- (BON nº 2023-182)
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1. Comunidad Foral de Navarra
1.7. Otros
RESOLUCIÓN 763E/2023, de 3 de agosto, del director general de Medio Ambiente, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Urbanístico Municipal Juslapeña / Txulapain, promovido por el Ayuntamiento de Juslapeña.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, los Planes que se adopten o aprueben por una administración pública deben someterse a evaluación ambiental estratégica y ser objeto de declaración ambiental estratégica, de manera previa o simultánea a la aprobación del Plan.
La evaluación ambiental estratégica del Plan General Municipal de Juslapeña se inicia con el informe del servicio de Integración Ambiental de 19 de abril de 2006 sobre la Estrategia y Modelo de Ocupación Territorial del municipio (EMOT), en el que se indicaban los aspectos ambientales más relevantes de la localidad.
Con fecha 30 de agosto de 2013 se aprueba inicialmente el Plan Urbanístico Municipal y se somete a un periodo de información pública mediante anuncio en el Boletín Oficial de Navarra número 189, de 1 de octubre de 2013. Mediante informe de 17 de enero de 2014, la sección de Calidad Ambiental requirió completar el estudio de incidencia ambiental o estudio ambiental estratégico y con posterioridad se remitió el informe de 3 de octubre de 2014 del servicio de Conservación de la Biodiversidad relativo a las vías pecuarias.
Tras la primera aprobación provisional, el servicio de Territorio y Paisaje, emitió un nuevo informe con fecha 16 de mayo de 2017, aportando información gráfica relativa a los montes de utilidad pública y a los espacios de conectividad territorial, y señalando aquellos aspectos a modificar en el plan, relacionados con la delimitación del suelo rústico y las zonas afectadas por riesgos de inundación A partir de las modificaciones incorporadas al Plan Urbanístico, el Ayuntamiento de Juslapeña lleva a cabo el 28 de mayo de 2021 una segunda aprobación y nueva exposición pública (Boletín Oficial de Navarra número 140, de 17 de junio de 2021).
El Plan General Municipal de Juslapeña sustituye al documento urbanístico vigente, que son tres proyectos de delimitación del suelo urbano en Ollacarizqueta, Beorburu y Unzu, y responde a los objetivos del Decreto Foral Legislativo 1/2017, del 26 de julio, asegurando el mantenimiento y mejora de los tejidos urbanos, la protección del patrimonio cultural, resolviendo las necesidades de suelo residencial y la previsión de los sistemas generales.
El análisis, diagnóstico y propuestas efectuadas en el planeamiento afectan a todo el término municipal, con una extensión de 31,6 km², que se reparte entre las localidades de Arístregui, Belzunce, Beorburu, Garciriain, Larráyoz, Marcaláin, Navaz, Nuin, Ollacarizqueta, Osácar, Osinaga, Unzu y Usi.
El plan consolida el modelo de asentamientos existente, aplicando en las nuevas propuestas urbanas, criterios de accesibilidad, soleamiento y pendiente, de tal forma que no se comprometa el interés paisajístico de los núcleos urbanos. En este sentido, en los entornos inmediatos a los núcleos rurales, se establecen ámbitos de valor paisajístico y de salvaguarda del modelo del desarrollo.
Uno de los aspectos más relevantes del municipio que condiciona del desarrollo del plan urbanístico, es que precisa del refuerzo y la ampliación de las infraestructuras de abastecimiento y saneamiento.
Las propuestas urbanas, exclusivamente de uso residencial, se ubican en los entornos inmediatos a los núcleos urbanos, sobre terrenos que no albergan valores ambientales destacables, por lo que no se prevén afecciones ambientales significativas. Con la excepción de la Unidad de Ejecución EU-MA 4 de Marcaláin, ubicada al norte de la NA-4100, sobre terrenos con una pendiente acusada y gran exposición visual, pudiendo generar una afección paisajística notable que deberá valorar el servicio de Territorio y Paisaje.
Entre los objetivos ambientales figura la conservación de los cursos fluviales y sus áreas inundables, los hábitats de interés comunitario y los montes de utilidad pública. En este sentido, la ordenación del suelo rústico se aborda desde la identificación de los valores naturales y ambientales más reseñables, como son los espacios de conectividad territorial representados por la red fluvial del río Juslapeña y la regata Zugasti, y los hayedos, robledales de la divisoria de aguas, matorrales y pastizales. Los suelos de valor para explotación natural se reparten entre terrenos agrícolas y los terrenos de usos ganadero. El Plan incorpora caminos rurales locales que vienen a completar la comunicación entre las distintas localidades. Y entre los elementos culturales se incluyen los yacimientos arqueológicos, el patrimonio arquitectónico y la Cañada Real de las provincias.
A la vista de la documentación, el servicio de Biodiversidad informa que el procedimiento de evaluación ambiental estratégica se ha llevado a cabo adecuadamente y emite informe favorable.
En consecuencia, a la vista de los informes que figuran en el expediente, considerando que el procedimiento de evaluación ambiental estratégica se ha desarrollado adecuadamente, y en el uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral y el Decreto Foral de la presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019, de 6 de agosto, por el que se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente:
RESUELVO:
1.º Se formula declaración ambiental estratégica favorable del Plan Urbanístico Municipal Juslapeña / Txulapain, promovido por el Ayuntamiento de Juslapeña.
2.º Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra.
3.º Notificar esta resolución a la sección de Urbanismo del servicio de Territorio y Paisaje, y al Ayuntamiento de Juslapeña, a los efectos oportunos.
Pamplona, 3 de agosto de 2023.-El director general de Medio Ambiente, Pablo Muñoz Trigo.