RESOLUCIÓN 9189E/2024, de 26 de agosto, del director general de Interior, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a los ayuntamientos de Navarra para la realización de actuaciones de información y divulgación del proyecto Helpbidea en el año 2024. Identificación BDNS: 782328.

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1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 9189E/2024, de 26 de agosto, del director general de Interior, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a los ayuntamientos de Navarra para la realización de actuaciones de información y divulgación del proyecto Helpbidea en el año 2024. Identificación BDNS: 782328.

El Plan Estratégico 2016-2019 del Sistema de Información Territorial de Navarra SITNA, estableció entre sus líneas estratégicas, la creación de la aplicación web "Helpbidea", que se trata de un visor geográfico web basado en la API SITNA que permite localizar una dirección postal de Navarra combinando diversos criterios: municipio, entidad singular, vía, portal, nombre de la casa o IDhelpbidea (identificador unívoco de la dirección).

Como consecuencia de su implantación, y ante el importante número de diseminados existentes en la Comunidad Foral de Navarra, desde el año 2018 el Gobierno de Navarra viene financiando mediante subvenciones la ejecución por parte de los ayuntamientos de una serie de actuaciones de localización y señalización de sus diseminados, con la finalidad última de facilitar su localización, especialmente por los servicios de emergencia.

Para ello, los Presupuestos Generales de Navarra para el año 2024 contemplan la partida F43001 F4400 4609 134102 denominada "Financiación Señalización Protección Civil", destinada a financiar actuaciones de los ayuntamientos que coadyuven a la localización y señalización de sus diseminados.

Una vez resuelta la convocatoria de subvenciones para la realización de actuaciones de localización y señalización de los diseminados, y debido a la disponibilidad presupuestaria, se considera conveniente una nueva convocatoria de subvenciones para la realización de otras actuaciones necesarias para la consecución de la finalidad descrita, como son las actuaciones de información y divulgación del proyecto Helpbidea entre la población y grupos de interés de los ayuntamientos que desde 2018 están participando en el proyecto, facilitando y promoviendo el uso de los códigos helpbidea asignados a los diseminados.

La Dirección General de Interior es, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Foral 254/2023, de 15 de noviembre, el órgano a quien corresponde gestionar los servicios de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra en las materias relativas a protección civil y atención de emergencias.

A estos efectos, la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, en el artículo 17.1, establece el régimen jurídico general aplicable a estas ayudas cuando sean otorgadas con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra, disponiendo que, con carácter previo a su concesión, el órgano competente deberá establecer sus bases reguladoras, que habrán de ser publicadas, posibilitando de este modo el acceso de quienes se encuentren en la situación que motiva el otorgamiento y garantizando el cumplimiento de los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad, no discriminación y control.

En consecuencia, vistos los informes que obran en el expediente, y constando informe favorable de la Intervención Delegada del Departamento de Economía y Hacienda, en uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral y por el Decreto Foral 254/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia del Gobierno de Navarra,

RESUELVO:

1. Aprobar la convocatoria de subvenciones a los ayuntamientos de Navarra para la realización de actuaciones de información y divulgación del proyecto Helpbidea en el año 2024.

2. Aprobar las bases reguladoras por las que se ha de regir esta convocatoria, que se recogen en el anexo de esta resolución.

3. Autorizar un gasto de 9.049,81 euros con cargo a la partida F43001-F4400-4609-134102: Financiación Señalización Protección Civil correspondiente al Presupuesto de Gastos del Gobierno de Navarra para el ejercicio 2024, para hacer frente a las obligaciones derivadas de esta convocatoria.

4. Publicar esta resolución y sus anexos en el Boletín Oficial de Navarra y comunicarla a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

5. Contra esta convocatoria, sus bases y los actos de la misma, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la consejera del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con el artículo 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y con Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral.

6. Trasladar la presente resolución al Servicio de Emergencias, Prevención y Protección Civil de la Dirección General de Interior, al Negociado de Gestión Económica y Contable de Bomberos y Protección Civil y a la Intervención Delegada del Departamento de Economía y Hacienda en este Departamento.

Pamplona, 26 de agosto de 2024.-El director general de Interior, Salvador Díez Zapata.

ANEXO.-BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A LOS AYUNTAMIENTOS DE NAVARRA PARA LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES DE INFORMACIÓN Y DIVULGACIÓN DEL PROYECTO HELPBIDEA EN EL AÑO 2024

1.-Objeto y finalidad de la convocatoria.

