Resolución del Rector de la Universidad de Murcia (R-778/2025) de 2 de junio, por la que en ejecución de Resolución parcialmente estimatoria de recurso de reposición, se modifica la resolución (R-1539/2024) de 28 de noviembre, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de tres plazas de la Escala Técnica de Gestión de la Universidad de Murcia.

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I. Comunidad Autónoma
2. Autoridades y Personal

Consejería de Medio Ambiente, Universidades, Investigación y Mar Menor

Universidad de Murcia
2764 Resolución del Rector de la Universidad de Murcia (R-778/2025) de 2 de junio, por la que en ejecución de Resolución parcialmente estimatoria de recurso de reposición, se modifica la resolución (R-1539/2024) de 28 de noviembre, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de tres plazas de la Escala Técnica de Gestión de la Universidad de Murcia.

Por resolución del Rector de la Universidad de Murcia, de 14 de mayo de 2025, ha sido dispuesta la estimación parcial de recurso de reposición interpuesto frente a la resolución del Rector de la Universidad de Murcia R-1539/2024, de 28 de noviembre ("Boletín Oficial de la Región de Murcia" de 5-12-2024), por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de tres plazas de la Escala Técnica de Gestión de la Universidad de Murcia.

La señalada resolución incorpora la siguiente parte dispositiva:

«Siendo el Rector de la Universidad de Murcia la autoridad competente para la resolución del procedimiento, conforme a las previsiones de los artículos 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y 20 de los Estatutos de la Universidad de Murcia, resuelvo:

1.º Estimar parcialmente el recurso de reposición interpuesto frente a la resolución del Rector de la Universidad de Murcia (R-1539/2024), de 28 de noviembre, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de tres plazas de la Escala Técnica de Gestión de la Universidad de Murcia.

2.º En su consecuencia:

a) Declarar la nulidad parcial del apartado 2.1.a, cardinales 1 a 3, del Anexo I de la convocatoria, en el sentido referido en el informe de la Asesoría Jurídica de la Universidad de Murcia, de 12 de mayo de 2025, que fundamenta la presente resolución y que comporta sustituir las puntuaciones invalidadas incorporando, en su lugar, la previsión de otorgamiento de 0,25 puntos por razón de servicios prestados en universidades públicas españolas y de 0,20 por causa de los habidos en otras entidades del sector público, sin cambios en lo restante.

b) Declarar la invalidez y anular las previsiones del apartado 2.1.a.4 y del apartado 2.1.c del Anexo I de la convocatoria.

3.º Desestimar el recurso en lo restante.»

En ejecución de la resolución de 14 de mayo de 2025, procede acordar:

1.º La consecuente modificación del texto del Anexo I de la convocatoria aprobada por resolución de 28 de noviembre de 2024, en los términos resultantes del texto íntegro de la convocatoria, luego de su corrección, que se acompaña a la presente.

2.º La apertura de un plazo de 20 días hábiles, a computar a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado, para la presentación de solicitudes de participación al proceso selectivo, debiendo ser precisado que:

a) Quienes ya hubieran formulado solicitud de participación al amparo de la convocatoria de 28 de noviembre de 2024 no requieren reiterar actuación alguna para mantener su participación en el proceso selectivo.

b) Quienes, hallándose en el mismo supuesto de hecho de la letra a, deseen retirarse del proceso selectivo podrán hacerlo dentro del indicado plazo, obteniendo de oficio la restitución de la tasa satisfecha en concepto de derechos de examen. Para ello habrán de presentar escrito dirigido a la Universidad de Murcia, Área de Recursos Humanos y Servicios Generales, en el que bastará que hagan constar su propósito de desistir de la participación en el proceso selectivo para la provisión de tres plazas de la Escala Técnica de Gestión de la Universidad de Murcia, indicando los datos de identificación de la cuenta en entidad de crédito (IBAN) en la que efectuar la devolución de lo abonado.

c) Las personas que hubieran concurrido al proceso selectivo dentro del plazo originario y que hubieran dejado de satisfacer la tasa aplicable sin causa que lo fundamente, incurriendo, por ello, en causa insanable de inadmisibilidad, podrán, si así lo desean, reiterar su solicitud de participación asegurándose del cumplimiento del indicado requisito.

Las referencias efectuadas en el programa a disposiciones normativas de cualquier índole se habrán de entender realizadas, en su caso, a las vigentes a fecha 5 de diciembre de 2024.

De conformidad con lo previsto en el capítulo II del título V de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el artículo 46 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa y en el artículo 20 de los Estatutos de la Universidad de Murcia, aprobados por Decreto 85/2004, de 27 de agosto, frente a la presente resolución las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Murcia, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado, sin perjuicio de que puedan intentar cualquier otro recurso que a su derecho convenga.

Murcia, 2 de junio de 2025. El Rector, José Luján Alcaraz.


Convocatoria de pruebas selectivas para la provisión de tres plazas de la Escala Técnica de Gestión de la Universidad de Murcia

En ejercicio de las competencias dispuestas con arreglo al artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y al artículo 42 de los Estatutos de la Universidad de Murcia, oída la Junta de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios, estando las plazas relacionadas en la oferta de empleo de la Universidad de Murcia del ejercicio 2021 (BORM n.º 284 del 10/12/2021), correspondientes a la aplicación del artículo 19.UNO de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, y autorizada su convocatoria por la Dirección General de Universidades e Investigación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Resuelvo

Convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Técnica de Gestión de la Universidad de Murcia, mediante el sistema de concurso-oposición por turno libre.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo público, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y el II Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres de la Universidad de Murcia, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases de convocatoria
1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir tres plazas de la Escala Técnica de Gestión de la Universidad de Murcia, mediante el sistema de concurso-oposición por turno libre.

1.2. Sin perjuicio de la aplicabilidad de otras regulaciones legales o reglamentarias a que pudiera haber lugar, las presentes pruebas selectivas quedan específicamente sujetas a las siguientes disposiciones Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario; texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (TREBEP); Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; modificada por la Ley 23/1998, de 28 de julio, en cuanto fueren aplicables; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; Estatutos de la Universidad de Murcia; la presente convocatoria, y, supletoriamente, las restantes normas de derecho administrativo que pudieran ser de aplicación.

1.3. El proceso de selección constará de las fases de oposición y de concurso, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.5. La adjudicación de las plazas a quienes superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida por tales aspirantes en las fases de oposición y concurso.

1.6. El primer ejercicio de la fase de oposición no comenzará antes del día 30 de septiembre de 2025, determinándose en la resolución que se indica en la base 4.1. el lugar y la fecha de su realización.

1.7. Partiendo de la relación de aspirantes que superen la fase de oposición, así como de quienes cumplan los requisitos para formar parte de la lista de espera establecidos en la base 12, se aprobará y hará pública resolución que contenga la puntuación obtenida por cada aspirante en la fase de concurso.

1.8. La lengua oficial en la que tendrá lugar el desarrollo de las pruebas será el castellano, con adición de una prueba suplementaria en lengua inglesa.

2. Requisitos subjetivos.

2.1. Para ser admitidas a la realización de estas pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a la función pública configurados con arreglo al artículo 56 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), consistentes, de modo particular en:

a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos establecidos en el Art. 57 del TREBEP.

También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, los y las cónyuges de personas españolas y de nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén en situación de separación de derecho, y su descendencia y la de su cónyuge siempre que no estén en situación de separación de derecho y que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria, se realizará por medio de los documentos correspondientes certificados por las autoridades competentes del país de origen y traducidos al castellano.

b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de licenciado, ingeniero, arquitecto, graduado o equivalente.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no se aplicará a las personas que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.

d) No padecer enfermedad ni hallarse afectada o afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el cumplimiento de las funciones correspondientes al puesto convocado.

e) No haber sido objeto de separación mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala funcionarial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse en situación de inhabilitación o equivalente ni haber sido objeto de sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado y en los mismos términos el acceso al empleo público.

2.2. Los requisitos enunciados en la base 2.1 deberán concurrir en cada aspirante el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y ser mantenidos hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

Los documentos acreditativos de los requisitos de admisibilidad que se hallen redactados en idiomas diferentes al castellano deberán ser acompañados de la correspondiente traducción jurada.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo presentando su respectiva solicitud a través de la aplicación web Convocum de la Universidad de Murcia, que se encuentra disponible en la URL https://convocum.um.es (apartado Convocum PAS), y siguiendo las instrucciones contenidas en esta.

Para cumplimentar la solicitud, las pertinentes instrucciones podrán ser consultadas en la misma aplicación web.

La solicitud no se deberá cumplimentar en ningún caso en soporte papel, siendo solamente admisible la formulada telemáticamente a través de la dirección electrónica indicada con anterioridad.

3.2. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Las solicitudes serán dirigidas al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Murcia.

3.3. Las personas aspirantes con discapacidad que quieran hacer constar dicha circunstancia deberán indicarlo en su solicitud.

Asimismo, tales aspirantes podrán solicitar, si lo desean, las posibles adaptaciones de tiempo o de medios que estimen precisas para la realización de los ejercicios para los que tales adaptaciones fueren necesarias, indicándolo en el recuadro correspondiente de la solicitud. En este caso, en el momento de cumplimentar su solicitud deberán aportar copia del certificado acreditativo de su discapacidad expedido por órgano competente de la Administración del Estado o Comunidad Autónoma que corresponda, en el que se especifique el porcentaje de discapacidad y la adaptación de tiempo o medios materiales que precisa la persona aspirante para la realización de las pruebas.

El tribunal aplicará las adaptaciones de tiempos previstas en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española y que, de conformidad con la base 6.2 estén exentos de realizar la prueba de acreditación de conocimiento de la lengua castellana, deberán indicarlo en la solicitud marcando la justificación que corresponda.

3.4. Las tasas por derechos de examen serán las siguientes:

Tasa sistema general: 48,61 €.

Tasa carné de paro: 24,31 €.

Tasa carné joven: 38,89 €.

3.4.1. Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen las personas que, dentro del plazo de presentación de solicitudes, acrediten la condición de discapacidad en grado igual o superior al 33%.

