- (BON nº 2023-203)

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1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 846E/2023, de 29 de agosto, del director general de Medio Ambiente por la que se formula la declaración de impacto ambiental de los proyectos de parques eólicos "Los Chopos", en Cintruénigo y Fitero, y "Vientos del Cierzo", en Cascante, promovidos por ENEL Green Power España S. L. U., incluidas sus infraestructuras comunes de evacuación, "SET 220 kV La Serna Promotores", promovida por Molinos de la Rioja, S. A. U. en Tudela.

Con objeto de iniciar el procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria se presentaron ante el Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas del Gobierno de Navarra los proyectos de parque eólico "Los Chopos", en Cintruénigo y Fitero, y de parque eólico "Vientos del Cierzo", en Cascante, junto con sus infraestructuras de evacuación (SET 33/220 kV PE Los Chopos y LASAT 220 kV SET PE Los Chopos-SET La Serna Promotores), en Cintruénigo, Corella y Tudela, promovidos por ENEL Green Power España, S. L. U. Por su parte, Molinos de la Rioja, S. A. U. presentó como promotor los proyectos de las infraestructuras Comunes de Evacuación (ICE): subestación "SET 220 kV La Serna Promotores" (denominada también en la documentación del expediente como "Subestación Seccionadora Alcarama"), "LSAT de entronque con la LAAT 220 kV SET Alcarama-SET La Serna", y "modificación de la LAAT 220 kV SET Alcarama-SET La Serna". Las ICE se encuentran ubicadas en el municipio de Tudela. Los proyectos se acompañaron con el correspondiente estudio de impacto ambiental (EsIA).

Los proyectos en tramitación guardan identidad sustancial e íntima conexión en cuanto a que comparten actividad, ubicación, obra civil e infraestructuras de transformación y de evacuación, por lo que en virtud del principio de eficiencia y en base al artículo 57 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas se dispone de oficio su acumulación en un expediente único.

1.-Desarrollo del procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria y solicitud de formulación de declaración de impacto ambiental.

1.1. Actuaciones previas.

De acuerdo al artículo 34 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, ENEL Green Power España, S. L. U. presentó en diciembre de 2020 instancia ante la Sección de Impacto Ambiental solicitando la elaboración del documento de alcance del estudio de impacto ambiental para los proyectos de parques eólicos "Los Chopos" y "Vientos del Cierzo" en Cintruénigo, Fitero y Cascante. Tras la revisión formal de la documentación entregada, el 12 de marzo se informa al promotor del inicio del procedimiento de consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas del parque eólico Los Chopos. Del mismo modo, el 23 de marzo de 2021 se informa al promotor del inicio del procedimiento de consultas para el parque eólico Vientos del Cierzo. En el anexo I de esta resolución se recogen las Administraciones públicas y entidades que fueron consultadas. Los días 20 y 21 de mayo de 2021, el Servicio de Biodiversidad notificó al promotor los documentos de alcance de estudio de impacto ambiental de los proyectos de parque eólico Los Chopos y Vientos del Cierzo respectivamente.

1.2. Información pública y consulta a las Administraciones públicas y a las personas interesadas.

De acuerdo a lo dispuesto en los artículos 36 y 37 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, el Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, sometió a información pública los proyectos y los estudios de impacto ambiental de la subestación seccionadora 220 kV "SET La Serna Promotores", la "línea subterránea de alta tensión 220 kV de entronque con línea aérea de alta tensión SET Alcarama-SET La Serna", y la "modificación de la LAAT 220 kV SET Alcarma-SET La Serna"; mediante la publicación en Boletín Oficial de Navarra número 166 de fecha 19 de julio de 2021, y se solicitó informe a las Administraciones públicas afectadas y personas interesadas.

De acuerdo a lo dispuesto en los artículos 7 y 8 del Decreto Foral 56/2019, de 8 de mayo, por el que se regula la autorización de parques eólicos en Navarra, y en los artículos 36 y 37 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, el Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, sometió los proyectos y los estudios de impacto ambiental de los parques eólicos "Los Chopos" y "Vientos del Cierzo", y sus infraestructuras de evacuación, a información pública (Boletín Oficial de Navarra número 286 de fecha 22 de diciembre de 2021), y trasladó consultas a las Administraciones públicas afectadas y personas interesadas.

Tras advertirse un error en la documentación publicada en el portal de Gobierno Abierto de Navarra, acerca del Estudio de Avifauna del parque eólico Vientos del Cierzo, el Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas realizó un segundo trámite de información pública del proyecto, a través del Boletín Oficial de Navarra número 43, de 1 de marzo de 2022, publicándose nuevamente en Gobierno Abierto de Navarra la documentación completa del proyecto y del EsIA.

En el anexo II de esta resolución se resumen las Administraciones públicas y entidades que fueron consultadas y las alegaciones recibidas.

1.3. Solicitud de inicio de evaluación de impacto ambiental ordinaria.

Molinos de La Rioja, S. A. U. presentó el 22 de noviembre de 2021, ante el Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas los proyectos técnicos administrativos de Subestación 220 kV "La Serna Promotores", "LSAT de entronque con LAAT SET Alcarama-SET La Serna" y "Modificación de LAAT 220 kV SET Alcarama-SET La Serna, mayo 2021; junto con el estudio de impacto ambiental (EsIA) de los proyectos, solicitando el inicio del procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria. El órgano sustantivo dio traslado de toda de toda la documentación, en fecha 24 de noviembre de 2021, al órgano ambiental.

El 28 de junio de 2022, Molinos de La Rioja, S. A. U. presenta sendos modificados de los proyectos técnicos administrativos y un nuevo EsIA, como consecuencia de los condicionados expuestos por el órgano ambiental en los informes elaborados en fase de consulta a las Administraciones públicas en la tramitación ambiental de los parques eólicos Los Chopos, Vientos del Cierzo y sus infraestructuras de evacuación. El órgano sustantivo dio traslado de la nueva documentación a la Sección de Impacto Ambiental con fecha 1 de julio 2022. En el nuevo proyecto se traslada la localización de la SET La Serna Promotores "de manera que la LAAT y la subestación no afecten la AICAENA de Agua Salada en las superficies que quedan al norte de los pinares de Montes del Cierzo".

ENEL Green Power España, S. L. U. presentó el 9 de junio de 2022, ante el Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas los proyectos de parque eólico "Los Chopos", de abril 2021, y el proyecto de LASAT 220 kV "SET PE Los Chopos-Subestación Seccionadora Alcarama", de junio 2022; junto el EsIA, junio 2022, solicitando el inicio del procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria. El órgano sustantivo realiza un requerimiento para subsanar la información presentada y una vez comprobado que la documentación está completa, con fecha 15 de julio 2022, da traslado de toda la documentación al Servicio de Biodiversidad para proceder con el análisis técnico del expediente y la formulación de la correspondiente declaración de impacto ambiental.

ENEL Green Power España, S. L. U. presentó el 22 de julio de 2022, ante el Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas el proyecto de parque eólico "Vientos del Cierzo", de abril 2021, incluidos los proyectos de infraestructuras de evacuación comunes con el PE Los Chopos; junto con el EsIA del parque eólico Vientos del Cierzo, de julio 2022. El órgano sustantivo realiza un requerimiento para subsanar la información presentada y una vez comprobado que la documentación está completa, con fecha 24 de agosto 2022, da traslado de toda la documentación al Servicio de Biodiversidad para proceder con el análisis técnico del expediente y la formulación de la correspondiente declaración de impacto ambiental.

