Proyecto de Decreto por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento del carácter religioso, cultural o tradicional de las manifestaciones festivas que se realicen en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia con uso de artificios pirotécnicos así como la impartición de la formación mínima de los consumidores reconocidos como expertos.
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I. Comunidad Autónoma
3. Otras disposiciones
Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura y Deportes
3448 | Resolución de la Dirección General de Administración Local de la Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura y Deportes, notificando la apertura del trámite de audiencia en el procedimiento de elaboración del Proyecto de Decreto por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento del carácter religioso, cultural o tradicional de las manifestaciones festivas que se realicen en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia con uso de artificios pirotécnicos así como la impartición de la formación mínima de los consumidores reconocidos como expertos. |
Una vez redactado el texto del proyecto de Decreto de la Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura y Deportes para el reconocimiento de las manifestaciones festivas de carácter religioso, cultural y tradicional que se celebren en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en las que se utilicen artículos pirotécnicos por parte de un grupo de consumidores reconocidos como expertos ( GCRE), a efectos de lo establecido en la Instrucción Técnica número 18 del Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería, y de acuerdo con lo dispuesto en el apartado a) del artículo 53.3 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, se considera procedente someter dicho texto al trámite de audiencia de los ciudadanos y en su virtud,
Resuelvo:
Dado el periodo estival en el que nos encontramos, con una proliferación de fiestas patronales en las que en ocasiones se usan artificios pirotécnicos, se considera que existen razones de interés público que aconsejan la aplicación de la tramitación de urgencia prevista en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se abre un plazo de siete días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, para que los ciudadanos que puedan verse afectados en sus derechos e intereses legítimos por dicha disposición, puedan formular las alegaciones que estimen procedentes en relación con el contenido del texto del proyecto de Decreto, por el que se regula la autorización de manifestaciones festivas de carácter religioso, cultural o tradicional que se realicen en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia con uso de artificios pirotécnicos.
Dicho borrador se puede descargar en formato digital en el Portal de Transparencia en la siguiente dirección de Internet:https://transparencia.carm.es/web/transparencia/anuncios-informacion-publica y las alegaciones que se estimen oportunas se podrán presentar de forma telemática utilizando el formulario genérico para actos de trámite que está disponible en la sede electrónica de la CARM, https://sede.carm.es, (código de procedimiento 1609), o bien de forma presencial en las Oficinas Corporativas de Atención al Ciudadano de la Comunidad Autónoma con función de registro, así como en cualquier otro lugar de los establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los obligados a relacionarse con la Administración por medios electrónicos formularán las alegaciones por vía telemática
Murcia, 28 de junio de 2022. El Director General de Administración Local, Francisco Abril Ruiz.