ORDEN FORAL 72E/2024, de 25 de marzo, del consejero de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se aprueba el programa de inspección ambiental de la actividad industrial en Navarra en 2024.

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ORDEN FORAL 72E/2024, de 25 de marzo, del consejero de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se aprueba el programa de inspección ambiental de la actividad industrial en Navarra en 2024.

Mediante la Orden Foral 942E/2022, de 4 de octubre, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, se aprobó el Plan de Inspección Ambiental de la Actividad Industrial en Navarra para el periodo 2023-2026.

El Plan de Inspección Ambiental de Navarra 2023-2026 es el documento marco de carácter plurianual mediante el cual se configura y ordena la inspección en materia de calidad ambiental en Navarra, de acuerdo con las competencias de la Dirección General de Medio Ambiente, y recoge el conjunto de objetivos y actuaciones a desarrollar por esta Administración en el periodo comprendido entre los años 2023 y 2026, ambos inclusive, con el fin de garantizar el cumplimiento de las condiciones ambientales establecidas por la legislación ambiental y una elevada protección de la salud de las personas y el medio ambiente en esta Comunidad Foral.

Este documento unifica la planificación en materia de inspección de las instalaciones y actividades que son competencia de la citada Dirección General, es decir, las instalaciones comprendidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, las instalaciones afectadas por la Ley 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las Actividades con Incidencia Ambiental, y los Traslados Transfronterizos de Residuos en la Comunidad Foral de Navarra, de acuerdo con el Reglamento (UE) N.º 660/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de mayo de 2014 por el que se modifica el Reglamento (CE) N.º 1013/2006 relativo a los traslados de residuos, y los subprogramas sectoriales de inspecciones medioambientales, dando cumplimiento a su vez a las obligaciones impuestas por la normativa comunitaria, estatal y autonómica en cuanto al deber de los organismos competentes en materia de inspección de elaborar planes de inspección y, a su vez, aplicar buenas prácticas en la planificación que permiten una mejor gestión de medios materiales, personales y técnicos de que se disponen.

En el punto 8 del Plan de Inspección Ambiental se establece que la ejecución del plan de inspección se realizará a través de programas anuales que lo desarrollarán en detalle a lo largo del año natural, de acuerdo con lo indicado en el artículo 73 del Decreto Foral 26/2022. Por este motivo se elabora el presente programa de inspección en materia de Inspección Ambiental de la Actividad Industrial en Navarra para el año 2024 una vez finalizado el Programa de Inspección Ambiental de la Actividad Industrial en Navarra para el año 2023 que fue aprobado mediante la Resolución 98E/2022, de 25 de marzo, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente. El programa de inspección ambiental es un documento que recoge la información necesaria para llevar a cabo las inspecciones ambientales que se incluyen y priorizan, y también la previsión de los recursos necesarios para a ejecutarlo.

El programa de inspección ambiental para la actividad industrial para el año 2024, que se aprueba mediante la presente orden foral, se estructura en cinco apartados y tres anejos con el contenido que, en síntesis, se indica a continuación.

En el primer apartado se encuentra una introducción con los antecedentes que motivan la elaboración del programa, el marco competencial para la elaboración del mismo y una referencia a las definiciones de términos empleados.

En el apartado segundo se contempla la vigencia temporal del programa y la zona geográfica comprendida en el mismo.

En el apartado tercero se plasma la memoria de actuaciones correspondiente a 2023.

En el apartado cuarto apartado se hacen constar los objetivos del programa, tanto los estratégicos como los específicos.

En el apartado quinto se señalan los recursos humanos de que la Dirección General de Medio Ambiente dispone para el desarrollo de las funciones de inspección ambiental.

Asimismo, se contemplan en tres anexos relativos a una referencia a la normativa de aplicación y a las metodologías de evaluación de riesgos en instalaciones y en traslados transfronterizos de residuos.

La competencia de la elaboración y ejecución de los programas de inspección ambiental de actividades industriales corresponde a la Sección de Inspección Ambiental, tal como establece el artículo 53.a) del Decreto Foral 255/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

Mediante la presente orden foral se pretende poner en práctica lo indicado en el punto 8 del Plan de Inspección 2023-2026.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 41.1 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta o Presidente,

ORDENO:

1.º Aprobar el Programa de Inspección Ambiental de la Actividad Industrial de la Dirección General de Medio Ambiente para el año 2024, cuyo texto se incluye como anexo a esta orden foral.

2.º Publicar esta orden foral y sus anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Contra la presente orden foral cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación.

4.º Trasladar esta orden foral al Servicio de Economía Circular e Innovación, a los efectos oportunos.

Pamplona, 25 de marzo de 2024.-El consejero de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, José María Aierdi Fernández de Barrena.

ANEXO 1.-PROGRAMA DE INSPECCIÓN AMBIENTAL DE LA ACTIVIDAD INDUSTRIAL DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA PARA EL AÑO 2024

1.-INTRODUCCIÓN

1.1. Antecedentes

1.2. Marco competencial

1.3. Definiciones

2.-VIGENCIA Y ZONA GEOGRÁFICA

3.-REVISIÓN DEL PROGRAMA DE INSPECCIÓN Y CONTROL AMBIENTAL 2024

3.1. Revisión general del programa

3.2. Revisión de las problemáticas ambientales identificadas en el programa de inspección del año 2024

4.-OBJETIVOS DEL PROGRAMA

4.1. Objetivos estratégicos del programa

4.2. Objetivos específicos y proyectos en 2024

4.2.1. Actividades que funcionan con Autorización ambiental integrada

4.2.2. Actividades que funcionan con Autorización ambiental Unificada

4.2.3. Transportes transfronterizos de residuos

4.2.4. Muestreo y aforo de aguas residuales

4.2.5. Inspección de actividades AAI clausuradas

4.2.6. Vertederos activos y clausurados

4.2.7. Gestores de RAEE y RCD

4.2.8. Precursores de ozono en la Ribera

4.2.9. Instalaciones ETS (grupos A, B o C)

4.2.10. Aplicación de purines y digeridos

4.2.11. Inspecciones no programadas (denuncias, quejas, avisos...)

4.2.12. Control de Laboratorios acreditados de emisiones a la atmósfera

4.2.13. Inspecciones conjuntas de instalaciones limítrofes de interés común

4.2.14. Identificación, solución o minimización de problemáticas ambientales

4.2.15. Resumen general

5.-RECURSOS HUMANOS

ANEXO I.-NORMATIVA DE APLICACIÓN

ANEXO II.-METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE RIESGOS EN INSTALACIONES

ANEXO III.-METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE RIESGOS EN TRASLADOS TRANSFRONTERIZOS DE RESIDUOS

1.-INTRODUCCIÓN

1.1. Antecedentes.

La Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, sobre las emisiones industriales (prevención y control integrados de la contaminación), introdujo la necesidad de establecer un sistema de inspección ambiental de las instalaciones que, incluyera el análisis de toda la gama de efectos ambientales relevantes de cada instalación.

Este sistema debe garantizar que todas las instalaciones estén cubiertas por un plan de inspección con un adecuado nivel de comprobación de su comportamiento ambiental, garantizando además que dicho plan se reexamine y cuando proceda, se actualice periódicamente.

Asimismo, se especifica el contenido mínimo que deben tener estos planes de inspección, así como, la obligación de elaborar periódicamente programas de inspección medioambiental programada, en los que se incluya la frecuencia de las visitas de inspección, en función de la evaluación sistemática de los riesgos medioambientales de las instalaciones, que será como máximo de tres años para las de riesgos menores.

Mediante la Orden Foral 942E/2022, de 4 de octubre, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, se aprobó el Plan de Inspección Ambiental de la Actividad Industrial en Navarra para el periodo 2023-2026.

De acuerdo con lo indicado en el punto 8 del Plan de inspección ambiental de la actividad industrial en Navarra 2023-2026, se elabora el presente programa de inspección ambiental para año 2024 que contiene las actuaciones a realizar durante su vigencia y el contenido mínimo indicado en el mismo.