Los proyectos y EsIA presentados a solicitud de inicio de la evaluación de impacto ambiental incorporan una serie de modificaciones como resultado de las alegaciones e informes recibidos por el promotor en la fase de información púbica y consultas a las Administraciones públicas y personas interesadas. Estas modificaciones son fundamentalmente el traslado de la subestación seccionadora SET La Serna Promotores a una localización más cercana a la existente SET La Serna (REE). Las modificaciones incluidas en los proyectos no suponen la aparición de nuevos efectos ambientales significativos distintos a los previstos originariamente.

Con la información hasta aquí recabada se elabora la presente declaración de impacto ambiental.

2.-Resumen de los proyectos.
-Parque eólico "Los Chopos".

La alternativa seleccionada para el parque eólico "Los Chopos" se compone de 9 aerogeneradores en la siguiente ubicación:

N.º AEROGENERADOR
UTM ETRS89 HUSO 30
TORRE (m)
ROTOR (m)
X [m]
Y [m]
CH02
596195
4655030
115
170
CH03
596404
4655775
115
170
CH04
597049
4655672
115
170
CH05
596763
4656628
115
170
CH06
597248
4656952
115
170
CH07
596551
4654216
115
170
CH08
597062
4654335
115
170
CH09
597600
4654286
115
170
CH10
597773
4654760
115
170

Configuración del PE Los Chopos. Sistema de Coordenadas de Referencia (CRS) ETRS 1989 / UTM Zone 30N.

Se llevará a cabo la instalación de una torre permanente de medición meteorológica de 115 m de altura, anclada en cimentación de dimensiones aproximadas 6,0x6,0x2,5 m, en las coordenadas X: 596.075-Y: 4.655.414 (ETRS89, Huso 30N).

El acceso al parque eólico Los Chopos se proyecta desde la carretea NA-6900: en el P.K. 16+200 hacia la posición CH-05, en dirección norte, y hacia las posiciones CH04, CH08-CH10, en dirección sur. Un segundo acceso, a la altura del P.K. 16+915 hacia las posiciones CH02 y CH03. Y se prevé un tercer acceso desde la carretera N-113, P.K. 93+770, para la posición CH06. Se proyecta una longitud total de 10.357 m de viales, 4.407,51 m de nueva construcción y 5.949,72 m de acondicionamiento de caminos. La anchura mínima de rodadura de los viales será de 6 m, con firmes de 20 cm de espesor de zahorra artificial y cunetas de 1 m de anchura y 0,50 m de profundidad, revestidas en hormigón en tramos con pendientes superiores al 5%. Se prevé la construcción de 5 vados hormigonados. Los taludes de desmonte se proyectan en 1/1 y los de terraplenes en 3/2, ambos taludes con aristas redondeadas a radio 2 m.

Para la construcción de cada uno de los aerogeneradores se prevé una plataforma de maniobra de la grúa principal de 47x38 m. con firme de zahorra de 20 cm de espesor; plataforma auxiliar de 3.750 m², que contiene en su interior el área de maniobra de la grúa y la zona de cimentación; zona de cimentación con un rectángulo de 20x30,5 m; plataforma de acopio temporal de palas junto a la plataforma principal con 23x120 m de área libre de obstáculos, compactada sin firme; y plataformas temporales para el montaje de la grúa de celosía de 23x122 m, que se realizarán únicamente en las posiciones que sea necesario. Los aerogeneradores evacúan la electricidad producida mediante línea subterránea de media tensión (MT) en 33 kV hasta la proyectada subestación elevadora, SET 33/220 kV PE Los Chopos. Las zanjas para la interconexión de los aerogeneradores, línea de evacuación subterránea en MT y red de tierras tienen una longitud de 9.263,67 m.

-Parque eólico "Vientos del Cierzo".

La alternativa seleccionada para el parque eólico "Vientos del Cierzo" se compone de 9 aerogeneradores en la siguiente ubicación:

N.º AEROGENERADOR
UTM ETRS89 HUSO 30
TORRE (m)
ROTOR (m)
X [m]
Y [m]
VC01
602.507
4.650.394
115
170
VC02
602.970
4.650.712
115
170
VC03
603.553
4.650.864
115
170
VC04
604.110
4.651.083
115
170
VC05
604.840
4.651.487
115
170
VC06
604.861
4.649.734
115
170
VC07
605.305
4.650.300
115
170
VC08
605.745
4.650.735
115
170
VC09
601.910
4.650.069
115
170

Configuración del PE Vientos del Cierzo. Sistema de Coordenadas de Referencia (CRS) ETRS 1989 / UTM Zone 30N.

La torre permanente autoportante de medición meteorológica, con las mismas características que la prevista para el PE Los Chopos, se ubicará en las coordenadas X: 605.048-Y: 4.651.842 (ETRS89, Huso 30N).

El acceso al parque eólico Vientos del Cierzo se proyecta desde tres puntos de la carretera NA-6900, en los P.K. 5+140, 4+840 y 4+690. El proyecto contempla la construcción de 3.405,36 m de nuevos viales y el acondicionamiento de otros 7.413,37 m de caminos. Las características constructivas de los aerogeneradores, viales y sistemas de drenaje son análogas a las del proyecto de parque eólico Los Chopos. Se prevé también la construcción de 5 vados hormigonados. Los aerogeneradores evacúan la electricidad producida hasta la proyectada subestación elevadora, SET 33/220 kV PE Los Chopos, mediante línea subterránea en 33 kV. Las zanjas para la interconexión de los aerogeneradores, red de tierras y línea de evacuación subterránea en MT tienen una longitud de 18.084,59 m.

-SET PE Los Chopos y LASAT SET PE Los Chopos-SET La Serna Promotores.

La subestación elevadora SET 33/220 kV PE Los Chopos se emplazaría en las Parcelas 142 y 143 del Polígono 5 de Cintruénigo, con una planta rectangular de 89,70x51,15 m. Anexo a la misma se proyecta el edificio de operación y mantenimiento (25,00x12,00 m) y un pequeño edificio de residuos (11,50x3,25 m).

Desde la subestación PE Los Chopos se proyecta una línea de alta tensión aéreo-subterránea en 220 kV hasta la conexión con la proyectada subestación seccionadora SET La Serna Promotores. Esta línea de evacuación se diseña con un primer tramo aéreo de 12.758,86 m, 8 alineaciones y 37 apoyos; y un segundo tramo soterrado con una longitud de zanja de 2.161,40 m. El aislamiento tanto de las cadenas de suspensión como de las de amarre estará compuesto por dieciséis aisladores de vidrio, del tipo caperuza y vástago, modelo U-120B. Se instalarán dispositivos salvapájaros de tipo espiral sobre el cable de tierra cada 10 m. La subestación seccionadora forma parte de las Infraestructuras Comunes de Evacuación con otros proyectos de generación de energía renovable.

-Infraestructuras comunes de evacuación.

La subestación seccionadora 220 kV La Serna Promotores contará con unas dimensiones aproximadas de 50,50x71,30 m en las Parcelas 137 y 139 del Polígono 39 de Tudela. Incluirá un edificio de control, con sala de operaciones, sala de servicios auxiliares, zona de servicios y almacén. Para la evacuación de la energía generada se proyecta la ejecución de un seccionamiento y entronque subterráneo (con línea en 220 kV de entrada y salida a la SET La Serna Promotores) con conexión a la línea aérea existente SET Alcarama-SET La Serna 220 kV. Dicho entronque subterráneo tiene como finalidad la conexión de la nueva subestación La Serna Promotores con las existentes subestaciones SET Alcarama (entrada) y SET La Serna (salida). Para el seccionamiento y conexión con la línea existente se propone la instalación de dos nuevos apoyos AP-106A y AP-106B en los que se realizará el paso aéreo-subterráneo. Los entronques subterráneos constaran de:

-Tramo A: tramo soterrado en 168 m de zanja que conectará el nuevo apoyo de conversión denominado como AP-106A hasta la posición de línea Alcarama 220 kV en la nueva subestación La Serna Promotores 220 kV.