3.4.2. En los casos de exención de pago o reducción de tasas (discapacidad, carné joven, carné de paro), la Universidad de Murcia podrá requerir la documentación acreditativa necesaria en cualquier momento del proceso selectivo.

Si se detectase falsedad o inexistencia de la documentación necesaria para tener derecho a la exención o reducción de la tasa, la persona aspirante de que se trate será excluida del proceso selectivo.

La persona solicitante o aspirante autoriza a la Universidad de Murcia a recabar de las Administraciones competentes los datos que sean necesarios para verificar la información cumplimentada en su solicitud.

3.4.3. Una vez validados los datos de la solicitud en la página web, se liquidará la tasa en función de lo indicado por cada el aspirante. El pago de dicha liquidación, si no concurre exención, se podrá realizar mediante cualquiera de los siguientes medios:

a) Banca electrónica con cargo a cuenta en una de las siguientes entidades bancarias:

- Banco Santander
- Banco Sabadell
- Caixabank
- Cajamar

b) Tpv virtual (Tarjeta de crédito)

c) En los cajeros de las indicadas entidades.

d) Pago en ventanilla a través de alguna de las entidades bancarias indicadas.

e) Tarjeta bancaria o Bizum.

3.5. Presentación de la solicitud:

Una vez cumplimentada la solicitud en la aplicación identificada en la base 3.1, la presentación y proceso de registro de tal solicitud se realizará necesariamente a través de la propia aplicación, previa validación de los datos y mediante firma electrónica por medio de la pasarela de firma de la Universidad de Murcia, utilizando para ello alguna de las opciones de firma permitidas:

• Certificado electrónico: en el supuesto de personas usuarias de la Universidad de Murcia y externas a esta pero que dispongan de un certificado reconocido por la Universidad de Murcia.

La relación de los certificados admitidos por la Universidad de Murcia se encuentra en su sede electrónica y se halla disponible en la URL https://sede.um.es/sede/es/sistemas-admitidos

• Cuenta UM: sólo en el caso de personas usuarias que dispongan de cuenta "@um.es" y que tengan su número de teléfono móvil registrado en la Universidad de Murcia.

• Aplicación o sistema Cl@ve: para personas usuarias de la Universidad de Murcia y externas a esta que se hallen registradas en el sistema de identidad electrónica Cl@ve.

Sólo en el caso de no disponer de ninguna de las opciones anteriores, la solicitud se deberá cumplimentar a través de la web, imprimir, firmar y presentar físicamente en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro de la Universidad de Murcia, sita en el Campus de Espinardo, edificio Rector Soler, planta baja, y se dirigirán al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Murcia. También podrán ser presentadas tal y como señala el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3.6. El pago del importe de la tasa de los derechos de examen se realizará dentro del plazo de presentación de solicitudes. En ningún caso la validación de los datos en la página web y el pago de la tasa supondrá sustitución del trámite de presentación de la solicitud, en tiempo y forma, conforme a los procedimientos indicados en la base 3.5.

El impago de la tasa por derechos de examen será motivo de exclusión no subsanable.

No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a la persona interesada.

3.7. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de la persona interesada.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Dentro del mes siguiente al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes se dictará resolución que contendrá las siguientes determinaciones:

a) Declarará aprobada la lista de personas admitidas al proceso selectivo.

b) Declarará aprobada la relación de personas excluidas del proceso selectivo, con indicación de la respectiva causa de exclusión y de su carácter subsanable o insubsanable.

c) Relación de personas aspirantes no españolas que deban realizar la prueba de conocimiento de la lengua castellana, cuando proceda, de conformidad con lo previsto en la base 6.

d) Composición del Tribunal Calificador del proceso selectivo.

e) Señalamiento de la fecha de realización del primer ejercicio y, en su caso y con carácter previo a este, de la fecha o fechas de realización de las pruebas de aptitud en lengua castellana a que se refiere la base 6.1.

Esta resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Las relaciones de personas admitidas y excluidas harán constar nombre y apellido o apellidos de cada una de ellas, con indicación de cuatro dígitos del documento nacional de identidad o documento oficial equivalente en el supuesto de personas no españolas.

4.2. Las personas aspirantes excluidas respecto de las que se indique que la causa de exclusión tiene carácter insubsanable podrán formular las acciones procedentes en derecho con arreglo a la indicación de recursos contenida en la resolución prevista en esta base.

Las personas excluidas respecto de las que no se indique que la causa de exclusión tiene carácter insubsanable dispondrán del plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución señalada en el apartado 1 de la presente base, para proceder a la subsanación de la circunstancia que hubiera motivo la exclusión.

Las personas que estimen haber sido omitidas de las relaciones de admisión o de exclusión, que consideren que formularon solicitud en tiempo y forma, dispondrán del mismo plazo de diez días para interesar la corrección de esa eventual falta de inclusión, con aportación de los elementos de convicción que estimen pertinentes a tal efecto.

En el mismo plazo de diez días, las personas interesadas podrán instar la subsanación de los errores materiales que aprecien en la resolución acerca de las relaciones de personas admitidas o excluidas.

Las actuaciones tendentes a subsanación de defectos causantes de exclusión, las alegaciones acerca de eventual omisión en las relaciones de admisión y exclusión o la puesta de manifiesto de errores materiales en las mismas listas se habrán de realizar mediante presentación de instancia básica a través de registro electrónico accesible en https://sede.um.es/registro2/catalogo.seam, haciendo uso de un sistema de firma electrónica admitido por la Universidad de Murcia.

En su caso, podrán realizarse físicamente en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro de la Universidad de Murcia, sita en el Campus de Espinardo, edificio Rector Soler, planta baja, o en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado en el apartado 2 de la presente base, no realicen la subsanación de la causa o causas de su exclusión o no formulen alegación en relación con su eventual omisión, justificando su derecho a ser incluidas en la relación de personas admitidas, serán definitivamente excluidas del proceso selectivo.

4.3.- Dentro del mes siguiente al día de finalización del plazo previsto en el apartado 2 de la presente base se dictará resolución definitiva con identificación de las personas admitidas y excluidas del proceso selectivo, que será publicada en el Tablón Oficial de la Universidad de Murcia (TOUM) y en la dirección electrónica https://convocum.um.es (apartado Convocum PAS).

5. Tribunal Calificador.

5.1. El Tribunal Calificador de las pruebas selectivas tendrá la composición prevista en el artículo 182 de los Estatutos de la Universidad de Murcia, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 60 del TREBEP. Se efectuará designación de integrantes titulares y suplentes.

La composición del tribunal se hará pública por medio de la resolución prevista en la base 4.1.

5.2. Las personas integrantes del tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Murcia, cuando concurra en ellas cualquiera de las circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como en el caso de que hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

La persona titular de la presidencia del tribunal podrá solicitar a sus restantes integrantes la suscripción de declaración expresa de no hallarse incursas o incursos en las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Las personas aspirantes podrán formular recusación de cualquiera de las personas integrantes del tribunal cuando consideren que concurre alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de conformidad con las previsiones del artículo 24 de la misma norma legal.

5.3. En su caso, con anterioridad al inicio de las pruebas selectivas se dictará y publicará en el Boletín Oficial de la Región de Murcia resolución por la que se nombre a las nuevas personas integrantes del tribunal que hayan de sustituir a quienes hubieran perdido tal condición por alguna de las causas previstas en el apartado 2 de la presente base.

5.4. Previa convocatoria formulada por la persona titular de su presidencia, el tribunal se constituirá con la asistencia obligada de las personas titulares de la presidencia y de la secretaria y por la mitad, al menos de sus integrantes titulares o suplentes.

El tribunal acordará cuantas decisiones le correspondan para el correcto desarrollo de las pruebas selectivas. En particular, el tribunal dictará y hará públicas cuantas instrucciones estime precisas para el mejor desarrollo de las pruebas y del proceso selectivo, siempre en conformidad con las presentes bases.

5.5. A partir de su constitución y para el resto de las sesiones, para que el tribunal actúe válidamente se requerirá el mismo quorum señalado en el apartado 4 de la presente base.

En caso de ausencia en sesión o sesiones determinadas de la persona titular de la presidencia o de la persona titular de la secretaría del tribunal, serán suplidas y actuarán como tales, respectivamente, la o el vocal de mayor antigüedad en la función pública y el o la vocal de menor antigüedad a los mismos efectos.

5.6. Dentro de la fase de oposición, el tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las normas y de las bases de la convocatoria, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará a lo dispuesto en las Leyes 39 y 40 de 2015, de 1 de octubre, en lo concerniente, respectivamente, a las disposiciones de procedimiento en cuanto fueren aplicables a los procesos selectivos de empleo público, así como a su carácter de órgano colegiado y las correlativas pautas de funcionamiento, y a la Ley 19/2013, de 9 de noviembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

5.7. El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesoras o asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose tales personas a prestar su colaboración en relación con su respectiva especialidad técnica. La designación de asesores o asesoras deberá ser comunicada al Rector de la Universidad de Murcia, de modo que quede constancia en el expediente administrativo.

5.8. El tribunal adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que las y los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de participantes. En este sentido, para las personas con discapacidad que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, se dispondrán las adaptaciones viables en tiempo y medios para la realización de las pruebas respecto de las que ello proceda.

5.9. La persona titular de la presidencia del tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y que no deban ser leídos ante el tribunal sean corregidos sin que se conozca su respectiva autoría.

5.10. El tribunal actuará de acuerdo con el principio de transparencia. En las actas de sus reuniones y de los ejercicios celebrados se habrá de dejar constancia de todo acuerdo que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas a los mismos.

En el caso de que el tribunal acuerde parámetros para la calificación de un ejercicio, en desarrollo de los criterios de valoración previstos en la convocatoria, aquellos se determinarán y harán públicos con anterioridad a la realización del ejercicio del que se trate.

Igualmente, en las actas de las sesiones del tribunal en las que ello proceda deberá quedar constancia del desglose de las puntuaciones otorgadas y de su cálculo, de acuerdo con los criterios establecidos para el respectivo ejercicio.

5.11. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en el rectorado de la Universidad de Murcia, Área de Recursos Humanos y Servicios Generales, teléfono 868 888538.

