Apertura del período de cobranza de la derrama 2025 y recibos de riego.
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V. Otras Disposiciones y Anuncios
Comunidad de Regantes Campos del Río y Los Rodeos
2288 | Apertura del período de cobranza de la derrama 2025 y recibos de riego. |
Se pone en conocimiento de todos los interesados de la Comunidad de Regantes Campos del Río y Los Rodeos, que en la Asamblea General Ordinaria celebrada el 9 de marzo de 2025, se aprobó una derrama anual, para sufragar los gastos generales, de cuarenta euros por tahúlla (40,00 €/th) que será emitida con fecha 02/05/25.
El periodo voluntario de recaudación se verificará durante el plazo de ingreso comprendido desde el día 2 de mayo de 2025 hasta el día 1 de junio de 2025.
Los recibos de riego serán emitidos en julio y diciembre, a razón de los metros cúbicos gastados. El periodo de pago voluntario es de un mes desde la fecha de emisión.
El ingreso de las deudas podrá efectuarse por los obligados al pago mediante la modalidad de domiciliación bancaria en cualquier entidad financiera que el obligado al pago haya comunicado oportunamente ante la Comunidad de Regantes, de acuerdo con las normas contenidas en los artículos 25.2 y 38 del Real Decreto 939/2005 de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
Asimismo, serán remitidos los recibos correspondientes a los obligados al pago que no tengan formalizada domiciliación bancaria, al objeto de que procedan a su domiciliación. No obstante, si dicho soporte de ingreso no es recibido por el obligado al pago, éste deberá proceder a su solicitud en la secretaría de la Comunidad de Regantes, a través del correo electrónico info@crcamposdelrioylosrodeos.com, accediendo a su perfil de comunero a través de la web www.crcamposdelrioylosrodeos.com o de forma presencial, en la oficina de la Comunidad situada en la sala de usos múltiples, junto al Colegio de Campos del Río, calle Escuelas, s/n, el segundo miércoles de cada mes en horario de 11:00 a 13:00 horas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 del citado Real Decreto 939/2005 de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se advierte a los obligados al pago que, transcurrido el período de recaudación voluntaria en la fecha señalada, para las deudas que no hayan sido satisfechas se iniciará el período ejecutivo, incrementándose dichas deudas con los recargos de dicho período ejecutivo, los intereses que se devenguen y las costas que se produzcan, exigiéndose su ingreso mediante el procedimiento administrativo de apremio.
Se pone en conocimiento de todos los obligados al pago e interesados, que el padrón correspondiente al concepto citado puede ser consultado en las dependencias de esta Comunidad, sita en sala de usos múltiples (junto al colegio), calle Escuelas S/N, 30191-Campos del Río (Murcia). Esta publicación sirve de notificación colectiva para todos los obligados al pago, propietarios de fincas e interesados incluidos en la zona regable de esta Comunidad de Regantes.
Lo que se hace público para general conocimiento y efectos.
En Campos del Río, a 13 de mayo de 2025. El Presidente, Juan Antonio Martínez López.