-Tramo B: tramo soterrado en 85 m de zanja que conectará el nuevo apoyo de conversión denominado como AP-106B hasta la posición de línea La Serna 220 kV en la nueva subestación La Serna Promotores 220 kV.

Para la evacuación compartida de los proyectos de generación planteados será necesaria la repotenciación de la línea existente SET Alcarama-SET La Serna 200 kV mediante el cambio de conductor en el tramo de 240 m aéreos desde el nuevo apoyo AP-106B hasta el pórtico de SET La Serna 220 kV (REE). Se prevé también la retirada del apoyo 106 junto con su cimentación, el refuerzo del apoyo número 107 y el retensado de conductores del vano entre los apoyos 105 y 106A.

3. Análisis técnico.
a) Examen de alternativas.

Los estudios de impacto ambiental (EsIA) de ambos proyectos condicionan el estudio de alternativas a la ubicación del punto de conexión y la distancia admisible a nivel técnico, económico y ambiental para el tendido de evacuación necesario.

El promotor realiza un análisis de localizaciones alternativas que plantea tres posibles ubicaciones para cada proyecto, tomando como punto de partida el mapa de acogida para la instalación de parques eólicos elaborado en el Plan Energético de Navarra Horizonte 2030 (PEN2030) y considerando como zonas de exclusión la red de espacios protegidos Natura 2000, las áreas consideradas en Navarra de importancia para la conservación de la avifauna esteparia y los espacios incluidos en el Inventario de Zonas Húmedas de Navarra. Para el PE Los Chopos el promotor considera un área al noroeste del núcleo de Fitero, en los parajes de Las Costeras, La Sixta y El Olmillo; otra área al sureste de Cintruénigo en los términos de El Gallardo, Vallejuelo y Corral del Rodela; y una zona al sureste de Fitero, entre la carretera N-113 Pamplona-Madrid, el río Alhama y las estribaciones septentrionales de La Atalaya. Para el PE Vientos del Cierzo el promotor propone también el área al sureste de Cintruénigo, planteada para el PE Los Chopos; otra al norte de la Laguna de Lor, en término de Ablitas, al oeste de la carretera NA-2010 Tudela-Ablitas; y una tercera zona al oeste del núcleo urbano de Cascante, entre la carretera NA-6900 Cascante-Fitero y el límite con la Comunidad Autónoma de Aragón.

En la valoración de las diferentes localizaciones alternativas, el EsIA realiza una valoración cualitativa en la que se describen someramente las causas por las que se descartan dos de las localizaciones propuestas en cada análisis. El promotor selecciona la zona ubicada al sureste del núcleo de Fitero para el PE Los Chopos y la localización situada al oeste del núcleo de Cascante para el PE Vientos del Cierzo.

Una vez seleccionadas las localizaciones, los EsIA de ambos parques eólicos proponen 12 alternativas de ubicación para los aerogeneradores, teniendo en cuenta criterios técnicos: 1) existencia de recurso, 2) separación entre máquinas y 3) distancia a infraestructuras. Una vez fijadas las ubicaciones se analizan las mismas desde el punto de vista ambiental teniendo en cuenta: 1) afección a vegetación, 2) accesibilidad, 3) impacto visual y 4) movimientos de tierras. Tras rechazar la alternativa cero, el análisis de alternativas sobre la ubicación de los aerogeneradores descarta tres localizaciones para cada uno de los parques eólicos, conformando las configuraciones de los parques descritas en el apartado de resumen de los proyectos de esta resolución.

Los documentos de alcance del estudio de impacto ambiental, emitidos por el órgano ambiental en la fase de actuaciones previas, especificaban que el EsIA debería incluir un estudio de alternativas de ubicación de los parques eólicos. del mismo modo, el informe preceptivo del órgano ambiental en fase de consultas señalaba la necesidad de realizar un correcto análisis y selección de alternativas. El informe del órgano ambiental señalaba que el análisis de la incidencia ambiental de cada una de las posibles ubicaciones de los aerogeneradores por separado, suponía un fraccionamiento del análisis de alternativas del proyecto en su conjunto.

El promotor respondió aportando la información recogida en los apartados de "Análisis de localizaciones alternativas para el parque eólico" incluidos en los EsIA sometidos a solicitud de evaluación de impacto ambiental ordinaria. Varias de las localizaciones propuestas y seleccionadas se encuentran muy cercanas, o en el mismo límite físico, de áreas consideradas críticas para la conservación de avifauna protegida o próximas a zonas húmedas inventariadas.

El EsIA plantea tres alternativas de trazado para la línea aérea de evacuación a 220 kV. Las alternativas II y III comparten el mismo trazado hasta el límite administrativo entre Cintruénigo y Corella. La alternativa I se traza en este tramo paralela, un poco más al norte. A partir del límite municipal, la alternativa III, más corta (14.920 m), gira al este y continúa, casi en línea recta, en dirección a subestación de La Serna. Las otras dos alternativas no cambian de dirección en el límite municipal y giran al sureste hacia la subestación de La Serna a diferentes distancias, conformando un total de 16.550 m (alternativa II) y 17.650 m (alternativa I).

Se selecciona la alternativa más corta (alternativa III) que a su vez discurre en aéreo en un tramo de menor longitud a través de áreas críticas para la conservación de la avifauna esteparia. El EsIA considera también que la alternativa III generaría menor incidencia sobre la conectividad y mortalidad de avifauna.

El informe del órgano ambiental en fase de consultas indica que el trazado de la línea aérea en alta tensión, y la ubicación propuesta para el seccionamiento de la línea existente y/o para la subestación La Serna Promotores, debe contemplar alternativas que eviten la afección a las superficies del área de importancia para la conservación de la avifauna esteparia que quedan al norte de los pinares de Montes del Cierzo, hacia la balsa de Agua Salada.

La alternativa seleccionada en el EsIA presentado a solicitud de evaluación de impacto ambiental no modifica el trazado en aéreo de la línea de evacuación, respecto del trazado propuesto en el proyecto presentado a trámite de información pública y consultas. De este modo no se ha disminuido ni evitado la afección al área de importancia para la conservación de la avifauna esteparia por parte de la línea aérea de alta tensión.

El EsIA de la subestación 220 kV "La Serna Promotores" presenta cuatro alternativas de ubicación para la subestación seccionadora. Las alternativas 1, 2 y 3 se localizan en la corraliza de La Cantera, al norte de los pinares de Montes del Cierzo. El EsIA modificado de junio 2022, añade una nueva alternativa 4 a las alternativas de localización presentadas a trámite de información pública y consultas. El promotor selecciona la alternativa 4, que se plantea al sur de los pinares de los Montes del Cierzo, a unos 170 m de la actual SET La Serna (REE) punto final de evacuación, evitando afectar a las superficies del área de importancia para la conservación de la avifauna esteparia que quedan al norte de los pinares de Montes del Cierzo.

b) Análisis de los principales impactos de los proyectos.

-Parque eólico Los Chopos.