El tribunal dispondrá en esta sede de, al menos, una persona, integrante o no del mismo, para que atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.12. En ningún caso el tribunal podrá aprobar ni declarar que ha superado las pruebas selectivas un número de aspirantes que sea superior al número de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo establecido en este apartado será nula de pleno derecho.

6. Aspirantes carentes de la nacionalidad española.

6.1. Con carácter previo al inicio de la fase de oposición, las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española y cuyo conocimiento del idioma castellano no se deduzca de su origen deberán acreditar el conocimiento de tal lengua mediante la realización de una prueba dirigida a comprobar si se dispone de un nivel adecuado de comprensión y de expresión oral y escrita en dicha lengua.

La prueba se calificará como "apta/o" o "no apta/o", siendo necesario obtener la valoración de apta o apto para que sea posible realizar los ejercicios de la fase de oposición.

6.2. Quedan eximidas de realizar esta prueba las personas que acrediten hallarse en alguna de las siguientes situaciones:

a) Estar en posesión del diploma de español como lengua extranjera (nivel superior o nivel C2) regulado por el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, modificado por Real Decreto 264/2008 de 22 de febrero, o del certificado de aptitud en español para personas extranjeras expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas, y que así lo hayan hecho constar en el apartado correspondiente de su solicitud.

b) Haber superado la prueba de conocimiento de la lengua castellana en alguna convocatoria anterior de la Universidad de Murcia en el mismo nivel.

c) Haber prestado servicios en cualquier Administración Pública española durante al menos un año en Cuerpos o Escalas del subgrupo A1.

d) Haber obtenido una titulación universitaria española.

A estos efectos y cuando ello proceda, junto a la solicitud se habrá de aportar fotocopia compulsada del diploma, certificado de aptitud, título universitario o certificado de servicios del organismo que corresponda.

La falta de aportación en tiempo oportuno de la indicada documentación impedirá apreciar la concurrencia de exención y, en consecuencia, será preciso realizar la prueba de aptitud prevista en el apartado 1 de la presente base.

7. Desarrollo de los ejercicios de la fase de oposición.

7.1. En la fase de oposición, el orden de actuación en aquellos ejercicios que sea necesario se iniciará por las o los aspirantes cuyo primer apellido comience por la letra "V", atendiendo, a estos efectos, a la ordenación alfabética resultante del listado de aspirantes admitidos y admitidas, de conformidad con lo establecido en la resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública de 25 de julio de 2024 (Boletín Oficial del Estado de 31 de julio), por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el 24 de julio de 2024.

En el supuesto de que no exista ninguna persona aspirante cuyo primer apellido comience por la letra "V", el orden de actuación se iniciará por aquellas cuyo primer apellido comience por la letra inmediata siguiente en el abecedario y así sucesivamente.

7.2. Las personas aspirantes podrán ser requeridas por el tribunal o por cualquiera de sus integrantes, antes de que dé inicio una prueba o en cualquier momento durante su realización, con la finalidad de acreditar su identidad.

7.3. Las personas aspirantes serán convocadas para la realización de cada ejercicio en llamamiento único, excluyendo de las pruebas a quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados discrecionalmente por el tribunal.

7.4. La publicación de los sucesivos anuncios se efectuará por el tribunal en la dirección electrónica https://convocum.um.es (apartado Convocum PAS), Tablón Oficial de la Universidad de Murcia y en la sede del tribunal señalada en la base 5.11, así como por cualesquiera otros medios, si se juzga conveniente para facilitar su máxima divulgación, y siempre con, al menos, un día hábil de antelación al momento en que haya de producir efectos el hecho o acto de que se trate.

Cuando el anuncio corresponda al mismo ejercicio que se halle en curso o que haya finalizado será publicado en los mismos locales en los que se haya celebrado, en la sede del tribunal y por cualquier otro medio que se juzgue conveniente. Si fuera el caso, la publicación en tales lugares o medios habrá de realizarse con no menos de doce horas de antelación a la reanudación de las pruebas.

7.5. Si en cualquier momento del proceso selectivo, el tribunal tuviere conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del o de la interesada deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Murcia, comunicándole, asimismo y a los efectos procedentes, las inexactitudes o falsedades contenidas en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas.

8. Realización del concurso.

8.1. Concluida la fase de oposición, el tribunal procederá a hacer públicas, separadamente, la relación de aspirantes que han superado los ejercicios de la fase de oposición incluyendo, en su caso, la puntuación alcanzada en el ejercicio voluntario de idioma, y la relación de quienes, no reuniendo tal circunstancia, pueden formar parte de la correspondiente lista de espera de acuerdo con las previsiones de la base 12.

En la misma resolución se establecerá un plazo de diez días, a contar desde el siguiente al de su publicación para que las personas aspirantes que posean méritos de los indicados en el punto 2.1. del Anexo I presenten una relación detallada de los mismos alegados con arreglo al modelo disponible en la dirección, https://convocum.um.es/convocum2/paginas/portal.seam, acompañando copia de los documentos acreditativos de tales méritos.

La alegación y presentación de los méritos computables en la fase de concurso habrá de efectuarse empleando la aplicación Convocum de la Universidad de Murcia, disponible en la URL https://convocum.um.es/convocum2/paginas/portal.seam, en el portal del solicitante y mediante el uso de un sistema de firma electrónica admitido por la Universidad de Murcia o, en su caso, mediante el pertinente documento oficial de identidad y el código de la respectiva solicitud.

En el caso de no poseer un sistema de firma electrónica admitido por la Universidad de Murcia, la solicitud se deberá cumplimentar en el modelo disponible a través de la dirección electrónica indicada, imprimir, firmar y presentar mediante escrito presentado en los lugares indicados en la base 4.2.

Si la documentación acreditativa de alguno o algunos de los méritos alegados constara en la hoja de servicios de la persona interesada en la Universidad de Murcia, el Servicio de Gestión del PTGAS y de Personal de Proyectos, con base en lo aducido por cada aspirante en su respectiva relación detallada y en los antecedentes existentes en el indicado Servicio, expedirá certificación de los méritos de cada aspirante.

Si se considerara necesario para la valoración de los méritos, se podrá requerir a las personas aspirantes la presentación de los documentos justificativos originales o de fotocopias compulsadas o autenticadas por otros medios admisibles en derecho.

8.2. Con arreglo a los méritos alegados y justificados por cada aspirante se procederá a dar cumplimiento a lo previsto en la base 1.7.

8.3. Frente a la resolución por la que se disponga la puntuación de la fase de concurso correspondiente a cada aspirante se podrá presentar reclamación en el plazo de diez días, contados desde el día siguiente al de su publicación.

Finalizado dicho plazo y atendidas las reclamaciones, se dictará y publicará resolución definitiva, la cual se trasladará al tribunal para que proceda a la integración de la fase de concurso en la puntuación de las pruebas selectivas.

9. Lista de aspirantes que superan el proceso selectivo.

9.1. Recibida por el tribunal la resolución que disponga la puntuación de la fase de concurso, este procederá a adicionar dicha puntuación a la obtenida en la fase de oposición incluyendo, en su caso, la puntuación alcanzada en el ejercicio voluntario de idioma.

Seguidamente, se adoptará resolución del tribunal que expondrá la relación de aspirantes que superan el proceso selectivo, por el orden de puntuación alcanzada y con indicación de cuatro dígitos de su respectivo documento nacional de identidad o documento oficial equivalente en el supuesto de personas no españolas.

La señalada resolución será hecha pública mediante su inserción en la dirección electrónica https://convocum.um.es (apartado Convocum PAS), en el Tablón Oficial de la Universidad de Murcia, en la sede del tribunal y, en su caso, en aquellos otros lugares o medios que se estimen oportunos.

9.2. A continuación el tribunal elevará propuesta al Rector en relación con las y los aspirantes que han superado el proceso selectivo, teniendo en cuenta lo indicado en la base 5.12, acompañando copia certificada de la lista de aspirantes aprobadas y aprobados en cada ejercicio, con indicación de la calificación respectivamente obtenida.

9.3. Igualmente, el tribunal facilitará al rectorado copia certificada de aspirantes que, no habiendo superado la fase de oposición, superen el primer y segundo ejercicio, y hayan obtenido al menos el 40% de la puntuación máxima asignada al tercero.

10. Presentación de documentos.

10.1. En el plazo de los veinte días hábiles siguientes al de la publicación de la relación de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, tales personas habrán de presentar, en la Sección de PTGAS de la Universidad de Murcia, siempre que no se encuentren ya en poder de la Universidad de Murcia, los siguientes documentos:

a) Fotocopia de su documento nacional de identidad o, en el supuesto de personas no españolas, del documento oficial acreditativo de la identidad personal que corresponda.

b) Fotocopia debidamente compulsada del título exigido en la convocatoria, especificado en la base 2.

De constar en su expediente personal, los documentos señalados en las letras a y/o b podrá ser sustituidos por una certificación única expedida por el Servicio de Gestión de PTGAS y de Personal de Proyectos de Investigación que acredite los extremos correspondientes.

c) Informe médico acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y funciones de su puesto de trabajo.

Previa citación de las personas aspirantes a tal efecto, este informe será realizado por la unidad que tenga encomendadas en la Universidad de Murcia las funciones en materia de prevención de riesgos laborales. Para ello, se podrán realizar a las personas aspirantes las pruebas médicas oportunas mediante los servicios de entidades colaboradoras de la Universidad de Murcia.

d) Quienes hubieran hecho valer su condición de personas con discapacidad deberán presentar certificación de los órganos competentes de la Administración del Estado o Comunidad Autónoma que acredite tal condición, e, igualmente, deberán presentar certificación, de las citadas Administraciones o de la Administración Sanitaria que corresponda, que acredite la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

e) Declaración responsable de no haber sido objeto de separación mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública o por sanción de despido imputable a la persona trabajadora, ni hallarse inhabilitada o inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas en cualquier Administración Pública.

f) Acreditar la posesión de un sistema de firma electrónica de los admitidos en la sede electrónica de la Universidad de Murcia o, en su defecto, presentar solicitud para su concesión.

g) Adicionalmente, las personas aspirantes carentes de la nacionalidad española habrán de aportar:

- Declaración responsable de no hallarse sometida o sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la Función Pública.