Las presentes bases reguladoras tienen por objeto establecer el régimen aplicable a la concesión de subvenciones a los ayuntamientos de Navarra que desarrollen actuaciones de información y divulgación del proyecto Helpbidea, durante el año 2024.

En el marco del citado proyecto, desde el año 2018 Gobierno de Navarra viene financiando mediante subvenciones a los ayuntamientos de Navarra la realización de actuaciones de localización y señalización de sus diseminados, entendiendo por tales las edificaciones ubicadas en parcelas catastrales fuera de los núcleos de población.

La subvención se concede con la finalidad de contribuir a la difusión del proyecto Helpbidea entre la población de los ayuntamientos que participan en dicho proyecto, dada la importancia que tiene desde el punto de vista de la seguridad de las personas y sus bienes facilitar el acceso y localización de los diseminados.

2.-Dotación presupuestaria.

Las subvenciones que se otorguen mediante esta convocatoria se financiarán con cargo a la partida F43001 F4400 4609 134102 denominada "Financiación Señalización Protección Civil", del Presupuesto de Gastos del Gobierno de Navarra para el ejercicio 2024, dotada con 9.049,81 euros.

3.-Beneficiarios y requisitos.

Pueden ser beneficiarios de las subvenciones contempladas en la presente convocatoria los ayuntamientos de Navarra que tengan las direcciones de sus diseminados incorporadas en el Gestor de Direcciones Postales del Gobierno de Navarra en la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

Habrán de cumplir asimismo los requisitos generales que establece el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

4.-Gastos subvencionables y requisitos de las actuaciones a realizar.

Se consideran subvencionables aquellos gastos correspondientes a las actuaciones que a continuación se detallan, realizadas entre el 1 de enero y el 22 de noviembre de 2024, inclusive, que hayan sido abonados con anterioridad a la finalización del periodo de justificación. A estos efectos se considerará como fecha de realización del gasto la fecha de facturación.

Se consideran actuaciones subvencionables las siguientes:

a) Impresión de soportes adhesivos con el logotipo helpbidea-112 (etiquetas adhesivas, imanes y elementos similares). Deben ser escribibles para que cada destinatario anote el código helpbidea de su diseminado y sea colocado en un lugar accesible de forma que resulte visible en caso de tener que proporcionarlo al teléfono de emergencias 112 SOS Navarra.

b) Elaboración de folletos con el plano metrobaserri y los diseminados de la localidad para su distribución entre la población y servicios interesados. Se puede incluir información sobre la finalidad del proyecto y su utilidad e interés.

El Servicio de Emergencias, Prevención y Protección Civil proporcionará el diseño básico con el contenido mínimo que estas actuaciones deben incluir. Otros contenidos deberán contar con la aprobación de dicho Servicio.

En todos los casos deberá incluirse el logotipo "helpbidea-112", que se encuentra disponible en los siguientes enlaces:

https://pcsitna.navarra.es/proyectos/helpbidea/Documentos%20compartidos/Logotipos/logohelpbidea112.png

https://pcsitna.navarra.es/proyectos/helpbidea/Documentos%20compartidos/Logotipos/logohelpbidea112incr.svg

En ningún caso el coste de adquisición podrá ser superior al valor de mercado.

Será subvencionable el IVA correspondiente a las actuaciones objeto de subvención siempre que no sea repercutible ni sea susceptible de recuperación o compensación.

En todo caso, quedan excluidos de la presente convocatoria los gastos relativos a la distribución o colocación de cualquiera de los elementos anteriormente descritos.

5.-Órganos competentes para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento.

A los efectos previstos en la presente convocatoria se atribuyen al Servicio de Emergencias, Prevención y Protección Civil las funciones de ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de las ayudas. Las referencias hechas al "órgano instructor" en estas bases reguladoras se entienden hechas a dicho Servicio.

Es competente para la resolución del procedimiento de concesión la Dirección General de Interior.

6.-Presentación de solicitudes, documentación exigida y acreditación de requisitos.

6.1. Plazo:

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

6.2. Forma de presentación:

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente de manera telemática a través del registro general electrónico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra accesible directamente en la dirección http://www.navarra.es/home_es/Servicios/ficha/1718/Registro-General-Electronico o mediante el enlace existente en la ficha correspondiente a esta convocatoria en el catálogo de trámites del Portal del Gobierno de Navarra.