Como antecedente mencionar que mediante Resolución 294E/2023, de 31 de julio, de la directora del Servicio de Territorio y Paisaje, se denegó la autorización urbanística del parque eólico PE Los Chopos, en Fitero y Cintruénigo, y cuyas infraestructuras de evacuación y transformación, además de los anteriores, afectan a los términos municipales de Corella y Tudela, por incompatibilidades del proyecto con el planeamiento urbanístico de Cintruénigo y con los regímenes de protección establecidos en la normativa del Plan Municipal de Corella.

Centrándonos en los aspectos ambientales objeto de esta declaración de impacto ambiental, el principal impacto detectado en el estudio de impacto ambiental (EsIA) del parque eólico "Los Chopos" es la afección a las poblaciones de fauna voladora. El impacto causado por la mortalidad de aves por electrocución y colisión con el tendido eléctrico se valora como severo; el impacto causado por la mortalidad de aves y quirópteros por colisión con los aerogeneradores son valorados como moderados; y la afección por efecto barrera y pérdida de conectividad sobre las poblaciones de avifauna es valorada como moderada. También se valoran como moderados los impactos en fase de obra causados sobre la geomorfología por modificación de las formas del relieve y aumento de la erosión; sobre la vegetación natural por afección a hábitats de interés comunitario; sobre el patrimonio cultural por afección a yacimientos arqueológicos; y sobre las consecuencias ambientales causadas por el aumento de riesgo de hundimiento y de incendios forestales. En fase de funcionamiento, además de los impactos detectados sobre la fauna voladora, se valora como moderado-compatible el impacto sobre el paisaje caudado por la alteración de la calidad visual y deterioro del potencial de vistas desde puntos escénicos.

El EsIA detecta una serie de impactos positivos que generará la implantación y funcionamiento de la infraestructura. Estos son la disminución de la emisión de gases invernadero, creación de empleo, generación de ingresos por arrendamiento y/o compra de terrenos y la dinamización de los sectores secundario y terciario.

El EsIA del parque eólico Los Chopos incluye un apartado específico en el que se analizan las repercusiones ambientales del proyecto sobre los espacios protegidos Red Natura 2000 potencialmente afectados por el proyecto. Estos son las ZEC Balsa del Pulguer (ES2200041) y Río Ebro (ES2200040); y la ZEPA Sierra de Alcarama y Valle del Alhama (ES0000063). Este apartado concluye que el proyecto de parque eólico "Los Chopos" podría ejercer un impacto significativo sobre la mortalidad de avifauna, especialmente aves acuáticas y esteparias, comunidades de aves cuya mejoría del estado de conservación actual forma parte de los objetivos de conservación establecidos en los Planes de Gestión de las ZEC Balsa del Pulguer y Río Ebro. Sin embargo, el promotor espera que la aplicación de las medidas preventivas y correctoras propuestas favorezca la mitigación de este impacto en una proporción que deberá ser evaluada durante el programa de vigilancia ambiental planteado.

El EsIA propone una serie de medidas preventivas y correctoras para evitar y mitigar los impactos detectados por las acciones del proyecto. Tras la aplicación de las medidas propuestas, el promotor considera que el impacto residual se reduce hasta valorarlo como compatible en el caso de la afección sobre la geomorfología y el suelo causada por el aumento de la erosión; el impacto a vegetación por la afección a hábitats de interés comunitario; el impacto por afección a yacimientos arqueológicos; y la posible afección por incremento del riesgo de incendios forestales.

En el caso del impacto a las poblaciones de fauna voladora el promotor propone como medidas preventivas específicas el realizar los trabajos fuera de periodo de cría y reproducción, la realización de prospecciones previas para la detección de nidos de aves esteparias, incrementar la visibilidad de los aerogeneradores para disminuir el impacto por colisión contra las aspas, mejorar la gestión de los residuos que son trasladados al centro de tratamiento de residuos "El Culebrete" y, en el caso de los quirópteros, verificar en fase de obra las distancias a puntos de agua para comprobar que los elementos de los aerogeneradores están al menos a 200 m de los mismos. Como medidas correctoras el promotor plantea la colocación balizas salvapájaros, tanto tipo BAGTR como BESP en el cable de tierra cada 5 m. En dos zonas concretas del tendido: el tramo final y la zona más próxima a los pinares de Montes de Cierzo se instalarán balizas reflectantes giratorias. Y en relación con la afección a los quirópteros se propone llevar a cabo un estudio de mortalidad para conocer la incidencia real del parque sobre las poblaciones de estos mamíferos. Si se detectara una mortalidad significativa se evaluaría la medida de elevar la velocidad de arranque de las turbinas implicadas durante las noches de agosto a septiembre a velocidades de viento por encima de los 5-6 m/s.

El promotor expresa su compromiso para adoptar una serie de medidas complementarias previamente aprobadas con la Administración competente. El EsIA propone la elaboración de un plan de gestión agroambiental que implique la promoción de barbechos adecuados para el establecimiento de ejemplares de especies de aves esteparias, principalmente alcaraván común, ganga ortega y ganga ibérica.

El EsIA adjunta un anexo II con el preceptivo informe sobre el seguimiento de ciclo anual completo de avifauna y quirópteros en el entorno del proyecto. El informe del estudio anual de avifauna identifica al buitre leonado como el ave rapaz con mayor número de observaciones, con movimientos frecuentes entre el área de Las Roscas y Montes del Cierzo de Tarazona; y flujos hacia el vertedero de R.S.U. de El Culebrete, que actúa como un importante foco de atracción para necrófagos y oportunistas. Esta especie presenta un 54,63% de vuelos en altura de riesgo (n = 647 observaciones). Varias rapaces tienen un alto porcentaje de vuelo en altura de riesgo dentro del área de estudio, las más numerosas el milano real 48,68% (n = 76) y el águila real 65,38% (n = 26). El informe considera (en una estima conservadora) que aproximadamente un 50% de los ejemplares que se desplazarían en esta altura podrían tener/sufrir una futura situación de riesgo de colisión con la zona de giro de las palas de los futuros aerogeneradores.

El estudio caracteriza el uso del espacio aéreo contabilizando el número de vuelos realizados en las inmediaciones de las ubicaciones proyectadas. El 40,5% de los vuelos de buitre leonado contabilizados (n = 195) se detectan cerca de los aerogeneradores (<150 m), independientemente de la altura de vuelo; 57 de los 79 vuelos cercanos se observan en altura de riesgo de colisión. El milano real presenta 40,8% (n = 76) de los vuelos cerca de los aerogeneradores, con 5 de los 31 vuelos cercanos registrados a altura de riesgo de colisión. Para el águila real se detectan el 30,8% (n = 26) de vuelos cerca de los aerogeneradores, el 50,0% de ellos en alturas de riesgo. Los aerogeneradores CH02, CH04 y CH05 son los que acumulan más vuelos de rapaces en su entorno más cercano.

El informe concluye que el emplazamiento eólico no afectará de manera significativa, permanente y negativa a zonas de nidificación de numerosas especies protegidas por la legislación medioambiental vigente, principalmente rapaces rupícolas y forestales. Sí afectará de manera significativa, permanente y negativa a zonas de dispersión juvenil, zonas de reposo, zonas de alimentación y zonas de campeo de varias especies catalogadas como el milano real, águila real, buitre leonado o buitre negro (n = 10 observaciones). Si bien se valora que la afección no será muy significativa a las áreas de campeo de especies rupícolas ni de aves rapaces forestales que realizan diariamente sus desplazamientos desde sus zonas de nidificación y/o reposo.

El informe sobre la avifauna propone un plan de control de cadáveres de ganado doméstico en el área de influencia del parque en el que deberían intervenir el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, Ayuntamientos y ganaderos de la zona. El informe plantea también señalización y/o pintado de una de las tres palas de todos los aerogeneradores del parque.