- En su caso, fotocopia de los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del o de la nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo.

- En su caso, declaración responsable suscrita por tal persona en la que se haga constar que la persona aspirante vive a sus expensas o está a su cargo. En su caso, los documentos indicados se presentarán traducidos al castellano.

- Las que hayan sido eximidas de realizar la prueba de conocimiento del castellano, la documentación que acredite dicha exención según lo establecido en la base 6.2 de esta resolución.

10.2. Quienes tuvieran la condición de personal funcionario de carrera estarán exentas y exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación de la entidad pública de la que se trate con el objeto de acreditar tal condición, con expresión del número e importe de trienios, así como de la fecha de su cumplimiento.

10.3. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación referida en esta base o cuando del examen de tal documentación se colija que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán recibir el nombramiento como personal funcionario de carrera, quedando sin efecto las actuaciones en lo que a tales personas concierne, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por causa de su solicitud inicial.

11. Nombramientos de personal funcionario de carrera.

11.1. El Rector, a propuesta del Tribunal Calificador, dictará resolución de nombramiento de personal funcionario de carrera que se publicará en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

11.2. La toma de posesión de las personas nombradas se efectuará en el plazo de un mes a partir de la fecha de dicha publicación.

12. Lista de espera para interinidades.

12.1. Con el fin de atender las necesidades urgentes que se produzcan hasta la celebración de nuevas pruebas selectivas, se procederá a constituir una lista de espera con las personas aspirantes no seleccionadas y que reúnan o que excedan el requisito mínimo de haber superado el primer y segundo ejercicio y haber obtenido al menos el 40 por ciento de la calificación correspondiente al tercer ejercicio de la fase de oposición.

12.2. La lista de espera se ordenará teniendo en cuenta la suma de la puntuación obtenida en la fase de oposición, incluida en aquella, en su caso, la puntuación alcanzada en el ejercicio voluntario de idioma, y en la fase de concurso. Los posibles empates se resolverán en base a los criterios establecidos en el apartado 2.3 del anexo I.

12.3. La lista de espera se regirá por las disposiciones aplicables al efecto en la Universidad de Murcia. Esta lista de espera dejará sin efecto las listas procedentes de anteriores convocatorias libres y de consolidación.

13. Incompatibilidades.

El desempeño de las funciones inherentes a las plazas objeto de esta convocatoria, llevará aparejada la incompatibilidad absoluta para el desempeño de cualquier otro puesto en el sector público, salvo en aquellos casos específicamente previstos en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, así como para el desempeño de las actividades privadas a que se refiere el capítulo IV de la misma norma legal.

El Rector, José Luján Alcaraz.


ANEXO I

Ejercicios y valoración de méritos.

1. El procedimiento de selección de los aspirantes, constará de las fases indicadas en la base 1.3, y se desarrollará en castellano con la salvedad anunciada en relación con el ejercicio voluntario de idioma, que se desenvolverá en lengua inglesa.

1.1. Para dar cumplimiento a lo establecido en la base 6.1, el rectorado de la Universidad de Murcia organizará la realización de la prueba de conocimiento de la lengua castellana. Tal prueba será válida para la presente convocatoria y para las de aquellas escalas y especialidades que se indiquen en la correspondiente resolución.

La fecha y lugar de celebración de la prueba de conocimiento de la lengua castellana se señalará en la resolución prevista en la base 4.1 de esta convocatoria.

1.2. La fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, se aplicará a las siguientes personas:

1.2.1. Aquellas que superen la fase de oposición, a efectos de determinar las personas aspirantes que superan el proceso selectivo.

1.2.2. Aquellas que, no habiendo superado la fase de oposición, cumplan los requisitos para formar parte de la lista de espera establecidos en la base 12, a efectos de determinar la ordenación de las personas integrantes de la misma.

A tal efecto se valorarán los méritos que se indican en el apartado 2.1 de este anexo.

1.3. La fase de oposición se hallará integrada por los ejercicios sucesivos que a continuación se indican:

Primer ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio.

El primer ejercicio de la fase de oposición consistirá en desarrollar por escrito un tema de carácter transversal propuesto por el tribunal en relación con todo el contenido del programa que se relaciona en el anexo II, que combine epígrafes correspondientes a dos o más temas del mismo.

Las personas aspirantes dispondrán de 3 horas para la realización del ejercicio, sin que puedan disponer de textos de ayuda o de consulta.

Segundo ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio.

El segundo ejercicio consistirá en una prueba oral de carácter público, consistente en la exposición de 2 temas, que se realizará con arreglo a los siguientes parámetros:

El tribunal, a presencia de la persona aspirante interesada, seleccionará por sorteo un tema del bloque 3, un tema del bloque 4 y un tema del bloque 5 de aquellos en que se divide el programa.

El sorteo se realizará introduciendo en una bolsa opaca las bolas con los números representativos de cada tema de los tres bloques indicados. Las bolas serán mezcladas una vez introducidas en la bolsa por la persona titular de la presidencia del tribunal y, a continuación, se extraerá, sin mirar el contenido de la bolsa, una bola con el número representativo del tema por la persona titular de la secretaría.

Cada aspirante podrá escoger entre el tema obtenido respecto del bloque 3 o el resultante en el caso del bloque 4. El tema correspondiente al bloque 5 será de obligada exposición.

Seguidamente, la persona aspirante dispondrá de 15 minutos para preparar el desarrollo de los temas elegidos y de 40 minutos, como máximo, para su exposición oral ante el tribunal, sin que pueda dedicar menos de 15 minutos a la exposición de cualquiera de ellos.

Si el ejercicio hubiera de ser realizado en diferentes sesiones, se procederá a la citación de aspirantes con arreglo a las previsiones de la base 7. Entre la finalización de una sesión y el inicio de la siguiente habrá de mediar un mínimo de 12 horas.

Tercer ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio.

El tercer ejercicio consistirá en la resolución por escrito de 2 supuestos prácticos, a elegir por las personas aspirantes de entre 4 propuestos por el tribunal.

Los supuestos propuestos estarán basados en la totalidad del programa que se indica en el anexo II. Los mismos integrarán una combinación de aspectos relacionados con las expresadas materias y tendrán carácter comprensivo de aspectos propios de diferentes partes del programa.

Se dispondrá de un máximo de 5 horas para la realización de la prueba.

Con arreglo a los medios tecnológicos disponibles en la Universidad de Murcia, el tribunal podrá habilitar a las personas aspirantes para que, a su elección individual, plasmen o escriban sus respuestas en forma manuscrita o sirviéndose de ordenador.

En todo caso, se pondrá a disposición de cada aspirante un ordenador de la Universidad de Murcia, de modo que sea en tal dispositivo en el que se muestren los ejercicios propuestos.

Se empleará un procesador de textos de uso común en el que se desactivará la función de corrección ortográfica y sintáctica, así como cualquier género de conexión externa.

A la carpeta electrónica en la que se contengan cada ejercicio propuesto se adicionará un conjunto de disposiciones normativas o administrativas, en archivo o archivos en formato PDF, que serán los únicos que podrán ser consultados por las personas aspirantes durante la realización de la prueba, sin que sea admisible que concurran sirviéndose de textos impresos de su elección.

En todo caso, las restantes condiciones técnicas e instrucciones que sean procedentes para la realización del tercer ejercicio de la fase de oposición serán acordadas por el tribunal y hechas públicas con no menos de 10 días de antelación a la fecha prevista para su realización.

En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes, por causa de discapacidad, no pudiera servirse de ordenador en modo alguno, el tribunal habilitará los medios necesarios para la correcta adaptación de la prueba.

Cuarto ejercicio: De carácter voluntario y no eliminatorio.

Las personas aspirantes podrán realizar con carácter voluntario un ejercicio destinado a valorar la capacidad de comprensión y expresión escrita de las mismas en el idioma inglés, mediante la realización de una prueba de nivel equivalente al B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas, consistente en la traducción al castellano de un texto en idioma inglés, relativo a una porción de un convenio de colaboración, convocatoria de proceso selectivo o instrumento análogo.

Así mismo, se facilitará un texto en castellano que habrá que traducir al idioma inglés.

Para su realización se aplicarán las mismas previsiones señaladas en relación con el tercer ejercicio en lo concerniente a los medios técnicos disponibles y a la posibilidad de que el ejercicio sea verificado de forma manuscrita o sirviéndose de procesador de textos.

La duración del ejercicio será de entre 2 y 3 horas, según determine el tribunal, al igual que este adoptará y hará públicas las instrucciones adicionales, en su caso precisas, con una antelación mínima de 5 días.

2.- Valoración de méritos y calificación de los ejercicios.

2.1 Fase de concurso (máximo 20 puntos):

Se valorarán los siguientes méritos que estén en posesión de las personas aspirantes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

a) Servicios prestados: se valorarán con un máximo de 15 puntos los siguientes servicios prestados en el ámbito del personal técnico, de gestión y de administración y servicios, no considerándose aquellos prestados como personal docente e investigador:

a.1). En la Universidad de Murcia, en la escala convocada, y en otras universidades públicas, en cuerpos, escalas o categorías laborales, todos ellos del subgrupo de clasificación A1, que tuviesen encomendadas tareas o funciones sustancialmente equiparables a las propias de la escala convocada: se valorará con 0,25 puntos por mes completo de servicios efectivos.

Para que se tengan en consideración los méritos por servicios prestados en universidades públicas españolas diferentes de la de Murcia será preciso aportar justificación acreditativa de las funciones propias del puesto de trabajo en relación con las del cuerpo, escala o categoría laboral en que se inserte, así como certificación de la universidad pública correspondiente, en la que deberá figurar al menos: el vínculo o régimen jurídico, la denominación de la plaza/puesto, el cuerpo, escala o categoría profesional a la que corresponde, fecha de inicio y fecha fin.

a.2). En otras entidades del Sector Público: se valorará con 0,20 puntos por mes completo de servicios efectivos, aquellos que reúnan todas las circunstancias señaladas a continuación:

- Haber sido desarrollados en cualquiera de las entidades comprendidas en las letras a, b y c del apartado 1 del artículo 2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en la letra a del apartado 2 del mismo precepto.