1.2. Marco competencial.

El Decreto Foral 255/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, asigna la Sección de Inspección Ambiental las funciones de control e inspección de actividades con incidencia ambiental y, en concreto, las siguientes:

a) Elaboración y ejecución de los planes y programas de inspección ambiental de actividades industriales sometidas a autorización ambiental integrada y autorización ambiental unificada.

b) Control e inspección de las actividades industriales a efectos de las emisiones a la atmósfera, vertidos de efluentes líquidos, producción y gestión de residuos y emisión de ruidos y vibraciones.

c) Control y vigilancia de los órganos de control acreditados en el desarrollo de trabajos de inspección ambiental.

d) Coordinación con las diferentes autoridades con competencia en el campo de la inspección ambiental.

e) Gestión y mantenimiento del Registro PRTR de emisiones y fuentes contaminantes de Navarra, en coordinación con la Administración del Estado.

f) Mantenimiento del registro del sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS).

g) El ejercicio como organismo competente para otorgar en Navarra el uso de la etiqueta ecológica de la Unión Europea y efectuar las demás funciones que le asigna el Reglamento (CE) número 66/2010, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009 y demás normativa de aplicación.

1.3. Definiciones.

Ver el punto definiciones del anexo 1 de la Orden Foral 942E/2022, de 4 de octubre, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se aprueba el Plan de Inspección Ambiental de la Actividad Industrial en Navarra para el periodo 2023-2026.

2.-VIGENCIA Y ZONA GEOGRÁFICA

El periodo de vigencia de este programa se fija entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2024, si bien algunos de los objetivos presentan una duración temporal que puede ser superior. Algunas visitas del programa de inspección se pueden realizar en el primer mes del año siguiente.

El programa establece las actividades a realizar durante 2024 en todo el territorio de la Comunidad Foral de Navarra. Se establecen una serie de objetivos concretos de menor ámbito geográfico.

3.-REVISIÓN DEL PROGRAMA DE INSPECCIÓN Y CONTROL AMBIENTAL 2023

3.1. Revisión general del programa.

En el año 2003 se creó la Sección de Inspección Ambiental, negociado entre 2016 y 2019, y desde el año 2004 se elaboran anualmente programas de inspección ambiental, que constituyen el instrumento principal a la hora de planificar las actuaciones de inspección y control ambiental en las actividades con efecto ambiental.

El número de inspecciones llevadas a cabo desde 2004 por tanto por personal del Departamento como otros actores externos al mismo es el siguiente:

AÑO

DEPARTAMENTO

DRMA

OTROS

TOTAL

XXXX

AÑO

DEPARTAMENTO

DRMA

OTROS

TOTAL

2004

196

104

300

2014

93

41

134

2005

195

68

263

2015

97

31

128

2006

136

131

267

2016

130*

0

130

2007

174

142

316

2017

131*

0

131

2008

164

80

244

2018

104*

11

115

2009

194

64

258

2019

152*

23

175

2010

141

64

205

2020

132

56

188

2011

141

65

206

2021

206

67

283

2012

138

65

203

2022

256

89

345

2013

146

56

202

2023

309

69

378

(*) Los muestreos a cargo de entidad de inspección acreditada se realizaron junto con personal del Departamento en el transcurso de las visitas de inspección.

Tabla 1. Número de inspecciones desde 2004.

Las tareas realizadas en el programa llevan asociada una visita de inspección en la correspondiente actividad, instalación o proyecto y dan lugar a un expediente de inspección que agrupa toda la información y documentación generada (actas, informes...).

De la revisión de las inspecciones realizadas en el año 2023 y la comparación con las previsiones del Plan se obtienen los siguientes datos con el grado de cumplimiento del programa:

PROGRAMA

SUBPROGRAMA

OBJETIVO ESTRATÉGICO

REFERENCIA

CATEGORÍA

IRAM

INSPECCIONES
PROGRAMADAS

PREVISTAS

INSPECCIONES PROGRAMADAS REALIZADAS

%

1.

Instalaciones AAI

2023/01

I (6)

10

9

90

I (5)

13

13

100

II (4)

7

9

129

III (3-2-1)

63

57

90

Total

93

88

95

2.

Instalaciones AAU

2023/02

I (6)

0

0

0

I (5)

2

2

100

II (4)

7

7

100

III (3-2-1)

173

119

69

Total

182

128

70

3.

Traslados transfronterizos de residuos

2023/03

I (6)

0

0

0

I (5)

3

3

100

II (4)

7

7

100

III (3-2-1)

5

5

100

Total

15

15

100

4.

Muestreo de vertidos a cargo de EIA

2023/04

50

46

92

5.

Instalaciones AAI clausuradas (Otros* incluyen instalaciones que han pasado a estar por debajo del umbral o que han pasado a desarrollar otra actividad, dentro del régimen de la Licencia de actividad, y aquellas que han sido totalmente desmanteladas)

2023/05

I (6)

6

2

50

I (5)

1

0

0

II (4)

0

0

0

III (3-2-1)

2

2

100

Otros*

0

0

0

Total

9

4

44

6.

Vertederos activos y clausurados

2023/06

Activos

5 (0)

6 (0)

0

Clausurados

10

6

60

Total

10

6

60

7.

Gestores de RAEE y RCD

2023/07

RAEE

9 (0)

7 (0)

0

RCD

9 (0)

2 (0)

0

Total

17 (0)

9 (0)

-

8.

Precursores de ozono

2023/08

COV

4 (0)

4 (0)

0

NOx

3 (0)

3 (0)

0

Total

0

0

-

9.

Instalaciones ETS (grupos A, B o C)

2023/09

AAI

13 (0)

12 (0)

0

AAU

2 (0)

1 (0)

0

Total

15 (0)

13 (0)

-

10.

Aplicación purines y digeridos

2023/10

70

39

55

Inspecciones no programadas (denuncias, quejas, avisos...)

2023/11

20

35

175

Control de Laboratorios acreditados de emisiones a la atmósfera.

2023/12

10

8

80

Inspecciones conjuntas de instalaciones limítrofes de interés común

2023/13

3

0

0

TOTAL

461

370

80

Tabla 2. Resumen de ejecución del programa de inspección ambiental de la actividad industrial en Navarra en 2023.

En los últimos años se observa un aumento importante del número de inspecciones, sin embargo, hay que tener en cuenta que desde junio de 2021 entra en vigor la Ley Foral 17/20202 que incrementa notablemente el número de instalaciones que deben visitarse obligatoriamente. Se pasa de unas 260 (AAI y TTR) que deben visitarse cada tres años hasta 2020 a unas 1.100 (AAI, TTR y AAU) que deben visitarse cada tres o cuatro años a partir de este año. Este número de instalaciones supera ampliamente la capacidad del personal disponible. Por esta razón los programas se establecen con el número de instalaciones para las que razonablemente hay recursos en este momento.

Con esta salvedad, el grado de cumplimiento del programa ha sido elevado, siendo el factor más importante la disponibilidad del personal inspector debido a la escasez del mismo y a los cambios de personal debido al proceso de estabilización en el que se ha visto envuelto una parte notable de la plantilla.

El número total de inspecciones realizadas respecto a las programadas ha sido de 370, un 80% del total. Desglosados por programas y subprogramas los datos son los siguientes:

1) Programa 1. Instalaciones AAI. De las inspecciones programadas en este grupo:

El total de instalaciones visitadas es de 88 y el porcentaje de instalaciones visitadas es del 95% del total. Se ha priorizado la visita a las instalaciones de este grupo sobre todas las demás, especialmente las de los grupos 6, 5 y 4. No hay instalaciones sin visitar que deban pasar al programa del año 2024 y hay dos instalaciones que se iban a visitar en 2024 que se han visitado este año por motivos sobrevenidos.

2) Programa 2. Instalaciones AAU. De las inspecciones programadas en este grupo:

El total de instalaciones visitadas es de 128 y el porcentaje de instalaciones controladas es del 70% del total. Se ha priorizado la visita a las instalaciones de los grupos 5 y 4. Las instalaciones no visitadas pasan al programa de 2024.

Al tener prioridad las inspecciones a las instalaciones del programa 1, este grupo ha sido el más afectado en su ejecución, además de que es el más numeroso con gran diferencia. Varias de estas instalaciones han sido controladas mediante muestreo y aforo de aguas residuales realizado por GAN.

3) Programa 3. Traslados transfronterizos de residuos.