En todo caso, las solicitudes deberán ir dirigidas al Servicio de Emergencias, Prevención y Protección Civil de la Dirección General de Interior.

Si alguno de los interesados presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación telemática. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.

6.3. Documentación a presentar:

Las solicitudes de ayuda se presentarán conforme al modelo de solicitud recogido en el anexo I de las presentes bases, adjuntando de forma preceptiva la documentación señalada en él.

La solicitud de la subvención supone la aceptación de las bases que rigen esta convocatoria.

6.4 Subsanación:

Si la solicitud de subvención no reuniera los datos de identificación de la ayuda solicitada o de la entidad solicitante, no se adjuntase la documentación exigida con carácter preceptivo o no reuniera alguno de los requisitos exigidos en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se requerirá al interesado para que la subsane en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la notificación del requerimiento de subsanación, indicándole que si no lo hiciera se le tendrá por desistido de su solicitud y se dictará resolución de archivo del expediente.

7.-Procedimiento de concesión y criterios de valoración de las solicitudes.

7.1. Procedimiento de concesión:

El procedimiento de la concesión de las subvenciones previstas en la presente convocatoria será el ordinario, en concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo a los criterios de valoración indicados en el punto siguiente.

7.2. Criterios de valoración de las solicitudes:

Las solicitudes serán valoradas, a efectos de obtener un orden de prelación de mayor a menor puntuación de acuerdo con los siguientes criterios:

1. Porcentaje de edificaciones diseminadas incluidas en el Gestor de Direcciones del Gobierno de Navarra respecto a las edificaciones totales de cada Ayuntamiento incluidas en dicho gestor. Se imputará a cada Ayuntamiento el número de puntos que le corresponda, de acuerdo con la siguiente tabla:

PORCENTAJE DISEMINADOS
PUNTOS
Más del 50%
30 puntos
Del 40 al 50%
25 puntos
Del 30 al 39%
20 puntos
Del 20 al 29%
15 puntos
Del 10 al 19%
10 puntos
Menos del 10%
5 puntos

2. Número de diseminados incluidos en el Gestor de Direcciones del Gobierno de Navarra. Se imputará a cada Ayuntamiento el número de puntos que le corresponda, de acuerdo con la siguiente tabla:

NÚMERO DE DISEMINADOS
PUNTOS
Más de 300
70 puntos
De 250 a 300
60 puntos
De 200 a 249
50 puntos
De 150 a 199
40 puntos
De 100 a 149
30 puntos
De 50 a 99
20 puntos
De 20 de 49
10 puntos
Menos de 20
5 puntos
8.-Importe de la subvención.

Se subvencionará hasta un 90% de los presupuestos presentados para las actuaciones descritas en la base 4 y hasta el límite máximo de la consignación presupuestaria.

Si la cantidad total resultante de la valoración económica resulta superior a la consignación presupuestaria disponible, se efectuará un prorrateo sobre las cuantías resultantes en función de los puntos totales obtenidos aplicando los criterios establecidos en la base 7.2.

9.-Concesión de la subvención.

Una vez evaluadas las solicitudes, y a la vista de la correspondiente propuesta de resolución formulada por el órgano instructor, la persona titular de la Dirección General de Interior resolverá la concesión de las subvenciones de acuerdo con lo dispuesto en la base anterior, y hasta el límite máximo de su consignación presupuestaria.

La Resolución será motivada y contendrá la relación de solicitantes a los que se concede la subvención, finalidad e importe asignado, así como en su caso, la desestimación del resto de solicitudes, en los términos establecidos en el artículo 21 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

La resolución de concesión se dictará y notificará en el plazo máximo de 3 meses, contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, los interesados podrán entender desestimadas sus solicitudes, sin perjuicio de la subsistencia de la obligación de resolver por parte de la Administración.

La resolución de concesión se publicará en la página web del Gobierno de Navarra, en la ficha correspondiente del Catálogo de servicios www.navarra.es.

Frente a la resolución, expresa o presunta, los interesados podrán recurrir en la forma señalada en la base 15.ª de la presente convocatoria.

10.-Plazos, forma de justificación y pago.

