financiada-catedra-tracasa-ciencias-computacion-e-inteligencia-artificial-universidad-publica-navarra-identificacion-bdns-781174 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.