Ultzama - Administración local (BON nº 2023-152)
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Delegación de competencias para celebración de bodas civiles en todos los concejales y concejalas
Visto que de acuerdo con la normativa relativa a la celebración de matrimonios civiles la competencia para su celebración corresponde a la Alcaldía de los Ayuntamientos, se acuerda:
Primero.-Delegar la competencia para la celebración de bodas civiles en este Ayuntamiento de Ultzama en el resto de los/as concejales/as de esta Corporación, que son las personas siguientes: Izaskun Anduaga Echeverria, Iker Isasi Aleman, Jesús María Larretxea Lazkano, Ekaitz Astiz Martínez, Yaiza Mendive Gascue, José María Ibarra Echenique, Leire Echeverria Sampedro y Iñaki Ariztegi Barberena.
Segundo.-Notificar a dichos/as concejales/as esta delegación de atribuciones, que surtirá efecto desde el día siguiente a la fecha de la presente Resolución si, tal y como se faculta en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se establece el Reglamento de Organización, Funcionamiento, y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y publicar el correspondiente Anuncio en el Boletín Oficial de Navarra en cumplimiento del contenido del artículo 9, apartado 3.º, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercero.-Dar cuenta de la presente resolución al Pleno del Ayuntamiento de Ultzama, a efecto de su conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.-4 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se establece el Reglamento de Organización, Funcionamiento, y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Larraintzar, Valle de Ultzama, 22 de junio de 2023.-El alcalde, Martín M.ª Picabea Aguirre.