Resolución de la Dirección Gerencial del Instituto Murciano de Acción Social por la que se determina la oferta inicial de horas del servicio de ayuda a domicilio para personas en situación de dependencia a concertar durante 2025 y se inicia el procedimiento para su asignación.
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I. Comunidad Autónoma
3. Otras disposiciones
Consejería de Política Social, Familias e Igualdad
Instituto Murciano de Acción Social
2922 | Resolución de la Dirección Gerencial del Instituto Murciano de Acción Social por la que se determina la oferta inicial de horas del servicio de ayuda a domicilio para personas en situación de dependencia a concertar durante 2025 y se inicia el procedimiento para su asignación. |
De conformidad con el artículo 9.2 del Decreto n.º 10/2018, de 14 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de los conciertos sociales en la Región de Murcia en los servicios sociales especializados en los sectores de personas mayores y personas con discapacidad, el procedimiento para asignar las plazas se iniciará de oficio mediante Resolución del Director Gerente del Instituto Murciano de Acción Social.
Mediante Orden de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, de fecha 23/04/2025 (BORM N.º 97 de 29 de abril de 2025), se aprueba el modelo de acuerdo de concierto social para la prestación del servicio de ayuda a domicilio para personas en situación de dependencia de la Región de Murcia. Asimismo, mediante Resolución de la Dirección Gerencial del Instituto Murciano de Acción Social, de fecha 24/04/2025 (BORM N.º 97 de 29 de abril de 2025), se establece el importe de la hora del Servicio de Ayuda a Domicilio para personas en situación de dependencia a través de concierto social en 17,50 euros (IVA incluido).
Posteriormente, por Orden de la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, de fecha 02/06/25 se aprueba la modificación del modelo de acuerdo de concierto social para la prestación del servicio de ayuda a domicilio para personas en situación de dependencia de la Región de Murcia (BORM N.º 129 de 6 de junio de 2025).
En virtud de las competencias atribuidas a la Dirección Gerencial por la Ley 1/2006, de 10 de abril, de Creación del Instituto Murciano de Acción Social y por el Decreto n.º 305/2006, de 22 de diciembre, por el que se aprueban sus Estatutos, previa fiscalización de la Intervención General y la autorización del gasto acordado por el Consejo de Gobierno en fecha 29 de mayo de 2025.
Resuelvo:
Primero. Determinar el número de horas del servicio de ayuda a domicilio para personas en situación de dependencia a concertar inicialmente por el Instituto Murciano de Acción Social durante 2025, que se concretan en las cifras detalladas en el anexo adjunto. En caso de que surgieran nuevas necesidades se podrá realizar una oferta adicional.
Segundo. Iniciar el procedimiento para la asignación de dichas horas del servicio de ayuda a domicilio para personas en situación de dependencia.
Tercero. Las entidades interesadas en suscribir conciertos derivados de esta oferta deberán cumplir los requisitos exigidos en el citado Decreto n.º 10/2018, de 14 de febrero y presentar, en el plazo de 7 días hábiles desde su publicación en el BORM y en el Portal de Transparencia, el formulario que se encuentra disponible en la URL https://sede.carm.es/, código de procedimiento 3053, en el que indicarán las áreas de municipios agrupados en torno áreas de salud a las que optan, para la prestación del volumen de horas de SAD establecido para cada una de ellas.
Cuarto. La duración inicial de la concertación del servicio de ayuda a domicilio para personas en situación de dependencia se extenderá desde la suscripción del concierto hasta el 30 de noviembre de 2029, pudiendo ser renovada por un periodo máximo de 4 años.
Quinto. El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de tres meses a contar desde la fecha del presente acuerdo de iniciación. Transcurrido dicho plazo sin dictarse y notificarse resolución alguna, la entidad podrá entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.
Sexto. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 d) del Decreto 10/2018, de 14 de febrero, los criterios que se aplicarán para la adjudicación de las horas de ayuda a domicilio incorporadas a la presente oferta inicial, serán los establecidos en el Baremo de criterios finales de asignación de servicios a concertar de acuerdo con el artículo 8.1 del Decreto 10/2018, de 14 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de los Conciertos Sociales en la Región de Murcia en los servicios sociales especializados en los sectores de personas mayores y personas con discapacidad.
Séptimo. Elevar a la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad la presente Resolución para su correspondiente publicación en el BORM y en el Portal de Transparencia, según lo dispuesto en el apartado 8.2 del Decreto n.º 10/2018, de 14 de febrero por el que se establece el régimen jurídico de los conciertos sociales en la Región de Murcia en los servicios sociales especializados en los sectores de personas mayores y personas con discapacidad.
Murcia, 13 de junio de 2025. La Directora Gerente del Instituto Murciano de Acción Social, Verónica López García.
Anexo I
Oferta inicial de horas del servicio de ayuda a domicilio para personas en situación de dependencia.
Número máximo de horas SAD a concertar | |||||
2025 De 01/07/2025 a 30/11/2025 | 2026 De 01/12/2025 a 30/11/2026 | 2027 De 01/12/2026 a 30/11/2027 | 2028 De 01/12/2027 a 30/11/2028 | 2029 De 01/12/2028 a 30/11/2029 | |
MUNICIPIOS DEL ÁREA DE SALUD I (MURCIA OESTE) Albudeite, Campos del Río, Librilla, Mula y Pliego. 9.150 horas SAD / mes | 45.750 horas | 109.800 horas | 109.800 horas | 109.800 horas | 109.800 horas |
MUNICIPIOS DE LAS ÁREAS DE SALUD II / VIII (CARTAGENA / MAR MENOR) Los Alcázares, Fuente Álamo, La Unión, Mazarrón y San Javier. 5.065 horas SAD / mes | 25.325 horas | 60.780 horas | 60.780 horas | 60.780 horas | 60.780 horas |
MUNICIPIOS DE LAS ÁREAS DE SALUD IV / IX (NOROESTE / VEGA ALTA) Bullas, Calasparra, Caravaca de la Cruz, Cehegín, Cieza y Moratalla. 10.500 horas SAD / mes | 52.500 horas | 126.000 horas | 126.000 horas | 126.000 horas | 126.000 horas |
MUNICIPIOS DE LAS ÁREAS DE SALUD V / VI / VII (ALTIPLANO / VEGA MEDIA / MURCIA ESTE) Abanilla, Beniel, Fortuna, Jumilla, Santomera y Yecla. 8.100 horas SAD / mes | 40.500 horas | 97.200 horas | 97.200 horas | 97.200 horas | 97.200 horas |