En el informe aportado que analiza el impacto del parque eólico sobre los murciélagos (anexo II.2) se concluye que cabe prever una mortalidad reseñable de murciélago de Cabrera (Pipistrellus pygmaeus) en los aerogeneradores situados más cercanos al río Alhama, CH05 y CH06. El informe prevé también cierta afección a murciélago de borde claro (P. kuhlii), enano (P. pipistrellus), montañero (Hypsugo savii) y rabudo (Tadarida teniotis). El trabajo propone elevar la velocidad de viento para el arranque de esas dos turbinas durante las noches de los períodos de mayor accidentalidad, además de la necesidad de poner en marcha un detallado Plan de Vigilancia Ambiental, que permita conocer la mortalidad real de los quirópteros en el parque eólico Los Chopos.

El documento de alcance del estudio de impacto ambiental emitido por el órgano ambiental en fase de actuaciones previas reflejaba la importancia de la zona de implantación del proyecto por su proximidad al río Alhama, áreas consideradas de importancia para la conservación de la avifauna esteparia en Navarra y zonas húmedas; y por la presencia de territorios y zonas frecuentadas por aves rupícolas. Por todo ello se consideraba que el proyecto presentaba consecuencias ambientales importantes que podían condicionar su viabilidad.

El informe del órgano ambiental en el trámite de consultas advierte de la existencia de territorios históricos y actuales de águila de Bonelli o perdicera en el entorno cercano del proyecto y recomienda al promotor solicitar la información ambiental sobre los datos del uso del espacio de los ejemplares de esta especie radioseguidos mediante geolocalizador GPS equipados por Gobierno de Navarra.

El promotor solicitó el 30 de junio 2022 la información ambiental sobre los ejemplares de águila de Bonelli radioseguidos en el área de influencia del parque eólico que fue remitida al promotor el 11 de agosto 2022 aportando la información en forma de superficies de probabilidad de uso del espacio calculadas mediante interpolación de densidad kernell de las localizaciones registradas por los geolocalizadores GPS de cinco ejemplares de águila de Bonelli entre 01/05/2020-14/01/2022. Estos datos no fueron aportados al EsIA de fecha junio 2022.

Los datos aportados por la Sección de Espacios Naturales y Especies Protegidas señalan que el parque eólico se proyecta dentro del área núcleo de actividad (kernel 50%) del ejemplar macho que ocupa el territorio del valle del Alhama. Según los datos aportados por los emisores GPS, el ejemplar adulto radiomarcado sigue regentando el territorio en la temporada 2023 y la zona de implantación del parque es utilizada por ejemplares subadultos en fase de dispersión y ejemplares adultos no territorializados. Durante el análisis técnico del expediente la Sección de Espacios Naturales y Especies Protegidas trasladó a la Sección de Impacto Ambiental información sobre la presencia de un nido de milano real en el río Alhama cercano a las localizaciones CH05 y CH06.

Durante el trámite de información pública diversas asociaciones alegan sobre el previsible impacto del proyecto a fauna voladora por la presencia de especies sensibles y catalogadas y por la proximidad del proyecto a áreas importantes para avifauna esteparia, lugares Red Natura 2000 y zonas húmedas inventariadas. También se señala la afección sobre la conectividad ecológica por el efecto barrera causado en rutas de migración o desplazamientos entre zonas húmedas y áreas esteparias. (Paisajes y Viñedos, Sustrai Erakuntza, Gurelur y Ecologistas en Acción). Varios alegantes consideran también una importante afección a quirópteros por existir una alta actividad de murciélagos (Gurelur y SECEMU). En algunas alegaciones se considera que las medidas preventivas, correctoras y compensatorias propuestas resultan insuficientes o están insuficientemente definidas para reducir la valoración del impacto detectado en el EsIA (Paisajes y Viñedos, Sustrai Erakuntza) o que el EsIA no ha valorado suficientemente el impacto resultado del efecto acumulativo y sinérgico (Sustrai Erakuntza, Ecologistas en Acción y SECEMU).

El promotor da respuesta a cada una de las alegaciones aportadas en el proceso de información pública, así como los informes y escritos recibidos en la tramitación de las consultas a las Administraciones públicas afectadas y personas interesadas. Esencialmente el promotor contesta que los condicionados ambientales alegados, así como las consecuencias de las acciones del proyecto sobre los factores ambientales inventariados, ya han sido descritos, analizados y valorados en el EsIA realizado. Incluida la valoración de la eficacia de las medidas preventivas y correctoras propuestas.

Como se ha indicado más arriba, el mayor impacto detectado en el EsIA del parque eólico Los Chopos es el causado sobre la avifauna derivado de la mortalidad de aves originada por electrocución y colisión con el tendido eléctrico, que se valora como severo. El estudio de avifauna anexado al EsIA describe los flujos de aves carroñeras y oportunistas que se alimentan en el vertedero de RSU de El Culebrete (Tudela) y cómo el tendido eléctrico formará una barrera lineal y transversal al flujo procedente de los términos de Corella, Castejón y Cintruénigo. El estudio de avifauna concluye que tendido eléctrico de evacuación muestra varios impactos significativos sobre zonas de reproducción, invernada y/o concentraciones de aves en la zona de estudio. Afectará de manera significativa a las áreas de campeo de varias especies rupícolas (Águila Real y Buitre Leonado, principalmente), dormideros de aguilucho lagunero occidental, dormideros de aves carroñeras, zonas de reproducción de aves acuáticas y zonas con presencia de aves esteparias. Si bien el estudio considera que la aplicación de las medidas de señalización del futuro tendido disminuirá el riesgo de colisión y por tanto la afección.

El informe del órgano ambiental en fase de consultas señala estos impactos y reitera la afección del tramo aéreo a la zona considerada de importancia para la conservación en Navarra de las aves esteparias, al entorno de la Reserva Natural Balsa de Agua Salada (RN-34) y a un territorio de águila real, estando el trazado muy próximo al lugar de nidificación. La línea aérea de evacuación proyectada a 220 kV comparte trazado en paralelo (separadas unos 175 m) durante aproximadamente 7.944,55 m (Pórtico SET Los Chopos-Apoyo T22) con la LAAT 220 kV existente SET Alcarama-SET La Serna. Esta LAAT existente atraviesa el área de implantación del parque eólico "Los Chopos", pasando a menos de 300 m de la proyectada SET PE Los Chopos. El órgano ambiental informó al promotor que se debían buscar alternativas al trazado de la línea aérea en alta tensión que evitaran la afección al área de importancia para la conservación de la avifauna esteparia en las superficies que quedan al norte de los pinares de Montes del Cierzo, planteando el seccionamiento y entronque con la LAAT 220 kV SET Alcarama-SET La Serna antes del cruce de la autopista AP-68. El informe señalaba también que el promotor debía evaluar los efectos sinérgicos y acumulativos de la línea de evacuación proyectada con la LAAT existente SET-Alcarama-SET La Serna.

El promotor responde que la valoración de los efectos sinérgicos se ha realizado en el apartado 6.4 del EsIA. En este apartado, el promotor señala que, para minimizar el efecto sinérgico del impacto por el riesgo de colisión y electrocución, el proyecto ha tenido en cuenta la construcción de una sola línea eléctrica para la evacuación de la energía de los dos parques eólicos, que además, discurrirá por un pasillo por el que ya existen otras líneas eléctricas. En cuanto al efecto sinérgico sobre el efecto barrera y la pérdida de conectividad del proyecto, el promotor plantea realizar una buena selección de las zonas propuestas para realizar medidas de gestión agroambiental para reducir la posibilidad de que las aves tomen rutas en las que se crucen con los aerogeneradores o el trazado de la línea de evacuación. El apartado 6.4 del EsIA concluye que el impacto sinérgico producido sobre la fauna y sus hábitats es severo, pasando a ser moderado una vez implementadas las medidas de mitigación propuestas.