4) Subprograma 4. Muestreo de vertidos a cargo de EIA.

5) Subprograma 5. Instalaciones AAI clausuradas.

6) Subprograma 6. Vertederos activos y clausurados.

7) Subprograma 7. Gestores de RAEE y RCD.

8) Subprograma 8. Precursores de ozono en la Ribera.

9) Subprograma 9. Instalaciones ETS (grupos A, B o C).

10) Subprograma 10. Aplicaciones de purines y digeridos.

Adicionalmente:

1) se han realizado un total de 35 inspecciones no contempladas en el Plan de inspección inicial respecto a las 20 previstas inicialmente, correspondientes a comprobación de requerimientos, denuncias y otras comprobaciones.

2) se han realizado 8 de los 10 controles a Laboratorios acreditados de emisiones a la atmósfera, un 80%.

3) no se ha realizado ninguna de las 3 visitas a instalaciones transfronterizas de interés común ya que no ha surgido la necesidad.

Del total de las 461 visitas que comprenden las visitas programadas y las no programadas se han realizado un total de 370, un 80% del total. Se ha priorizado la realización de las visitas de las instalaciones que funcionan como AAI y dentro de estas por índice de riesgo.

En 2016 se incorporaron una serie de indicadores cuya evolución a lo largo del tiempo debe permitir una evaluación de la actividad inspectora del Departamento y del grado de cumplimiento de las instalaciones.

Las propuestas de incoación de expediente sancionador y las deficiencias se contabilizan cuando se realizan las visitas de inspección o estas dan lugar a valoración del estado ambiental. Por ello, como en años anteriores, del total de 370 inspecciones realizadas se contabilizan únicamente a efectos de cálculo de indicadores aquellas acciones que realmente se valúan, si bien el porcentaje de visitas es el indicado.

Indicadores

Visitas
realizadas

Propuestas
de incoación
de expediente
sancionador

Número de informes satisfactorios
(sin incumplimientos)

Número de informes
adecuados
(incumplimientos
poco relevantes)

Número de informes
correctos (satisfactorios
y adecuados)

Número de informes
incorrectos
(incumplimientos
relevantes/muy relevantes)

2016

N

130

11

20

7

27

78

%

98

8

15

5

20

60

2017

N

131

12

25

15

40

63

%

99

9

19

11

30

48

2018

N

115

6

20

12

32

76

%

78

5

17

10

27

66

2019

N

178

18

51

20

71

107

%

86

10

29

11

40

60

2020

N

138

16

43

15

58

80

%

73

12

31

11

42

58

2021

N

221

25

76

26

102

119

%

88

11

34

12

46

54

2022

N

256

36

61

20

81

175

%

76

14

24

8

32

68

2023

N

310

33

111

21

132

178

%

80

11

36

7

43

57

Tabla 3. Indicadores, propuestas de sanción e informes.

Señalar respecto a los indicadores de la primera tabla lo siguiente:

-El número de visitas se ha incrementado en el último año. El porcentaje de visitas respecto a la previsión es aceptable, un 80%. Como se ha indicado anteriormente, los problemas de disponibilidad de personal han sido el motivo de que no se haya podido alcanzar un porcentaje de ejecución mayor. Se han priorizado las instalaciones que funcionan con AAI y las de Índice de Riesgo más elevado.

Imagen del artículo ORDEN FORAL 72E/2024, de 25 de marzo, del consejero de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se aprueba el programa de inspección ambiental de la actividad industrial en Navarra en 2024.

El número de informes satisfactorios y adecuados se ha incrementado en 2023 respecto al año anterior, situándose en los niveles del periodo 2019-2021.

Imagen del artículo ORDEN FORAL 72E/2024, de 25 de marzo, del consejero de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se aprueba el programa de inspección ambiental de la actividad industrial en Navarra en 2024.

En lo referente a las deficiencias observadas señalar lo siguiente:

INDICADORES

DEFICIENCIAS MUY RELEVANTES

DEFICIENCIAS
RELEVANTES

DEFICIENCIAS
RELEVANTES Y
MUY RELEVANTES

DEFICIENCIAS
POCO RELEVANTES

DEFICIENCIAS
TOTALES

2016

N

42

203

245

148

393

Promedio

0,32

1,56

1,88

1,14

3,02

2017

N

80

178

258

101

359

Promedio

0,63

1,39

2,02

0,79

2,81

2018

N

40

153

193

94

287

Promedio

0,37

1,42

1,79

0,87

2,66

2019

N

72

173

245

102

347

Promedio

0,41

0,99

1,4

0,59

1,99

2020

N

44

128

172

68

240

Promedio

0,32

0,93

1,25

0,50

1,75

2021

N

81

208

289

129

418

Promedio

0,37

0,94

1,31

0,58

1,89

2022

N

124

320

444

167

611

Promedio

0,48

1,25

1,73

0,65

2,39

2023

N

190

347

537

118

655

Promedio

0,61

1,12

1,73

0,38

2,11

Tabla 4. Indicadores, deficiencias.

La Figura 3. muestra la evolución del índice de deficiencias desde 2016.

Imagen del artículo ORDEN FORAL 72E/2024, de 25 de marzo, del consejero de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se aprueba el programa de inspección ambiental de la actividad industrial en Navarra en 2024.

Para los indicadores de la tabla 4 se compara la evolución en periodos de tres años, de modo que se observa lo siguiente:

-El índice de deficiencias totales por visita, que había descendido progresivamente desde el periodo 2016-2018, con un promedio de 2,83 a 1,88 en el periodo 2019-2021, ha aumentado a un valor intermedio entre ambos, 2,25, inferior al de 2022.

-El índice de deficiencias muy relevantes que había bajado de 0,44 a 0,37 en estos periodos sube a 0,55, mayor que el de 2022, 0,48.

-El índice de deficiencias relevantes, que había disminuido de 1,46 a 0,95 sube a 1,18, inferior al de 2022, 1,25.

-Por estos motivos el número de deficiencias relevantes y muy relevantes que había bajado de 1,90 hasta 1,32 sube hasta un valor de 1,73, el mismo que en 2022.

-El índice de deficiencias totales es de 2,25, inferior al de 2022, 2,39, e intermedio entre los de los periodos 2016-2018 y 2019-2021.

Imagen del artículo ORDEN FORAL 72E/2024, de 25 de marzo, del consejero de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se aprueba el programa de inspección ambiental de la actividad industrial en Navarra en 2024.

La tendencia a la disminución en el número de deficiencias relevantes, muy relevantes y totales observada en el periodo 2016-2021 se ha interrumpido pasando a valores intermedios entre los observados entre estos dos periodos.

La visita a instalaciones que funcionan en el régimen de AAU que anteriormente no habían sido visitadas y presentan un número elevado de deficiencias puede ser una explicación para este repunte del número de deficiencias.

3.2. Revisión de las problemáticas ambientales identificadas en el programa de inspección del año 2023.

Los problemas concretos que se identificaron en el programa del año 2023, su situación a lo largo del año y la previsión para 2024 son los siguientes:

REFERENCIA

PROYECTO

BREVE DESCRIPCIÓN
DEL OBJETIVO

SITUACIÓN EN 2023

SITUACIÓN PARA 2024

2023/09

Olores alrededor de Viana y Logroño

Reducción de las emisiones de olor.

-Ha mejorado la explotación de la planta.

-No se han reportado quejas en 2022.

-Se elimina del programa de inspección.

-La instalación se visitará dentro del programa de acuerdo con su IR.

2023/10

Vertedero de la Mancomunidad de Pamplona

Cese del depósito de residuos sin tratar, que incluyen materia orgánica, en el vaso de vertido (art. 7. Real Decreto 646/2020).

-Se mantiene la misma situación

-El titular plantea como única solución la construcción de una planta de tratamiento cuya puesta en marcha está prevista para finales de 2025, permaneciendo en situación de incumplimiento hasta ese momento.

-Se mantiene en el programa de inspección.

-Se realizarán dos visitas al año

2023/11

Surgencia de fuel oil en Tudela.

Identificación del origen del combustible, cese de la emisión del mismo y descontaminación del suelo si procede.

-No se han llevado a cabo avances significativos en este sentido.

-Se mantiene en el programa de inspección.