10.1. El abono de las ayudas se realizará en un único pago. Previamente, hasta el 28 de noviembre de 2024 incluido, se deberá remitir al Servicio de Emergencias, Prevención y Protección Civil de la Dirección General de Interior, obligatoriamente de manera telemática a través del registro general electrónico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, la siguiente documentación:

1. Memoria de las actuaciones realizadas, donde se detallarán las actividades realizadas con cargo a la presente convocatoria.

2. Facturas y documentos acreditativos del pago de dichas facturas.

3. Declaración responsable de la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, según anexo II.

10.2. Si el gasto justificado efectivamente realizado fuera inferior al importe del gasto concedido, la cuantía de la ayuda se ajustará al gasto efectivamente realizado. En ningún caso, el importe de la ayuda podrá ser superior al coste de la actividad realizada.

10.3. En caso de no justificar la totalidad de los gastos presupuestados presentados en la solicitud de la subvención, el abono de la subvención se minorará de forma proporcional al gasto realmente ejecutado conforme al porcentaje establecido en la base 8 de esta convocatoria.

11.-Obligaciones de los beneficiarios.

Los Ayuntamientos beneficiarios de las subvenciones quedan obligados a:

a) Cumplir con las obligaciones generales establecidas en el artículo 9 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

b) Destinar la ayuda exclusivamente al fin concreto para el que se conceda la subvención.

c) Justificar ante el Servicio de Emergencias, Prevención y Protección Civil el cumplimiento de los requisitos y condiciones.

d) Comunicar al Servicio de Emergencias, Prevención y Protección Civil de la Dirección General de Interior, la obtención de otras ayudas, ingresos o recursos que financien la actividad subvencionada. Dicha comunicación deberá realizarse tan pronto como se conozca y en todo caso con la justificación de la aplicación dada a los fondos concedidos.

e) Encontrarse, en el momento en que se dicte la propuesta de resolución de concesión, al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

f) Facilitar al Servicio de Emergencias, Prevención y Protección Civil cuanta información pueda precisar sobre el contenido objeto de subvención.

g) Admitir en todo momento la verificación de la ejecución de la actuación subvencionada por el Gobierno de Navarra.

h) Mencionar en cualquier tipo de anuncio o publicidad que se lleve a cabo, que las actividades subvencionadas han realizado con la colaboración del Gobierno de Navarra.

12.-Compatibilidad de la subvención.

Las subvenciones objeto de la presente convocatoria son compatibles con cualesquiera otras que pueden concederse por otras Administraciones públicas, por otros entes públicos o privados o de particulares, nacionales o internacionales.

El importe total de las subvenciones concedidas para la realización de las actividades objeto de subvención en esta convocatoria, no podrá ser en ningún caso de tal cuantía, que, aislada o conjuntamente con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos propios de la actividad objeto de la subvención, sea superior al coste de la actividad a desarrollar por la entidad beneficiaria.

13.-Incumplimiento de las obligaciones del beneficiario y reintegro.

La no ejecución de la actuación subvencionada o el incumplimiento de las condiciones impuestas con motivo de la concesión de la subvención, así como las demás causas previstas en el artículo 35 de la Ley Foral de Subvenciones o el incumplimiento de las obligaciones específicamente señaladas en esta convocatoria, generarán la obligación de reintegrar totalmente la cuantía recibida.

En los casos legalmente previstos, procederá, además, la exigencia del interés de demora correspondiente devengado desde la fecha de pago de la subvención, hasta aquella en que se dicte la resolución de reintegro.

La falta de justificación del gasto establecido en la resolución de Concesión dará lugar a la pérdida del derecho de cobro de la subvención concedida.

En el supuesto de que la subvención percibida se destinase a fines distintos para los que fue concedida, la Dirección General de Interior dictará resolución acordando el reintegro total de la subvención incluyendo intereses de demora.

14.-Responsabilidad y régimen sancionador.

Las entidades beneficiarias quedan sometidas a las responsabilidades y régimen sancionador que sobre infracciones administrativas en materia de subvenciones establecen los artículos 42 y siguientes de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

La imposición de las sanciones en materia de subvenciones se efectuará mediante el procedimiento que se establezca reglamentariamente y, en su defecto, conforme a lo dispuesto en la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral.

15.-Recursos.

Contra las bases reguladoras de la subvención y contra los actos dictados en aplicación de las mismas, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la consejera del Departamento de Interior, Función Pública y Justicia, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación o notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 126 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral.

16.-Normativa aplicable.

En los aspectos no previstos expresamente en las presentes bases reguladoras, será de aplicación lo dispuesto en la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, y demás normas de aplicación.