- En cuerpos, escalas o, en su caso, categorías laborales del subgrupo de clasificación A1 con arreglo al artículo 76 del TREBEP.

- Que tuvieran encomendadas funciones o tareas sustancialmente equiparables o análogas a las propias de la Escala Técnica de Gestión de la Universidad de Murcia.

Para que se tengan en consideración estos méritos será preciso adicionar justificación acreditativa de las funciones propias del puesto de trabajo en relación con las del cuerpo, escala o categoría laboral en que se inserte, así como certificación de la entidad del Sector Público correspondiente, en la que deberán figurar al menos: el vínculo o régimen jurídico, la denominación de la plaza/puesto, el cuerpo, escala o categoría profesional a la que corresponde, fecha de inicio y fecha fin.

Los servicios prestados como personal laboral temporal sólo se tendrán en cuenta para la valoración del apartado a) si la contratación derivó de llamamiento a través de una lista de espera convocada con carácter general y se ha retribuido con cargo al capítulo I, debiendo aportar la persona aspirante certificado de la entidad correspondiente acreditando tales circunstancias, excepto en el caso de servicios prestados en la Universidad de Murcia, en cuyo caso se expedirá certificación de oficio.

Para la valoración de este apartado a) No se tendrán en cuenta fracciones inferiores a un mes, entendiendo un mes por 30 días naturales.

b) Por haber prestado servicios con arreglo a lo previsto en la letra a) durante un mínimo de 6 meses dentro de los 12 meses inmediatamente anteriores a la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación se adicionará 1 punto.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación final de la fase de oposición, a efectos de establecer el orden que permita determinar la persona aspirante que ha superado el proceso selectivo. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

2.2. Calificación de los ejercicios de la fase de oposición.

Primer ejercicio: se calificará de 0 a 25 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 12,50 puntos.

Segundo ejercicio: se calificará de 0 a 25 puntos. La exposición de cada tema se calificará de 0 a 12,50 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 12,50 puntos en conjunto y de no menos de 5 puntos en cada tema.

Tercer ejercicio: se calificará de 0 a 30 puntos. Cada supuesto práctico será calificado entre 0 a 15 puntos. Para superar el ejercicio será preciso obtener un mínimo de 15 puntos en conjunto y de no menos de 6 puntos en cada supuesto práctico.

Cuarto ejercicio: La realización del mismo podrá incrementar hasta en 5 puntos la nota final de la fase de oposición, siendo necesario obtener al menos 2,50 puntos para que se adicione la puntuación conseguida en este ejercicio a la obtenida en los tres ejercicios anteriores.

2.3.- La puntuación total de las pruebas selectivas vendrá determinada, de mayor a menor, por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición, incluida en aquella, en su caso, la puntuación alcanzada en el ejercicio voluntario de idioma, y en la fase de concurso. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1.º). Mayor puntuación en la fase de oposición.

2.º). Mayor puntuación en el tercer ejercicio.

3.º). Mayor puntuación en el segundo ejercicio.

4.º) Mayor puntuación en el primer ejercicio.

5.º) Mayor puntuación en la fase de concurso.

6.º). Mayor puntuación en el cuarto ejercicio.


Reglas de carácter general.

1.º Las referencias efectuadas en el programa a disposiciones normativas de cualquier índole se habrán de entender realizadas, en su caso, a las vigentes a fecha 5 de diciembre de 2024.

2.º Las referencias realizadas en el temario que sean coincidentes con la rúbrica de títulos, capítulos o secciones de disposiciones normativas se han de estimar efectuadas con carácter orientativo. De tal forma, se considera incluido dentro del temario todos aquellos contenidos que materialmente puedan ser subsumibles por los epígrafes de los temas.

3.º La valoración de cada ejercicio habrá de incluir una evaluación individualizada y motivada de las calificaciones otorgadas a cada aspirante, debiendo constar expresión suficiente por escrito que, en su caso, se acompañe como anexo integrante del acta de la correspondiente sesión del tribunal.

La calificación de cada ejercicio se obtendrá mediante la obtención de la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada miembro, una vez eliminadas la mayor y menor puntuación de entre las otorgadas.

4.º Los ejercicios serán analizados por el tribunal apreciando los conocimientos evidenciados por el o por la aspirante en relación con las materias propias del programa; la comprensión de los conceptos más allá de la mera literalidad de las fórmulas legales o doctrinales; la aptitud para organizar debidamente los contenidos y distinguir netamente los aspectos principales de los accesorios, así como la calidad de la expresión oral o escrita, según proceda.

5.º Con ocasión del anuncio de realización de cada ejercicio, el tribunal habrá acordado y hará públicos los criterios específicos de valoración que los que haya de servirse, fijando la ponderación correspondiente a cada criterio e incluyendo específicamente, en el caso de los ejercicios escritos, una adecuada apreciación proporcional de los aspectos relacionados con la corrección sintáctica y ortográfica.


ANEXO II
Programa
BLOQUE 1
Derecho constitucional y derecho de la Unión Europea.

Tema 1. Líneas fundamentales del constitucionalismo español. El concepto de Constitución. La Constitución como norma jurídica. Contenido de las constituciones. Los principios constitucionales.

Tema 2. Los derechos fundamentales: evolución histórica y conceptual. Los derechos y deberes fundamentales en la Constitución española. Libertades públicas y derechos sociales en la Constitución española.

Tema 3. El modelo económico de la Constitución española. Principios informadores y objetivos específicos. El Estado social y democrático de Derecho. La participación social en la actividad del Estado. Su inserción en los órganos de las Administraciones Públicas.

Tema 4. La Corona. Atribuciones según la Constitución española. Las Cortes Generales. Congreso de los Diputados y Senado. Composición y funciones. Aspectos básicos del procedimiento de elaboración y aprobación de leyes. La celebración de tratados internacionales y su validez en el ordenamiento interno. El Tribunal de Cuentas y el Defensor del Pueblo.

Tema 5. El Gobierno. Composición, designación y cese de sus miembros. Funciones y responsabilidad del Gobierno. La función parlamentaria del control del Gobierno: Distintas modalidades. El Gobierno y la Administración.

Tema 6. El Tribunal Constitucional. Organización. Competencias, materias y procedimientos de los recursos ante el Tribunal Constitucional. El valor de las sentencias del Tribunal Constitucional. Los conflictos entre órganos constitucionales.

Tema 7. Control judicial de la Administración. El Poder judicial. El Consejo General de Poder judicial: Organización y competencias. La regulación constitucional de la justicia. El Tribunal Superior de Justicia de las Comunidades autónomas. El Ministerio Fiscal.

Tema 8. La Administración pública: principios constitucionales informadores. El Consejo de Ministros. La Administración General del Estado. El Consejo de Estado.

Tema 9. La Administración institucional: concepto. Los organismos públicos. Funciones, ejercicio de potestades administrativas y en materia de personal, patrimonio, régimen presupuestario y control de eficacia.

Tema 10. El principio autonómico en la constitución del Estado: unidad y autonomía. Sistema de fuentes de las Comunidades Autónomas. El modelo de distribución competencial entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Tipología de competencias.

Tema 11. El Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia: estructura y contenido sistemático. La reforma del Estatuto.

Tema 12. La Administración Local. Entidades que la integran. Regulación constitucional. Legislación en materia de Régimen Local.

Tema 13. La Unión Europea y sus instituciones. Las competencias de la Unión Europea: Concepto y tipología.

Tema 14. Derecho de la Unión Europea: concepto y rasgos característicos. Los Tratados constitutivos. El reglamento: Concepto, naturaleza y vigencia. Aplicación e impugnación jurisdiccional de los reglamentos. Las Directivas: necesidad de ejecución normativa interna, efecto directo excepcional y remedios frente a la no transposición o transposición incorrecta.

BLOQUE 2
Teoría general del derecho y derecho privado.

Tema 1. El concepto de derecho. Las divisiones del derecho: derecho natural y derecho positivo; derecho público y derecho privado; otras clasificaciones. La norma jurídica: su naturaleza. Caracteres, estructura y principales clasificaciones de las normas jurídicas. Aplicación e interpretación de las normas.

Tema 2. El Código civil español. Especial referencia a su eficacia derogatoria y a su eficacia general supletoria. Efectos esenciales de las normas. Inexcusabilidad de su cumplimiento y error de derecho. La nulidad como sanción general. El fraude de Ley: requisitos y efectos. La eficacia constitutiva del derecho. La relación jurídica y la institución jurídica.

Tema 3. El derecho subjetivo: derechos subjetivos absolutos y relativos. Situaciones jurídicas secundarias e interinas. Ejercicio de los derechos; sus límites; referencia a la doctrina del abuso del derecho, a la buena fe y a la teoría del levantamiento del velo de la personalidad jurídica. Renuncia. El poder de disposición y sus límites. Modificación, transmisión y extinción de derechos.

Tema 4. La persona: clases. Capacidad jurídica y capacidad de obrar. Las circunstancias modificativas de la capacidad. Las personas jurídicas: su naturaleza y clases. Constitución, capacidad, representación, domicilio, nacionalidad y extinción de las personas jurídicas.

Tema 5. Las asociaciones y las fundaciones en el ordenamiento jurídico español.

Tema 6. Hechos y actos jurídicos. El negocio jurídico: Elementos esenciales. La ineficacia del negocio jurídico. La influencia del tiempo sobre el negocio jurídico: Caducidad y prescripción.

Tema 7. La representación en el negocio jurídico. Representación directa e indirecta. Representación voluntaria y legal. El poder irrevocable. El negocio consigo mismo (autocontrato). La subsistencia del poder extinguido.

Tema 8. La causa: teoría general. La causa de los contratos. Normas del Código Civil. Los negocios abstractos. La teoría del enriquecimiento sin causa. Los negocios jurídicos anómalos: simulados, indirectos, fiduciarios y fraudulentos.

