Berrioplano - Administración local (BON nº 2023-152)
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Nombramiento de los miembros de la Junta de Gobierno Local y delegación de atribuciones
Debiendo procederse por parte de esta Alcaldía-Presidencia a la designación de los miembros integrantes de la Junta de Gobierno Local, conforme a lo dispuesto en los artículos 21.2 y 23.1 de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 52 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre (ROF).
Habiendo de efectuarse estos nombramientos acatando las formalidades previstas en el artículo 46 del ROF y pudiendo ser objeto de una sola resolución de Alcaldía el nombramiento como miembro de la Junta de Gobierno Local y la delegación de atribuciones a que se refieren los artículos 43 y 44 del citado Reglamento.
Por la presente, resuelvo:
Primero.-Designar como miembros integrantes de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento a los/las siguientes señores/as concejales/as:
-Doña Begoña Sádaba Arbizu.
-Don Luis González Lorente.
-Don Francisco Javier Vallez Pardo.
-Presidente: Don Félix Remírez Hoyos (alcalde del Ayuntamiento de Berrioplano / Berriobeiti).
Segundo.-Efectuar las siguientes delegaciones de atribuciones correspondientes a la Alcaldía a favor de la Junta de Gobierno Local:
-Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno.
-Aprobar las bases para las pruebas de selección del personal y para la provisión de puestos de trabajo.
-El procedimiento de otorgamiento y concesión de subvenciones cuya competencia corresponda al alcalde.
-La aprobación de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidos al Pleno, así como los proyectos de gestión urbanística y los proyectos de urbanización.
-En materia de contratación, las competencias atribuidas a la Alcaldía en la Disposición Adicional 2.º, número 1. de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, salvo aquellas contrataciones que no superen el importe de 15.000 euros en el caso de suministro y servicios y 40.000 euros para obras.
-En materia de adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial, cuando su valor no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto ni los tres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio que no supere el porcentaje ni la cuantía indicados en los siguientes supuestos:
1.º La de bienes inmuebles, siempre que esté prevista en el presupuesto.
2.º La de bienes muebles, salvo los declarados de valor histórico o artístico cuya enajenación no se encuentre prevista en el presupuesto.
-La resolución de los recursos de reposición que se interpongan contra acuerdos adoptados por la junta de gobierno por delegación del alcalde.
-Ordenar el pago de las facturas.
Tercero.-El Alcalde podrá recuperar en cualquier momento la competencia delegada, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Berrioplano al respecto.
Independiente de las competencias que se delegan, esta alcaldía podrá someter a consideración de la Junta de Gobierno Local como órgano de deliberación, asesoramiento y apoyo a esta alcaldía cualquier asunto de su competencia que sea delegable y someterlo a votación.
Cuarto.-Señalar que las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno Local se celebrarán cada quince días.
Quinto.-Dar cuenta de la presente Resolución al Pleno Municipal en la siguiente sesión ordinaria que celebre.
Sexto.-Notificar la presente resolución a los miembros designados como miembros de la Junta de Gobierno Local y ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de Navarra para conocimiento del público en general.
Berrioplano, 26 de junio de 2023.-El alcalde, Félix Remírez Hoyos.