ANEXO I.-SOLICITUD DE SUBVENCIÓN A LOS AYUNTAMIENTOS DE NAVARRA PARA LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES DE INFORMACIÓN Y DIVULGACIÓN DEL PROYECTO HELPBIDEA EN EL AÑO 2024

Don/Doña ..........................................................................................................................................
Con DNI número ................................................................................................................................
Teléfono ..............................................................................................................................................
Correo electrónico ..............................................................................................................................
En representación de:
Ayuntamiento .........................................................................................................................................
Con NIF número ..................................................................................................................................
Con domicilio en ................................................................................................................................
Teléfono ...............................................................................................................................................
Correo electrónico ................................................................................................................................

DESTINO: Servicio de Emergencias, Prevención y Protección Civil de la Dirección General de Interior

SOLICITA subvención para la realización de actuaciones de información y divulgación del proyecto Helpbidea para el Ayuntamiento de ................................................................... , conforme a las bases de la convocatoria aprobada por Resolución ....................... /2024, de fecha .......................................... del director general de Interior, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número ................. de fecha ............................................... de 2024.

De conformidad con lo previsto en dichas bases reguladoras:

1. Declara que reúne los requisitos exigidos en la base 3.ª de la convocatoria.

2. Declara no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

3. En relación con la actividad para la que se solicita subvención, declara:

Que no ha obtenido ni solicitado ningún tipo de subvención o ayuda de esta Administración, de otras Administraciones públicas, entes públicos o privados o de particulares, nacionales o internacionales.

Que ha obtenido/solicitado las siguientes subvenciones o ayudas de esta Administración, de otras Administraciones públicas, entes públicos o privados o de particulares, nacionales o internacionales:

ENTIDAD A LA QUE SE SOLICITÓ
LA AYUDA

CANTIDAD SOLICITADA

ESTADO DE LA AYUDA
(solicitada / concedida / abonada)

4. En relación con la actualización de datos, declara su compromiso a comunicar por escrito al Servicio de Emergencias, Prevención y Protección Civil, en el plazo máximo de 15 días, cualquier modificación que se produzca en las subvenciones especificadas en esta declaración.

5. Aporta la siguiente documentación:

-Memoria de las actuaciones a desarrollar.

-Presupuesto de gastos, IVA incluido, separando las cuantías presupuestadas en función de las actuaciones previstas en la base 4 de la convocatoria.

6. Autorizo al órgano gestor para consultar los datos necesarios para verificar que se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social, según se recoge en el artículo 9.e) de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Derecho de oposición:

Yo Don/Doña ................................................, con DNI ................................................ me opongo a la consulta de................................................................................................................................................

Por los siguientes motivos: ...................................................................................................................................................................................................................................................................................

En ....................................., a ................. de ...................................... de 2024.

(Firma)

El / la alcalde / alcaldesa

ANEXO II.-MODELO DE DECLARACIÓN SOBRE LA OBTENCIÓN DE OTRAS SUBVENCIONES, AYUDAS, INGRESOS O RECURSOS QUE FINANCIEN LAS ACTIVIDADES SUBVENCIONADAS

(A presentar junto con la documentación para el abono de la subvención)

Don/Doña ..........................................................................................................................................
Con DNI número .................................................................................................................................
En representación de:
...........................................................................................................................................................
Con NIF número ..................................................................................................................................
Con domicilio en ................................................................................................................................

Siendo beneficiario de la subvención a los Ayuntamientos de Navarra para la realización de actuaciones de información y divulgación del proyecto Helpbidea, convocada por Resolución ....................... / 2024, de fecha ............................................. , del director general de Interior, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número ............... de fecha ............................................... de 2024, de conformidad con la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, y en relación con la actividad subvencionada,

DECLARO:

Que no se ha obtenido ningún tipo de subvención, ayuda, ingreso o recurso de esta Administración, de otras Administraciones públicas, entes públicos o privados o de particulares, nacionales o internacionales.

Que se ha obtenido las siguientes subvenciones, ayudas, ingresos o recursos de esta Administración, de otras Administraciones públicas, entes públicos o privados o de particulares, nacionales o internacionales.

ENTIDAD
CONCEPTO
CUANTÍA

El / la secretario / a

Fdo:
Vº Bº

El / la alcalde / alcaldesa

Fdo:
Código del anuncio: F2412577

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