-Parque eólico Vientos del Cierzo.

El principal impacto detectado en el EsIA del parque eólico "Vientos del Cierzo" es la afección causada sobre la avifauna por electrocución y colisión con el tendido eléctrico de evacuación, ya señalada en el EsIA del parque eólico "Los Chopos". El impacto en fase de explotación se valora como severo. Se valoran como moderados los impactos en fase de obra sobre la geomorfología y el suelo causados por la modificación de las formas del relieve y el aumento de la erosión; sobre el patrimonio cultural por la afección a yacimientos arqueológicos; y sobre los efectos ambientales causados por el aumento del riesgo de incendios forestales. En fase de funcionamiento se valoran como moderados los impactos sobre la fauna causados por la mortalidad de aves por colisión con los aerogeneradores y el efecto barrera y la pérdida de conectividad; así como el impacto por aumento del riesgo de incendios forestales. El impacto derivado de la mortalidad de murciélagos por colisión con los aerogeneradores se considera compatible. El impacto sobre la avifauna derivado de la afección a áreas consideradas de interés para la conservación de la avifauna esteparia se considera compatible en fase de funcionamiento. El EsIA (apartado 7.5.3) no considera que el proyecto cause afección a estas áreas en la zona de implantación de los aerogeneradores, solo se considera la afección del tramo final de la línea de evacuación. El EsIA describe los mismos efectos positivos que los generados por la instalación del parque eólico Los Chopos.

El apartado específico en el que se analizan los efectos sobre la Red Natura 2000 considera los espacios Balsa del Pulguer (ES2200041) y Río Ebro (ES2200040) como potencialmente afectados por el proyecto. El análisis detecta afección a avifauna acuática y esteparia derivada de la colisión y electrocución de ejemplares contra la línea aérea. Este apartado llega a las mismas conclusiones que en el EsIA del parque eólico Los Chopos. El análisis no considera la ZEC Peñadil, Montecillo y Monterrey como un espacio protegido Red Natura 2000 potencialmente afectado por el proyecto.

El promotor propone una serie de medidas preventivas y correctoras análogas a las planteadas en el EsIA del parque eólico Los Chopos. Tras valorar la incidencia de las medidas preventivas y correctoras, el EsIA reduce hasta moderado el impacto residual causado sobre la avifauna por mortalidad de aves por electrocución y colisión con el tendido eléctrico. Se valoran como compatibles los impactos residuales generados sobre el suelo por aumento de la erosión; sobre la avifauna por efecto barrera y pérdida de conectividad; sobre el patrimonio cultural por afección a yacimientos arqueológicos y el causado por el incremento del riesgo de incendios forestales. Para reparar los impactos residuales generados, el promotor se compromete a realizar un plan de gestión agroambiental idéntico al propuesto en el EsIA del parque eólico Los Chopos, al que se le añade la realización de un "Estudio del paisaje Agroforestal de Monte Alto: valores históricos y culturales, interrelaciones y evolución" y promover la sensibilización de la población en relación a este tipo de paisaje.

En el anexo II del EsIA se recoge el trabajo sobre el seguimiento de ciclo anual completo de avifauna y quirópteros en el entorno del proyecto. En el apartado del estudio del uso del espacio y potencial afección del parque eólico sobre las aves se analiza la relación entre el total de vuelos detectados de aves rapaces en relación a su proximidad y a las alturas de vuelo de riesgo con los fututos aerogeneradores. El análisis identifica al buitre leonado (50,00% de vuelos de riesgo de un total de n = 334 vuelos detectados), milano real (51,52%, n = 33), milano negro (56,03%, n = 116), águila real (52,94%, n = 17), águila calzada (66,67%, n = 9), busardo ratonero (48,05%, n = 77) y cernícalo vulgar (36,92%, n = 130) como las especies más sensibles a un futuro riesgo de colisión. Los aerogeneradores con más vuelos de aves rapaces detectados en su proximidad son los aerogeneradores VC02 (n = 18 vuelos), VC05 (19), VC06 (21) y VC07 (23).

A lo largo del seguimiento no se han observado aves esteparias en la zona más cercana al futuro parque eólico. El trabajo detecta alcaraván, ganga ibérica y ganga ortega en la zona de aves esteparias de Monte Alto a partir del mes de abril. Las dos especies de gangas no aparecen en los censos de verano.

El informe concluye que el futuro emplazamiento eólico de Vientos del Cierzo no afectará de manera significativa, permanente y negativa a zonas de nidificación, zonas de dispersión juvenil, zonas de reposo, zonas de alimentación y zonas campeo de numerosas especies protegidas por la legislación medioambiental vigente. Tampoco afectará de manera significativa a las áreas de campeo de varias especies rupícolas (Alimoche Común y Buitre Leonado, principalmente) ni de aves rapaces forestales que realizan diariamente sus desplazamientos desde sus zonas de nidificación y/o reposo. Sin embargo, existe una parte de la zona sur del futuro parque que afectará a los desplazamientos del Águila real (futuras posiciones de los aerogeneradores VC06, VC07 y VC09).

El informe propone medidas correctoras análogas a las propuestas en el estudio de avifauna del parque eólico Los Chopos. Estas son la señalización y/o pintado de una de las palas y el diseño de un plan de vigilancia y control de cadáveres de ganado doméstico.

El informe aportado que analiza el impacto del parque eólico sobre los murciélagos (anexo II.2) concluye que se prevé una mortalidad baja sobre este grupo animal, principalmente sobre especies frecuentes y no amenazadas, no se plantea tomar medidas preventivas; pero sí señala la necesidad de llevar a cabo un detallado plan de vigilancia ambiental para conocer la mortalidad real de los quirópteros en el parque eólico y de llevar a cabo medidas correctoras en el caso de detectar una mortalidad residual significativa.

El órgano ambiental considera en su informe en fase de Consultas que la alineación de aerogeneradores proyectados en el límite del área de importancia para la conservación de la avifauna esteparia de Monte Alto supone un importante riesgo de mortalidad por colisión para las aves esteparias catalogadas por las que se categorizó esta área como de importancia Alta. Además, supondrá una pérdida de la capacidad de acogida del hábitat para estas aves. El informe considera que esta afección cobra especial importancia al tener en cuenta la profunda regresión que ha sufrido en Navarra el hábitat potencial de estas especies, que ha propiciado una significativa reducción de su área de ocupación y que estas especies mantengan unas dinámicas poblacionales que hacen que se prevea su extinción en un corto o medio plazo en Navarra. El informe también recuerda que en la Resolución 836E/2017, de 15 de diciembre, de la directora general de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se formuló Declaración de Incidencia Ambiental del Plan Energético de Navarra Horizonte 2030 (PEN 2030), se indicaba que estas áreas son un mínimo irrenunciable para garantizar, dentro de lo posible, la continuidad de estas especies en Navarra. Además, se señala que estas áreas necesitan de una interconexión y coherencia ecológica para que las poblaciones de aves esteparias catalogadas puedan revertir en unas dinámicas de viabilidad. La posición de los aerogeneradores causará un efecto barrera para los desplazamientos de estas especies entre zonas que aún se mantienen con hábitats favorables para ellas.

