Extracto de la convocatoria de subvención para medios de comunicación en euskara
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2. Administración Local de Navarra
2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad
MANCOMUNIDAD DE SAKANA
Extracto de la convocatoria de subvención para medios de comunicación en euskara
BDNS (identificación): 745054.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/745054).
-Beneficiarios de las subvenciones: puede ser beneficiaria de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria cualquier persona física o jurídica que sea titular o gestora de un medio de comunicación en euskera y tenga su domicilio fiscal en Sakana.
-Aspectos y conceptos subvencionables. Son los siguientes:
a) Prensa diaria y revistas en euskera que se difunden en Sakana.
b) Radios que emiten habitualmente en Sakana.
c) Medios de comunicación a través de Internet que ofrecen noticias sobre Sakana.
-No podrán recibir subvenciones:
a) Los medios de comunicación en castellano que utilizan el euskera.
b) Las publicaciones de partidos políticos y sindicatos.
c) Las publicaciones que realizan sociedades o fundaciones para distribuirlas entre sus integrantes.
d) Las revistas escolares.
e) Publicaciones informativas de ayuntamientos y mancomunidades. Las actividades subvencionadas serán las realizadas entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2024.
-Bases reguladoras: en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (código identificación 745054) y en la página web de la Mancomunidad de Sakana (http://sakana-mank.eus/es).
-Cuantía total destinada: 80.000 euros.
-Plazo para la presentación de solicitudes: el plazo de presentación de solicitudes finalizará el 31 de marzo de 2024.
Lakuntza, 21 de febrero de 2024.-El presidente, Aitor Larraza Carrera.