Extracto de la convocatoria para la concesión de subvenciones a asociaciones de vecinos del municipio de Lorca.
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IV. Administración Local
Lorca
1975 | Extracto de la convocatoria para la concesión de subvenciones a asociaciones de vecinos del municipio de Lorca. |
BDNS (Identif.): 829174
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/829174)
La Junta de Gobierno Local, mediante acuerdo adoptado el día 25 de abril de 2025, aprobó la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a proporcionar a las asociaciones de vecinos una ayuda económica para sufragar los gastos ocasionados por la ejecución de eventos y actividades festivas y recreativas con motivo de la celebración de fiestas tradicionales en los respectivos barrios y pedanías del municipio, durante el año 2024, cuyo extracto es el siguiente:
1.- Finalidad.
La presente convocatoria de subvenciones tiene como finalidad definir las condiciones y el procedimiento a seguir para la concesión de subvenciones destinadas a proporcionar a las asociaciones de vecinos una ayuda económica para sufragar los gastos ocasionados por la ejecución de eventos y actividades festivas y recreativas con motivo de la celebración de fiestas tradicionales en los respectivos barrios y pedanías del municipio, durante el año 2024.
Son gastos subvencionables:
Gastos de contratación de grupos artísticos, orquestas, atracciones artísticas y similares.
Alquiler de equipos de sonido, grupos electrógenos, sillas, mesas y enganches eléctricos para las actividades.
Materiales fungibles necesarios para los eventos, incluidas la compra de comestibles para las actividades festivas.
2.- Beneficiarios.
Podrán acogerse a esta convocatoria las asociaciones de vecinos del municipio de Lorca que lo soliciten, de acuerdo con el contenido de la presente convocatoria.
No podrán acogerse a esta convocatoria las asociaciones que no hayan justificando, en tiempo y forma, la percepción subvenciones obtenidas de esta Administración Local con anterioridad a las presentes bases.
Tampoco podrán acogerse a esta convocatoria aquellas asociaciones que hayan sido beneficiarias de otra subvención, en régimen de concurrencia competitiva o directa, del Excmo. Ayuntamiento de Lorca para la misma finalidad y año al que se refiere las presentes bases.
3.- Financiación de la convocatoria.
Se destina a la concesión de estas ayudas un importe máximo total de 46.000 euros con cargo al vigente Presupuesto Municipal, partida 60.924.489.
4.- Cuantías de las ayudas.
Se establece una subvención para la realización de las actividades o finalidades enunciadas en el apartado 1 de la presente convocatoria, que no podrá exceder de 3.000 euros, ni del importe presupuestado para el desarrollo de las mismas.
5.- Solicitudes, lugar y plazo de presentación.
Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria de ayudas deberán solicitarlo mediante instancia normalizada, según anexo incluido en la presente convocatoria, y que les será facilitada en la Concejalía de Feria y Fiestas del Ayuntamiento de Lorca, pudiendo igualmente acceder a la misma a través de la página web municipal www.lorca.es.
Las solicitudes se presentarán de forma telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Lorca (www.lorca.es), requiriéndose para ello certificado digital.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, siendo publicada esta en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Lorca. Las notificaciones se harán por medios electrónicos
Entrarán a formar parte de esta convocatoria todas aquellas solicitudes que las asociaciones de vecinos hayan formulado con anterioridad a la aprobación de las presentes bases y que, obrando en la Concejalía de Feria y Fiestas, vayan referidas a la ejecución de las actividades y a los años a que se refieren la presente convocatoria.
6.- Otros datos:
El texto completo de la convocatoria, los modelos normalizados de solicitud y la referencia a los correspondientes servicios de información están disponibles en:
Concejalía de Feria y Fiestas del Ayuntamiento de Lorca.
Página web del Ayuntamiento de Lorca, www.lorca.es.
Contra el acuerdo de la Junta de Gobierno Local, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BORM, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de dicha publicación.
Lorca, 26 de abril de 2025. La Concejal Delegada de Feria y Fiestas, María de las Huertas García Pérez.