Extracto del Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 20 de febrero de 2025 por el que se aprueba la convocatoria en concurrencia de ayudas para la formación a jóvenes tutorizados del Espacio Joven.
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IV. Administración Local
Cartagena
2581 | Extracto del Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 20 de febrero de 2025 por el que se aprueba la convocatoria en concurrencia de ayudas para la formación a jóvenes tutorizados del Espacio Joven. |
BDNS (Identif.): 820116
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/820116)
De conformidad con lo previstos en los artículos 17.3b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. También pueden consultarse en (http://pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en la web del Ayuntamiento de Cartagena (www.cartagena.es)
El objeto de las presentes bases es, por un lado, regular el acceso de las personas beneficiarias a las distintas formaciones, y por otro establecer los cauces para la concesión de beca de asistencia, pago de tasas, derechos o costes de participación en exámenes de cursos preparatorios programados desde la Concejalía de Juventud.
Personas beneficiarias.
La dotación económica para las becas de formación es de 2000 euros.
Podrán participar en las formaciones programadas desde el Espacio Joven de la Concejalía de Juventud, dentro del Programa Formativo, las personas que cumplan los siguientes requisitos:
• Ser mayor de 16 y menor de 35
• Estar empadronado/a en Cartagena
• Estar en posesión de DNI / NIE
• Ser titular de una cuenta corriente, para las formaciones que conlleven beca de asistencia o pago de tasas.
Se establecen dos convocatorias anuales, una para aquellas formaciones que se realizan entre los meses de enero a junio, y una segunda para las que se realicen entre septiembre y diciembre.
La presentación de solicitudes a los cursos se realiza de manera telemática, a través del apartado de Cursos y Talleres de la web municipal:
https://www.cartagena.es/cursos_talleres.asp?tipo=IA&texto=&materia=&organismo=4
El plazo de presentación de solicitudes viene especificado en los cursos que componen cada una de las programaciones.
Con el fin de regular el acceso a los cursos del Programa Formativo del Espacio Joven de la Concejalía de Juventud, se establecen los siguientes criterios y preferencias, en el caso de existir más solicitudes que plazas:
• Ser beneficiario del Sistema Nacional de Garantía Juvenil a la presentación de la solicitud.
• Edad más próxima a cumplir los 30 años
• Fecha de inscripción en el curso
• Estar formándose y/o trabajando en el sector objeto de la acción formativa
La tramitación de solicitudes se hará conforme se especifica en el apartado de la web municipal Becas, Ayudas, Subvenciones y Concursos, que se encuentra recogido en el siguiente enlace:
https://www.cartagena.es/becas_ayudas_subvenciones.asp?c=11&texto=&organismo=4
Para el caso de solicitud de beca de asistencia a curso la persona solicitante debe:
• Completar, al menos, el 75% del tiempo destinado a la formación
• Realizar el examen correspondiente, en su caso.
Para el caso de solicitud de beca para el pago de tasas, derechos de examen de cursos del Programa Formativo, la persona solicitante debe:
• Aportar justificante de abono del pago de tasas.
• Acreditar la participación en el examen.
En el caso de beca por asistencia a formación, la cuantía se fijará a razón de 5 € por día de asistencia. En el caso de tasas, derechos o costes de participación en exámenes de cursos financiados por la Concejalía de Juventud, incluidos en alguna de sus programaciones, la cuantía corresponde a su coste efectivo.
El Concejal de Juventud resolverá el procedimiento mediante Decreto. La resolución de concesión de las becas de formación especificará junto a los datos de las personas beneficiarias, la finalidad, concepto y cuantía de las mismas.
La resolución se dictará y notificará a las personas solicitantes en el plazo máximo de tres meses.
El abono de la ayuda se efectuará, con carácter general, al propio beneficiario/a, o a su representante legal, una vez dictada resolución. El importe de la ayuda concedida se realizará en un pago único y mediante transferencia bancaria.
Cartagena, 20 de febrero de 2025. El Concejal del Área de Deportes y Juventud del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena, José Hernández Martínez.