El órgano ambiental informa también al promotor que ha llevado a cabo un seguimiento telemétrico de ejemplares de águila de Bonelli o perdicera que ha permitido identificar la zona como un área de asentamiento preferente de individuos no reproductores, e insta al promotor a solicitar la información ambiental de los datos del uso del espacio de estos ejemplares. El estudio de avifauna aportado por el promotor ha detectado una zona de dispersión juvenil/subadulta de águila real en la zona occidental del futuro parque eólico; sin embargo, no ha detectado ejemplares de águila de Bonelli durante el trabajo de campo. El promotor solicitó dicha información junto con la del parque eólico Los Chopos y la Dirección General de Medio Ambiente contestó el 5 de agosto 2022 aportando las superficies kernell relativas al análisis del uso del espacio de los ejemplares implicados.

Los datos aportados por la Sección de Espacios Naturales y Especies Protegidas señalan que el parque eólico se proyecta en una zona querenciosa para el asentamiento temporal de ejemplares subadultos de águila de Bonelli. Se da la circunstancia de que uno de esos ejemplares fue recogido el 7 de diciembre 2021 bajo el aerogenerador número 6 del parque eólico El Campo (Mallén). La necropsia realizada por el Gobierno de Aragón concluyó que las lesiones detectadas indicaban que el animal sufrió la acción de las aspas del aerogenerador al pie del que fue recogido.

Varios alegantes, en el trámite de información pública, ponen de manifiesto la afección del proyecto a aves esteparias catalogadas, a áreas cartografiadas como de importancia para su conservación y señalan el efecto barrera que supondrá el parque eólico para estas especies (Fundación Sustrai Erakuntza, Paisajes y Viñedos, Gurelur y Ecologistas en Acción).

Por último, hay que señalar que los EsIA aportados incorporan anexos con sendos estudios, cuyas prospecciones arqueológicas fueron autorizadas mediante Resoluciones 72/2021, de 16 de marzo, y 82/2021, de 24 de marzo, del director general de Cultura-Institución Príncipe de Viana. En los estudios se concluye que los proyectos de parques eólicos y línea de evacuación tienen una afección directa sobre el patrimonio arqueológico y se proponen las medidas preventivas y correctoras que se podrían aplicar, si bien durante el presente análisis técnico de los expedientes, este órgano ambiental no ha podido recoger la valoración sobre las afecciones al patrimonio cultural a falta del informe pertinente del órgano competente en la materia.

c) Conclusiones y valoración del órgano ambiental.

El Servicio de Biodiversidad, de la Dirección General de Medio Ambiente, concluye que el procedimiento de evaluación de impacto ambiental se ha llevado a cabo adecuadamente.

A la vista de lo expuesto más arriba, este órgano ambiental considera que la instalación del parque eólico Los Chopos tendrá consecuencias adversas significativas sobre varias especies de fauna voladora catalogada y particularmente tendrá consecuencias graves sobre especies en catalogadas "En Peligro de Extinción", como águila de Bonelli o perdicera y milano real. El parque se proyecta dentro del área núcleo de actividad de los ejemplares del territorio del valle del Alhama y cercano al territorio histórico de Fitero. Dos de los aerogeneradores se localizan a unos cientos de metros de uno de los pocos nidos de milano real detectados en la zona sur de Navarra.

Este órgano ambiental considera que la instalación del parque eólico Vientos del Cierzo tendrá importantes consecuencias negativas sobre la avifauna esteparia catalogada por la que se caracterizó el área de importancia para la conservación de la avifauna esteparia de Monte Alto, fundamentalmente por aumento del riesgo de colisión y por pérdida de la calidad del hábitat (efecto vacío). Esta área ya quedó excluida de su transformación en regadío en la formulación de la declaración de impacto ambiental del proyecto de Canal de Navarra y la transformación de sus zonas regables para corregir los impactos significativos del proyecto sobre la fauna esteparia. Así mismo, esa zona se considera como un área crítica para la conservación de la avifauna esteparia en Navarra. Las áreas críticas contienen hábitats esenciales para la conservación favorable de las aves esteparias, mantienen una situación estratégica y un estado de conservación de sus hábitats por lo que requieran de su adecuado mantenimiento y/o recuperación. Se considera las áreas críticas cartografiadas en Navarra como la superficie mínima adecuada para garantizar la supervivencia y conservación de la avifauna esteparia catalogada. La instalación de ambos parques y su línea de evacuación supondrá la aparición de un efecto barrera entre áreas consideradas críticas para las aves esteparias, teniendo consecuencias adversas significativas sobre la conectividad ecológica de estas áreas.

Por otro lado, este órgano ambiental considera que ha quedado contrastada la importancia del ámbito donde se pretende instalar el parque eólico Vientos del Cierzo como área de dispersión y sedimentación de ejemplares subadultos de águila de Bonelli y otras grandes águilas como águila real o águila imperial ibérica. La instalación del parque eólico en la zona causará un incremento del riesgo de colisión y un efecto vacío y/o efecto barrera sobre estas especies. Las consecuencias finales sobre la avifauna se verán incrementadas por los efectos acumulativos y sinérgicos con otros parques eólicos autorizados en el entorno.

Como se ha señalado más arriba, este órgano ambiental considera que la línea aérea de evacuación tendrá consecuencias severas sobre avifauna catalogada por aumento del riesgo de colisión y el efecto barrera al discurrir entre zonas húmedas, áreas críticas para la avifauna esteparia y zonas de reproducción y campeo de aves rupícolas. El trazado se diseña entre humedales declarados Reservas Naturales o Zonas Especiales de Conservación y perpendicular a un importante flujo de aves que se desplaza en ritmos circadianos, desde sus áreas de descanso o reproducción hacia el vertedero de RSU de El Culebrete. Estas consecuencias se verán aumentadas por el efecto acumulativo y sinérgico debido al diseño de la línea de evacuación en aéreo y con tensión de 220 kV en paralelo a otra línea aérea de alta tensión 220 kV existente, durante un tramo de aproximadamente 8 km.

A la vista de lo expuesto anteriormente, este órgano ambiental considera que los proyectos aquí analizados tendrán consecuencias significativas sobre los objetivos de conservación y las especies por las que fueron declarados los espacios Red Natura Balsa del Pulguer (ES2200041), Sierra de Alcarama y Valle del Alhama (ES0000063), Río Ebro (ES2200040) y Peñadil, Montecillo y Monterrey (ES2200042), así como la Reserva Natural Balsa de Agua Salada (RN-34).

Este órgano ambiental considera que las medidas preventivas, correctoras y complementarias propuestas por el promotor no son suficientes para evitar, disminuir o compensar el impacto ambiental detectado, fundamentalmente las consecuencias sobre la fauna voladora por colisión con los aerogeneradores y el tendido eléctrico en fase de funcionamiento. Algunas medidas no se consideran efectivas y otras están poco definidas, no están suficientemente concretadas o son de muy difícil ejecución, como el cambio de gestión de los residuos que llegan al centro de Tratamiento de El Culebrete.

A la vista de lo expuesto en el análisis técnico del expediente, el Servicio de Biodiversidad de la Dirección General de Medio Ambiente propone formular declaración de impacto ambiental desfavorable para los proyectos de parque eólico "Los Chopos" y parque eólico "Vientos del Cierzo", promovidos por ENEL Green Power España, S. L. U., incluidas sus infraestructuras de evacuación compartidas "SET 220 kV La Serna Promotores" promovida por Molinos de La Rioja, S. A. U.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral y el Decreto Foral de la presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019 de 6 de agosto, por el que se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Formular declaración de impacto ambiental desfavorable sobre los proyectos de parques eólicos "Los Chopos", en Cintruénigo y Fitero, y "Vientos del Cierzo", en Cascante, promovidos por ENEL Green Power España, S. L. U., incluidas sus infraestructuras comunes de evacuación, "SET 220 kV La Serna Promotores", promovida por Molinos de la Rioja, S. A. U., por las razones recogidas en la parte expositiva de esta resolución.

