Adenda al convenio de colaboración suscrito entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social y el Ayuntamiento de Águilas para la prestación del servicio de desarrollo infantil y atención temprana (servicio de atención temprana) en el municipio de Águilas.
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I. Comunidad Autónoma
3. Otras disposiciones
Consejería de Política Social, Familias e Igualdad
104 | Adenda al convenio de colaboración suscrito entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social y el Ayuntamiento de Águilas para la prestación del servicio de desarrollo infantil y atención temprana (servicio de atención temprana) en el municipio de Águilas. |
Resolución
Visto la "Adenda al convenio de colaboración suscrito entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social y el Ayuntamiento de Águilas para la prestación del servicio de desarrollo infantil y atención temprana (servicio de atención temprana) en el municipio de Águilas", y teniendo en cuenta que tanto el objeto del Convenio como las obligaciones establecidas en el mismo regulan un marco de colaboración que concierne al interés público de esta Consejería, y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Regional 56/1996, de 24 de julio, sobre tramitación de los Convenios en el ámbito de la Administración Regional,
Resuelvo:
Publicar en el Boletín Oficial de la Región de Murcia el texto de "Adenda al convenio de colaboración suscrito entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social y el Ayuntamiento de Águilas para la prestación del servicio de desarrollo infantil y atención temprana (servicio de atención temprana) en el municipio de Águilas", suscrita por la Alcaldesa del Ayuntamiento de Águilas y por la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad en fecha 26 de noviembre de 2024 y por el Secretario del Ayuntamiento de Águilas, en calidad de fedatario, en fecha 27 de noviembre de 2024.
Murcia, a 23 de diciembre de 2024. El Secretario General, Leopoldo Olmo Fernández-Delgado.
Adenda de modificación del convenio de colaboración suscrito entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) y el Ayuntamiento de Águilas, para la prestación del servicio de desarrollo infantil y atención temprana (servicio de atención temprana) en el municipio de Águilas
De una parte, la Excma. Sra. D.ª Concepción Ruiz Caballero, Consejera de Política Social, Familias e Igualdad de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, actuando en nombre y representación de la citada Consejería, por su nombramiento mediante Decreto del Presidente n.º 33/2023, de 14 de septiembre, y en virtud de la competencia que tiene atribuida como tal por los artículos 7.2 y 16.2.a) y ñ) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y autorizada la celebración de la presente adenda de modificación del convenio de colaboración suscrito en su día, por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 21 de noviembre de 2024.
De otra, D.ª María del Carmen Moreno Pérez, Alcaldesa del Ayuntamiento de Águilas, con N.I.F. P3000300H, en representación de dicha entidad, facultada para suscribir el presente convenio, en virtud de Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 30 de octubre de 2024, asistida por D. Jesús López López, Secretario General de dicha Corporación, como fedatario para la formalización de la presente adenda de modificación del convenio de colaboración suscrito en su día, de conformidad con lo dispuesto por el art.3.2.i) del Real Decreto n.º 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el Régimen Jurídico de los funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Manifiestan
Primero: Que con fecha 31 de mayo de 2023 se suscribe convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través del Instituto Murciano de Acción Social (IMAS), y el Ayuntamiento de Águilas, a fin de que dicha entidad local preste el servicio de preste el servicio de desarrollo infantil y atención temprana en el Centro de Desarrollo Infantil y Atención Temprana (CDIAT) sito en Águilas, con la finalidad de satisfacer las necesidades de atención temprana de la población infantil menor de seis años con alteraciones en su desarrollo o riesgo de padecerlas, su familia y su entorno del municipio de Águilas. Excepcionalmente, el Ayuntamiento de Águilas podrá, en el marco del presente convenio, prestar el servicio a la población infantil menor de seis años con alteraciones en su desarrollo o riesgo de padecerlas de municipios cercanos.
De acuerdo con la cláusula primera del convenio, el número de sesiones de atención temprana a convenir es de 27.048, siendo el número máximo anual de sesiones de 6.762.
Segundo: Que en la Cláusula Decimoprimera del citado convenio, relativa a la vigencia, modificación y prórroga, se establece lo siguiente:
"El presente convenio extenderá su vigencia desde 1 de junio de 2023 hasta 31 de mayo de 2027.
De conformidad con lo dispuesto en el número 2.º del apartado h) del artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el párrafo anterior, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga, por un período adicional máximo de 4 años.
Asimismo, a propuesta del IMAS o de la entidad local, y previo acuerdo de las partes, se podrá modificar mediante adenda al presente convenio el número de sesiones conveniadas, cuando se produzca un aumento o disminución en la demanda del servicio, así como los demás términos del presente convenio, por cualquier situación imprevista sobrevenida.
Tanto las prórrogas como las modificaciones estarán supeditadas, en cualquier caso, a la existencia de crédito al efecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en cada uno de los correspondientes ejercicios de vigencia del presente convenio."
Tercero: Que las circunstancias que sirvieron de base para la suscripción del citado convenio han sufrido variaciones, ya que conforme al número de sesiones necesarias para los menores que precisan atención temprana en el municipio, resulta imprescindible incrementar el número de sesiones conveniadas. Por ello, procede volver a valorar el crédito necesario para que la entidad local preste el servicio de centro de desarrollo infantil y atención temprana en el municipio de Águilas.
Cuarto: Por todo lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, artículos 5 a 8, y estando las partes conformes con la suscripción de la presente adenda
Acuerdan
Primero.- La presente adenda tiene por objeto incrementar en 1.686 el número máximo anual de sesiones suscrito, de manera que el número máximo anual de sesiones será de 8.448 y en consecuencia, incrementar el número de sesiones de atención temprana a convenir en 4.215 con efectos desde 1 de diciembre de 2024 (salvo firma posterior) hasta 31 de mayo de 2027.
Segundo.- En consecuencia, la presente adenda modifica el coste total máximo del convenio, establecido en la Cláusula Octava B), con un incremento máximo de ciento cuarenta y un mil seiscientos veinticuatro euros (141.624,00 €), según el siguiente detalle:
Ejercicio presupuestario | N.º Sesiones solicitadas | Importe | Coste servicio |
2025 (de 1/12/2024 a 30/11/2025 ) | 1.686 | 33,60 € | 56.649,60 € |
2026 (de 1/12/2025 a 30/11/2026 ) | 1.686 | 33,60 € | 56.649,60 € |
2027 (de 1/12/2026 a 31/05/2027 ) | 843 | 33,60 € | 28.324,80 € |
TOTAL | 4.215 | 141.624,00 € |
La aportación económica que deba efectuar el Instituto Murciano de Acción Social (IMAS), se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 51.02.00 313F.260.10, código de proyecto 51233.
Tercero.- En lo concerniente a las demás cláusulas del convenio, ambas partes convienen en mantenerlas vigentes en todos sus extremos.
Y en señal de plena conformidad se procede a suscribir la presente adenda, por la Alcaldesa del Ayuntamiento de Águilas y por la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad en fecha 26 de noviembre de 2024 y por el Secretario del Ayuntamiento de Águilas, en calidad de fedatario, en fecha 27 de noviembre de 2024.
Por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, la Consejera de Política Social, Familias e Igualdad, Concepción Ruiz Caballero. Por el Ayuntamiento de Águilas, la Alcaldesa, María del Carmen Moreno Pérez. En calidad de fedatario, el Secretario General, Jesús López López.