Tema 9. La obligación. Fuentes de las obligaciones. Elementos y clases. El cumplimiento y las garantías. Modificación y extinción de la relación obligatoria. Las obligaciones naturales en el Código Civil.

Tema 10. El contrato en el Código Civil español y sus rasgos fundamentales: sistemas de contratación, capacidad de los contratantes, objeto, forma, perfección, consumación, interpretación, irrevocabilidad, revisión por alteración extraordinaria de las circunstancias.

Tema 11. El derecho real: Naturaleza y caracteres. Su diferencia con el derecho de crédito. La tipicidad de los derechos reales. Derechos reales reconocidos en la legislación española.

Tema 12. Las propiedades intelectual e industrial: naturaleza y régimen jurídico. Los derechos de autor: sujetos, objeto y contenido. La protección de los derechos de propiedad intelectual e industrial: breve referencia a acciones y procedimientos. El registro de los derechos de propiedad intelectual e industrial. Las propiedades intelectual e industrial en la universidad pública.

Tema 13. El derecho mercantil en España: rasgos esenciales y principales disposiciones normativas.

Tema 14. El derecho inmobiliario y registral en España: rasgos esenciales y principales disposiciones normativas en relación con el Registro de la Propiedad y sus funciones y con el Catastro Inmobiliario y sus funciones.

BLOQUE 3
Derecho administrativo.

Tema 1. El derecho administrativo y su concepto. La Administración Pública en la Constitución española. Las fuentes del derecho administrativo, su tipología y sus principales rasgos característicos.

Tema 2. El reglamento: concepto y naturaleza. Su distinción con los actos administrativos generales. Fundamento y límites de la potestad reglamentaria. Clasificación de los reglamentos. La potestad reglamentaria de y en las universidades públicas españolas: características, alcance, órganos competentes.

Tema 3. El procedimiento para la elaboración de las disposiciones de carácter general. Iniciativa legislativa y potestad para dictar reglamentos y otras disposiciones conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Directrices de Técnica Normativa (acuerdo del Consejo de Ministros de 22 de julio de 2005) y Protocolo de procedimiento de aprobación de reglamentos del Consejo de Gobierno de la Universidad de Murcia (https://sede.um.es/sede/documento/normativa/protocolo-de-aprobacion-de-reglamentos-del-consejo-de-gobierno/12939.pdf).

Tema 4. Los principios de reserva de ley, de jerarquía normativa y de competencia. Nulidad de pleno derecho de las disposiciones administrativas por infracción de tales principios. La inderogabilidad singular de las disposiciones generales. La impugnación de los reglamentos.

Tema 5. Las potestades administrativas. El principio de legalidad. La actividad administrativa discrecional y sus límites. Control de la discrecionalidad: en especial, la desviación de poder y la arbitrariedad. Los conceptos jurídicos indeterminados.

Tema 6. La relación jurídico-administrativa. Concepto. Sujetos de la relación jurídico-administrativa. La personalidad jurídica de las Administraciones públicas. Clases de personas jurídico-públicas. Capacidad. La naturaleza jurídica de las universidades públicas con arreglo a las leyes 39 y 40 de 2015: su apreciación jurisdiccional ulterior y la cuestión de si las universidades públicas tienen o no naturaleza de Administración Pública.

Tema 7. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: estructura y contenido general. Disposiciones generales.

Tema 8. Los órganos de las Administraciones Públicas: órganos administrativos. La competencia administrativa: concepto, naturaleza y clases. La competencia administrativa en la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Tema 9. Los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre. La abstención y la recusación.

Tema 10. La potestad administrativa sancionadora, su régimen en materia de principios y de procedimiento con arreglo a las leyes 39 y 40 de 2015.

Tema 11. La potestad disciplinaria como manifestación de la potestad administrativa sancionadora: personal empleado público y estudiantado universitario. Fundamento, características, limitaciones. Principales previsiones contenidas en la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado y en la Ley de convivencia universitaria.

Tema 12. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas, con especial atención a su evolución histórica, a su fundamento y a su régimen jurídico en las leyes 39 y 40 de 2015.

Tema 13. El funcionamiento electrónico del sector público y los convenios en la Ley 40/2015, de 1 de octubre. El Reglamento para la tramitación y aprobación de convenios y protocolos generales de actuación de la Universidad de Murcia (https://sede.um.es/sede/documento/normativa/reglamento-para-la-tramitacion-de-y-aprobacion-de-convenios-y-protocolos-generales-de-actuacion-de-la-universidad-de/19599.pdf).

Tema 14. Las relaciones interadministrativas: principios generales. El deber de colaboración. Las relaciones de cooperación.

Tema 15. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas. Antecedentes legislativos. Estructura y contenido general. Objeto y ámbito subjetivo de aplicación.

Tema 16. Los interesados en el procedimiento administrativo: la capacidad de obrar y el concepto de interesado. Los derechos del interesado en el procedimiento administrativo. Identificación y firma de los interesados en el procedimiento administrativo.

Tema 17. La actividad de las Administraciones Públicas con arreglo a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y disposiciones concordantes. Normas generales de actuación: Derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas. Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Lengua de los procedimientos. Registros. Archivo de documentos. Colaboración y comparecencia de las personas. Responsabilidad de la tramitación.

Tema 18. Obligación de resolver. Suspensión y ampliación del plazo máximo para resolver y notificar. El silencio administrativo en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Tema 19. Emisión de documentos por las Administraciones Públicas. Validez y eficacia de las copias realizadas por las Administraciones Públicas. Documentos aportados por los interesados al procedimiento administrativo. Términos y plazos.

Tema 20. Los actos administrativos. Concepto, elementos y clases. Requisitos de los actos administrativos.

Tema 21. La eficacia de los actos administrativos y el principio de autotutela declarativa. Inderogabilidad singular, ejecutividad, efectos, notificación y publicación.

Tema 22. La invalidez del acto administrativo. Distinción entre eficacia y validez de los actos administrativos. Nulidad y anulabilidad de los actos administrativos. Conversión, conservación y convalidación de los actos administrativos.

Tema 23. El procedimiento administrativo como garantía formal: Concepto. Naturaleza y principios generales del procedimiento administrativo. La iniciación del procedimiento administrativo común.

Tema 24. La ordenación y la instrucción del procedimiento administrativo común.

Tema 25. La finalización del procedimiento administrativo común. La tramitación simplificada del procedimiento administrativo común.

Tema 26. La ejecución de los actos administrativos.

Tema 27. La revisión de los actos en vía administrativa: concepto y clasificación. La revisión de oficio de actos nulos y de actos anulables. Revisión de disposiciones de carácter general.

Tema 28. Los recursos administrativos.

Tema 29. La protección de los datos de carácter personal en el derecho de la Unión Europea y en el derecho español.

Tema 30. Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: régimen jurídico con arreglo a la legislación estatal y de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Tema 31. La igualdad entre mujeres y hombres en el ordenamiento español y en la legislación de la Región de Murcia. La igualdad en el ámbito de la educación superior universitaria.

Tema 32. Los derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social. Rasgos generales al respecto de los ordenamientos estatal y de la Región de Murcia, con especial referencia al ámbito educativo.

Tema 33. La actividad administrativa. Concepto y clases. La actividad administrativa de prestación de servicios. La iniciativa económica pública. El servicio público: Concepto, evolución y crisis. Los modos de gestión de los servicios públicos.

Tema 34. La actividad de fomento: sus formas. La Ley General de Subvenciones: ámbito de aplicación y disposiciones comunes a las subvenciones públicas.

Tema 35. Procedimientos de concesión y gestión de las subvenciones públicas en la Ley General de subvenciones y en su reglamento.

Tema 36. La comprobación y el reintegro de subvenciones en la Ley General de subvenciones y en su reglamento. Visión general del régimen sancionador en la materia. Especialidades de la Ley de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Tema 37. La expropiación forzosa. Naturaleza y justificación. Los sujetos de la potestad expropiatoria. La causa de expropiación. Valoraciones y expropiación forzosa.

Tema 38. El procedimiento expropiatorio general. Fases. El procedimiento expropiatorio por razón de urgencia. Procedimientos especiales.

Tema 39. Las propiedades públicas: tipología. El dominio público: concepto, naturaleza, elementos y clasificación. Afectación. Mutaciones demaniales. Régimen jurídico del dominio público. Uso y utilización del dominio público.

Tema 40. Las propiedades públicas. El patrimonio privado de las Administraciones públicas. Régimen jurídico. Potestades. Adquisición, uso y utilización. Los bienes de las universidades públicas: bienes demaniales y bienes patrimoniales.

Derecho penal.

Tema 41. Los delitos contra la Administración Pública. Concepto de autoridad y de funcionario público a efectos penales. Examen de los rasgos principales de los diferentes tipos de delitos contra la Administración Pública.

Tema 42. Los delitos de acoso sexual y contra la integridad moral: especial referencia al acoso laboral. Idea general sobre los delitos relativos a la propiedad industrial y a la propiedad intelectual.

Derecho tributario y presupuestario.

Tema 43. El derecho tributario: concepto y contenido. Las fuentes del derecho tributario. Los principios del ordenamiento tributario español. La aplicación y la interpretación de las normas tributarias.

Tema 44. El sistema tributario del Estado Español. El sistema tributario estatal: conceptos tributarios y sus elementos esenciales. El sistema tributario autonómico: conceptos tributarios y sus elementos esenciales. La LOFCA. El sistema tributario local: características esenciales y principales tributos.

Tema 45. Los tributos: impuestos, tasas y contribuciones especiales. La relación jurídico-tributaria. El hecho imponible y el devengo.

Tema 46. Las tasas y los precios públicos con arreglo a la Ley de Tasas y Precios Públicos y a la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales de la Región de Murcia.

Tema 47. La revisión de los actos tributarios en vía administrativa: características principales de sus regímenes legal y reglamentario. Las reclamaciones económico-administrativas.

Tema 48. El derecho presupuestario: concepto y contenido. La Ley General Presupuestaria. Principios y reglas de programación y de gestión presupuestaria. Programación presupuestaria y objetivo de estabilidad.