2.º Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra, en cumplimiento de lo dispuesto artículo 41.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre de evaluación ambiental.

3.º Notificar esta resolución al Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas, y al Guarderío de Medioambiente a los efectos oportunos.

Pamplona, 29 de agosto de 2023.-El director general de Medio Ambiente, Pablo Muñoz Trigo.

ANEXO I.-RESULTADO DEL TRÁMITE DE CONSULTAS EN LAS ACTUACIONES PREVIAS

Listado de entidades y organismos consultados en el trámite de consultas previas, señalando los que han enviado respuesta:

ENTIDADES Y ORGANISMOS CONSULTADOS
PE LOS CHOPOS
PE VIENTOS DEL CIERZO
Ayuntamiento de Cascante
No consultado
-
Ayuntamiento de Tudela
-
-
Ayuntamiento de Cintruénigo
-
-
Ayuntamiento de Corella
Responde
-

Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana

-
-
Sección de Gestión Forestal
-
Responde
Sección de Caza
-
Responde fuera de plazo

Sección de Planificación Forestal y Educación Ambiental

Responde
Responde

Sección de Espacios Naturales y Especies Protegidas

-
-

Sección de Ordenación del Territorio

Responde fuera de plazo
-
Servicio de Infraestructuras Agrarias
Responde
Sección de Comunales
Responde fuera de plazo
Responde fuera de plazo

Dirección General de Obras Públicas

-
-

Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas

-
-

Servicio de Ordenación y Fomento del Turismo y del Comercio

-
-

Federación Navarra de Municipios y Concejos

-
-
Consorcio EDER
-
-

Ekologistak Martxan / Ecologistas en Acción

Responde
Responde

Ecologistas en Acción La Ribera - Landazuria

-
-
Fundación Sustrai Erakuntza
Responde
Responde
Gurelur
-
-

Asociación en Defensa de la Tierra Lurra

-
-

Sociedad de Ciencias Naturales Gorosti

-
-
Aranzadi Zientzia Elkartea
-
-
Sociedad Española de Ornitología
-
-
Federación Navarra de Caza
-
-
ADECANA-Asociación de Cazadores Navarros
-
-
ENERFIN
Responde
-

Eólica Navarra, S. L. / Eólica Cascante, S. L.

-
Responde

ANEXO II.-RESULTADO DEL TRÁMITE DE INFORMACIÓN PÚBLICA Y CONSULTA A LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS AFECTADAS Y A LAS PERSONAS INTERESADAS

Listado de entidades y organismos consultados en el trámite de consulta a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas de los parques eólicos Los Chopos y Vientos del Cierzo, señalando los organismos que han enviado respuesta:

CONSULTADO
CONTESTACIÓN
PE Los Chopos

PE Vientos del Cierzo
(1.ª información pública)

PE Vientos del Cierzo
(2.ª información pública)

Sección de Ordenación del Territorio

-
Sección de Impacto Ambiental
-
Sección de Patrimonio Arquitectónico
-

Servicio de Conservación (DG de Obras Públicas e Infraestructuras)

-
Servicio de Infraestructuras Agrarias
-
Ayuntamiento de Cascante
No consultado
-
Ayuntamiento de Cintruénigo
Ayuntamiento de Fitero
-
No consultado
No consultado
Ayuntamiento de Corella
-
Ayuntamiento de Tudela
-

Comunidad de Regantes de la Nava y Alhama

-

Inspección de explotación de la autopista AP-68 (Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana)

Confederación Hidrográfica del Ebro
-

Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA)

-
-
-

Red Eléctrica de España, S. A. U.

Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF)

Enagás Transporte, S. A. U.

-
-

Nedgia, S. A. (Grupo Naturgy)

-
-

Renovables de la Ribera, S. L.

-
-
-

Eólica Montes del Cierzo, S. L. U.

Siemens Gamesa Renewable Energy, S. A.

-
-
-

I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U.

-
-

Listado de entidades y organismos consultados en el trámite de consulta a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas de los proyectos de Infraestructuras Comunes de Evacuación*, señalando los organismos que han enviado respuesta:

CONSULTADO
CONTESTACIÓN

Sección de Ordenación del Territorio

Sección de Impacto Ambiental
-
Servicio de Patrimonio Histórico
-
Ayuntamiento de Tudela

Red Eléctrica de España, S. A. U.

* Proyectos ICE: "SET 220 kV La Serna Promotores", "LSAT de entronque con la LAAT 220 kV SET Alcarama-SET La Serna", y "Modificación de la LAAT 220 kV SET Alcarama-SET La Serna".

Alegaciones recibidas en los trámites de información pública de los proyectos comprendidos en esta declaración de impacto ambiental.

ALEGANTES AL PE LOS CHOPOS

Energía Inagotable de Tara, S. L.

Paisajes y Viñedos de Navarra

Fundación Sustrai Erakuntza

Ecologistas en Acción Comarca de Sangüesa / Ongaiz

Landazuria-Ecologistas en Acción de La Ribera

Gurelur-Fondo Navarro para la Protección del Medio Natural

Asociación Española para la Conservación y el Estudio de los Murciélagos (SECEMU)

Don Javier Sainz Pezonaga

Doña Eva María Calleja Sanz

Doña Noemi Solanas Soler
Doña Mónica Fernández Cuesta

ALEGANTES AL PE VIENTOS DEL CIERZO

1.ª INFORMACIÓN
PÚBLICA

2.ª INFORMACIÓN
PÚBLICA

Mancomunidad de Aguas del Moncayo

X

Río Ebro Renovables, S. L.

X

Energía Inagotable de Tara, S. L.

X

Paisajes y Viñedos de Navarra

X
X

Molinos de La Rioja, S. A. U.

X
Fundación Sustrai Erakuntza
X
X

Ecologistas en Acción Comarca de Sangüesa / Ongaiz

X
X

Landazuria-Ecologistas en Acción de La Ribera

X
X

Gurelur-Fondo Navarro para la Protección del Medio Natural

X
X
Don Jabier Sainz Pezonaga
X

Doña Eva María Calleja Sanz

X
Doña Noemi Solanas Soler
X
Doña Mónica Fernández Cuesta
X

ALEGANTES A LOS PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURAS COMUNES DE EVACUACIÓN*

Ayuntamiento de Fitero

Ecologistas en Acción Comarca de Sangüesa / Ongaiz

Landazuria-Ecologistas en Acción de La Ribera

Gurelur-Fondo Navarro para la Protección del Medio Natural

* Proyectos ICE: "SET 220 kV La Serna Promotores", "LSAT de entronque con la LAAT 220 kV SET Alcarama-SET La Serna", y "Modificación de la LAAT 220 kV SET Alcarama-SET La Serna".

Código del anuncio: F2312589

9976 {"title":" - (BON nº 2023-203)","published_date":"2023-09-28","region":"navarra","region_text":"Navarra","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-navarra.png","id":"9976"} navarra ;BON;BON 2023 nº 203 https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Éxito La operación se ha realizado correctamente. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Premium en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un Organización. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propia Organización. https://govclipping.com/es/navarra/boa/2023-09-28/9976--bon-n-2023-203 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.