2023/12

Instalación situada en el emplazamiento de una Autorización ambiental integrada clausurada en Arano en situación legal irregular

Coordinación de las acciones para que el titular regularice su situación o abandone el emplazamiento.

-Situación legal irregular

-Coordinación de las acciones para que el titular regularice su situación o abandone el emplazamiento

-No se han llevado a cabo acciones por falta de personal.

-Se mantiene en el programa de inspección

2023/13

Espumas en el puente de Cáseda

Desaparición de las espumas.

-No se ha reportado la aparición de espumas al nivel del año anterior.

-La empresa que vierte al río Aragón y ha analizado tensoactivos en su vertido detectándolos por encima del límite de detección lamina el vertido.

-La CHE archiva las actuaciones relacionadas con las espumas en el Rio Aragón por falta de pruebas que acrediten el origen del vertido

-Seguimiento por parte de guarderío.

-Visitas de inspección dentro del programa de inspección a las plantas del entorno.

-Se elimina el programa de inspección

Tabla 5. Revisión de problemas concretos del programa de 2023.

Basándose en esta información se eliminan del programa del año 2024 las referencias 2023/09 y 2023/13 y se mantienen las demás. Los nuevos problemas que deben ser considerados en este apartado se indican en el apartado 4.2.

4.-OBJETIVOS DEL PROGRAMA

4.1. Objetivos estratégicos del programa.

El objetivo final de este programa es la mejora de la calidad del medio ambiente mediante el impulso del cumplimiento de la legislación ambiental en Navarra. Los objetivos son, como mínimo, los siguientes:

a) Comprobar el cumplimiento de la normativa ambiental y de los requisitos ambientales establecidos en sus autorizaciones.

b) Disponer de información actualizada de las mismas (ampliaciones, ceses de actividad, modificaciones...).

c) Identificación y regularización de actividades no legalizadas, industriales, vertederos...

d) Gestión de los avisos, quejas, denuncias, incidencias y accidentes.

e) Reducción del impacto de las actividades en el medio ambiente.

f) Propuesta de revisiones de autorizaciones.

g) Realizar una evaluación de riesgos ambientales de las empresas según lo indicado en el artículo 23 de la Directiva 2010/75/UE, que sirva como base para planificar la actividad inspectora

h) Unificar las inspecciones de acuerdo con el resto de las comunidades españolas y en general en el conjunto de Europa, en cuanto a objetivos, estrategia y criterios, así como en lo referente a la publicación de los informes de inspección.

i) Garantizar el cumplimiento sobre la normativa sobre traslado transfronterizos de residuos y los actos administrativos en dicha materia, así como la detección de actuaciones contrarias a la norma aplicable.

4.2. Objetivos específicos y proyectos en 2024.

En el momento de la redacción de este programa de inspección, si bien la pandemia debido al COVID-19 sigue activa, se considera que lo está a un nivel que permite funcionar sin las dificultades y restricciones que llevó asociadas en años anteriores.

La planificación de las actividades de inspección debe permitir priorizar la inspección de aquellas actividades de mayor riesgo, en detrimento de otras con menor efecto ambiental, que son las que no se realizarán y se pospondrán para más adelante.

El programa de Inspección Ambiental 2024 contempla los siguientes programas:

1) Actividades que funcionan con Autorización ambiental integrada.

2) Actividades que funcionan con Autorización ambiental unificada.

3) Trasportes transfronterizos de residuos.

y los siguientes subprogramas:

4) Muestreo de aguas residuales a cargo de entidad de inspección acreditada.

5) Instalaciones que han tenido Autorización ambiental integrada clausuradas.

6) Vertederos activos y clausurados.

7) Gestores de RAEE y RCD.

8) Emisores de precursores de ozono: COV y NOx.

9) Instalaciones incluidas en el Régimen de comercio de derechos de emisión de la UE, ETS, grupos A, B y C.

10) Control de aplicación de purines y digeridos.

además, se tienen en consideración otros grupos de visitas:

11) inspecciones no programadas (denuncias, quejas, avisos...)

12) control de Laboratorios acreditados de emisiones a la atmósfera.

13) inspecciones conjuntas de instalaciones limítrofes de interés común.

14) identificación, solución o minimización de problemáticas ambientales.

La siguiente tabla recoge los proyectos programados en el ejercicio 2024 para el desarrollo de los objetivos estratégicos del programa de Inspección. En la primera columna se indica la correspondencia con los programas y subprogramas del Plan de Inspección de la actividad industrial en Navarra 2023-2026. Para los proyectos del subprograma 14) que contemplan problemas concretos se ha llevado a cabo una revisión en el punto 3.2.

PROGRAMA

SUBPROGRAMA

OBJETIVO
ESTRATÉGICO

REFERENCIA

PROYECTO

BREVE DESCRIPCIÓN DEL OBJETIVO

1.

Instalaciones AAI

2024/01

Actividades que funcionan con AAI

Inspecciones programadas de acuerdo a los resultados de la evaluación de riesgo

Seguimiento específico de empresas con menor grado de cumplimiento cada seis meses.

Inspección de las nuevas actividades IPPC en el plazo de un año desde su puesta en marcha

2.

Instalaciones AAU

2024/02

Actividades que funcionan con AAU

Inspección de las actividades AAU de mayor riesgo de acuerdo a los resultados de la evaluación de riesgo

3.

Traslados transfronterizos de residuos

2024/03

Control de traslados transfronterizos de residuos

Inspección de traslados transfronterizos de residuos, conforme a lo establecido en el Reglamento UE 660/2014 (Real Decreto 180/2015)

4.

Muestreo de vertidos a cargo de EIA

2024/04

Muestreo y aforo de aguas residuales

Muestreo y aforo de vertidos a cargo de entidad de inspección acreditada

5.

Instalaciones AAI clausuradas

2024/05

Inspección de actividades AAI clausuradas

Inspecciones programadas de las actividades clausuradas con el fin de hacer seguimiento de su estado y la correcta ejecución del Plan de clausura

6.

Vertederos activos y clausurados

2024/06

Inspección de vertederos

Inspecciones programadas a las instalaciones en explotación y comprobación del estado y situación administrativa de las clausuradas.

7.

Gestores de RAEE y RCD

2024/07

Inspección de gestores de RAEE y RCD.

8.

Precursores de ozono

2024/08

Inspección de emisores de precursores de ozono en la Ribera

9.

Instalaciones ETS (grupos A, B o C)

2024/09

Control en instalaciones ETS

10.

Aplicación purines y digeridos

2024/10

Control in situ de la aplicación de purines y digestatos

Inspecciones no programadas (denuncias, quejas, avisos...)

2024/11

Avisos e inspecciones no

programadas

Inspección de visitas por denuncias, quejas, avisos...

Control de Laboratorios acreditados de emisiones a la atmósfera.

2024/12

Control de Laboratorios acre­ditados de emisiones a la atmósfera.

Control del muestreo de emisiones a la atmósfera a cargo de Laboratorio acreditado.

Inspecciones conjuntas de instalaciones limítrofes de interés común

2024/13

Inspecciones en instalaciones en zonas limítrofes de interés común

Inspecciones conjuntas a instalaciones situadas en zonas limítrofes de otras comunidades autónomas de interés común

Identificación, solución o minimización de problemáticas ambientales.

2024/14

Vertedero de la Mancomunidad de Pamplona

Cese del depósito de residuos sin tratar, que incluyen materia orgánica, en el vaso de vertido (art. 7. Real Decreto 646/2020).

2024/15

Surgencia de fuel oil en Tudela.

Identificación del origen del combustible, cese de la emisión del mismo y descontaminación del suelo si procede.

2024/16

Instalación situada en el em­plazamiento de una Autorización ambiental integrada clausurada en Arano en situación legal irregular

Coordinación de las acciones para que el titular regularice su situación o abandone el emplazamiento.

2024/17

Olores en la CAT, Tudela

Control de las condiciones de vertido a colector de las instalaciones industriales situadas en la misma.

2024/18

Problemas en la EDAR urbana de Cadreita en campaña de tomate

Revisión del sistema de tratamiento en una de las plantas productoras y optimización del funcionamiento de las instalaciones de depuración en las dos plantas productoras de tomate

Tabla 6. Estructura del programa de inspección ambiental de la actividad industrial en Navarra en 2024.

