Padrón de basura octubre 2022 a noviembre 2024.
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IV. Administración Local
Santomera
2762 | Padrón de basura octubre 2022 a noviembre 2024. |
Se pone en conocimiento de los contribuyentes interesados que, por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 22 de mayo de 2025, se han aprobado los Padrones correspondientes a la Tasa de Recogida de Basuras de los bimestres correspondiente a los meses de octubre y noviembre de 2022, de diciembre de 2022 y enero de 2023, de febrero y marzo de 2023, de abril y mayo de 2023, de junio y julio de 2023, de agosto y septiembre de 2023, de octubre y noviembre de 2023, de diciembre de 2023 y enero de 2024, de febrero y marzo de 2024, de abril y mayo de 2024, de junio y julio de 2024, de agosto y septiembre de 2024, de octubre y noviembre de 2024.
A efectos de su notificación colectiva se publica para su general conocimiento en cumplimiento de los artículos 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y 24 del Reglamento General de Recaudación.
Los padrones se encuentran expuestos al público en el Departamento de Tesorería de este Ayuntamiento, durante un mes, contado a partir de la inserción
del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, donde podrá ser examinado por los contribuyentes a quienes interese.
Contra la inclusión o exclusión en dichos padrones o contra las cuotas que en ellos se indican, puede interponerse, ante el mismo órgano que lo ha dictado, recurso de reposición, previo al contencioso administrativo, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la terminación del período de exposición pública, de conformidad con lo regulado en el art. 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
En el caso de interposición de recurso de reposición, se hará constar que dicho acto no ha sido impugnado en vía económico-administrativa (art. 21 del Reglamento General de Desarrollo de la LGT, en materia de revisión en vía administrativa aprobado por Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo).
Asimismo, se pone en conocimiento de los contribuyentes interesados que el período voluntario de pago del mencionado tributo se establece en el plazo de dos meses a contar desde el siguiente a la publicación en el BORM del presente edicto.
Transcurrido el plazo de pago voluntario indicado, las cuotas no pagadas serán exigidas por el procedimiento ejecutivo, y devengarán el recargo de apremio, los intereses de demora y las costas que se ocasionen.
En Santomera, a 29 de mayo de 2025. El Alcalde-Presidente, Víctor Manuel Martínez Muñoz.