Tema 49. La Ley de Hacienda de la Región de Murcia: Estructura y principios generales. Los derechos y obligaciones de la Hacienda Pública de la Región de Murcia.

Tema 50. La Ley de Hacienda de la Región de Murcia y las Instrucciones de Régimen Económico Presupuestario de la Universidad de Murcia: Los ingresos públicos: concepto y clasificación.

Tema 51. La Ley de Hacienda de la Región de Murcia y las Instrucciones de Régimen Económico Presupuestario de la Universidad de Murcia: Gastos plurianuales. Modificaciones de los créditos iniciales. Transferencias de crédito. Créditos extraordinarios. Suplementos de crédito. Ampliaciones de créditos. Incorporaciones de créditos. Generaciones de créditos.

Tema 52. La Ley de Hacienda de la Región de Murcia y las Instrucciones de Régimen Económico Presupuestario de la Universidad de Murcia: El procedimiento administrativo de ejecución del presupuesto de gasto. Gastos para la compra de bienes y servicios. Gastos de inversión. Gastos de transferencias: corrientes y de capital. Anticipos de caja fija. Pagos «a justificar». Justificación de libramientos.

Tema 53. La Ley de Hacienda de la Región de Murcia y las Instrucciones de Régimen Económico Presupuestario de la Universidad de Murcia: Retribuciones del personal empleado público. Nóminas: estructura y normas de confección. Altas y bajas, su justificación. Ingresos en formalización. Devengo y liquidación de derechos económicos.

Tema 54. El control interno de la actividad económico-financiera del sector público autonómico: Concepto de control. Clases de control. Naturaleza, fundamento y ámbito de aplicación de control. El control previo de legalidad. Concepto, regulación y principios generales.

Tema 55. El control interno de la actividad económico-financiera del sector público autonómico: El control financiero. Concepto. Regulación y principios generales. Clases de control financiero.

Tema 56. El control externo de la actividad económico-financiera del sector público. El control parlamentario. El control del Tribunal de Cuentas. El Tribunal de Cuentas: competencias y funciones.

BLOQUE 4
Derecho del empleo público y derecho de la Seguridad Social.

Tema 1. Los recursos humanos en el Sector Público español. Evolución histórico-normativa. Principales líneas doctrinales y teóricas en materia de gestión de recursos humanos y en relación, en particular, con los propios del Sector Público. Sistemas comparados. Juicio crítico en relación con el modelo español.

Tema 2. Los recursos humanos en las universidades: análisis de modelos en los Estados integrantes del Espacio Europeo de Enseñanza Superior, en los Estados Unidos de América y en las principales naciones iberoamericanas. Comparación progresiva con el modelo de recursos humanos en el Sistema Universitario Español y juicio crítico de este, principalmente en relación con las universidades públicas.

Tema 3. El empleo público y la función pública. Naturaleza de la relación entre el personal funcionario y la Administración. Régimen normativo vigente del empleo público civil: principales disposiciones legales y reglamentarias. Clases de empleados públicos. Personal con legislación específica propia. Referencia a la función pública europea.

Tema 4. El funcionariado interino y su régimen jurídico. La problemática del empleo público temporal en España a la luz de las soluciones legislativas adoptadas por el Estado Español y de la doctrina emanada del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo.

Tema 5. Objeto y ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Acceso al empleo público, adquisición y pérdida de la relación de servicio.

Tema 6. Derechos de los empleados públicos (con arreglo al TREBEP): derecho a la carrera profesional y a la promoción interna. La evaluación del desempeño. Derechos retributivos. Vigencia de las previsiones del TREBEP sobre tales materias.

Tema 7. Con arreglo al TREBEP: derecho a la jornada de trabajo, permisos y vacaciones. Situaciones administrativas del personal empleado público.

Tema 8. Con arreglo al TREBEP: derechos individuales ejercidos colectivamente: huelga, sindicación, negociación colectiva, representación y participación institucional. Derecho de reunión.

Tema 9. El régimen de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 10. El código de conducta y el régimen disciplinario de los empleados públicos con arreglo al TREBEP.

Tema 11. La ordenación de la actividad profesional. La planificación de los recursos humanos, con especial referencia a las relaciones de puestos de trabajo y a su naturaleza jurídica. Estructuración del Empleo Público. Provisión de puestos de trabajo y movilidad.

Tema 12. La prevención de riesgos laborales del personal al servicio de las Administraciones públicas. Derechos y obligaciones. Medidas de emergencia y actuación en caso de riesgo grave e inminente. Protección de la maternidad. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación en el empleo público. Igualdad y conciliación.

Tema 13. Régimen General de la Seguridad social (I): Campo de aplicación. Afiliación de trabajadores. Altas y bajas. Bases y tipos de cotización.

Tema 14. Régimen General de la Seguridad Social (II): Acción protectora: Alcance y conceptos de accidente de trabajo, enfermedad profesional, accidentes no laborales y enfermedades comunes. Prestaciones: incapacidad temporal, maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural. Incapacidad permanente en su modalidad contributiva. Jubilación en su modalidad contributiva.

Derecho laboral.

Tema 15. Contenido y concepto del derecho del trabajo. Objeto del derecho del trabajo: libertad, remuneración, dependencia y ajenidad. El sistema de fuentes del derecho del trabajo: caracterización general. La distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas en materia de derecho del trabajo. El convenio colectivo: concepto, eficacia y tipología.

Tema 16. La aplicación de las normas laborales: principios de ordenación. La relación ley-convenio colectivo. Colisión y concurrencia entre normas estatales y normas convencionales. El principio de condición más beneficiosa. Los principios de irrenunciabilidad de derechos y de territorialidad de las normas laborales.

Tema 17. El trabajador. Concepto jurídico y legal. El empresario: Concepto y tipología. Los poderes del empresario. Caracterización general. Las contratas y subcontratas de obras y servicios. La cesión ilegal de trabajadores. Especial referencia al personal laboral indefinido no fijo de las entidades públicas.

Tema 18. El contrato de trabajo, sus elementos, su eficacia, su duración y los derechos y deberes que de él derivan. La causa contractual en la contratación temporal.

Tema 19. Las modalidades del contrato de trabajo, con especial referencia a su evolución legislativa en la pasada década, a la situación actual y al régimen jurídico del contrato formativo. Principales rasgos del contrato a tiempo parcial y del contrato de relevo.

Tema 20. El trabajo a distancia en el ordenamiento jurídico español, con especial referencia a su aplicación en el ámbito del empleo público.

Tema 21. La categoría profesional. El cumplimiento de la prestación de trabajo: los deberes de diligencia, obediencia y buena fe. El salario: concepto, estructura y modalidades. Absorción y compensación de salarios. Garantías del crédito salarial.

Tema 22. La jornada de trabajo: Jornada normal y jornadas especiales. El horario de trabajo. Las horas extraordinarias. El descanso semanal, fiestas y permisos. Las vacaciones anuales.

Tema 23. Las modificaciones del contrato de trabajo. Las garantías por cambio de empresario.

Tema 24. La suspensión del contrato de trabajo. La extinción del contrato de trabajo: Cuadro general de las causas extintivas y de sus rasgos descriptivos esenciales.

Tema 25. La extinción del contrato por causas objetivas. El despido disciplinario. El despido improcedente. Singularidad de estos institutos en el ámbito del sector público.

Tema 26. Prescripción y caducidad de las acciones derivadas del contrato de trabajo. Prescripción de las infracciones y faltas. El trabajo autónomo y la economía social: nociones y rasgos esenciales. La responsabilidad social corporativa, con especial referencia a las universidades públicas.

Tema 27. Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales: visión general de la regulación legal en la materia y de sus principales características, con especial referencia a su objeto y ámbito de aplicación, a los conceptos de «prevención» y de «riesgo laboral» en la ley y en la doctrina de los tribunales y al régimen de derechos y obligaciones.

Tema 28. La Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social: visión general de la regulación legal en la materia y de sus principales características, con especial referencia a las disposiciones generales de la Ley, al concepto de infracciones laborales, a las características esenciales de las diferentes clases de infracciones y a los rasgos esenciales de los regímenes de responsabilidad y sanción.

Derecho procesal.

Tema 29. La Jurisdicción Contencioso-administrativa (I): concepto, naturaleza, extensión y límites. Órganos y competencias.

Tema 30. La Jurisdicción Contencioso-administrativa (II): las partes en el recurso contencioso-administrativo: capacidad procesal, legitimación, representación y defensa. Actividad administrativa impugnable y pretensiones de las partes.

Tema 31. La Jurisdicción Contencioso-administrativa (III): el procedimiento contencioso-administrativo en primera o única instancia, hasta vista o conclusiones.

Tema 32. La Jurisdicción Contencioso-administrativa (IV): el procedimiento abreviado y los procedimientos especiales.

Tema 33. La Jurisdicción Contencioso-administrativa (V): la ejecución de sentencias y demás títulos ejecutivos. El procedimiento para la protección de los derechos fundamentales de la persona.

Tema 34. La Jurisdicción Social (I): concepto, ámbito, materias excluidas y competencia, con inclusión de los conflictos y de las cuestiones de competencia y especial referencia a la competencia jurisdiccional en relación con los procesos selectivos para el acceso a puestos de empleo público de naturaleza laboral: problemática, evolución legal y doctrinal en la materia y situación actual.

Tema 35. La Jurisdicción Social (II): las partes en el proceso social: capacidad, legitimación, representación y defensa procesales. De la evitación del proceso, con especial atención a las reglas aplicables en la actualidad cuando resulta demandada una universidad pública y en materia de agotamiento de la vía administrativa previa a la vía judicial.

Tema 36. La Jurisdicción Social (III): el proceso ordinario. Recursos contra sentencias.

Tema 37. La Jurisdicción Social (IV): de las modalidades procesales. Visión general, con referencia específica limitada al régimen jurídico respectivo en los siguientes supuestos: despido disciplinario, extinción del contrato, impugnación de convenios colectivos y tutela de los derechos fundamentales y libertades públicas.

Tema 38. Las normas procesales generales a partir de la Ley de Enjuiciamiento Civil: De las normas procesales y su aplicación. Clases de tutela jurisdiccional. Capacidad para ser parte, capacidad procesal y legitimación. Previsiones generales en materia de pluralidad de partes, sucesión procesal y poder de disposición de las partes sobre el proceso y sobre sus pretensiones.