4.2.1. Actividades que funcionan con Autorización ambiental integrada.

De acuerdo con el artículo 30.2 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, los órganos competentes para realizar las tareas de inspección ambiental contarán con un sistema de inspección ambiental para las instalaciones contempladas en el anejo 1 de dicho Real Decreto Ley ubicadas en su territorio. El sistema de inspección ambiental incluirá el análisis de toda la gama de efectos ambientales relevantes de la instalación de que se trate y garantizará un adecuado nivel de comprobación del cumplimiento ambiental.

Con este fin se ha llevado a cabo un análisis de riesgos aplicando la metodología consensuada en el seno de la Red de inspección ambiental Redia, adaptada de la definida en el proyecto IMPEL Easy Tools a las instalaciones afectadas por el Real Decreto Ley 1/2016.

Las actividades para las que se ha realizado el análisis de riesgos son las actividades afectadas por la normativa de control y prevención de la contaminación, a las que se han añadido las instalaciones nuevas afectadas por la DEI y de las que se han retirado las instalaciones cerradas o que han dejado de ser AAI, que son las siguientes:

CATEGORÍA ACTIVIDAD

NÚMERO DE
INSTALACIONES 2021

NÚMERO DE
INSTALACIONES 2022

NÚMERO DE
INSTALACIONES 2023

NÚMERO DE
INSTALACIONES 2024

1

Instalaciones combustión

4

4

4

4

2

Producción y transformación de metales

20

19

21

19

3

Industrias minerales

9

9

9

9

4

Industria química

7

7

7

7

5

Gestión de residuos

36

40

34

36

6

Papel y cartón

5

5

5

5

7

Industria textil

1

1

1

1

8

Industria del cuero.

0

0

0

0

9

Industria agroalimentaria

26

31

30

31

Industria ganadera

130

132

141

139

10

Consumo de disolventes orgánicos

6

6

5

5

11

Industria del carbono

1

1

1

1

TOTAL

245

255

257

257

Tabla 7. Resumen de instalaciones AAI en 2024.

La metodología del análisis de riesgos se ha aplicado a las instalaciones afectadas y se ha obtenido el siguiente resultado:

CATEGORÍA ACTIVIDAD

RIESGO 6

RIESGO 5

RIESGO 4

RIESGO 3

RIESGO 2

RIESGO 1

NUEVAS

TOTAL

2024

1

Instalaciones combustión

0

0

0

3

1

0

0

4

2

Producción y transformación de metales

0

5

7

4

3

0

0

19

3

Industrias minerales

0

3

2

4

0

0

0

9

4

Industria química

2

0

3

2

0

0

0

7

5

Gestión de residuos

3

8

6

16

0

0

3

35

6

Industria del Papel y cartón

0

1

4

0

0

0

0

5

7

Industria textil

0

0

0

1

0

0

0

1

8

Industria del cuero.

0

0

0

0

0

0

0

0

9

Industria agroalimentaria

0

0

2

22

6

0

1

31

Ganadería intensiva

0

0

1

58

75

0

5

139

10

Consumo de disolventes orgánicos

0

0

1

4

0

0

0

5

11

Industria del carbono

0

1

0

0

0

0

0

1

TOTAL

5

18

26

115

85

0

9

257

VISITAS 2024

10

18

15

39

35

0

0

117

Tabla 8. Resumen del análisis de riesgos para instalaciones AAI en 2024.

4.2.2. Actividades que funcionan con Autorización ambiental unificada.

Estas instalaciones, incluidas en el anejo 1 de la Ley Foral 17/2020, han pasado a estar exclusivamente bajo la competencia del Departamento a partir de junio de 2021, de acuerdo con lo indicado en la disposición final de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, reguladora de las Actividades con Incidencia Ambiental.

De acuerdo con el artículo 63.3. de la Ley Foral 17/2020, de 16 de diciembre, los órganos competentes establecerán un sistema de inspección medioambiental de las actividades e instalaciones. A tal fin deberá contar con uno o varios programas de inspección en los que se determine el área geográfica que cubre, el tipo de instalaciones o emplazamiento a los que afecta, la frecuencia de las visitas de inspección y otras formas de control ambiental, su período de vigencia y demás contenidos que se especifiquen reglamentariamente.

Las actividades para las que se ha realizado el análisis de riesgos son las actividades incluidas en el anejo 1 de la Ley Foral 17/2020, que funcionan en el régimen de la Autorización ambiental unificada.

Señalar en primer lugar que, por su importancia, algunas de ellas históricamente han sido contempladas en el programa de inspección y visitadas a menudo, incluso con mayor frecuencia que algunas instalaciones que funcionan con AAI.

Asimismo, que el inventario de las instalaciones está en elaboración, por lo que el número de instalaciones, la clasificación y la evaluación de riesgos de las mismas sufren cambios.

El análisis de riesgos se ha llevado a cabo mediante la metodología definida en el proyecto IMPEL Easy Tools, similar al empleado para las instalaciones afectadas por el Real Decreto Ley 1/2016, con la información disponible, y se ha obtenido el siguiente resultado:

GRUPO AAU

CATEGORÍA ACTIVIDAD

RIESGO 6

RIESGO 5

RIESGO 4

RIESGO 3

RIESGO 2

RIESGO 1

NUEVAS

TOTAL 2024

1

Instalaciones de combustión / energéticas

0

0

0

8

0

0

0

8

2

Producción y transformación de metales

0

1

2

87

3

0

3

96

3

Industrias minerales

0

0

0

1

0

0

0

1

4

Industria química

0

0

0

9

3

0

1

13

5

Gestión de residuos

0

0

2

145

3

0

8

158

6

Industria del papel

0

0

0

3

0

0

0

3

7

Industria textil y del calzado

0

0

0

0

0

0

0

0

8

Industria del cuero

0

0

0

3

0

0

0

1

9

Industrias agroalimentarias

0

3

1

13

36

0

1

52

10

Explotaciones ganaderas

0

0

1

34

461

0

4

500

11

Consumo de disolventes orgánicos

0

0

3

16

0

22

0

41

12

Industria de la conservación de la madera

0

0

1

0

0

0

0

1

13

Tratamiento de aguas residuales

0

2

2

4

107

0

2

116

14

Captura de CO2

0

0

0

0

0

0

0

0

15

Artes gráficas

0

0

0

0

0

0

0

0

16

Otras actividades industriales

0

0

1

27

4

0

1

33

17

Instalaciones de almacenamiento

0

0

0

8

0

0

1

9

TOTAL

0

6

13

357

617

22

21

1.032

VISITAS 2024

0

6

10

131

38

0

0

185

Tabla 9. Resumen del análisis de riesgos para instalaciones AAU en 2024.

Con la salvedad indicada anteriormente de que el inventario está en elaboración y es posible que se incremente, es obvio que el número total de instalaciones a visitar en un periodo de cuatro años, 1.032, supera con mucho la capacidad del personal encargado de llevar a cabo esta labor. Por este motivo, se programa el número de visitas que, en condiciones óptimas, el personal sería capaz de realizar, de modo que, como en los años anteriores, se alcance un porcentaje de las visitas más o menos elevado, pero que es prácticamente seguro que no se cumplirá.

Señalar asimismo que 500 del total de las 1.032 instalaciones son granjas.

Por este motivo las actividades relacionadas en este proyecto se inspeccionarán en la medida que el personal del Servicio haya ejecutado sus visitas a las instalaciones IPPC, que siguen considerándose prioritarias.

4.2.3. Traslados Transfronterizos de Residuos.

El Reglamento UE 660/2014 estableció que se debía disponer de un plan de inspección ambiental para los traslados transfronterizos de residuos aprobado para cada año y establecía una serie de condiciones que debían tener en cuenta el plan.

Las inspecciones pueden realizarse en las instalaciones previamente a la partida de los camiones o en tránsito, en la carretera.

Las actividades para las que se ha realizado el análisis de riesgos son las actividades afectadas, empresas, agentes y negociantes, que son las siguientes:

CATEGORÍA DE ACTIVIDAD

NÚMERO
INSTALACIONES 2021

NÚMERO
INSTALACIONES 2022

NÚMERO
INSTALACIONES 2023

NÚMERO
INSTALACIONES 2024

Transporte de residuos peligrosos

8

8

5

5

Transporte de residuos no peligrosos

14

14

23

23

TOTAL

22

22

28

28

Tabla 10. Resumen de instalaciones TTR en 2024.

La metodología del análisis de riesgos de acuerdo con lo indicado en el anejo II se ha aplicado a las instalaciones afectadas de las cuales se dispone de información en este momento, y se ha obtenido el siguiente resultado:

CATEGORÍA DE ACTIVIDAD

RIESGO 6

RIESGO 5

RIESGO 4

RIESGO 3

RIESGO 2

RIESGO 1

TOTAL

Transporte de residuos peligrosos

0

0

5

0

0

0

5

Transporte de residuos no peligrosos

0

2

9

2

6

3

22

TOTAL

0

2

14

2

6

3

27

VISITAS 2024

0

2

7

0

1

1

11

Tabla 11. Resumen del análisis de riesgos para instalaciones TTR en 2024.

Basado en el análisis de riesgo se inspeccionan 11 instalaciones en total, a expensas de la disponibilidad de medios del SEPRONA.

4.2.4. Muestreo y aforo de aguas residuales.

Se han examinado 161 instalaciones que producen vertidos de aguas residuales reseñables, de las cuales se han seleccionado 49 instalaciones en los que la inspección a cargo de personal del Departamento lleva asociada la toma de muestras en 50 puntos, ya que en una de ellas se toman dos muestras.

El muestreo y aforo se lleva a cabo por personal de la sociedad pública GAN, con acreditación según UNE-EN ISO/IEC 17.020:2004 como entidad de inspección acreditada, para realizar, el envío de las mismas a laboratorio acreditado para su análisis y la comprobación del cumplimiento de los valores límite de emisión. Los resultados se incorporarán al informe de inspección.

El muestreo y aforo de estas instalaciones incluye 24 muestreos en instalaciones que funcionan con Autorización ambiental integrada y 36 en instalaciones que funcionan con Autorización ambiental unificada.

4.2.5. Inspección de actividades AAI clausuradas.

Desde la implantación de la Directiva 96/61, su trasposición a la normativa española mediante la Ley 16/2002 y la entrada en vigor del régimen legal de la Autorización ambiental integrada, una serie de instalaciones han sido clausuradas por haber cesado su actividad.

Si bien en la Directiva 2010775/UE el artículo 22 establece condiciones relativas al cierre de las instalaciones y concretamente lo relacionado con el informe base de suelos, el procedimiento de clausura no está reglado en la normativa vigente. En Navarra se ha optado por solicitar al titular la presentación de un proyecto con las acciones que deben ser realizadas en el transcurso de la clausura y la emisión de una resolución con las condiciones que debe cumplir la instalación una vez clausurada. La visita debe comprobar el grado de cumplimiento de estas condiciones y el estado de la instalación.

Se ha realizado una evaluación de riego basada en el tiempo transcurrido desde la clausura, la información disponible (o la ausencia de la misma) y la problemática ambiental asociada a las mismas. Basadas en este criterio se establece la siguiente programación:

RIESGO 6

RIESGO 5

RIESGO 4

RIESGO 3

RIESGO 2

RIESGO 1

OTROS

TOTAL

NÚMERO DE INSTALACIONES 2019

0

4

2

4

0

1

--

11

NÚMERO DE INSTALACIONES 2020

0

10

1

1

0

6

31

49

NUMERO DE INSTALACIONES 2021

0

3

1

7

2

6

33

52

NUMERO DE INSTALACIONES 2023

3

1

0

2

4

1

39

50

NUMERO DE INSTALACIONES 2024

0

4

0

2

4

1

40

51

VISITAS 2024

0

4

0

2

3

1

0

10

Tabla 12. Resumen del análisis de riesgos para instalaciones AAI clausuradas en 2024.

En el grupo Otros se consideran las instalaciones que, por modificaciones de la instalación o disminución del consumo de disolventes o de número de cabezas de ganado, han pasado a estar por debajo de los umbrales del anejo I del Real Decreto Ley 1/2016 y siguen estando activas. En este caso han pasado a funcionar dentro del régimen de Autorización ambiental unificada O Licencia de actividad, por lo que su inspección pasa a estar encuadrada en el grupo de las actividades que funcionan con AAU o ser de competencia municipal. Asimismo, se incluyen también las instalaciones que no han sido ejecutadas o que han sido desmanteladas totalmente, de modo que no hay instalación que visitar. Si alguna instalación retoma la actividad pasa a estar fuera de este listado.

Las actividades relacionadas en este proyecto se inspeccionarán en la medida que el personal del Servicio haya ejecutado sus visitas prioritarias a las instalaciones AAI y AAU y teniendo en cuenta la problemática asociada a las mismas.

4.2.6. Vertederos activos y clausurados.

El Plan de Inspección de la Actividad Industrial en Navarra 2023-2026 lleva a cabo en el punto 3 una evaluación general del medio ambiente en Navarra, a la vista de la cual se establecen una serie de subprogramas de inspección.

En particular se establece un subprograma específico de vertederos activos y clausurados. En el caso de los vertederos activos ya se contempla la periodicidad de las visitas en los grupos 4.2.1. y 4.2.2 dado que estas instalaciones ya estaban contempladas en sus respectivos programas.

En el caso de los vertederos no activos, anteriores a los Reales Decretos 1481/2001, de 27 de diciembre y 646/2020, de 7 de julio, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero. Los vertederos clausurados no están incluidos en los programas 4.2.1 y 4.2.2, salvo aquellos localizados en instalaciones con Autorización ambiental integrada.

Se han inventariado cuarenta y dos emplazamientos, tres de los cuales posiblemente no existen, quedado treinta y nueve lugares. Se incluyen en el programa de 2023 trece vertederos clausurados, dos en instalaciones que activas que funcionan con AAI y once en instalaciones clausuradas.

RIESGO 6

RIESGO 5

RIESGO 4

RIESGO 3

RIESGO 2

RIESGO 1

TOTAL

NUMERO DE INSTALACIONES ACTIVAS 2024

1

5

0

0

0

0

6

VISITAS 2024

2

5

0

0

0

0

7

NUMERO DE INSTALACIONES CLAUSURADAS 2024

**

**

**

**

**

**

39

VISITAS 2024

**

**

**

**

**

**

13

TOTAL VISITAS 2024

**

**

**

**

**

**

20

Tabla 13. Resumen del análisis de riesgos para vertederos activos y clausurados en 2024.

4.2.7. Gestores de RAEE y RCD.

El Plan de Inspección de la Actividad Industrial en Navarra 2023-2026 lleva a cabo en el punto 3 una evaluación general del medio ambiente en Navarra, a la vista de la cual se establecen una serie de subprogramas de inspección.

En particular se establece un subprograma específico de gestores de RAEE y RCD, que supone una corrección de la periodicidad de los grupos 4.2.1. y 4.2.2 dado que estas instalaciones ya estaban contempladas en sus respectivos programas.

Se incluyen en el programa nueve instalaciones como gestores de RAEE y otras trece instalaciones de gestores de RCD, una de ellas es común.

4.2.8. Precursores de ozono en la Ribera.

El Plan de Inspección de la Actividad Industrial en Navarra 2023-2026 lleva a cabo en el punto 3 una evaluación general del medio ambiente en Navarra, a la vista de la cual se establecen una serie de subprogramas de inspección.

En particular se establece un subprograma de inspección y control de emisores de precursores de ozono (COV y NOx) en la Ribera de Navarra. Se trata de un subprograma específico derivado de la evaluación general del medio ambiente en Navarra y del Plan de mejora de la calidad del aire por ozono en Navarra, supone una corrección de la periodicidad de los grupos 4.2.1. y 4.2.2 dado que estas instalaciones ya estaban contempladas en sus respectivos programas.

Se incluyen en el programa cuatro instalaciones situadas en la Ribera de Navarra que están afectadas por el Real Decreto 117/2003. Adicionalmente se realizará el control de los Planes de gestión de Disolventes de todas las instalaciones afectadas por el Real Decreto en Navarra.