Tema 39. Exposición sintética general sobre la extensión y límites de la jurisdicción española. La prejudicialidad en el derecho español y las cuestiones prejudiciales ante órganos jurisdiccionales superiores, singularmente el Tribunal Constitucional y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Tema 40. La prueba en el ordenamiento procesal español con arreglo a las previsiones de la LEC sobre medios de prueba y presunciones y a las especialidades concurrentes ante las jurisdicciones contencioso-administrativa y social.

Tema 41. Tiempo hábil para las actuaciones judiciales con arreglo a la LOPJ. La nulidad de los actos judiciales. Postulación procesal en el supuesto de las entidades públicas, con especial referencia a la representación y defensa procesal de las universidades públicas.

Tema 42. La tutela y las medidas cautelares en los ordenamientos español y comunitario y con arreglo a la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo, del Tribunal Constitucional y del Tribunal Justicia de la Unión Europea. Análisis singular en relación con su aplicación en el ámbito de la actuación administrativa y de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Derecho contractual público: Ley de Contratos del Sector Público.

Tema 43. Régimen jurídico de los contratos del sector público. Objeto y ámbito de aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público. Negocios y contratos excluidos.

Tema 44. Delimitación de los tipos contractuales. Contratos sujetos a una regulación armonizada. Contratos administrativos y contratos privados.

Tema 45. Racionalidad y consistencia de la contratación del Sector Público. Libertad de pactos y contenido mínimo del contrato. Perfección y forma del contrato.

Tema 46. Régimen de invalidez. El recurso especial en materia de contratación.

Tema 47. Las partes en el contrato (I): Órgano de contratación. Capacidad y solvencia del empresario.

Tema 48. Las partes en el contrato (II): la acreditación de la aptitud para contratar. La sucesión en la persona del contratista.

Tema 49. Objeto, presupuesto base de licitación, valor estimado, precio del contrato y su revisión. Garantías exigibles en la contratación del sector público.

Tema 50. Preparación de los contratos. Expediente de contratación. Pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas.

Tema 51. Adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas: normas generales y rasgos esenciales de los diferentes procedimientos.

Tema 52. Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos (I): efectos de los contratos, prerrogativas de las Administración Pública en los contratos administrativos y ejecución de los contratos.

Tema 53. Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos (II): modificación, suspensión y extinción de los contratos. Cesión de los contratos y subcontratación.

Tema 54. Racionalización técnica de la contratación. El contrato de obras.

Tema 55. El contrato de concesión de obras. El contrato de concesión de servicios.

Tema 56. El contrato de servicios. El contrato de suministro.

BLOQUE 5
Derecho universitario y de la investigación científica.

Tema 1. La educación en el ordenamiento jurídico español. Disposiciones constitucionales y principales normas legales. La ordenación general de las enseñanzas en el sistema educativo español y la inserción en su seno de las enseñanzas superiores y, en particular, de la enseñanza universitaria.

Tema 2. Las universidades. Evolución histórica. Sistemas universitarios comparados.

Tema 3. La universidad en la Constitución española. La Ley Orgánica 3/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU): su estructura y contenido general. Las antecedentes leyes orgánicas de Reforma Universitaria y de Universidades.

Tema 4. La Ley 3/2005, de 25 de abril, de Universidades de la Región de Murcia: estructura, contenido general y análisis singular de sus principales aportaciones regulatorias, propias del desarrollo de las competencias autonómicas. Disposiciones reglamentarias de desarrollo.

Tema 5. Los estatutos de las universidades públicas. Su naturaleza jurídica y alance regulatorio: Doctrina jurisprudencial. Los Estatutos de la Universidad de Murcia: estructura general y análisis crítico.

Tema 6. Funciones de la Universidad. Autonomía y heteronomía: Análisis de la autonomía universitaria, con especial referencia a la doctrina del Tribunal Constitucional. Análisis del régimen jurídico y de la posición institucional de las universidades públicas españolas a la luz de las leyes 39 y 40 de 2015, de 1 de octubre, y de diversas disposiciones legales singulares (Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa; Ley de Contratos del Sector Público; Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; Legislación de sostenibilidad financiera y estabilidad presupuestaria, etc.).

Tema 7. La creación y reconocimiento de las universidades en la LOSU y en su desarrollo reglamentario, con inclusión de las previsiones sobre centros universitarios y centros adscritos.

Tema 8. Régimen jurídico y estructura de las universidades públicas con arreglo a la LOSU. Normas generales de gobernanza, representación y participación en las universidades públicas.

Tema 9. El Claustro Universitario. El Consejo de Gobierno. El Consejo Social. El Consejo de Estudiantes.

Tema 10. El rector o la rectora y su equipo de gobierno. La elección del rector o la rectora. Otros órganos, colegiados o unipersonales.

Tema 11. Régimen económico y financiero de las universidades públicas.

Tema 12. El Espacio Europeo de Educación Superior. La organización de las enseñanzas con arreglo a la LOSU.

Tema 13. El Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad. Los estudios propios en la Universidad de Murcia: rasgos esenciales del Reglamento regulador de las enseñanzas de formación permanente de la Universidad de Murcia.

Tema 14. El Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado. El Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores.

Tema 15. Cooperación, coordinación y participación en el sistema universitario con arreglo a la LOSU. Universidad, sociedad y cultura.

Tema 16. La internacionalización del sistema universitario español con arreglo a la LOSU. Las políticas de internacionalización universitaria de la Unión Europea y sus principales manifestaciones. Las alianzas universitarias europeas.

Tema 17. El estudiantado en el sistema universitario. El Estatuto del Estudiante Universitario.

Tema 18. La Ley 3/2022, de 24 de febrero, de Convivencia Universitaria. Rasgos esenciales de la regulación reglamentaria en materia de acceso a la universidad y de becas y ayudas al estudio con arreglo a los reales decretos 534/2024, de 11 de junio, y 1721/2007, de 21 de diciembre.

Tema 19. El personal docente e investigador de las universidades públicas: Disposiciones comunes. El profesorado de los cuerpos docentes universitarios.

Tema 20. El personal docente e investigador laboral de las universidades públicas. El profesorado de la Unión Europea.

Tema 21. El acceso al empleo público universitario como personal docente e investigador: examen del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos y de los reglamentos de la Universidad de Murcia por los que se regulan los concursos de acceso a plazas de los cuerpos docentes universitarios y de profesorado permanente laboral y los procesos selectivos para el acceso a plazas de profesorado ayudante doctor y de profesorado asociado.

Tema 22. El personal técnico, de gestión y de administración y servicios de las universidades públicas.

Tema 23. El régimen específico de las universidades privadas, de las universidades de la Iglesia Católica y de las universidades titularidad del Estado con arreglo a la LOSU. Los colegios mayores.

Tema 24. La investigación y transferencia e intercambio del conocimiento e innovación en la LOSU. La Ley 14/2011, 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (I): Disposiciones Generales. Gobernanza del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Tema 25. La Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (II): Personal investigador al servicio de las universidades públicas, de los organismos públicos de investigación y de los organismos de investigación de otras Administraciones Públicas.

Tema 26. La Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (III): Impulso de la investigación científica y técnica, la innovación, la transferencia del conocimiento, la difusión y la cultura científica, tecnológica e innovadora. Transferencia y difusión de los resultados de la actividad de investigación, desarrollo e innovación y cultura científica, tecnológica e innovadora. El Real Decreto 984/2022, de 22 de noviembre, por el que se establecen las Oficinas de Transferencia de Conocimiento y se crea su Registro.

Tema 27. La Ley 8/2007, de 23 de abril, de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación de la Región de Murcia.

Tema 28. Titularidad y protección jurídica de los resultados de la investigación en las universidades. Modalidades de protección. Gestión y explotación de la propiedad intelectual e industrial a nivel nacional e internacional. Normativa de propiedad industrial en la Universidad de Murcia.

Tema 29. El fomento y la creación de empresas de base tecnológica en el ámbito universitario. Elementos fundamentales. Aspectos económicos y legales. El Reglamento de constitución, incorporación y funcionamiento de las empresas de base tecnológica y empresas intensivas en conocimiento no tecnológicas de la Universidad de Murcia.

Tema 30. Las cátedras institucionales y de empresa en la Universidad de Murcia. Los servicios asistenciales en la Universidad de Murcia.

BLOQUE 6
Transformación y modernización de la administración universitaria.

Tema 1. Transformación digital de las universidades.

Tema 2. Satisfacción del usuario en los servicios administrativos. Jira y su implantación en la Universidad de Murcia.

Tema 3. Gestión sostenible y responsabilidad social universitaria.

Tema 4. Diseño de procesos y su automatización. Innovación en el puesto de trabajo e intraemprendimiento.

Tema 5. Generación de equipos de trabajo eficientes y de buen ambiente laboral.

NPE: A-130625-2764

1048404 {"title":"Resolución del Rector de la Universidad de Murcia (R-778\/2025) de 2 de junio, por la que en ejecución de Resolución parcialmente estimatoria de recurso de reposición, se modifica la resolución (R-1539\/2024) de 28 de noviembre, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de tres plazas de la Escala Técnica de Gestión de la Universidad de Murcia.","published_date":"2025-06-13","region":"murcia","region_text":"Región de Murcia","category":"boa","category_text":"Boletín Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-murcia.png","id":"1048404"} murcia A-130625-2764;Autoridades y personal;BORM;BORM 2025 nº 134;Consejería de medio ambiente, universidades, investigación y mar menor - universidad de murcia;Oposiciones - Convocatoria https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Premium en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un Organización. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propia Organización. https://govclipping.com/es/murcia/boa/2025-06-13/1048404-resolucion-rector-universidad-murcia-r-778-2025-2-junio-ejecucion-resolucion-parcialmente-estimatoria-recurso-reposicion-se-modifica-resolucion-r-1539-2024-28-noviembre-se-convocan-pruebas-selectivas-provision-tres-plazas-escala-tecnica-gestion-universidad-murcia https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.