Asimismo, se visitarán en esta zona dos instalaciones con elevadas emisiones de NOx de un total de tres actualmente en funcionamiento. En todas ellas se ha comprobado la aplicación de las MTD en la adaptación a las respectivas Decisiones de aplicación.

4.2.9. Instalaciones ETS (grupos A, B o C).

El Plan de Inspección de la Actividad Industrial en Navarra 2023-2026 lleva a cabo en el punto 3 una evaluación general del medio ambiente en Navarra, a la vista de la cual se establecen una serie de subprogramas de inspección.

En particular, se establece un subprograma de instalaciones incluidas en el Régimen de comercio de derechos de emisión de la UE, ETS, grupos A (< 50.000 t CO2), B (> 50.000 y < 500.000 t CO2) y C (> 500.000 t CO2). Se trata de un subprograma específico derivado de la evaluación general del medio ambiente en Navarra, supone una corrección de la periodicidad de los grupos 4.2.1. y 4.2.2 según categoría.

Se incluyen en el programa 16 instalaciones, de las cuales 14 funcionan como AAI y figuran en el programa del grupo 4.2.1. y 2 como AAU que figuran en el programa del grupo 4.2.2.

La inspección se centra en la comprobación de dispositivos de medida y procedimientos de control de consumo de combustible.

4.2.10. Aplicación de purines y digeridos.

El Plan de Inspección de la Actividad Industrial en Navarra 2023-2026 lleva a cabo en el punto 3 una evaluación general del medio ambiente en Navarra, a la vista de la cual se establecen una serie de subprogramas de inspección.

En particular, se establece un subprograma de control de aplicación de purines y digeridos para grandes productores de estos materiales.

Se establece con los titulares un protocolo de control de aplicación del estiércol y el digerido. Posteriormente se lleva a cabo una comprobación quincenal de la aplicación de los mismos.

Se va a realizar el control de 8 instalaciones, 3 disponen de digestores anaerobios y aplican digerido al terreno y 5 aplican purines. En una de las plantas que aplican digerido se llevarán a cabo 10 visitas de control y en las otras dos 5; en las plantas que aplican purín se llevarán a cabo cinco visitas en cada una de ellas. El total de visitas de control será de 45.

4.2.11. Inspecciones no programadas (denuncias, quejas, avisos...).

Las inspecciones no programadas están asociadas a quejas, denuncias, incidentes o accidentes. Para ello, se recoge la información y se visitan las instalaciones, así como iniciar las actuaciones pertinentes para evaluar los riesgos o daños medioambientales y tratar de adoptar las medidas correctoras correspondientes.

Hasta este año se programaban 20 visitas de inspección no programadas, sin embargo, basado en el número de visitas realizadas en los últimos años se programa un total de 30 visitas en 2024.

4.2.12. Control de laboratorios acreditados de emisiones a la atmósfera.

A lo largo de este año, personal de la empresa pública Gestión Ambiental de Navarra, SA, autorizado por el Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, examinará la realización de las mediciones a cargo de Laboratorio acreditado en dichos focos, con especial interés en la realización de las mediciones de acuerdo a las Normas UNE-EN o procedimientos técnicos de aplicación.

La acción inspectora se dirige a la actuación del Laboratorio acreditado, no al funcionamiento de la planta, salvo en cuestiones muy concretas relacionadas con la medición, como la adecuación de los focos de emisión a lo indicado en la Norma UNE-EN 15259 o la comprobación del funcionamiento de las instalaciones cuya actividad da lugar a la emisión.

Se programa la visita a diez instalaciones en 2024, procurando controlar en dos ocasiones a cada Laboratorio acreditado y evitar coincidencias con instalaciones examinadas el año anterior.

4.2.13. Inspecciones conjuntas de instalaciones limítrofes de interés común.

El objetivo es la realización de inspecciones conjuntas a instalaciones de interés común situadas en zonas limítrofes de otras comunidades autónomas. Se programan tres visitas a realizar en comunidades vecinas, ya que se programa que en tres visitas del programa asistan técnicos de inspección de otras comunidades.

Existen instalaciones tanto en La Rioja como en Aragón o el País Vasco que sería interesante visitar por parte de técnicos del Gobierno de Navarra, sin que exista una necesidad imperiosa en este sentido. Se solicitaría una visita de inspección en la comunidad correspondiente como reciprocidad, si procede.

Inicialmente, no parece probable que se lleven a cabo estas visitas conjuntas en 2024, si bien se planifican.

4.2.14. Identificación, solución o minimización de problemáticas ambientales.

Este objetivo del Plan responde a la gestión orientada a la consecución de resultados, principalmente en los casos donde la contribución de las actividades industriales a la problemática ambiental es significativa. Esta aproximación se concreta en el programa y continúa con algunos de los proyectos ya iniciados o planteados en años anteriores.

El procedimiento general que se sigue en la mayoría de estos casos es el siguiente:

1. Confirmación y caracterización de la problemática.

2. Identificación de las fuentes y estimación de su contribución.

3. Intervención administrativa para el control de la afección o problemática.

4. Coordinación en todas las fases con otros órganos competentes y con las partes interesadas.

5. Evaluación de los resultados: resolución de la problemática o revisión del proyecto.

Después de varios años examinado estas problemáticas, en 2024 se va a tratar de resolver las indicadas en la tabla del punto 3.2.

4.2.15. Resumen general.

En el programa de 2024 las inspecciones a realizar son las siguientes:

a) Instalaciones que funcionan con Autorización ambiental integrada.

-Dos visitas a 5 instalaciones, 10 visitas en total, a las que se debe acudir cada seis meses de acuerdo con lo indicado en el artículo 22.3.c) del Real Decreto 815/2013. Dichas instalaciones por el criterio de comportamiento suben al nivel 6.

-Una inspección a cada una de las 18 instalaciones de categoría de riesgo 5, que deben ser inspeccionadas anualmente, 18 visitas.

-Una inspección a las instalaciones de categoría de riesgo 4, que no han sido inspeccionadas el año anterior, de manera que todas hayan sido visitadas en los dos últimos años, 15 visitas de un total de 26 instalaciones.

-Una inspección a las instalaciones de las categorías de riesgo 1, 2 y 3 e instalaciones nuevas, 74 instalaciones de un total de 209.

Por tanto, el número de inspecciones en instalaciones que funcionan con AAI a realizar en el año 2024 es de 117, siendo este grupo el prioritario frente a los demás, en particular las instalaciones de índice de riesgo 4, 5 y 6.

b) Instalaciones que funcionan con autorización ambiental unificada.

-Se visitan las 6 instalaciones del grupo de riesgo 5.

-10 visitas a instalaciones del grupo de riesgo 4 de un total de 13 instalaciones.

-169 visitas a instalaciones de los grupos de riesgo 3-2-1 e instalaciones nuevas, de un total de 1.014 instalaciones.

El número total de inspecciones en instalaciones que funcionan con AAU a realizar en el año 2024 es de 185 de un total de 1.032, a expensas de la disponibilidad de personal y la prioridad de las instalaciones con AAI.

c) Traslados transfronterizos de residuos.

-Se prevé el control de los transportes de las 2 instalaciones del grupo de riesgo 5.

-7 visitas a instalaciones del grupo 4, de un total de 14 plantas.

-2 visitas a instalaciones de los grupos 3-2-1 de un total de 11 instalaciones.

En total se trata de 11 instalaciones a controlar de un total de 27.

d) Muestreo y aforo de agua residuales.

Se programan 50 muestreos en 49 instalaciones de un total de 161 vertidos examinados.

e) Instalaciones de actividades AAI clausuradas.

-4 visitas a las instalaciones del grupo de riesgo 5.

-6 visitas a instalaciones de los grupos de riesgo 3-2-1 de un total de 6 instalaciones.

Se programan 10 visitas de un total de 50 lugares examinados.

f) Vertederos activos y clausurados.

Los 6 vertederos activos se inspeccionan en el programa de instalaciones que funcionan con AAI.

Además, se programa la visita de 12 vertederos clausurados, 2 en instalaciones que funcionan con AAI y 10 vertederos clausurados, de un total de 39 instalaciones analizadas.

g) Gestores de RAEE y RCD.

Se programa la visita a 13 gestores de RAEE y otros 9 de RCD, un total de 20 instalaciones ya que 2 de ellas gestiona ambos residuos.

h) Precursores de ozono en la Ribera.

Se programa la visita de 4 instalaciones afectadas por el Real Decreto 117/2003 en esta zona y 3 instalaciones con emisiones elevadas de NOx que ya figuran en el grupo de las instalaciones AAI.

i) Instalaciones ETS (grupos A, B o C).

Se programa la visita en 15 instalaciones que funcionan con AAI y de 2 instalaciones que funcionan con AAU.

j) Aplicación de purines y digeridos.

Se programa el control de 8 instalaciones, para un total de 45 visitas de control.

k) Inspecciones no programadas (denuncias, quejas, avisos...).

A la vista del incremento observado en los años anteriores se prevé un número de 30 visitas no programadas.

l) Control de Laboratorios acreditados de emisiones a la atmósfera.

Se programa el control de diez de estas actuaciones.

De esta forma el total de visitas incluidas dentro del programa de inspección 2024 son:

PROGRAMA

SUBPROGRAMA

OBJETIVO ESTRATÉGICO

REFERENCIA

CATEGORÍA

IRAM

INSTALACIONES

INSPECCIONES PROGRAMADAS

1.

Instalaciones AAI

2024/01

I (6)

5

10

I (5)

18

18

II (4)

26

15

III (3-2-1)

200

74

Nuevas

9

0

Total

257

117

2.

Instalaciones AAU

2024/02

I (6)

0

0

I (5)

6

6

II (4)

13

10

III (3-2-1)

1.014

169

Total

1.032

185

3.

Traslados transfronterizos de residuos

2024/03

I (6)

0

0

I (5)

2

2

II (4)

14

7

III (3-2-1)

11

2

Total

27

11

4.

Muestreo de vertidos a cargo de EIA

2024/04

161

50

5.

Instalaciones AAI clausuradas

(Otros* incluyen instalaciones que han pasado a estar por debajo del umbral, han pasado a desarrollar otra actividad como licencia de actividad, y aquellas que han sido totalmente desmanteladas)

2024/05

I (6)

0

0

I (5)

4

4

II (4)

0

0

III (3-2-1)

6

6

Otros*

40

0

Total

50

10

6.

Vertederos activos y clausurados

2024/06

Activos

6(1)

6-0(2)

Clausurados

39

12-12(3)

Total

45-39(1)

19-12(3)

7.

Gestores de RAEE y RCD

2024/07

RAEE

32(1)

13(4)

RCD

28(1)

9(4)

Total

60-0(1)

22-20-0(4)

8.

Precursores de ozono

2024/08

COV

4(1)

4(5)

NOx

3(1)

3(6)

Total

7-0(1)

7-0(5)(6)

9.

Instalaciones ETS (grupos A, B o C)

2024/09

AAI

23(1)

15(7)

AAU

4(1)

2(8)

Total

26-0(1)

17-0(7)(8)

10.

Aplicación purines y digeridos

2024/10

8-0(1)

45

Inspecciones no programadas (denuncias, quejas, avisos...)

2024/11

30

Control de laboratorios acreditados de emisiones a la atmósfera.

2024/12

10

Inspecciones conjuntas de instalaciones limítrofes de interés común

2024/13

3

TOTAL

1.566

473

Identificación, solución o minimización de problemáticas ambientales.

2024/14

Vertedero de la Mancomunidad de Pamplona

Cese del depósito de residuos sin tratar, que incluyen materia orgánica, en el vaso de vertido (art. 7. Real Decreto 646/2020).

2024/15

Surgencia de fuel oil en Tudela.

Identificación del origen del combustible, cese de la emisión del mismo y descontaminación del suelo si procede.

2024/16

Instalación situada en el emplazamiento de una AAI clausurada en Arano en situación legal irregular

Coordinación de las acciones para que el titular regularice su situación o abandone el emplazamiento.

2024/17

Olores en la CAT, Tudela

Control estricto de las condiciones de vertido a colector de las instalaciones industriales situadas en la misma

2024/18

Problemas en la EDAR urbana de Cadreita en campaña de tomate

Revisión de la EDARI en una de las plantas productoras y optimización del funcionamiento de las instalaciones de depuración en las dos plantas

(1) El Índice de riesgo de estas instalaciones ya ha sido calculado en las referencias 2024/1 y 2024/2, no se contabilizan.

(2) Las visitas incluidas en la referencia 2024/1, no se contabilizan.

(3) Las visitas incluidas en la referencia 2024/1, no se contabilizan

(4) Una de las visitas es común ya que gestiona RAEE y RCD, se contabiliza una sola vez. Las visitas ya están incluidas en las referencias 2024/1 y 2024/2, no se contabilizan.

(5) Las visitas ya están incluidas en la referencia 2024/2, no se contabilizan.

(6) Las visitas ya están incluidas en la referencia 2024/1, no se contabilizan.

(7) Las trece visitas ya están incluidas en la referencia 2024/1, no se contabilizan.

(8) Las dos visitas ya están incluidas en la referencia 2024/2, no se contabilizan.

Tabla 14. Programa de inspección ambiental de la actividad industrial en Navarra en 2024.

5.-RECURSOS HUMANOS

El punto 11 del Plan de Inspección de la Actividad Industrial en Navarra 2023-2026 analiza los recursos necesarios para llevarlo a cabo y para la ejecución de los programas anuales mediante la utilización de medios propios y medios externos, materiales y humanos.

El programa se desarrollará con los recursos humanos actualmente disponibles adscritos a la Sección de Inspección, muy inferiores a los calculados en el Plan de inspección. Señalar que no hay una dedicación exclusiva del personal a las actividades de inspección, sino que también lleva a cabo otras actividades que corresponden al servicio, como autorización de actividades AAI y AAU, gestión de la calidad del aire, gestión del ruido...

Señalar asimismo que en el último año por motivos administrativos y de organización del Departamento ha habido cambios en las personas asignadas a las labores de inspección, con las necesidades de formación asociadas a las mismas que detraen recursos para la actividad inspectora propiamente dicha y una disminución del personal asignado a estas tareas.

El gran incremento de las instalaciones a visitar en los próximos cuatro años por la inclusión en el programa de las instalaciones que funcionan como Autorización ambiental unificada hace imposible en la práctica el cumplimiento del programa con la dotación de personal actual. En este sentido se plantea la realización de inspecciones vectoriales y de otras más sencillas para determinadas actividades (EDAR urbanas), si bien el tiempo mínimo necesario físicamente para realizar una visita (desplazamientos, recorrido por la instalación, redacción de documentos...) hace que estas medidas tengan una efectividad limitada.

En el subprograma de muestreo de los vertidos de aguas residuales a cauce y colector se lleva a cabo por personal de Gestión Ambiental de Navarra, SA, con acreditación según UNE-EN ISO/IEC 17.020:2004 como entidad de inspección acreditada.

Asimismo, personal de la empresa pública Gestión Ambiental de Navarra, SA, examinará la realización de mediciones a cargo de Laboratorio acreditado en focos de emisión a la atmósfera.

Como en los años anteriores, la inspección de los traslados transfronterizos de residuos la llevará a cabo el SEPRONA.

ANEXO I.-NORMATIVA DE APLICACIÓN

Ver el anexo 2 de la Orden Foral 942E/2022, de 4 de octubre, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se aprueba el Plan de Inspección Ambiental de la Actividad Industrial en Navarra para el periodo 2023-2026.

ANEXO II.-METODOLOGIA DE EVALUACION DE RIESGOS EN INSTALACIONES

Ver el punto 1.2. del anexo 1 de la Orden Foral 942E/2022, de 4 de octubre, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se aprueba el Plan de Inspección Ambiental de la Actividad Industrial en Navarra para el periodo 2023-2026.

ANEXO III.-METODOLOGIA DE EVALUACIÓN DE RIESGOS EN TRASLADOS TRANSFRONTERIZOS DE RESIDUOS

Ver el punto 2.2. del anexo 1 de la Orden Foral 942E/2022, de 4 de octubre, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, por la que se aprueba el Plan de Inspección Ambiental de la Actividad Industrial en Navarra para el periodo 2023-2026.

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